Jueves, 22 de Abril de 2021
Ordenanza Nº 077/98 Habilitaciones Prorroga por 5 años |
![]() |
![]() |
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZAArtículo 1° Prorrógase por el término de 5 años la renovación de Habilitaciones, según lo establecido por el Título II, Capítulo III, Artículo 70, de la Ordenanza Fiscal N° 52/93. Artículo 2° La mencionada prorroga tendrá vigencia solo para aquellos Comercios que estén Habilitados de acuerdo a las Normas Legales Vigentes. Artículo 3° La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su Promulgación. Artículo 4° De Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Diciembre de 1998. Registrada Bajo el Nº 077/98 |
Acceso contribuyente
Mapa de Exaltación de la Cruz |
| Inicio | Noticias | Autoridades | Gobierno | Multimedia | Contacto | Rivadavia 411 - (B2812DII) Capilla del Señor - Provincia de Buenos Aires - Argentina Tel.: (02323)-491327 - 491010 Fax: (2323)-491357 © exaltaciondelacruz.gov.ar. Todo los derechos reservados. |