Sábado, 16 de Enero de 2021
Julio 2012 |
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Capilla de Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 02 de Julio de 2012 hasta el 01 de Agosto de 2012, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 271.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Enero se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector privado, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Enero, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán reimputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 272.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Enero se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector público, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Enero, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 273.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Febrero se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector privado, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Febrero, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán reimputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 274.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Febrero se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector público, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Febrero, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 275.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Marzo se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector privado, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Marzo, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán reimputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 276.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Marzo se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector público, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Marzo, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 277.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Abril se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector público, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Abril, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 278.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Abril se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector privado, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Abril, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán reimputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 279.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Mayo se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector privado, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Mayo, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán reimputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 280.- Capilla del Señor, 02 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; Que durante el mes de Mayo se otorgaron Subsidios a diferentes entidades del sector público, y que por error fueron mal imputados, siendo imputados estos en la partida de “Fomento al Deporte”; Que es necesario que Contaduría Municipal practique las reimputaciones correspondientes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a Contaduría Municipal a practicar las reimputaciones de los subsidios que fueron otorgados durante el mes de Mayo, que se encontraban imputados en la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “Fomento al Deporte”: Artículo 2º Apruébase los Subsidios a que hace referencia el Artículo 1º del presente Decreto a favor de las siguientes Instituciones:
Artículo 3º Los gastos efectuados, serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 5 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA” Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 281.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 282.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por el Agente Gorostiaga Jorge Luis, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Julio del corriente año, hasta el día 06 del corriente mes, que a continuación se detalla: GOROSTIAGA JORGE LUIS $ 1600.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 283.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012.- VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase las siguientes ASISTENCIAS TECNICAS a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 284.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 7069.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 285.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 01 al 06 del mes de Julio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 7413, 7288, 7127, 7084, 7279, 7381, 7382, 7410, 7421, 7424, 7452, 7454, 297, 6683, 7044, 7244, 6361, 7064, 7453, 7412, 7203, 7438, 7439, 7441, 7442, 7443, 7444, 7481, 5751, 4466, 7073, 7451, 7255.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 286.- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor ESPEJO ANGEL EZEQUIEL con D.N.I. Nº 31.512.087 a partir del día 02 de Julio de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 287- Capilla del Señor, 06 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor SOSA SEBASTIAN EZEQUIEL con D.N.I. Nº 34.073.775, a partir del día 02 de Julio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora MOREIRA VIVIANA EDITH con D.N.I. Nº 14.167.152, a partir del día 02 de Julio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 288.- Capilla del Señor, 12 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27540/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 10 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 032/2012; Que por la mencionada Ordenanza se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 101/2011; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 032/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 289.- Capilla del Señor, 12 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27541/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 10 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 033/2012; Que por la mencionada Ordenanza se crea dentro de la estructura municipal el Area Municipal de Genero y Familia, mediante la conformación del Consejo Municipal de las Mujeres y Familia; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 033/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 290.- Capilla del Señor, 12 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27542/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 10 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 034/2012; Que por la mencionada Ordenanza se otorga excepción al Código de Zonificación del partido al Sr. Kenny Miguel Alberto DNI 16597975, para la elaboración de chacinados artesanales; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 034/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 291.- Capilla del Señor, 12 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27543/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 10 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 034/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 197 de fecha 30 de Septiembre de 2010, el cual se refiere al Régimen de Promoción Industrial en el partido de Exaltación de la Cruz; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 035/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 292.- Capilla del Señor, 12 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27544/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria del fecha 10 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 036/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 252 de fecha 29 de Junio de 2012, por el cual se establece el Corredor Gastronómico en las calles Urcelay y su continuación Mitre de Capilla del Señor; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 036/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 10 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 293.