Miércoles, 21 de Abril de 2021
Ordenanza Nº 111/11 - Ref. Presupuesto 2011 |
|
|
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZAArtículo 1º: Fijase en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ( $ 96.400.000.-) el total de erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL, para el Ejercicio 2012, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programática, por objeto del gasto, por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980, se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
1110200000 | HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE | $ 868.391.00 | 1110100000 | DEPARTAMENTO EJECUTIVO | $ 95.531.609.00 | | TOTAL | $ 96.400.000.00 |
Artículo 2º: Estímase en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL SEISCIENTOS ( $ 96.400.000.-) el CALCULO DE RECURSOS, destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, cuya clasificación por rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza Artículo 3º: Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Apruébase una planta de personal de 716 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha planta comprende el personal de planta permanente y temporario.
Facúltase al departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.
Establécense 5 Secretarías a saber:
Secretaría de Coordinación General Secretaría de Gobierno Secretaría de Obras y Servicios Públicos Secretaría de Salud Secretaría de Seguridad Establécese 1 Subsecretaría a saber: Subsecretaría de Salud
Establécense 21 Direcciones a saber:
Dirección de Desarrollo Social Dirección de Cultura y Educación Dirección de Turismo Dirección de Deportes Dirección de Producción y Medio Ambiente Dirección de Bromatología Dirección de Control de Gestión Dirección de Recaudaciones Dirección de Recursos Humanos Dirección Médica Hospital San José Dirección Administrativa de Servicios de Salud Dirección de Atención Primaria Dirección de Planeamiento Dirección de Catastro Dirección de Servicios Públicos Dirección de Obras Públicas Dirección de Defensa Civil Dirección de Control Urbano Dirección de Presupuestos Dirección de Gobierno Dirección de la Juventud
Establécense los siguientes cargos: Contador Municipal Tesorero Municipal Juez de Faltas Municipal Jefe de Compras Jefe de Mesa de Entradas Asesor Legal Defensor del Pueblo Delegado Municipal de Los Cardales Delegado Municipal de Parada Robles Delegado Municipal de Pavón Encargado Técnico Sala 1º Auxilios de Los Cardales Encargado Técnico Sala 1º Auxilios Parada Robles Encargado Municipal Diego Gaynor Establécese una Secretaría del Honorable Concejo Deliberante
Establécense los siguientes valores máximos, para los conceptos que se detallan a continuación:
JORNAL DE 6 HS. | $ 45. | JORNAL DE 7 HS | $ 53. | JORNAL DE 8 HS | $ 60. | JORNAL DE 9 HS | $ 68. | GUARDIAS MEDICAS (Lunes a Viernes) | $ 1.600. | GUARDIAS MEDICAS (Fin de semana) | $ 1.700. | GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Lunes a Viernes) | $ 1.800. | GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Fin de semana) | $ 1.900. | GUARDIAS DE ENFERMERÍA (Lunes a Domingo) | $ 600. | BONIFICACION POR GUARDIA MEDICA | $ 850. | CANTIDAD DE JORNALES | $ 17.000 |
Artículo 5º: Autorízase el pago de una bonificación por presentismo hasta la Categoría 21 de la Escala Salarial para todo el personal de planta permanente y contratado.
Artículo 6º: Autorízase el pago de Bonificaciones Remunerativas no bonificables para todo el personal de Planta permanente y/o contratada.
Artículo 7º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la forma de aplicación de los valores de la Escala Salarial que se autoriza en la presente Ordenanza.
Artículo 8°: Establécese el pago de bonificaciones por título terciario o universitario, para el personal Municipal que lo acredite, con exclusión del personal que realiza guardias médicas y los cargos electivos, de acuerdo a la siguiente escala: Título terciario: $ 150.- Título universitario: $ 300.-
Artículo 9º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar la Bonificación por Antigüedad al Intendente Municipal.
Artículo 10º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar cambios de categoría al personal de planta como asimismo a realizar las adecuaciones de partidas presupuestarias que los mismos requieran.
Artículo 11º: El personal de Planta Mensualizada Contratada gozará de los mismos beneficios que el Personal de Planta Permanente.
Artículo 12º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.
Artículo 13º: Estímase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2012 de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
INGRESOS CORRIENTES | $ 96.370.000.00 | Menos: | | GASTOS CORRIENTES | $ (84.400.029.00) | |
| AHORRO CORRIENTE | $ 11.969.971.00 | | | RECURSOS DE CAPITAL | $ 30.000.00 | Menos: | | GASTOS DE CAPITAL | $ (7.602.051.00) | |
| | $ (7.572.051.00) | | | RESULTADO FINANCIERO | $ 4.397.920.00 | FUENTE FINANCIERA | $ 0 | APLICACIONES FINANCIERAS | $ 4.397.920.00 |
Artículo 14º: Apruébase la escala salarial que se incluye como Anexo a la Presente Ordenanza
Artículo 15º: De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve día del mes de Diciembre de dos mil once.
Mario Alfredo Croce Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz | Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz |
Registrada Bajo el N° 111/2011.
|
Mapa de Exaltación de la Cruz |
| Inicio | Noticias | Autoridades | Gobierno | Multimedia | Contacto |
Rivadavia 411 - (B2812DII) Capilla del Señor - Provincia de Buenos Aires - Argentina Tel.: (02323)-491327 - 491010 Fax: (2323)-491357 © exaltaciondelacruz.gov.ar. Todo los derechos reservados. |