Jueves, 22 de Abril de 2021
Junio 2012 |
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Capilla de Señor, 01 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 02 de Junio de 2012 hasta el 01 de julio de 2012, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 227.- Capilla de Señor, 01 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Mensualizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de seis (6) meses; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de seis (6) meses a partir del día 02 de Junio de 2012 hasta el 31 de Diciembre de 2012, revistiendo dentro de la PLANTA MENSUALIZADA:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 228.- Capilla del Señor, 01 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor CORNARA ALFREDO JUAN ESTEBAN con D.N.I. Nº 23.365.099, a partir del día 01 de Junio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor ACUÑA MATTO HECTOR ALEJANDRO con D.N.I. Nº 32.387.085, a partir del día 01 de Junio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 229.- Capilla del Señor, 01 de Junio de 2012. VISTO: El Articulo 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, los artículos 24 y 30 del Reglamento de Contabilidad, el Expediente Nro. 5300-154 del 17/02/92 que establece la creación de la Caja Chica y el Expediente 4036-19716/06 del 28/12/06, el Decreto Nº 003 del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Decreto en el Visto del presente, se establecen los valores de las Cajas Chicas de los distintos sectores, y asimismo se nombran los responsables de las mismas de acuerdo al área de incumbencia; Que durante el mes próximo pasado se procedió al cambio del Responsable del manejo de la Caja Chica correspondiente a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, pasando la misma del Señor Cardenas Fernando a manos del Señor Candia Gustavo; Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Designase al Señor CANDIA GUSTAVO, con DNI 29.505.566 como Responsable de la Caja Chica correspondiente a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a partir del día 02 de Mayo del corriente año.- Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 230.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 01 al 08 del mes de Junio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 5337, 6200, 6337, 6251, 6020, 6021, 6022, 6086, 6159, 6220, 6274, 6275, 6287, 6289, 6290, 6291, 6295, 6296, 5863, 5873, 5930, 5973, 6117, 6176, 6005, 6019, 6050, 6052, 6006, 6228, 6320, 6321, 6322, 6323, 6324, 6325, 5706, 6158, 6335 .- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 231.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 6293 .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 232.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Umere Alejandro Agustin, Gorostiaga Jorge Luis, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 08 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 233.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012. VISTO:La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 234.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012.- VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 235.- Capilla del Señor, 08 de Junio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 5928.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 236.- Capilla del Señor, 11 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 9650/80 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,y; CONSIDERANDO: Que se ha producido el cese de oficio del Agente Municipal Legajo Nº 515 MALDONADO JUAN ANTONIO, para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Provincial Nº 9.650/80, y sus modificatorias y la Ley Provincial Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo 11 Inc. I; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja de Oficio al Agente Municipal MALDONADO JUAN ANTONIO con D.N.I. Nº 08.786.053 a partir del día 30 de Junio del corriente año, quién revestía como personal de - PLANTA PERMANENTE – en la categoría 14 Obrero, de la Jurisdicción 1110104000 de la – Secretaría de Obras y Servicios Públicas - (R.A.F.A.M.), para acogerse al beneficio de la Jubilación por edad avanzada , de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Nº 9.650/80, de la Provincia de Buenos Aires, y sus modificatorias, y a la Ley Pcial. Nº 11757 Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Pcia. De Buenos Aires, en su Artículo Nº 11, inciso I. Artículo 2º Dése las gracias al Agente Municipal mencionado en el Artículo 1º del presente por los servicios prestados.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 237.- Capilla del Señor, 13 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27447/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de Junio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 029/2012; Que por la mencionada Ordenanza hace referencia a la Declaración de Utilidad Pública de las obras dispuestas en el Expediente Administrativo Nº 4036- 27.009/12, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II Sección M, Fracción II Parcelas 2 y 3, propiedad de Brenda Alejandra Lencina, como así también la eximisión del 100% de la Tasa de Servicios Generales; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 029/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 11 de Mayo de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 238.