{"id":3070,"date":"2017-09-26T11:34:20","date_gmt":"2017-09-26T14:34:20","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/HCD\/2017\/09\/26\/ordenanza-nd-243617-autorizacion-firma-convenio-unsam\/"},"modified":"2017-09-26T11:34:20","modified_gmt":"2017-09-26T14:34:20","slug":"ordenanza-nd-243617-autorizacion-firma-convenio-unsam","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/?p=3070","title":{"rendered":"Ordenanza N\u00b0 2436\/17 &#8211; autorizacion firma convenio UNSAM"},"content":{"rendered":"<div align=\"right\"><strong>Corresponde Expediente N\u00b0 4036-390\/17-HCD\u00a0\u00a0 \u00a0<br \/><\/strong><\/div>\n<p><strong>El  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACI\u00d3N DE LA CRUZ,\u00a0 en uso de las  atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:<\/strong><\/p>\n<div align=\"center\">\n<h5><strong>ORDENANZA<br \/><\/strong><\/h5>\n<\/div>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1\u00b0 <\/strong>Autorizase  al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a suscribir un CONVENIO MARCO DE  COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ Y LA  UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN, el cual ser\u00e1 suscripto por  el Se\u00f1or Intendente Municipal Dn Adri\u00e1n Daniel S\u00e1nchez y el Rector de la  UNSAM Dr. Carlos Ruta, que como Anexo I, se adjunta a la presente.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2\u00b0 <\/strong>El  Convenio a que se hace referencia en el Art\u00edculo precedente , tendr\u00e1  como fin la concertaci\u00f3n de programas de cooperaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n  conjunta y coordinada de proyectos de desarrollo de iniciativas,  investigaci\u00f3n, producci\u00f3n ,capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n, generaci\u00f3n de redes  asociativas y otras formas de extensi\u00f3n de \u00e1reas de mutuo inter\u00e9s<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3\u00b0 <\/strong>Reg\u00edstrese, Publ\u00edquese, Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Arch\u00edvese.-.-<\/p>\n<p>DADA  en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de  Exaltaci\u00f3n de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Se\u00f1or, Provincia de  Buenos Aires, a los doce d\u00edas del mes de Septiembre de dos mil  diecisiete.- <\/p>\n<h5>Registrado bajo el N\u00b0 2436\/17<\/h5>\n<p>\u00a0<\/p>\n<hr \/>\n<p><\/p>\n<div align=\"center\"><strong>ANEXO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONVENIO MARCO DE COOPERACI\u00d3N ENTRE EL MUNICIPIO DE EXALTACI\u00d3N DE LA CRUZ Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MART\u00cdN<\/strong><\/div>\n<p>La  UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MART\u00cdN, en adelante \u201cla UNSAM\u201d, con  domicilio legal en la calle 83 Yapey\u00fa 2068 de la localidad de San  Mart\u00edn, Partido de Gral. San Mart\u00edn, Prov. de Buenos Aires, representada  en este acto por su Rector Dr. Carlos Ruta, y el Municipio de  Exaltaci\u00f3n de la Cruz con domicilio en XXXXXX, representado en este acto  por su Sr. Intendente municipal Adri\u00e1n Sanch\u00e9z, acuerdan en celebrar el  presente Convenio de Cooperaci\u00f3n, sujeto a las siguientes cl\u00e1usulas:<\/p>\n<p><strong>PRIMERA:<\/strong>  Ambas Instituciones favorecer\u00e1n la concertaci\u00f3n de programas de  cooperaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n conjunta y coordinada de proyectos de  desarrollo de iniciativas, investigaci\u00f3n, producci\u00f3n, capacitaci\u00f3n,  formaci\u00f3n, generaci\u00f3n de redes asociativas y otras formas de extensi\u00f3n  en \u00e1reas de mutuo inter\u00e9s.<\/p>\n<p><strong>SEGUNDA:<\/strong> Las acciones a que d\u00e9  lugar este Convenio ser\u00e1n instrumentadas en Programas o Proyectos de  Trabajo o de Intercambio, seg\u00fan el caso, los cuales ser\u00e1n detallados en  futuros Acuerdos espec\u00edficos en el marco de este Convenio. Dichos  Acuerdos deber\u00e1n formular los objetivos, las unidades ejecutoras, los  planes de trabajo y detalles operativos, los recursos, la duraci\u00f3n, los  deberes y obligaciones de cada una de las partes y el Responsable por  cada parte de la acci\u00f3n, Programa o Proyecto motivo del Acuerdo  espec\u00edfico. El Municipio de Exaltaci\u00f3n de la Cruz determinar\u00e1 en cada  caso la autoridad de aplicaci\u00f3n de los futuros acuerdos espec\u00edficos que  surjan como consecuencia del presente.<\/p>\n<p><strong>TERCERA:<\/strong> Las  acciones que se generen con motivo del presente Convenio de mutua  colaboraci\u00f3n, ser\u00e1n consensuadas por ambas Instituciones, a fin de  evitar contradicciones entre los acuerdos alcanzados y las normas  reglamentarias de las mismas. Dicho consenso quedar\u00e1 plasmado en el  Acuerdo espec\u00edfico respectivo.