Domingo, 18 de Abril de 2021
Mayo 2012 |
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Capilla de Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 02 de mayo de 2012 hasta el 01 de junio de 2012, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 162.- Capilla del Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 32 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 03 de Febrero de 2009, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Decreto se designa al Secretario de Coordinación General Dr. Enrique Antonio Allegri, para autorizar las liquidaciones de deudas fiscales que fueran certificadas por el Contador Municipal; Que el Artículo 35 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su Titulo I, Apartado E, establece que las ejecuciones fiscales por deudas deberán estar certificadas por el Contador Municipal y autorizadas en el mismo documento por el Intendente Municipal o funcionario que este designe; Que se hace necesario proceder a designar al Sr. Secretario de Gobierno, para que en conjunto con el Contador Municipal firmen las Liquidaciones fiscales por Deuda, de acuerdo por lo establecido por el Artículo mencionado en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto se dicta el presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Designase al Señor Secretario de Gobierno Lic. LUIS MARIANO MARTÍN, con DNI Nº 20.585.409, para autorizar las Liquidaciones de Deudas fiscales que fueran certificadas por el Contador Municipal, para su ejecución.- Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 163.- Capilla del Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y las Adjudicaciones de los Programas Solidaridad y Federal de viviendas en la localidad de Los Cardales, y; CONSIDERANDO: Que al momento de la adjudicación de los mencionados planes en el Visto del presente no se contaba con la aprobación de los Planos de Mensura, División y Cesión de calles, por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires; Que en tal sentido se hacia necesario proceder a la apertura de oficio de las partidas inmobiliarias correspondientes, a fin de poder efectuar las liquidaciones de las Tasa de Servicio Generales, hasta tanto se produjera la aprobación de los planos respectivos; Que habiéndose realizado la apertura de oficio de las partidas inmobiliarias, la Dirección de Recaudaciones procedió a liquidar las deudas por la Tasa de Servicios Generales en forma retroactiva al año 2007; Que con fecha 22 de Septiembre de 2011, la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires procedió a la Aprobación del Plano mencionado en el Considerando primero del presente, registrándose bajo el Nº 31-41-2011; Que corresponde proceder a facturar las partidas correspondientes a los planes de vivienda a partir de la cuota 1 del corriente año, dándose las Bajas Administrativas correspondientes de los años anteriores; Que en virtud de lo expuesto se dicta el presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a facturar a partir de la cuota 1 de 2012, las partidas que se hayan originado de Oficio correspondiente a los Planes Solidaridad y Federal de Viviendas de la localidad de Los Cardales.- Artículo 2º Autorizase a la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a efectuar las Bajas Administrativas de las deudas anteriores a la cuota 1 del corriente año de las partidas a que hace referencia el Artículo 1º del presente.- Artículo 3º En caso de que los contribuyentes hayan abonado las deudas anteriores a la cuota 1 del corriente, la Dirección de Recaudaciones procederá a efectuar la compensación y/o devolución de los pagos realizados de cuotas anteriores a la cuota 1 de corriente año de la Tasa de Servicios Generales.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 164.- Capilla del Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que durante el transcurso del presente año se recibieron visitas de funcionarios de la Provincia de Buenos Aires y se realizaron distintos tipos de eventos y Actividades; Que la organización de los mismos se originaron gastos de distinto tipo, como así también la organización de almuerzos; Que por los motivos expuestos se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase los gastos que demanden la realización de los distintos eventos.- Artículo 2º Los Gastos serán imputados a la partida presupuestaria que el Contador Municipal determine, de acuerdo al nomenclador R.A.F.A.M. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETONº 165.- Capilla del Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora MIELLE ANDREA VERONICA con D.N.I. Nº 22.696.849, a partir del día 02 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor PASINATO FERNANDO RAUL con D.N.I. Nº 28.873.326, a partir del día 01 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor PONCE MIGUEL ANGEL con D.N.I. Nº 20.631.389, a partir del día 01 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor FIDELI HERNAN DARIO con D.N.I. Nº 22.308.317, a partir del día 01 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor DE BONIS NESTOR ESTEBAN con D.N.I. Nº 20.050.313, a partir del día 01 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA MENSUALIZADA. Desígnase al Señor ALBORNOZ JUAN JOSE con D.N.I. Nº 30.085.168, a partir del día 01 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 166.