- Capilla del Señor, 13 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27448/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 11 de Junio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 030/2012; Que por la mencionada Ordenanza se deja sin efecto los listados de beneficiarios incluidos en los Expedientes Administrativos Nº 4036-17891/05, 4036-17905/05 y 4036-18307/05, por renuncias producidas, aprobando en el Artículo 2º de la presente Ordenanza el nuevo listado obrante en el Expediente Administrativo Nº 4036- 27.313/12; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 030/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 11 de Junio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 239.- Capilla del Señor, 13 de Junio de 2011. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios secundarios y terciarios, cuya nomina se adjuntan en las respectivas Ordenes de Pago correspondiente al mes de Mayo del corriente año, que a continuación se detallan: 5088.- Artículo 2º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes con el listado de los alumnos beneficiados con las becas. Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 240.- Capilla del Señor, 13 de Junio de 2011. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios secundarios y terciarios, cuya nomina se adjuntan en las respectivas Ordenes de Pago correspondiente al mes de Junio del corriente año, que a continuación se detallan: 6054.- Artículo 2º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes con el listado de los alumnos beneficiados con las becas. Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 241.- Capilla del Señor, 18 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Ugalde Claudio Andres, Cavalero Luis, Osuna Hugo Alberto, Sachetto Marcelo, Degiorgis Juan Carlos, Rodriguez Casildo, Decoud Esther Beatriz, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 15 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 242.- Capilla del Señor, 18 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 11 al 15 del mes de Junio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 6270, 3218, 6553, 6318, 6554, 6034, 6286, 6288, 6416, 6441, 6445, 6446, 6447, 6518, 6522, 6531, 6568, 6569, 5967, 6152, 6197, 6199, 6212, 6215, 6217, 6218, 6219, 6223, 6224, 6225, 6363, 4008, 4720, 6161, 3980, 4538, 6206, 6355, 6357, 6168, 6160, 6162, 6341, 6057, 6608, 6609, 6610, 6611, 6517.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 243.- Capilla del Señor, 18 de Junio de 2012. VISTO:La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 244.- Capilla del Señor, 18 de Junio de 2012.- VISTO:Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 245.- Capilla del Señor, 25 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 18 al 22 del mes de Junio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N°5996, 6262, 6461, 6736, 6960,6687, 6688, 6754, 6782, 6783, 6847, 6882, 6881, 6356, 6358, 6932, 6934, 6551, 6833, 6911, 6912, 6915, 6917,6943, 6968, 6846, 6889, 3989.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 246.- Capilla del Señor, 25 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Silva Martín, Gamarra María del Carmen, Antilao Dina, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 22 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 6832.- Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 247.- Capilla del Señor, 25 de Junio de 2012. VISTO:La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 248.- Capilla del Señor, 25 de Junio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 6053, 6514.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 249.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012 VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 111/2011 promulgada por Decreto Nro. 347 de fecha 23/12/2011, y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el mes de Junio de 2012 se han producido incrementos de Recursos no presupuestados con afectación específica y se ha agotado el crédito de distintas partidas presupuestarias, existiendo partidas con créditos presupuestarios en exceso, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º Cúmplase, Comuníquse, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 250 Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27501/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 25 de Junio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 031/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el convenio celebrado entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, tendiente a la colaboración reciproca entre la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y la Municipalidad Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 031/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 25 de Junio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 251.