Boletin Oficial - Agosto 2010 |
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Capilla del Señor Autoridades: Intendente Municipal: El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a formalizar CONTRATO DE LOCACIÓN con opción de compra bajo modalidad de CONTRATOS DE LEASING con PROVINCIA LEASING S.A., Sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Articulo 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. Articulo 2: El objeto del presente Contrato de locación será la adquisición de un automóvil 0 Km. para reemplazo del vehículo asignado actualmente al Intendente Municipal. Articulo 3: Esta contratación se formalizará conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que PROVINCIA LEASING S. A. tiene implementadas para ese tipo de operatoria. Articulo 4: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 029/10. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º: Otorgase Licencia al Sr. Intendente Municipal, Dr. Horacio Alberto Errazu, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de 17 días, contados a partir del día 16 de Julio de 2010. Articulo 2º: Póngase en Funciones al Sr. Concejal Etcheverry Jorge Alberto D.N.I. Nº 17.539.448 a partir del día 16 de Julio de 2010, como Intendente Interino, mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dr. Horacio Alberto Errazu. Artículo 3º: Habilitase en reemplazo del Concejal Jorge Alberto Etcheverry, titular de D.N.I. Nº 17.539.448 la incorporación en el cargo de Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al Señor José Luís Etcheverry, Titular de D.N.I. Nº 20.018.823 Artículo 4º: En el supuesto caso que el Dr. Horacio A. Errazu, reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo establecido, en el Articulo primero, deberá comunicar oficialmente a este Cuerpo tal circunstancia. Artículo 5º: Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes la presente Ordenanza. Artículo 6º: Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 030/10. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º: Por la Presente Ordenanza se crea el sistema denominado Espacio de Participación Ciudadana, mediante el cual todos los ciudadanos y/o sociedades intermedias del distrito que presenten un reclamo, una propuesta o una idea, deberán ser recibidos por la Comisión competente de este Honorable Concejo Deliberante, en caso de corresponder, a efectos de ser escuchados y considerados sus fundamentos y opiniones. Articulo 2º: Las notas conteniendo reclamos, propuestas o ideas deberán ser presentadas ante la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, conjuntamente con la identificación del presentante, y un resumen del tema a tratar. Artículo 3º: El Espacio de Participación Ciudadana es un sistema abierto no vinculante que no incluye discursos o ponencias, solo respeto por la pluralidad y por la diversidad de opiniones y la búsqueda de mayor apertura e intercambio con la comunidad. Artículo 5º: Créase dentro del Espacio Participación Ciudadana, el taller de jóvenes ciudadanos, de los que podrán participar los menores de 14 a 17 años, como campo creativo abierto para escuchar innovaciones y necesidades que hagan a la discusión de temas de interés para la juventud. Artículo 6º: El Honorable Concejo Deliberante reglamentará el funcionamiento de este sistema, a efectos de cumplir acabadamente con sus objetivos. Artículo 7º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 031/2010.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º: Dónase los bienes inmuebles ubicados en Bº independencia de Parada Robles, a los siguientes beneficiarios: Exote. 4036-24419/10 a nombre de Ernesto Vicente Stecconi D.N.I.: 13.561.550. Artículo 3º: Los gastos que demande la Escritura serán soportados por los beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2º de la Ley 10.830. Artículo 4º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 032/2010. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º: Dónase los Inmuebles ubicados en Bº Independencia de Parada Robles, a los siguientes beneficiarios: Expte. 4036-24416/10 a nombre de Cipriano Nicolás Almeida, D.N.I.: 11.471.527 Circ. IV, Sección F, Manzana 5, Parcela 1, Pda. Inmobiliaria 10008. ¨ 24417/10 a nombre de Rosa Esther Ramirez, D.N.I.: 18.564.803 Circ. IV, Sección F, Manzana 5, Parcela 2, Pda. Inmobiliaria 10009. ¨ 24418/10 a nombre de Delia Martinez Silvero, D.N.I.: 92.406.355 ¨ 24420/10 a nombre de Juan Carlos Ereñu, D.N.I.: 16.714. 