Domingo, 28 de Febrero de 2021
Boletin Oficial - Junio 2008 |
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Capilla del Señor Primer Pueblo declarado de Interés Histórico Nacional Autoridades: Intendente Municipal: Dr. Horacio A. Errazu Secretario de Coordinación General: Sr. Luis Mariano Martín Secretario de Hacienda: Cdor. Enrique Antonio Allegri Secretario de Salud: Dr. Héctor Nanni Presidente de H.C.D.: Sr. Adrian Sánchez Secretario del H.C.D.: Sr. Daniel Rubén Portillo El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Ratificase el Decreto Nº 64/08 sancionado por el Departamento Ejecutivo con fecha 10 de Abril del Corriente año, referido al Acuerdo Marco de Cooperación entre la Dirección Nacional de Migraciones y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, para la implementación del PROGRAMA DE NORMALIZACIÓN DOCUMENTARIA MIGRATORIA en el distrito de EXALTACIÓN DE LA CRUZ.. Articulo 2°: De forma. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 022/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1° Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 2, Manzana 2f, Parcela 8, Partida Inmobiliaria 1301, Matricula 11545 del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-21156/08, a favor de Natalia Vanina Kenny, D.N.I.: 34.092.444 y de David Ezequiel Kenny D.N.I.: 36.386.850. Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior. Articulo 3° De forma. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 023/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 100/07, el cual quedará redactado de la siguiente manera:Capilla del Señor: Artículo 1°: Desaféctase de la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana (XREbb) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios denominados catastralmente como: Circ. II, Sección Rural, Parcelas 415d, 415c, 415f, 428, 429, 430, 432, 433, 434, 435, 486, 487, 488, 489, Circunscripción III, Sección E, Parcelas, 565, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, Circuncripción III, Sección Rural, Parcela 603 (excluido su frente a Ruta Nº 39) el cual se encuentra afectado a zona (XEVb); Circunscripción V, Sección Rural, parcelas 1193a, 1215, 1237, 1238a, 1251, 1252a, 1252b, 1254, 1255, 1256a, 1256b, 1258a, 1258b, 1258c, 1258d, 1258e, 1258f, 1258g, 1258h, 1258i, 1258j, 1259a, 1259b, 1259c, 1259d, 1260a, 1260b, 1260c, 1260d, 1260e, 1261a, 1261b, 1261c, 1261d, 1262a, 1262b, 1262c, 1262d, 1263b, 1263c, 1263d, 1263e, 1263f, 1265a, 1265b, 1265c, 1265d, 1266, 1267, 1269, 1270, 1271, 1272, 1273, 1274, 1276a, Circuncripción VI, Sección A, Parcelas, 1352, 1353, 1354, (excluido 200mts. con frente al Camino a Diego Gaynor, manteniendo el uso existente). Articulo 2°: Modificase el Articulo 11º de la Ordenanza 100/07, el que quedara redactado de la siguiente manera: Localidad Parada Robles: Artículo 11°: Se establece para los predios afectados a Zona XREbb2, (Parcelamiento Especial) denominados catastralmente como: Circ. III, Parcelas 644b, 644c, 644d, 645b, 645c, 646, 668c, 668d, 668e, 668f, 668g, 670a, 671 a, 672, 673, 674, 675, 693d, 694a, 694c, 694d, 695a, 710b, 714 a, 715 a, 716, 717 a, 717b, 718, 719, Circ. IV, Parcelas 723, 724 a, 726 a, 727 a, 725 a, 725 d, 734 a, 734 b, 735, 736a, 736b, 736c, 736d, 737, 738, 739, 740, 741, 756, 757, 758a, 758b, 759a, 767a, 768 a, 768 b, 769a, 771a, 771b, 774h, 774k, los siguientes indicadores urbanísticos: Subdivisión del suelo: Lote mínimo para nuevas subdivisiones Frente mínimo: 40 metros Superficie: 5.000mts2. Incorpórase a la zona XREbb2, (Parcelamiento Especial), Circunscripción VI, Parcelas 1430b, 1430c, 1458a, 1458b, 1471d, 1471e, 1471f, 1466b, adoptando los indicadores citados en el parrafo presedente. Solo se podrá admitir un 20% de la superficie total, parcelas de dimensiones actuales (Ancho 30mt. Superficie: 1500mt2.) para la zona XREbb, cuando el emprendimiento supere las 100has. El resto de los indicadores mantendrán los índices urbanísticos establecidos en el Código de Ordenamiento Territorial – Ordenanza 60/97 y sus modificatorias. Articulo 3º: Modificase el Articulo 12º de la Ordenanza 100/07, el cual quedara redactado de la siguiente manera : Localidad de Pavón: Artículo 12°: Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de Pavón a los predios denominados catastralmente como: Circunscripción. II, Sección P, manzanas 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 139 y 140. Localidad de la Lata Artículo 12bis. Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de La Lata a los predios denominados catastralmente como: Circunstripción V, Sección. M, manzanas 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22. Artículo 4°: Incorporase el Artículo 13º bis. A la Ordenanza 100/07: Aféctase a la Zona Agropecuaria de la localidad de La Lata, a los predios citados en el artículo 12ºbis que antecede. Articulo 5º: En caso de producirse diferencia en la mención de los inmuebles indicados en la presente, tendrá validez la designación según planos catastrales. Artículo 6º: Derógase la Ordenanza 06/08. Articulo 7º: De Forma. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 024/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir a favor de la empresa Gas Natural Ban S.A., las redes de distribución de gas natural ejecutadas según los proyectos EC-468, EC-552, EC-409, EC-282, EC-309, EC-292, EC-277, correspondientes a los barrios Villa Constantini, Ingº Marín, M´Buricá, la Boca, La Loma, El Bajo y autoconstrucción, obras resultantes de la Licitación Pública.Articulo 2° Facultase al Departamento Ejecutivo a firmar con la empresa distribuidora del servicio, las respectivas actas de transferencia de cada uno de los sectores involucrados. Articulo 3° De forma. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 025/08. El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1°: Declárese de interés municipal la campaña educativa y cultural organizada por el Rotary Club de los Cardales y Copesel para el uso racional del agua. Articulo 2°: De forma. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.
Registrada Bajo el N° 026/08. |
Acceso contribuyente
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