El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
VISTO:
Que, los vecinos y vecinas residentes de los barrios comprendidos en el corredor de la Ruta Nacional 8, desde Ruta Provincial 6 hasta la Ruta 192 (Localidad de Parada Robles) Barrio Parque Sakura, Barrio Los Pinos, Barrio El Remanso, Barrio Parque Exaltación, Barrio Comarca del Sol, Barrio Jularó, Barrio Solar de Capilla, Barrio Amarylis, Barrio Chacras del Molino. Los Barrios La Sidrera, Los Aromos, Los Cardos y Carlos Leeme, del corredor de la Ruta Pcial. 6, como así también los barrio Parque La Verdad, Barrio San Joaquín sobre Ruta Pcial. 39 de la Localidad de Pavón, no cuentan con un Cajero Automático.
Y CONSIDERANDO:
Que la entrada sobre Ruta Nacional 8 al Barrio Parque Sakura cuenta con un centro comercial importante donde hacen sus compras diarias vecinos y vecinas de los barrios antes mencionados.
Que por esa entrada al barrio circulan y tienen paradas todas las lineas de colectivo de Exaltación de la Cruz, lo cual lo convierte en un lugar de trasbordo de pasajeros hacia otras localidades del distrito o fuera del mismo.
Que la Policía posee instalaciones permanentes brindando seguridad en el lugar.
Que el CAV posee cámaras de seguridad.
Que el Barrio cuenta con varios proveedores de internet.
Que debido a la cuarentena Decretada por el Gobierno Nacional, cuya denominación es, Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio cuyo objetivo es contener el brote del COVID-19, donde una de las recomendaciones más importante es Quedarse En Casa.
Que los comerciantes muchas veces dicen tener el sistema de cobro electrónico caído.
Que es necesario contar con dinero en efectivo cuando el sistema supuestamente esté caído.
Que algunos comercios directamente no aceptan medios de pagos electrónicos.
Que los Cajeros Automáticos más cercanos dentro de Exaltación de la Cruz quedan a más de 10 kilómetros de distancia y no todas las personas cuentan con movilidad propia.
Que salir del distrito a localidades aledañas como Pilar, Luján, Zárate, Escobar o Campana aumentaría el riesgo de contagio de COVID-19.
Y que pasada la cuarentena seguirá siendo de suma importancia para la zona en cuestión un Cajero Automático.
ARTÍCULO 1° Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones correspondientes y ante quien corresponda para la instalación de un Cajero Automático en la entrada al Barrio Sakura sobre la Ruta Nacional N° 8.-
ARTÍCULO 2° Los vistos y considerandos forman parte de ésta Resolución.-
ARTÍCULO 3° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los nueve días del mes de junio de dos mil veinte.-