- Capilla del Señor, 02 de Mayo de 2012. VISTO: El Articulo 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, los artículos 24 y 30 del Reglamento de Contabilidad, y el Decreto Nº 003 de fecha 02 de Mayo de 2012,y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Decreto en el Visto del presente, se establecen la distribución de los fondos aprobados en concepto de Caja Chica; Que en dicho Decreto se estableció para el Hospital Municipal San José una Caja Chica de pesos tres mil ($ 3000), la cual se hace necesario proceder a su ampliación a partir del presente mes, en pesos un mil ($1000), quedando la misma fijada en pesos cuatro mil ($ 4000); Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dispóngase la Ampliación en pesos un mil ($1000), los fondos de Caja Chica correspondientes al Hospital Municipal San José de Capilla del Señor, quedando fijada en pesos cuatro mil ($4000), a partir del 01 de Mayo de 2012.- Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 167.- Capilla del Señor, 03 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia de el agente Municipal Señor PATIÑO CARLOS con D.N.I. Nº 24.440.433 a partir del día 03 de Mayo de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA PERMANENTE-. Dése la baja al agente Municipal Señora NAPOLITANO PAREDO MALVINA SOLEDAD con D.N.I. Nº 29.407.206 a partir del día 02 de Mayo de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 168- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27282/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 015/2012; Que la mencionada Ordenanza hace referencia a la Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de una superficie de 2533 mts.2, ubicada en la localidad de Capilla del Señor, y que la misma tiene como destino la Ampliación del Complejo de Recreación “Paseo Arco Iris” según Expediente Administrativo Nº 4036-25752/11 de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 015/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 169.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27283/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 016/2012; Que la mencionada Ordenanza hace referencia a la Declaración de de utilidad pública y sujeto a expropiación de diferentes inmuebles ubicados en la zona rural de Exaltación de la Cruz, con destino a la ampliación y a la promoción de actividades rurales y usos complementarios; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 016/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 170.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27284/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 017/2012; Que la mencionada Ordenanza hace referencia a la Ratificación del Convenio de Canon entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y el Instituto de Obra Medico Asistencial (IOMA) de la Provincia de Buenos Aires, según lo establecido por la Resolución 253 del citado Organismo; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 017/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 171.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27285/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 018/2012; Que la mencionada Ordenanza hace referencia a la Creación del Registro denominado “No Quiero que me Llamen” dentro del ámbito de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, destinado a todos los usuarios del Servicio de Telefonía tanto domiciliaria como móvil, con el fin de protegerlos a estos de las promociones que se realizan; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 018/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 172.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27286/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 019/2012; Que la mencionada Ordenanza hace referencia a la Ratificación de el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 019/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 173.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27287/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 02 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 020/2012; Que por la mencionada Ordenanza se otorga la excepción al Código de Zonificación por el termino de un año al Sr. Cristian Mangas para la Habilitación de un Deposito y Venta de Materiales Rurales, en la localidad de Los Cardales; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 020/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 02 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 174.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 02 al 04 del mes de Mayo del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 4846, 4859, 4874, 4890, 4891, 4892, 4914, 4915, 4938, 4672, 4814, 4868, 4940, 4792, 4793, 4711, 4823, 4831, 4912, 4955, 4956, 3988, 4916 .- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 175.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 4889 .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 176.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Moreira Alba Rene, Wolhein Roberto, Sachetto Marcelo, Romero Daniel Osvaldo, , y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Abril del corriente año, hasta el día 04 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 177.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 178.- Capilla del Señor, 04 de Mayo de 2012.- VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 179.