Viernes, 22 de Enero de 2021
Febrero 2011 |
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Capilla del Señor, 03 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-25544/11 y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario proceder a la erradicación del Basural a cielo abierto a fin de culminar con la contaminación del aire – suelo y agua; Que es necesario la construcción de un relleno sanitario en el Predio del Basural de la localidad de Capilla del Señor; Que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, ha elaborado el Proyecto para la compra de geo-membrana; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Llámese a concurso de precios para la Compra de geo-membrana de polietileno de Alta Densidad (800 micrones) para el relleno sanitario en el predio del basural según la documentación técnica obrante en el Expediente Administrativo Nº 4036-25.544/11.- Articulo 2º Las ofertas deberán ser remitidas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos hasta el día 28 de Febrero de 2011, a las 12 horas.- Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 029. Capilla del Señor, 03 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que el cargo de Asesor Legal de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz se encuentra vacante; Que se hace necesario proceder a cubrir el mencionado cargo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Designase a la Doctora MARCELA VALERIA NORIEGA, quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 25.731.679, como ASESORA LEGAL, a partir del día 1 de Febrero de 2011, revistiendo en la Categoría 24 –Director – Planta Permanente, dentro de la Jurisdicción 1110101000.- Articulo 2º Resérvese el puesto de PERSONAL PROFESIONAL, categoría 16 del agente mencionado en el Artículo 1º del presente Decreto, de acuerdo a la Ley Provincial Nº 11.757 en su Artículo 17 del Estatuto del Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.- Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 030. Capilla del Señor, 6 de Febrero del 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: La existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor GIMENEZ RAMON JULIO JORGE con D.N.I. 16.103.362 a partir del día 02 de Febrero de 2011, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora ZANDRI ROCIO ESTEFANIA con D.N.I. Nº 31.234.040 a partir del día 01 de Febrero de 2011 , dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.), en la PLANTA JORNALIZADA-. Desígnase al Señor AUHAD GABRIEL ALI con D.N.I. Nº 29.505.586 a partir del día 01 de Febrero de 2011, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA CONTRATADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archivese. DECRETO N° 031 Capilla del Señor, 4 de Febrero del 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja al agente Municipal Señor LAVORATO FACUNDO con D.N.I. Nº 35.794.544 a partir del día 15 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Dese la baja al Agente Municipal Señora GUILLERME SILVANA HAYDEE, con D.N.I. Nº 16.265.476, a partir del día 15 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Salud (R.A.F.A.M), en la PLANTA JORNALIZADA.- Dese la baja al Agente Municipal Señora GAUNA CECILIA VANESA con D.N.I. Nº 35.329.891 a partir del día 11 de Febrero de 2011,quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M), en la PLANTA JORNALIZADA- Dese la baja al Agente Municipal Señora GIMENEZ LORENA con D.N.I. Nº 26.478.996 a partir del día 11 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.), en la PLANTA JORNALIZADA-. Dese la baja al Agente Municipal Señor SAAVEDRA ALGAÑARAZ JUAN MARCOS con D.N.I. Nº 34.404.554 a partir del día 16 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M), en la PLANTA JORNALIZADA- Dese la baja al Agente Municipal Señora MORONI ROMINA con D.N.I. Nº 30.551.864, a partir del día 23 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 111010 Secretaria de (R.A.F.A.M.), en la PLANTA JORNALIZADA.- Dese la baja al Agente Municipal Señora JARA NATALIA BELEN con D.N.I. Nº 34.832.129 a partir del día 11 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.), en la PLANTA JORNALIZADA-. Dese la baja al Agente Municipal Señora GUGLIELMOTTI MOREIRA PATRICIA con D.N.I. Nº 35.025.116 a partir del día 11 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M), en la PLANTA JORNALIZADA- Dese la baja al Agente Municipal Señora ABRIGO JESICA SOLEDAD con D.N.I. Nº 35.226.944 a partir del día 11 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M), en la PLANTA JORNALIZADA- Dese de baja al Agente Municipal Señora SILVEIRA DA SILVA ESTELA con D.N.I. Nº 22.477.894, a partir del día 11 de Febrero de 2011, quien revestía dentro de la Jurisdicción 111010 Secretaria de (R.A.F.A.M.) en la PLANTA JORNALIZADA.- Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archivese. DECRETO N° 032 Capilla del Señor, 04 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal jerárquico y personal con mayor responsabilidad y dedicación exclusiva; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales por el mes de Febrero del corriente año a los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 033.- Capilla del Señor, 04 de Febrero 2011. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial} “SUBSIDIO A ENTIDADES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO”. Artículo 3º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 4º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA”. Artículo 5º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 034. Capilla del Señor, 18 de Febrero de 2011. VISTO: La solicitud presentada por los agentes municipales, Liliana Navarro Legajo 556,Garcia Antonio Legajo 543, Tolosa Carlos Legajo 543, Roldan Ricardo Legajo 489, Maran Rodrigo Legajo 611, Ojeda Pedro Javier Legajo 837, Romero Daniel Legajo 394, Castel Horacio Legajo 507, Real Salas Gaston Legajo 301, Caro Maria Jose Legajo 2131, Fernandez Genaro Legajo 601, Moreira Alba Legajo 438, Rodriguez Vanesa Legajo 2244, Chichirico Carlos Legajo 720, Bahut Cristina Legajo 2094, Contardo Nancy Legajo 2182, Lencina Norma Legajo 484, Real Salas Gastón Legajo 301, Anzolobere Amestoy Damiela Legajo 384, Laino Marcela Legajo 2282, Ruiz Oscar Humberto Legajo 686, Barriola Eduardo Legajo 46, Franco Noelia 2157, Cigliari Jorge Legajo 576, Ramirez Ignacio Legajo 567, Lencina Karina Legajo 755, Moreira Alba Legajo 438, Simon Dante Legajo 521, Huber Alfredo Legajo 598, Patiño Carlos Alberto Legajo 568, Passarella Jose Legajo 136, a fin de obtener una ayuda económica, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 035.- Capilla del Señor, 04 de Febrero de 2011. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional. En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 036.- Capilla del Señor, 04 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal jerárquico y personal con mayor responsabilidad y dedicación exclusiva; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales por el mes de Febrero del corriente año a los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 037.- Capilla del Señor, 04 de Febrero de 2011 POR CUANTO: El H.C.D. de Exaltación de la Cruz ha sancionado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1°: Ratifícase el Acuerdo firmado el 1º de Noviembre de 2010, entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) para la Adhesión al Programa “TU MANZANA RESICLA” Articulo 2°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Febrero de dos mil once. REGISTRADA BAJO EL Nº 004/2011 .-POR TANTO:Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 038.- Capilla del Señor, 11 de Febrero de 2011.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo Nº 4036-25.452/11, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 01/11,y; CONSIDERANDO: Que la mencionada Licitación es para la Compra y Provisión de Combustibles Líquidos para las localidades de Capilla del Señor, Los Cardales, Parada Robles y Pavón, de acuerdo a lo estipulado por la Ordenanza Municipal Nº 57/10; Que por Decreto Nº 008/11 de fecha 05 de Enero de 2011, se autorizo el llamado a Licitación Pública para el día 10 de Febrero del corriente año, con un Presupuesto Oficial de $ 3.980.000 (pesos tres millones novecientos ochenta mil) ; Que no se han presentado Oferentes al primer llamado por lo cual corresponde declararla desierta; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese desierto el Llamado a Licitación Pública Nº 01/11, para la compra y provisión de Combustibles Líquidos según Expediente Administrativo Nº 4036-25.452/11 Articulo 2º Realizase el segundo llamado a Licitación Pública Nº 01/11, fijando como fecha de apertura el día 03 de Marzo de 2011, a las 12.00 hs., en el Salón de los Escudos del Palacio Municipal.- Articulo 3º El Presupuesto Oficial se fija en la suma de $3.980.000 (pesos tres millones novecientos ochenta mil) anuales, en función a lo autorizado en el Presupuesto para el Ejercicio 2011.