<\/p>\n<p><strong>CUARTA:<\/strong> La propiedad  intelectual de los resultados de los trabajos realizados en el  desarrollo de las actividades que se ejecuten ser\u00e1 compartida entre la  UNSAM y el Municipio de Exaltaci\u00f3n de la Cruz. Los resultados que se  logren, parciales o definitivos, podr\u00e1n ser publicados o dados a conocer  por cualquier medio (por decisi\u00f3n de las partes en forma conjunta), de  acuerdo con las especificaciones de propiedad intelectual que se  establezcan en cada actividad y con la condici\u00f3n de hacer constar que  han sido elaborados en el contexto del presente Convenio y de los  Programas o Proyectos que se establezcan en el marco del mismo. <br \/>Los  estudios, proyectos, informes, y dem\u00e1s documentos que se produzcan en el  marco de este Acuerdo, ser\u00e1n de propiedad intelectual del Municipio de  Exaltaci\u00f3n de la Cruz y de la UNSAM, seg\u00fan lo determinen las partes en  cada caso, Protocolo Adicional o Proyecto Espec\u00edfico. <\/p>\n<p><strong>QUINTA:<\/strong>  Los eventuales aprovechamientos econ\u00f3micos que pudieren tener su origen  en este Convenio, ser\u00e1n objeto de acuerdos separados entre ambas  partes.<\/p>\n<p><strong>SEXTA:<\/strong> En todas las circunstancias o hechos que  tengan lugar como consecuencia del funcionamiento del presente Convenio,  las partes mantendr\u00e1n la individualidad y autonom\u00eda de sus respectivas  estructuras t\u00e9cnicas y administrativas.<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMA:<\/strong> El presente Convenio no limita el derecho de las partes a la celebraci\u00f3n de acuerdos similares con otras instituciones. <\/p>\n<p><strong>OCTAVA:<\/strong>  Las partes podr\u00e1n rescindir el presente convenio, sin necesidad de  expresar la causa, notificando fehacientemente a la otra parte dicha  decisi\u00f3n con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de sesenta (60) d\u00edas corridos a la  fecha en que operar\u00e1 la rescisi\u00f3n, sin que ello genere derecho para que  ninguna de las partes proceda a efectuar reclamo indemnizatorio alguno.  Dicha notificaci\u00f3n deber\u00e1 contener el alcance de la misma respecto de  cada uno de los Programas o Proyectos que se hubieren implementado e,  incluso, respecto de aqu\u00e9llos pendientes de implementaci\u00f3n. En  consecuencia, la rescisi\u00f3n no impactar\u00e1 en el desarrollo o  implementaci\u00f3n de aquellos Programas o Proyectos que no hubieran sido  expresamente mencionados en la notificaci\u00f3n a la que alude la presente  cl\u00e1usula.<\/p>\n<p><strong>NOVENA<\/strong>: El presente documento deber\u00e1 contar con  la aprobaci\u00f3n del Consejo Superior de la Universidad Nacional de General  San Mart\u00edn, mediante una Resoluci\u00f3n del mismo, de conformidad con lo  establecido en el Art\u00edculo 48 i) del Estatuto Universitario, as\u00ed como  tambi\u00e9n del Poder Ejecutivo del Municipio de Exaltaci\u00f3n de la Cruz y  otros \u00f3rganos de quienes fuera competencia.<\/p>\n<p><strong>D\u00c9CIMA: <\/strong>El  presente Convenio tendr\u00e1 vigencia por el t\u00e9rmino de 2 (dos) a\u00f1os  renovable autom\u00e1ticamente por per\u00edodos iguales si las partes no  manifiestan fehacientemente su voluntad en contrario, con una antelaci\u00f3n  m\u00ednima de sesenta (60) d\u00edas al momento del pertinente vencimiento.<\/p>\n<p><strong>UND\u00c9CIMA: <\/strong>A  los fines que pudiera corresponder, las partes fijan domicilio en los  arriba indicados y se someten a la jurisdicci\u00f3n de los Tribunales  Federales con asiento en la Ciudad de San Mart\u00edn, Prov. de Buenos Aires.<\/p>\n<p>De  conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo  efecto en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, a los 29 d\u00edas del mes de  Agosto de 2017.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Corresponde Expediente N\u00b0 4036-390\/17-HCD\u00a0\u00a0 \u00a0 El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACI\u00d3N DE LA CRUZ,\u00a0 en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ART\u00cdCULO 1\u00b0 Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a suscribir un CONVENIO MARCO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-3070","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-78"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3070","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3070"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3070\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3070"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3070"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.exaltaciondelacruz.gob.ar\/hcd\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3070"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}