- Capilla del Señor, 08 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Organica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 018/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 02 de Mayo del corriente año, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Municipal mencionada en el Visto del presente, se crea el Registro Municipal “No Quiero que me Llamen”, la cual fue promulgada por Decreto Nº 172 de fecha 04 de Mayo de 2012; Que en su Artículo 10º la mencionada Ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos no previstos en la misma; Que se hace necesario establecer los mecanismos de inscripción en el Registro “No Quiero que me Llamen”, como así también estipular que la misma es para todos los habitantes del partido de Exaltación de la Cruz; Que asimismo es necesario proceder a aprobar los formularios a ser utilizados por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) para llevar adelante la inscripción en el mismo; Que la Oficina Municipal de Información al Consumidor deberá arbitrar los medios necesarios para llevar adelante la comunicación de la Ordenanza Municipal a las distintas empresas de Telefonía; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Establécese que la inscripción en el Registro Municipal “No Quiero que me Llamen” que funcionara dentro de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) es para los titulares del Servicio Telefónico con domicilio en el partido de Exaltación de la Cruz.- Artículo 2º A los efectos de la presente reglamentación se entiende por venta telefónica, mercadeo o telememarketing cualquier tipo de comunicación telefónica en la cual un agente de ventas arbitre mecanismos que estén a su alcance, intentando vender, publicitar, ofertar y/o regalar bienes y/o servicios a un potencial consumidor que no lo haya solicitado. Artículo 3º Establecer que para la inscripción en el Registro a que se hace referencia en el Artículo anterior se deberá cumplimentar el Formulario respectivo, acompañándolo de la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento de Identidad b) Fotocopia de la última factura de Servicio. Artículo 4º Apruébase el Formulario Único que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, el cual deberá ser utilizado para la inscripción en el Registro “No Quiero que me Llamen”.- Artículo 5º La Oficina Municipal de Información al Consumidor deberá comunicar a las Empresas que operan el Servicio Telefónico dentro de nuestro distrito la vigencia de la presente Ordenanza, a partir del 1º de Junio del corriente año.- Artículo 6º La Oficina Municipal de Información al Consumidor deberá realizar una base de datos, que contendrá los datos que figuran en el Formulario de Inscripción, el cual se comunicará en forma mensual a las distintas Empresas que prestan el Servicio.- Artículo 7º Una vez que las empresas se encuentren debidamente notificadas de los Usuarios que solicitan la baja del Servicio de Ventas, contarán con el plazo de sesenta días (60) para proceder a retirarlos de sus respectivas Bases de Datos, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 8º de la Ordenanza Municipal Nº 018/2012.- Artículo 8º Las Empresas de Servicio Telefónico que operen dentro del ámbito del partido de Exaltación de la Cruz, cuando sean notificadas de que un abonado no desea recibir el servicio de venta telefónica y este no es más el titular de la línea, deberán notificar a la Oficina Municipal de Información al Consumidor el cambio de titular, a fin de proceder a la baja de la Base de Datos de esta Oficina.- Artículo 9º En caso de Cambio de Titularidad de la Línea telefónica, implicará la baja automática del Registro, salvo manifestación en contrario del nuevo titular.- Artículo 10º Establecer que las multas y Régimen procedimental aplicable para las actuaciones a que hace referencia el Artículo 9 de la Ordenanza Municipal Nº 018/2012, será el establecido por la Ley Provincial Nº 13.133 Código de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios.- Artículo 11º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 180.- ANEXO I REGISTRO NO QUIERO QUE ME LLAMEN ORDENANZA MUNICIPAL 018/2012 –DEC. Nº 172/12 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN Apellido/s:............................................................................................................... Nombre/s: .............................................................................................................. Domicilio:..................................................................................Nº......................... Localidad:........................................................................ C.P.:............................ Tipo y Número de Doc. Nº..................................................................................... Abonado Nº........................................... Empresa: Telefónica – Movistar – Personal – Claro – Nextel Por medio de la presente dejo constancia que no deseo recibir más ningún tipo de publicidad en la línea antes mencionada. Documentación: DNI Factura de Servicio Otro Capilla del Señor, 11 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora BERETTA MARCIA ANABELLA con D.N.I. Nº 27.805.057, a partir del día 07 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA MENSUALIZADA. Desígnase al Señor TORIANI CLAUDIO con D.N.I. Nº 16.060.623, a partir del día 09 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor VARTULI MIGUEL ADRIAN con D.N.I. Nº 24.591.498, a partir del día 07 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 181.