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la necesidad de proceder al Ordenamiento del uso del espacio público en el área comercial, y; CONSIDERANDO: Que desde 1994 Capilla del Señor ha sido declarada como Bien de Interés Histórico Nacional, a partir de lo cual se sancionaron normativas locales de protección patrimonial y urbanísticas plasmadas en el Código de Planeamiento de Exaltación de la Cruz; Que la población local y la presencia de visitantes es creciente y evidente; Que se hace necesario ordenar el uso del espacio público del área comercial de Capilla del Señor; Que es responsabilidad de esta Municipalidad velar por el adecuado uso del espacio público y el cumplimiento de las normativas vigentes; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese como CORREDOR GASTRONÓMICO de Capilla del Señor a las calles Urcelay, desde su intersección con Estrada hasta Mateo S. Casco; su continuación Mitre, desde Mateo S. Casco hasta Moreno, y las calles que circundan Plaza San Martín, esto es Rivadavia, Belgrano, Moreno y Mitre. Articulo 2º En las arterias citadas en el Artículo 1º del presente Decreto los servicios de gastronomía, restauración, bares y afines serán los únicos rubros que podrán hacer ocupación de las veredas correspondientes a sus frentes, en proporción al ancho de las mismas garantizando la libre circulación peatonal en ellas.. Artículo 3º La citada ocupación de veredas debe garantizar el normal acceso y uso de las rampas para personas con discapacidad, como así también la libre circulación por las veredas. Artículo 4º El CORREDOR GASTRONÓMICO podrá ser extendido y/o modificado si se determina su necesidad y la situación así lo amerita. Artículo 5º El órgano de aplicación y control del presente Decreto, incluídas las sanciones a reglamentar, estará a cargo de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz. Artículo 6º El presente Decreto deberá ser Ratificado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz. Artículo 7º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 252.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 111/2011, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 10º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Junio del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 253.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja al agente Municipal Señora FRIAS LUCIA con D.N.I. Nº 30.439.267 a partir del día 21 de Junio de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 254- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora MARTINEZ MARTA BEATRIZ con D.N.I. Nº 17.715.714, a partir del día 16 de Junio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 255.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2011. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios secundarios y terciarios, cuya nomina se adjuntan en las respectivas Ordenes de Pago correspondiente al mes de Junio del corriente año, que a continuación se detallan: 6513.- Artículo 2º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes con el listado de los alumnos beneficiados con las becas. Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 256.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 6512, 7077.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 257.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 7078 .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, ése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 258.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Nores Maria Silvia, Graciarena Caceres Cinthya, Dowling Diego Santiago, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 22 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 6832.- Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 259.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 15 al 29 del mes de Junio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 7126, 7152, 6993, 6994, 6436, 7020, 7021, 7075, 7087, 7086, 6359, 6360, 7033, 7076, 6707, 7111, 7162, 6528, 7010, 7109, 7169, 7171, 7172, 7175, 7178, 7179, 7007, 7008, 7065, 6913, 7015, 7122, 580, 581, 582, 583.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 260.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la primera quincena del mes de Junio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 261.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Junio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 262.- Capilla de Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 111/2011 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2012 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Junio del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archivese.- DECRETO Nº 263.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia de la Agente Municipal Señora TEVEZ CLAUDIA ANDREA con D.N.I. Nº 22.492.322 a partir del día 29 de Junio de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 264- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la segunda quincena del mes de Junio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 265.