Jueves, 28 de Enero de 2021
Ordenanza Nº 054/86 - Ley 10240 Aceptando Regimen |
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El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:ORDENANZAArtículo 1º: Facúltase al D.E. a adoptar un régimen similar al establecido en el Artículo primero de la Ley de la Provincia de Buenos Aires que lleva el número 10.240, el cual dice:“El personal femenino gozará de licencia por maternidad de 45 días (cuarenta y cinco) en el preparto y de 90 días (noventa) en el postparto con goce integro de haberes.- Este comenzará a partir de los siete (7) meses y medio de embarazo, el que se acreditarán mediante la prestación del certificado................”.- Artículo 2º: Comuníquese al D.E. Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis.
Registrada Bajo el Nº 054/86 |
Acceso contribuyente
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