- Capilla del Señor, 11 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 07 al 11 del mes de Mayo del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 3221, 4983, 5076, 5068, 5069, 5072, 4902, 4999, 5077, 3242, 5244, 5132, 4980, 4981, 5144, 5145, 5189, 5190, 5212, 5213, 5243, 5272, 3996, 4870, 4974, 5071, 4993, 4995, 4998, 5237, 5039, 5172, 5187, 5188, 5204, 5206, 5207, 5208, 1799, 3368, 4928,.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 182.- Capilla del Señor, 11 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales, Rosales Ponciano, Lencina Ariel y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Abril del corriente año, hasta el día 7 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 183.- Capilla del Señor, 11 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo Nº 4036-27192/12 de fecha 13 de Abril de 2012, por el cual se tramita el llamado a Concurso de Precios Nº 01/2012, iniciado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y; CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente Administrativo mencionado en el Visto del presente Decreto, se tramita el Concurso de Precios Nº 01/2012 para la adquisición de una (1) vivienda de características premoldeadas, para ser utilizada como área de Servicios de la Planta de Reciclado de RSU de la localidad de Capilla del Señor; Que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, elaboro el Proyecto correspondiente con las especificaciones técnicas para la adquisición de la vivienda; Que el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 20 de Abril de 2012, emitió el Decreto Nº 145 autorizando al llamado a Concurso de Precios Nº 01/2012, por un presupuesto oficial que asciende a la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000); Que las ofertas se presentaron y fueron abiertas el día 04 de Mayo del corriente año, y de acuerdo a las mismas la Comisión de Análisis, aconseja adjudicar el mismo a la firma Viviendas Norte S.A., con C.U.I.T. Nº 30-58248856-4, por ser la mas conveniente; Que en virtud de lo expuesto es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Adjudicase el Concurso de Precios Nº 01/2012, para la Adquisición de una (1) vivienda con destino a la Planta de Reciclado de RSU de la localidad de Capilla del Señor, a la firma VIVIENDAS NORTE S.A., C.U.I.T. Nº 30-58248856-4, con domicilio legal en la calle Boulogne Sur Mer 1946 de la localidad de Don Torcuato que se tramita por Expediente Administrativo Nº 4036-27192/12.- Articulo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 184.- Capilla del Señor, 14 de Mayo de 2012. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 072/2010 de fecha 15 de Noviembre de 2010, modificada por Ordenanza Municipal Nº 045/2011, de fecha 28 de Junio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que en la Ordenanza Municipal Nº 072/2010 se estableció un Plan de Facilidades de Pago para las diferentes Tasas Municipales, operando el vencimiento de la misma a los 12 meses de la fecha de su promulgación; Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 045/2011 se realizó una modificación a la mencionada Ordenanza en el considerando primero del presente, en la cual se da una vigencia del Plan de Facilidades de Pago de 18 meses a partir de la fecha de su promulgación; Que con esta modificación solamente se lo otorgo un plazo de seis (6) meses, operando el vencimiento de la misma el día 15 de Mayo del corriente año; Que teniendo en cuenta que este Departamento Ejecutivo se encuentra trabajando en la realización de un nuevo Proyecto de Plan de Facilidades de Pagos, por tal motivo y hasta que se sancione una nueva Ordenanza, es necesario prorrogar la vigencia de la misma; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Prorrogase por el termino de noventa (90) días la vigencia del Plan de Facilidades de Pago establecido por Ordenanza Municipal Nº 072/2010 y su modificatoria Nº 045/2011, a partir del día 15 de Mayo del corriente año.- Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 185- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales, Cavalero Luis, Ramirez Raul Rene, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Abril del corriente año, hasta el día 16 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los subsidios al personal Municipal, otorgado mediante Ordenes de Pago Nº 5222, 5441, 5164, 5191 cuyo listado de beneficiarios se adjuntan a la mencionadas Ordenes de Pago.- Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 186.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 12 al 17 del mes de Mayo del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 5029, 4982, 5329, 5367, 4987, 5276, 4873, 4975, 4977, 5174, 5332, 5518, 4990, 5171, 5527, 5602, 5296, 5298, 5299, 5300, 5379, 5520, 5572, 5579, 5580, 4524, 4970, 5021, 5183, 5246, 5380, 5419, 5425,.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 187.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 5022, 5023, 5156,.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 188.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012.- VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 189.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO:Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 5008.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 190.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 145, 154, 155, 161, y; CONSIDERANDO: Que en los Decretos mencionados en el Visto del presente, se han consignado erróneamente las fechas en que fueron dictados los correspondientes Actos Administrativos; Que se hace necesario proceder a la Rectificación de las fechas y meses en los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Rectifíquese las fechas y meses de los Decretos Nº 145, 154, 155, y 161 del Departamento Ejecutivo Municipal, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: DECRETO 145 – Capilla del Señor, 20 de Abril de 2012.