Domingo, 28 de Febrero de 2021
Boletin Oficial - Agosto 2008 |
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Capilla del Señor Primer Pueblo declarado de Interés Histórico Nacional Autoridades: Intendente Municipal: Dr. Horacio A. Errazu Secretario de Coordinación General: Sr. Luis Mariano Martín Secretario de Hacienda: Cdor. Enrique Antonio Allegri Secretario de Salud: Dr. Héctor Nanni Presidente de H.C.D.: Sr. Adrian Sánchez Secretario del H.C.D.: Sr. Daniel Rubén Portillo El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo 1°: Convalídese la Addenda del convenio celebrado entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por Resolución Ministerial M.I.V.S.P 179/06, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado para su firma. Artículo 2º: De forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 030/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Libreta Sanitaria, a 18 alumnos que forman parte de los Talleres Técnicos Profesionales de panadería y Armado, con Orientación en Servicios, de la Escuela Nº 501. Articulo 2°: La Eximición a la que hace referencia el Articulo 1º corresponde a los alumnos que a continuación se detallan:
Articulo 3°: De Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 031/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Modificase el Artículo 2° de la Ordenanza 084-06, el que quedará redactado de la siguiente forma: Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, al comercio ubicado en el inmueble a que hace referencia el Artículo 1° de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102-2004.Articulo 2°: Agregase el Artículo 3° a la Ordenanza 084-06 el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 3°: De Forma. Artículo 3°: De Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 032/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Exaltación de la Cruz al Régimen de Promoción Industrial, dispuesto por la Ley Provincial Nº 13.656 y su Decreto Reglamentario Nº 523/08.Articulo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires, el convenio de adhesión e implementación del régimen dispuesto. Articulo 3°: De Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Julio de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 033/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 102-2004, según Expediente 4036-16974/04; al inmueble designado Catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 41P, Parcela 1a, Partida Inmobiliaria N° 1405, Contribuyente N° 4747, Orden N° 1046, perteneciente a Steffanin, Gloria (Discapacitada Fichera, María Alejandra). Articulo 2°: De Forma. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Julio de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 034/08. |
Acceso contribuyente
Mapa de Exaltación de la Cruz |
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