- Capilla del Señor, 13 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Espindola Pedro Gustavo, Moreira Alba Rene, Martinez Ricardo Esteban, Latorre Stella Maris, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 08 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 294.- Capilla del Señor, 13 de Julio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 7572,7447.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 295.- Capilla del Señor, 13 de Julio de 2012. VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 07 al 13 del mes de Julio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 7569, 7602, 7563, 7782, 7505, 7577, 7581, 7582, 7585, 7509, 7696, 7721, 7722, 7714, 7789, 7524, 7266, 7485, 7486, 7487, 7488, 7492, 7493, 7494, 7497, 7499, 7501, 7504, 7525, 7531, 7554, 7584, 7553, 7648, 7692, 7566, 7741, 7697, 7703, 7730, 7736, 7739, 7742, 7744, 7753, 7754, 7515, 6542, 6543, 6545, 7606, 4534.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 296.- Capilla del Señor, 13 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 297.- Capilla del Señor, 13 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora CASTES PATRICIA NOEMI con D.N.I. Nº 20.886.320, a partir del día 10 de Julio de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 298.- Capilla del Señor, 16 de Julio de 2012.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 33/08 y su decreto Reglamentario 197/10, el Expediente Administrativo Nº 4036-25.969/11, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 121 de fecha 18 de Mayo de 2011, el Decreto Nº 218 de fecha 31 de Mayo de 2012,y; CONSIDERANDO: Que al Departamento Ejecutivo le corresponde otorgar por Decreto en forma individual a cada empresa beneficiaria la exención de los derechos y tasas; Que en los citados Decretos solo se incluyo la Tasa de Derechos de Construcción, y Servicios Generales, y que al titular del acogimiento al beneficio de Promoción Industrial, le corresponde los Beneficios de la Promoción Industrial en las Tasas de Servicios Generales , Tasa de Seguridad e Higiene Y Tasa de Habilitación; Que teniendo en cuenta que en los anteriores Decretos se cometieron errores involuntarios, no constando en ninguno de los antes mencionados el plazo por el cual se otorga el Beneficio correspondiente; Que se hace necesario dictar un nuevo acto administrativo por el cual se establezcan cuales son los beneficios reales de la excención impositiva dentro del partido; Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que el Señor Marcelo Castro, titular del Expediente mencionado en el Visto del presente, ha realizado la presentación para el beneficio que se hace referencia en los considerandos anteriores, corresponde dictar un Acto Administrativo dejando sin efecto lo establecido por los Decretos 121 y 218; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Derogase los Decretos Nº 121 de fecha 18 de Mayo de 2011 y el Decreto Nº 218 de fecha 31 de Mayo de 2012, del Departamento Ejecutivo Municipal.- Artículo 2º Concédase al Señor CASTRO MARCELO, CUIT 20-25294300-6 los beneficios de Promoción Industrial del Partido de Exaltación de la Cruz, según lo establecido en el Decreto Nº 197/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, compatibles con la Ley Provincial 13.656 y su Reglamentación, tramitado mediante Expediente Administrativo Nº 4036-25.969/11.- Artículo 3º Otórguese el Beneficio de Promoción Industrial a que hace referencia en Artículo 2º del presente Decreto, para los siguientes tributos y porcentajes:
Artículo 4º Los Beneficios de Promoción Industrial, se otorgan por el plazo de cuatro (4) ejercicios contados desde la fecha de la puesta en marcha de la Empresa, según lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Nº 197/10 del Departamento Ejecutivo Municipal.- Artículo 5º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 6º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 299.- Capilla del Señor, 20 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Ruiz Díaz José Angel, Parson Miguel, Cavalero Luis, Degiorgis Juan Carlos, Umere Alejandro Agustin, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 22 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 7854, 7853.- Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 300.- Capilla del Señor, 20 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor FERNANDEZ WALTER JAVIER con D.N.I. Nº 29.194.832 a partir del día 19 de Julio de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Artículo 2° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 301.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27602/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 037/2012; Que por la mencionada Ordenanza se imponen los nombres de las calles en la localidad de Carlos Leeme las cuales circundan a las Quintas 25a y 26b; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 037/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 302.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27603/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 038/2012; Que por la mencionada Ordenanza se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal 075/2011; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 038/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 303.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27604/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 039/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Adjudica al Señor Luis Albero Romero, titular del DNI Nº 17.055.315, el bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Manzana 5b, Parcela 14 de la localidad de Capilla del Señor, correspondiente al Plan PROCASA III, del Partido de Exaltación de la Cruz, requiriéndose asimismo la intervención de la Escribanía General de Gobierno; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 039/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 304.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27605/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 040/2012; Que por la mencionada Ordenanza se autoriza la escrituración de parcelas del Plan Familia Propietaria, fijándose asimismo el precio de los lotes en un importe de $ 900, como así también se Declara de Interés Social en los términos del Artículo 4º de la Ley 10.830; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 040/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 305.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27606/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 041/2012; Que por la mencionada Ordenanza se autoriza la escrituración de las parcelas del Plan Familia Propietaria, y asimismo se Declara de Interés Social en los términos del Artículo 4º de la Ley; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 041/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 306.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27607/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 042/2012; Que por la mencionada Ordenanza se establece un ancho mínimo de parcela de 20 mts y una superficie de 600 mts, para la zona Cpa (Comercial Principal alta) según la Ordenanza 106/11, como asi también se establecen nuevos anchos y superficies para distintas zonas y la modificación del Artículo 5º de la citada Ordenanza; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 042/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 307.