- DECRETO 154 – Capilla del Señor, 27 de Abril de 2012.- DECRETO 155 - Capilla del Señor, 27 de Abril de 2012.- DECRETO 161 - Capilla del Señor, 27 de Abril de 2012.- Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese DECRETO Nº 191.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27326/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 14 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 021/2012; Que por la mencionada Ordenanza hace referencia a la imposición de el nombre al Campo de Juegos, ubicado en el Campo de Deportes Municipal, con el nombre Arnaldo Rodolfo “Nene” Sosa, estableciendo la misma la colocación de las respectivas placas identificatorias según Ordenanza Municipal 027/1987 y la presente; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 021/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 14 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 192.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27327/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 14 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 022/2012; Que por la mencionada Ordenanza se otorga una excepción al Código de Zonificación del partido de Exaltación de la Cruz, por el término de un año, al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción III, Sección F, Manzana 141, Parcela 10 de la localidad de Parada Robles para la Habilitación de un comercio en el rubro de Mercería y Cotillón; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 022/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 14 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 193.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27328/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 14 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 023/2012; Que por la mencionada Ordenanza se declara de Interés Municipal la obra literaria completa del poeta local Bernardo Esteinou, denominada “Poesías del Corazón”; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 023/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 14 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 194.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27329/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 14 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 024/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Adhiere la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a la Ley Nacional de Transito Nº 26.363, modificatoria de la Ley Nacional Nº 24.449, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 38º de la citada norma legal; Que asimismo en el Artículo 2º de la presente Ordenanza se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los convenios correspondientes; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 024/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 14 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 195.- Capilla del Señor, 17 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 11.757, correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que agentes Municipales han solicitado Licencias sin goce de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 46 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual se pueden conceder Licencias con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y obedezcan a motivos de real necesidad; Que los motivos expuestos por el Agente Municipal Rouan, Osvaldo Horacio Leg. 816, son de real necesidad y totalmente atendibles; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguese licencia sin goce de haberes por el término de 180 días a partir del día 01/05/2012, al Agente Municipal Leg. Nº 816 ROUAN, OSVALDO HORACIO dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.), quien reviste como PLANTA MENSUALIZADA.- Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archivese. DECRETO N°196.- Capilla del Señor, 21 de Mayo de 2017. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 9650/80 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que se ha producido el cese de oficio del Agente Municipal Legajo Nº 529 CARDOSO JUAN PAULINO, para acogerse al beneficio de la Jubilación de Orden Nacional (ANSES); Que el Artículo 11, Inc. I de la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, establece que el personal municipal se puede acoger al beneficio de Jubilación; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja de Oficio al Agente Municipal CARDOSO JUAN PAULINO con D.N.I. Nº 04.738.540 a partir del día 11 de Mayo del corriente año, quién revestía como personal de - PLANTA PERMANENTE – en la categoría 17 Jerárquico, de la Jurisdicción 1110104000 de la – Secretaría de Obras y Servicios Públicas - (R.A.F.A.M.), para acogerse al beneficio de la Jubilación del Orden Nacional (ANSES), según Artículo 11 Inc. I de la Ley Provincial 11757.- Artículo 2º Dése las gracias al Agente Municipal mencionado en el Artículo 1º del presente por los servicios prestados.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 197.