419 ¨ 24421/10 a nombre de José Irineo Daneri, D.N.I.: 11.471.579 ¨ 24422/10 a nombre de Rosa Irma Galvan, D.N.I.: 18.330.859 ¨ 24423/10 a nombre de Néstor Arnaldo Fuentebuena, D.N.I.: 10.529.419 ¨ 24424/10 a nombre de Elida Etelvina Larrea, D.N.I.: 5.938.494 ¨ 24425/10 a nombre de Marcelo Daniel Barvio, D.N.I.: 17.200.955 ¨ 24428/10 a nombre de Rodolfo Rogelio Kinderknecht, D.N.I.: 17.715.784 ¨ 24429/10 a nombre de Celina Nora Mereles, D.N.I.: 18.295.535 ¨ 24430/10 a nombre de Juan Pedro Batalla, D.N.I.: 11.471.533 ¨ 24432/10 a nombre de Carlos Noguera Mamani, D.N.I.: 93.087.371 ¨ 24433/10 a nombre de Miguel Angel Morales, D.N.I.: 13.581.290 ¨ 24434/10 a nombre de Alfredo Velázquez, D.N.I.: 12.627.823 ¨ 24435/10 a nombre de Ninfa Beatriz Morel, D.N.I.: 12.844.438 ¨ 24436/10 a nombre de Rodolfo Rodríguez, D.N.I.: 12.052.222 ¨ 24437/10 a nombre de Rosa Beatriz Moyano, D.N.I.: 13.561.793 ¨ 24438/10 a nombre de José Miguel Talavera Acosta, D.N.I.: 92.877.727 ¨ 24439/10 a nombre de Alcides Amadeo Pensa, L.E.: 4.717.422 ¨ 24440/10 a nombre de Jorge Albino Dure, D.N.I.: 21.435.547 ¨ 24441/10 a nombre de Mario Ambrosio Almeida, D.N.I.: 12.844.467 ¨ 24468/10 a nombre de Carlos Marcelo Ocampo, D.N.I.: 29.225.471 ¨ 24442/10 a nombre de Juan Carlos Ocampo, D.N.I.: 10.253.925 ¨ 24447/10 a nombre de Juan Carlos Moreira, D.N.I.: 12.609.861 ¨ 24448/10 a nombre de Cristina Mabel Peroni, D.N.I.: 10.253.990 ¨ 24449/10 a nombre de Graciela Elda Ingolotti, D.N.I.: 11.453.120 ¨ 24450/10 a nombre de Elsa Margarita Albiaque, L.C.: 3.593.572 ¨ 24454/10 a nombre de Mabel Beatriz Quiroga, D.N.I.: 24.677.860 ¨ 24455/10 a nombre de María Rosa Chiesa, L.C.: 2.015.342 ¨ 24453/10 a nombre de Carlos Oscar Batalla, D.N.I.: 28.287.458 ¨ 24470/10 a nombre de Pedro Roberto Rocca, D.N.I.: 14.567.579 ¨ 24471/10 a nombre de Florencio Ismael Darget, L.E.: 4.720.799 ¨ 24472/10 a nombre de Franco Andres Balige, D.N.I.: 34.832.147 ¨ 24469/10 a nombre de Luis Benito Pacce, D.N.I.: 5.792.486 Articulo 2º: En los términos del Artículo 4º inciso D de la Ley 10.830, declárese de Interés Social la escrituración de los inmuebles mencionados en el Art. 1º de la presente Ordenanza. Artículo 4º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º: Dónase a favor de la ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS CARDALES PARTIDO DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, inscripta en con fecha 22 de marzo de 2010 en el Legajo Nº 170025, Matrícula Nº 35277, de la Dirección Provincial de personas Jurídicas, los inmuebles ubicados en esa ciudad, designados catastralmente como: Circ. II, Sección L, Manzana 172, Parcelas 17 y 16a, Pdas. Inmobiliarias 31033 y 31035, según plano característica 031-000007, con una superficie de 845,26 metros cuadrados, respectivamente, cuya titularidad dominial corresponde a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz. Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ordenanza. Artículo 4º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 034/2010. ORDENANZA Artículo 1º: Rectificase el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal 036/09 quedando redactado de la siguiente manera: Articulo 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo a compensar las superficies correspondientes a reserva para equipamiento comunitario, espacio verde y libre público, cedidas por plano característico 031-27-04, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 113, Parcelas 4 y 11, por los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 172, Parcela 15, 18 y 19, Originados por plano características 031-07-04. Articulo 2º: Modificase el Articulo 2º de la Ordenanza Municipal 036/09 quedando redactado de la siguiente manera: Articulo 2° Las Parcelas 18 y 19, Circunscripción II, Sección L, Manzana 172, pasarán a integrar el espacio verde y libre público, y la parcela 15, será destinada a equipamiento comunitario. Artículo 3º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Artículo 1º: Declárense de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 15, Parcela 6, Circunscripción II, Sección C, Manzana 25, Parcela 4 y Circunscripción II, Sección C, Manzana 29, Parcela 4, Partidas para el impuesto Inmobiliario 13007, 16079 y 16104, inscriptas al folio 159 del año 1950 con una superficie de 833,40 800,00 y 833,40 metros cuadrados, respectivamente, inscriptas al folio 159 del año 1950 a nombre de Frassinetti Augusto. Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ordenanza. Artículo 4º: El gasto que demande dar cumplimiento a lo preceptuado por la presente Ordenanza, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz. Artículo 5º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 036/2010.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Artículo 1º: Declárense de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles ubicados en la Ciudad de Capilla del Señor, designados catastralmente como: Circunscrip-ción I, Sección B, Chacra 3, Manzana 3f, Parcelas 10, 12 y 13, Partidas Inmobiliarias 11157, 11159 y 11160, dominio inscripto en el folio Nº 190 de 1955, con una superficie de 300, 295,50 y 300 metros cuadrados, respectivamente, cuyo titularidad dominial se encuentra a nombre de JOSÉ María Rodolfo Calvo. Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ordenanza. Artículo 4º: El gasto que demande dar cumplimiento a lo preceptuado por la presente Ordenanza, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz. Artículo 5º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 037/2010.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Artículo 1º: Ratificase el convenio firmado entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se incorpora el municipio al "Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión". Artículo 3º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Registrada Bajo el N° 038/2010. |
Acceso contribuyente
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