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 033/2008, el Decreto Nº 197/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, y el Expediente Administrativo Nº 4036-25.796/11, y; CONSIDERANDO: Que el Decreto mencionado en el Visto del presente se refiere a los beneficios que se otorgaran a las Empresas por Promoción Industrial; Que corresponde a este Departamento Ejecutivo Municipal, otorgar en forma individual a las Empresas beneficiarias la exención de Derechos y Tasas Municipales, dictando los actos administrativos correspondientes; Que la Empresa La Reserva, que se dedica a la elaboración de Cerveza Artesanal, cuya propietaria es la Señora ROLDAN VIVIAN LILIANA, con DNI Nº 13.976.884, C.U.I.T. Nº 27-23976884-7, ha cumplimentado y presentado la Solicitud de Acogimiento al Beneficio del Régimen de Promoción Industrial, que se otorga para la radicación de nuevas plantas fabriles en el partido; Que la mencionada en el considerando anterior instalo su nueva planta en la localidad de Los Cardales, partido de Exaltación de la Cruz, reuniendo todos los requisitos establecidos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase a la Empresa LA RESERVA, de ROLDAN VIVIAN LILIANA, C.U.I.T. Nº 27-23976884-7, los beneficios del Régimen de Promoción Industrial del Partido de Exaltación de la Cruz, otorgados mediante Decreto Nº 197/2010, compatibles con la Ley Provincial Nº 13656 y Decretos Reglamentarios. Artículo 2° El Beneficio de Promoción Industrial que se otorga a la Empresa a que se refiere el Artículo 1º del presente, alcanza a las siguientes Tasas Municipales, detallándose los porcentajes a aplicar:
Artículo 3º Los Beneficios de Promoción Industrial, se otorgan por el plazo de cinco (5) ejercicios contados desde la fecha de la puesta en marcha de la Empresa, según lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Nº 197/10 del Departamento Ejecutivo Municipal.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 266.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2011.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y la celebración del Día del Periodista, y; CONSIDERANDO: Que el día 07 de Junio de 1810, se edita la Gazeta de Buenos Ayres, cuyo fundador fue Mariano Moreno, primer periódico de la etapa independentista de la República Argentina; Que en el año 1938, en el Primer Congreso Nacional de Periodistas, se estableció que el día 7 de Junio se celebre el Día del Periodista, en recuerdo por el primer medio de prensa con ideas patrióticas; Que los periodistas son fundamentales en la vida democrática de cualquier país, y que representan un eslabón fundamental en defensa de los intereses de la Libertad de Expresión; Que es intención del Intendente Municipal, agasajar a los Periodistas locales en su día, como lo viene realizando todos los años; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Contaduría Municipal a imputar las erogaciones, según nomenclador RAFAM, que se hayan efectuado con motivo de la celebración por el Día del Periodista, la cual se realizo el día 07 de Junio del corriente año. Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 267.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2011.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y el Plenario del Consejo Provincial de Defensa de los Consumidores (COPRODEC), y ; CONSIDERANDO: Que el Municipio integra desde el año 2011 el Consejo Provincial de Defensa de los Consumidores (COPRODEC), representado por la Oficina Municipal de Información al Consumidor; Que el COPRODEC se reúne en forma mensual en distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires, para tratar políticas en referencia a la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios; Que el paso 15 de Junio del corriente año se celebro el Plenario del COPRODEC en nuestro distrito, contando con la presencia de funcionarios provinciales y Directores de los distintos Organismos de más de 20 Municipios; Que como consecuencia de la realización del evento antes mencionado, el Intendente Municipal ha decidido realizar un agasajo a los visitantes; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Contaduría Municipal a imputar las erogaciones, según nomenclador RAFAM, que se hayan efectuado con motivo de la realización del Plenario del Consejo Provincial de Defensa de los Consumidores (COPRODEC), que se llevo a cabo el pasado 15 de Junio del corriente año. Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 268.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; Que durante los meses de Enero, Febrero y Marzo del corriente año, se efectuaron pagos en concepto de becas a la Alumna Viera Liliana Beatriz, y que por error fueron imputadas en la cuenta de Fomento al Deporte; Que en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, y habiéndose practicado las reimputaciones correspondientes, corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios terciarios y que a continuación se detalla, correspondiente a los meses de Enero,Febrero y Marzo del corriente año: VIERA LILIANA BEATRIZ $ 1045.00 Artículo 3º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes respectivos. Artículo 4º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 5º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETONº 269.- Capilla del Señor, 29 de Junio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Abril del corriente año, mediante la Orden de Pago Nº 3754 se efectúo el pago de un subsidio a la Cooperativa COPESEL de la localidad de Los Cardales, y por error no fue incluido en los Decretos respectivos; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Cooperativa COPESEL Los Cardales $ 33400,00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 270.- |
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