- Capilla del Señor, 21 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 9650/80 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,y; CONSIDERANDO: Que se ha producido el cese de oficio del Agente Municipal Legajo Nº 163 SALDAÑA ERNESTO RAUL, para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Provincial Nº 9.650/80, y sus modificatorias y la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo 11 Inc. I; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja de Oficio al Agente Municipal SALDAÑA ERNESTO RAUL con D.N.I. Nº 04.750.675 a partir del día 31 de Mayo del corriente año, quién revestía como personal de - PLANTA PERMANENTE – en la categoría 18 Jerárquico, Jornada Prolongada de 8 hs., de la Jurisdicción 1110104000 de la – Secretaría de Obras y Servicios Públicas - (R.A.F.A.M.), para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada , de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Nº 9.650/80, de la Provincia de Buenos Aires, y sus modificatorias, y a la Ley Pcial. Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Pcia. De Buenos Aires, en su artículo Nº 11, inciso I. Artículo 2º Dése las gracias al Agente Municipal mencionado en el Artículo 1º del presente por los servicios prestados.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 198.- Capilla del Señor, 21 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 9650/80 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,y; CONSIDERANDO: Que se ha producido el cese de oficio del Agente Municipal Legajo Nº 506 HERRLEIN MARIO PEDRO, para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Provincial Nº 9.650/80, y sus modificatorias y la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo 11 Inc. I; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja de Oficio al Agente Municipal HERRLEIN MARIO PEDRO con L.E. Nº 05.830.856 a partir del día 31 de Mayo del corriente año, quién revestía como personal de - PLANTA PERMANENTE – en la categoría 12 Obrero, de la Jurisdicción 1110104000 de la – Secretaría de Obras y Servicios Públicas - (R.A.F.A.M.), para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada , de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Nº 9.650/80, de la Provincia de Buenos Aires, y sus modificatorias, y a la Ley Pcial. Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Pcia. De Buenos Aires, en su Artículo Nº 11, inciso I. Artículo 2º Dése las gracias al Agente Municipal mencionado en el Artículo 1º del presente por los servicios prestados.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 199.- Capilla del Señor, 21 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la primera quincena del mes de Mayo del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 200.- Capilla del Señor, 21 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja al agente Municipal Señora ALEGRE MARIA DE LAS MERCESDES con D.N.I. Nº 35.226.971 a partir del día 08 de Mayo de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 201- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, y los autos Caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Villaruel Jorge Raul y otros S/Apremio”, y; CONSIDERANDO: Que mediante los Autos mencionados en el Visto del presente, la Municipalidad inicio Juicio de Apremio por la deuda por Tasa de Servicios Generales que mantenían los inmuebles cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 89, Parcelas 3 y 4 del partido de Exaltación de la Cruz, por los periodos comprendidos entre la cuota 2009/03 a 2010/06, siendo contribuyente de las mismas el Señor Villaruel Jorge Raúl; Que de acuerdo al Plano de Mensura y Unificación Nº 31-58-2008, ambas parcelas fueron unificadas conformando la parcela 3a, el cual a sido registrado por la Dirección de Catastro Territorial de la Provincia de Buenos Aires con fecha 04 de Febrero de 2009; Que por lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Apoderada Judicial de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz Dra. Marcela Valeria Noriega, Tº II, Fº 124 del CAZC, a desistir del proceso de Apremio iniciado contra los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción III, Sección Q, Manzana 89, parcelas 3 y 4, en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Villarruel Jorge Raul y otra S/ apremio, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz.- Artículo 2º Autorizase al profesional actuante a confeccionar nuevo Certificado de Deuda por la parcela unificada.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 202.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora BAHUT RAMONA BEATRIZ con D.N.I. Nº 24321187, a partir del día 14 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor ETCHEVERRY LEANDRO EZEQUIEL con D.N.I. Nº 35.329.812, a partir del día 02 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor MUSSI PABLO JOSE con D.N.I. Nº 31.234.042, a partir del día 02 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora CAMPOS ROSANA con D.N.I. Nº 21.435.528, a partir del día 14 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la PLANTA MENSUALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 203.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 111/2011, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 10º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:. LEGAJO APELLIDO Y
