Lunes, 25 de Enero de 2021
Ordenanza Nº 091/10 - Presupuesto 2011 |
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El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:ORDENANZAArtículo 1º: Fijase en la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES SIETE MIL ( $ 65.007.000.-) el total de erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL, para el Ejercicio 2011, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programática, por objeto del gasto, por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980, se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
Artículo 2º: Estímase en la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES SIETE MIL ( $ 65.007.000.-) el CALCULO DE RECURSOS, destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, cuya clasificación por rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza Artículo 3º: Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º: Apruébase una planta de personal de 622 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha planta comprende el personal de planta permanente y temporario (personal contratado y jornalizado) Facúltase al departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal Establécense 5 Secretarías a saber: Secretaría General de CoordinaciónEstablécense 17 Direcciones a saber: Dirección de Acción SocialEstablécense los siguientes cargos: Contador MunicipalEstablécese una Secretaría del Honorable Concejo Deliberante Establécense los siguientes valores máximos, para los conceptos que se detallan a continuación: JORNAL DE 6 HS. $ 35.- JORNAL DE 7 HS $ 41.- JORNAL DE 8 HS $ 46.- JORNAL DE 9 HS $ 53.- GUARDIAS MEDICAS (Lunes a Viernes) $ 1.150.- GUARDIAS MEDICAS (Fin de semana)$ 1.250.- GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Lunes a Viernes)$ 1.300.- GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Fin de semana) $ 1.400.- GUARDIAS DE ENFERMERÍA (Lunes a Domingo) $ 500.- Artículo 5°: Autorízase el pago de bonificaciones especiales, en función a la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo. Artículo 6°: Establécese el pago de bonificaciones por título terciario o universitario, para el personal Municipal que lo acredite, con exclusión de los cargos electivos, de acuerdo a la siguiente escala: Título terciario: $ 150.- Título universitario: $ 300.- Artículo 7º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno. Artículo 8º: Estímase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2011 de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
Artículo 9º: Apruébase la escala salarial que se incluye como Anexo a la Presente Ordenanza. Artículo 10º: De forma Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Diciembre de dos mil Diez.
Registrada Bajo el N° 091/2010. |
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