- Artículo 4º El gasto se imputara a la partida presupuestaria 2.5.60 (combustibles y lubricantes) de cada una de las Jurisdicciones establecidas, según el Presupuesto vigente.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 039.- Capilla del Señor, 25 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, las Ordenanzas Impositiva y Fiscal vigentes y; CONSIDERANDO: Que se ha verificado una significativa mora temprana en el pago de la Tasa de Servicios Generales y Asistenciales desde el año 2007 hasta la fecha; Que continúan presentándose casos de venta de inmuebles, sin que las Escribanías intervinientes cumpla con la debida información que se les requiere, para dar de alta a los nuevos contribuyentes indicando los nombres y sus correspondientes domicilios fiscales para la remisión de las facturas de pago; Que asimismo los contribuyentes no cumplen con los deberes formales que impone el Artículo 22 inc. b) de la Ordenanza Fiscal, que establece la obligación de comunicar dentro de los quince (15) días de producido, cualquier cambio de situación que pueda dar origen a nuevos hechos o actos sujetos a gravamen o modificar o extinguir los existentes; Que se hace necesario notificar e intimar a los deudores la falta de pago de las Tasas y/o Derechos, a fin de resguardar los ingresos fiscales, otorgándoles la oportunidad de su regularización espontánea; Que el Artículo 16 de la normativa antes citada, dispone los términos y modalidad de las notificaciones e intimaciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Notifíquese e intímese de pago por las deudas que registren hasta la 6º cuota de 2009, los números de orden correspondientes a los contribuyentes Nº 23888, 29403, 25257, 23941, 6065, 35971, 36232, 36068, 35919, 36983, 23936, 23935, 37482, 27146, 6065, 26413, 29150, 30268, 36632, 26645, 23895, 28922, 36229, 26737, 28896, 27151 y 27440.- Articulo 2º Las notificaciones e intimaciones dispuestas por el artículo 1º, serán remitidas indistintamente por la Secretaria de Coordinación General, Contaduría Municipal o Dirección de Recaudaciones, en la modalidad dispuesta por el artículo 16 inc. a) de la Ordenanza Fiscal. Articulo 3º Las notificaciones podrán remitirse a nombre del contribuyente y domicilio fiscal que figure en la base de datos municipal, y de contar con la información de nuevos titulares dominiales o domicilios a estos últimos. Articulo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO N° 040.- Capilla del Señor, 28 de Febrero de 2011.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo Nº 4036-25.474/11, por el cual se tramita la Licitación Pública Nº 02/11,y; CONSIDERANDO: Que la mencionada Licitación es para la Provisión y colocación de 1000 toneladas de concreto asfáltico en caliente para carpetas de 0.05 mts de espesor, para arterias varias del partido; Que por Decreto Nº 26/11 de fecha 21 de Enero de 2011, se autorizo el llamado a Licitación Pública para el día 11 de Febrero del corriente año, con un presupuesto oficial de $ 500.000 (pesos quinientos mil), y la cual se enmarca dentro del Programa “SOLUCIONES YA”, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; Que la Comisión de Preadjudicación de Licitaciones Públicas y Privadas emitió informes, los cuales obran en el Expediente Administrativo mencionado en el visto del presente; Que el dictamen de la Comisión aconseja la Adjudicación de la obra a la Empresa Way- Maker S.A., por ser la oferta más conveniente; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Adjudícase a la firma MAY-MAKER S.A., con domicilio legal en Av. Scalabrini Ortiz 1825 7º b, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, C.U.I.T. Nº 30-70749256-9, la Licitación Pública Nº 02/11, para la Provisión y Colocación de 1000 toneladas de concreto asfáltico en caliente para carpetas de 0.05 mts. de espesor, para arterias varias del partido, con un presupuesto de $ 581.460 (pesos quinientos ochenta y un mil cuatrocientos sesenta).- Articulo 2º El gasto se imputara a la partida presupuestaria 2.5.9.0.4294, según el Presupuesto 2011.- Articulo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO N° 041.- Capilla del Señor, 28 de Febrero 2011. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial} “SUBSIDIO A ENTIDADES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO”. Artículo 3º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 4º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA”. Artículo 5º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 042. Capilla del Señor, 28 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad dentro de su Planta de Personal no cuenta con la totalidad de los profesionales para la realización de las guardias médicas, como así también la de distintas especialidades médicas y culturales; Que para cubrir los distintos servicios en el área de Salud, Cultura y Administración Central se hace necesaria la contratación de Locación de Obra en las distintas especialidades; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase para la Locación de Obra a partir del 01 de Febrero de 2011 por el término de treinta (30) días a las personas, para cubrir las distintas especialidades, percibiendo los valores que a continuación se detallan:
Artículo 2º Los profesionales detallados en el Art. 1º percibirán el importe allí establecido por todo concepto. Este gasto será imputado a la Partida Presupuestaria que establezca el Contador Municipal de acuerdo al catalogo de Bienes y Servicios establecido por el Decreto 2980 de RAFAM. Artículo 3º Los profesionales que se desempeñen como Médicos de Guardia en el Hospital Municipal y en los Centros de Atención Primaria de Salud (CAPS) de las localidades de Los Cardales y Parada Robles percibirán por todo concepto la suma de novecientos setenta pesos por guardia ($970.-) de lunes a sábados y los días domingos y feriados la suma de pesos un mil veinte por guardia ($1020.-). Este gasto será imputado a la Partida Presupuestaria que establezca el Contador Municipal de acuerdo al catalogo de Bienes y Servicios establecido por el Decreto 2980 de RAFAM. Artículo 4º Desígnase para la Locación de Obra a partir del 01 de Febrero de 2011 por el término de treinta (30) días a las personas, para cubrir las distintas especialidades que a continuación se detallan:
Artículo 5º Establézcase el pago en concepto de guardias, guardias pasivas, y módulos de reanimación que se realicen en el Hospital Municipal San José a la Asociación de Anestesia, Analgesia, y Reanimación de Buenos Aires (A.A.A.R.B.A.), por los siguientes valores: Módulos guardia pasiva y planta programada (Lunes a viernes) $3.300; Módulo guardia pasiva 24 horas (sábados, domingos y feriados) $3.300; Módulo de Coordinación $3.000, según el convenio suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y A.A.A.R.B.A. Este gasto será imputado a la Partida Presupuestaria que establezca el Contador Municipal de acuerdo al catalogo de Bienes y Servicios establecido por el Decreto 2980 de RAFAM. Artículo 6º Los profesionales que se desempeñen como Médicos de U.T.I. en el Hospital Municipal percibirán por todo concepto la suma de un mil veinte pesos por guardia ($1020.-) de lunes a sábados y los días domingos y feriados la suma de pesos un mil setenta por guardia ($1070.-) Este gasto será imputado a la Partida Presupuestaria que establezca el Contador Municipal de acuerdo al catalogo de Bienes y Servicios establecido por el Decreto 2980 de RAFAM. Artículo 7º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 043.- Capilla del Señor, 28 de Febrero de 2011. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Nº6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Acción Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área de Acción Social; Que la Dirección de Acción Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante el mes de Febrero correspondientes a las Ordenes de Pago N° 815, 806, 1080, 812, 699, 700, 952, 953, 976, 1027, 1107, 1149, 1159, 1248, 1252, 1306, 1310, 1326, 1339, 1045, 1388, 1407, 1409, 1513, 1597, 1642, 1704, 1759, 1764, 1783, 1831, 1819, 1849, 1854, 1858, 1865, 1932, 1950, 957, 936, 988, 1012, 1050, 1057, 1062, 1101, 1112, 1143, 1145, 1147, 954, 1220, 1226, 1227, 545, 1271, 1300, 1308, 1315, 1337, 1355, 937, 1036, 1043, 1046, 1047, 1288, 1294, 1397, 1398, 1402, 1438, 1460, 1462, 1465, 1486, 1491, 1505, 1510, 1519, 304, 1454, 1499, 1522, 1529, 1548, 1562, 1573, 1574, 1596, 1606, 1622, 1649, 1663, 1258, 1563, 1362, 1419, 1830, 1837, 1850, 1859, 1864, 1663, 1669, 1442, 1113, 1321, 738, 1888, 939, 946, 1011, 1120, 1121, 1122, 1123, 1124, 1146, 1267, 1373, 1319, 1320, 1526, 1629, 1658, 1729, 1808, 1836, 1866, 1867, 1901, 1938, 1264, 1211, 1296, 1297, 1440, 1661, 977, 1695, 1708, 1029, 1125, 1333, 1600, 1853, 836, 1150, 1312, 1314, 766, 1473, 1822, 1060, 1278, 1058. - Articulo 2º La Dirección de Acción Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 044.- |
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