Artículo 2º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 204.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 5025,.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 205.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Asociación Mutual Roma $ 1500.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 206.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales, Candiba Esther, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Abril del corriente año, hasta el día 18 del corriente mes, que a continuación se detalla: CANDIBA ESTHER $ 700.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 207.- Capilla del Señor, 23 de Mayo de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 5168, 5678, 5216, 5093.- Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 208.- Capilla del Señor, 24 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 18 al 23 del mes de Mayo del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 4984, 5221, 5325, 5557, 5588, 5625, 5628, 5629, 5634, 5688, 5664, 5787, 5716, 4871, 4876, 5781, 4976, 5036, 5579, 5580, 5631, 5640, 5641, 5655, 5685, 5572.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 209.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012 VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 91/10 promulgada por Decreto Nro. 281 de fecha 22/12/2010, y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el primer trimestre del Ejercicio se han producido incrementos de Recursos no presupuestados con afectación específica y se ha agotado el crédito de distintas partidas presupuestarias, existiendo partidas con créditos presupuestarios en exceso, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º Cúmplase, Comuníquse, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 210 Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27384/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 28 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 025/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Regula la permanencia en lugares de Uso Público los animales de compañía, considerados domésticos, estableciendo además que solo se permitirá la circulación de los mismos acompañados por sus respectivos dueños, tenedores y/o tutores; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 025/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 211.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27385/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 28 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 026/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Adjudica un inmueble a titulo gratuito designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección H, Manzana 142, Parcela 1a, tramitado por Expediente Administrativo de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Nº 4036-26458/11, a nombre de la Señora Mónica Liliana Sussot; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 026/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 212.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27386/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 28 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 027/2012; Que por la mencionada Ordenanza se crea en el ámbito de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz el Museo del Deporte Exaltacrucense; Que el presente museo se instalará en la Dirección de Deportes para exhibir Banderas, Trofeos, estandartes y demás objetos de deportistas e Instituciones deportivas del distrito; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 027/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 213.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27387/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 28 de Mayo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 028/2012; Que por la mencionada Ordenanza se aprueba la Compensación de partidas presupuestarias según los Anexos I y II de la presente, correspondiente al Ejercicio Financiero 2011; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 028/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 214.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO:La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Asociación Cooperadora EP Nº 20 $ 1007.99 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 215.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO:La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 5944,.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 216.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 24 al 31 del mes de Mayo del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 478, 486, 5838, 5839, 5851, 5890, 5906, 5915, 5929, 5999, 4872, 4877, 5541, 5887, 480, 481, 483, 485, 5834, 5835, 5836, 5837, 5842, 5982, 5984, 5985, 5986, 5987, 5988, 1042, 5705, 5203, 5829, 4535, 5991.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 217.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012.- VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 33/08 y su decreto Reglamentario 197/10, el Expediente Administrativo Nº 4036-25.969/11, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 121 de fecha 18 de Mayo de 2011y; CONSIDERANDO: Que al Departamento Ejecutivo le corresponde otorgar por Decreto en forma individual a cada empresa beneficiaria la exención de los derechos y tasas; Que en el citado Decreto solo se incluyo la Tasa de Derechos de Construcción, y que al titular del acogimiento al beneficio de Promoción Industrial, le corresponde los Beneficios de la Promoción Industrial en las Tasas de Servicios Generales , Tasa de Seguridad e Higiene Y Tasa de Habilitación; Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que el Señor Marcelo Castro, ha realizado la presentación para el beneficio que se hace referencia en el considerando anterior, corresponde dictar un Acto Administrativo rectificando lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto 121 del 18 de Mayo de 2011; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Rectifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 121 de fecha 18 de Mayo de 2011, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 2º Los tributos y los porcentajes de exención que se le conceden son los siguientes:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 218.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora HUAYHUA PARI JUANA TERESA con D.N.I. Nº 24.877.617, a partir del día 21 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor UMERES ALEJANDRO MIGUEL ANGEL con D.N.I. Nº 31.140.879, a partir del día 03 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor PEDROSO CARLOS DOMINGO con D.N.I. Nº 24.129.952, a partir del día 07 de Mayo de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 219.- Capilla de Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 111/2011 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2012 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Mayo del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 220.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Mayo del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 221.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la segunda quincena del mes de Mayo del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 222.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja al agente Municipal Señora MONTORI ALEJANDRA DANIELA con D.N.I. Nº 26.979.790 a partir del día 31 de Mayo de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Dése la baja al agente Municipal Señora VILAQUI GABRIELA BEATRIZ con D.N.I. Nº 24.902.387 a partir del día 08 de Mayo de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 223- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Otorguese los siguientes subsidios:
Artículo 4º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 224.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que las festividades de Carnaval, es un evento social en el que participan toda la familia de Exaltación de la Cruz; Que durante el mes de Febrero del corriente año se realizaron las Noches de Carnaval en el partido, omitiéndose el dictado del presente acto por error; Que el Honorable Concejo Deliberante sanciono la Ordenanza Municipal Nº 095/2011, por el cual se autoriza al uso del espacio público para la realización de los Carnavales 2012; Que se encargo la organización del mismo a una Comisión Municipal, integrada por miembros del Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Fijase en 4 (cuatro) noches las festividades de Carnaval 2012 en el partido de Exaltación de la Cruz, las cuales se llevaron a cabo durante el mes de Febrero de 2012.- Articulo 2º Autorizase a la realización de 1 noche de carnaval en las localidades de Capilla del Señor, Los Cardales, Parada Robles y Diego Gaynor, facultándose asimismo a reprogramar las fechas en caso de inclemencias climaticas .- Articulo 3º Autorizase a la Contaduría Municipal a contabilizar los gastos que demanden la Organización del mismo.- Articulo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 225.- Capilla del Señor, 31 de Mayo de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y la necesidad de reforzar la seguridad en el partido, y; CONSIDERANDO: Que con este fin la Secretaria de Seguridad ha encarado un plan especial para reforzar la seguridad, teniendo por objeto prestar servicios extraordinarios y especiales de vigilancia, custodia y seguridad de personas, bienes y valores, a entidades y organismos públicos y/o privados en el ámbito del partido de Exaltación de la Cruz; Que este servicio será prestado por la Policía Comunal de Exaltación de la Cruz, pudiendo afectar los equipos y materiales que fueran necesarios; Que el Servicio a que se hace referencia en el considerando primero pueden ser continuos o discontinuos, teniendo como único fin el mencionado en los considerandos anteriores, siendo este prestado dentro los limites del partido tanto en forma permanente o en eventos y/o fiestas patronales; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Secretaria de Seguridad a establecer un Servicio especial de Policía, dentro del ámbito del Partido de Exaltación de la Cruz. Articulo 2º El Servicio especial de Policía puede ser continuo o discontinuo, entendiéndose por continuo aquellos que se presten en forma permanente y con una tarea especifica asignada al partido con el único fin de reforzar la seguridad en el mismo, y por discontinuo es aquel que se preste con carácter eventual por lapsos limitados de días u horas sin carácter permanente (fiestas patronales, eventos etc.) Articulo 3º Los Servicios mencionados en el presente Decreto deberán ser prestados por el personal de la Policía Comunal de Exaltación de la Cruz, tanto Oficiales Subalternos, Suboficiales y tropa del escalafón de seguridad, franco de servicio. Articulo 4º El personal afectado a estos servicios no podrán ser utilizados en otras tareas que no sean las consignadas en la solicitud de esta Municipalidad. Artículo 5º Autorizase a la Contaduría Municipal a efectuar e imputar los gastos en que demanden la implementación de los servicios a que se hace referencia en el Artículo 1º del presente Decreto, en las partidas presupuestarias correspondientes, según el nomenclador RAFAM.- Artículo 6º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 226.- |
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