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27608/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 043/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Manzana 9, Parcela 1; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 043/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 308.- Capilla del Señor, 25 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27609/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 044/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección R, Parcelas 913j, k, m y n excedentes e, f, g y h según título del Plano características 31-66-51; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 044/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio de 2012.- Articulo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 309.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012 VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 111/2011 promulgada por Decreto Nro. 347 de fecha 23/12/2011, y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el mes de Julio de 2012 se han producido incrementos de Recursos no presupuestados con afectación específica y se ha agotado el crédito de distintas partidas presupuestarias, existiendo partidas con créditos presupuestarios en exceso, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º Cúmplase, Comuníquse, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 310.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 311.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 036 de fecha 05 de Febrero de 2007, del Departamento Ejecutivo Municipal, y la Ordenanza de Presupuesto Municipal Nº 111/2011, para el Ejercicio Fiscal 2012; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente Decreto se establece un incremento de la Escala Salarial vigente; Que por Decreto Nº 069 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Marzo de 2012, se deja establecido que la Bonificación remunerativa para el personal superior comprendido por la Categoría 22 no sufrirá modificaciones, y no se estableció nada con respecto al resto de las categorías del personal superior que van desde la 23 hasta la Categoría 27; Que por Decreto Nº 036 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 05 de Febrero de 2007, se estableció el pago de Bonificaciones Remunerativas con Aportes y y Contribuciones para el Personal Superior desde la Categoría 22 hasta la 27; Que se hace necesario proceder al pago de Bonificaciones Remunerativas con aportes y contribuciones para el personal superior comprendido desde las categorías antes mencionadas (Jerárquicos, Directores, Contador y Secretarios) y que las mismas repercutirán en beneficio de los haberes de Jubilados y Pensionados Municipales, que se encuentren Jubilados con dichas categorías; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Establecese el pago de una Bonificación Remunerativa con Aportes y Contribuciones, fija y mensual para el Personal Superior comprendido por las Categorías 22 a la 27 (Jerárquicos, Directores, Contador, Tesorero y Secretarios, de acuerdo con el siguiente detalle:
Articulo 2º El beneficio que se establece por el Artículo 1º del presente Decreto, será Retroactivo al 1º de Marzo de 2012.- Artículo 3º El presente Decreto Será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 312.- Capilla del Señor, 31 de Julio del 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 335/2009 del Departamento Ejecutivo Municipal, el Decreto Nº 173 de fecha 30 de Junio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 335/2009, se establecio el pago de una Bonificación Remunerativa equivalente al 2% del Sueldo, siendo un concepto fijo, permanente y no acumulable; Que por Decreto 173 de fecha 30 de Junio de 2011, se estableció para recomponer el salario de cada trabajador de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz que este porcentual sea acumulable de manera anual, dentro de la partida presupuestaria Retribuciones que no hacen al Cargo; Que se hace necesario adecuar la situación antedicha a las normativas vigentes; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Establézcase que el pago de la bonificación remunerativa del 2%, para todo el personal Municipal de Exaltación de la Cruz que revista el carácter de Planta Permanente y Transitoria (contratada), incluyendo el personal Superior (Jerárquicos, Directores, Tesorero, Contador y Secretarios). Artículo 2º Dése conocimiento del citado acto administrativo al Instituto de Previsión Social, en los plazos y condiciones que establece dicho Ente previsional, para vuestro conocimiento y efectos. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 313.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios secundarios y terciarios, cuya nomina se adjuntan en las respectivas Ordenes de Pago correspondiente al mes de Junio del corriente año, que a continuación se detallan: 7868.- Artículo 2º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes con el listado de los alumnos beneficiados con las becas. Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETONº 314.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 8271,7852, 7867, 7873.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 315.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Gutierrez Stella Maris Elena, Barriola Eduardo José, Aguilar Héctor Oscar, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Junio del corriente año, hasta el día 22 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 8352.- Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 316.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 8008 .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 317.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 16 al 31 del mes de Julio del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 8036, 8624, 7661, 8210, 7812, 7756, 7932, 8034, 8035, 7517, 8022, 8142, 8166, 8032, 8033, 5850, 8342, 8347, 8351, 8389, 7562, 7645, 7521, 7846, 7848, 7532, 8149, 7518, 7519, 8230, 8229, 8275, 8350, 7847, 8267, 8411, 8412, 8419, 7561, 7559, 8140, 7729, 7733, 7801, 7802, 7865, 8143, 8144, 8145, 8146, 8147, 8152, 8157, 8186, 8215, 8313, 8340, 8341, 8343, 8344, 8353, 7869, 7118, 8321, 7895, 8151, 8248, 8002, 8005, 5347, 8200.- Articulo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 318.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Julio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 319.- Capilla de Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 111/2011 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2012 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Julio del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 320.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la primera quincena del mes de Julio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 321.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la segunda quincena del mes de Julio del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 322.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58, y sus modificatorias, el Expediente Administrativo Nº 4036-24062/10, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramita la Eximisión de Tasas Municipales a la Señora MONTERO MARCELA; Que a fs. 2 del mencionado Expediente obra Nota de la Sra. Montero, en la cual manifiesta que el día 30 de Agosto de 2007, se produjo el incendio de su vivienda, la cual sufrió perdidas totales; Que a fs. 3 y 4 obran Certificado de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Exaltación de la Cruz en el cual deja constancia de lo ocurrido y de la Denuncia radicada ante la Estación de Policía Comunal de Capilla del Señor, en la cual la exponente hace saber de lo ocurrido en su vivienda; Que siendo titular del inmueble se encontraba abonando las tasas por un Convenio de Pago, y a raíz de los hechos antes mencionados no pudo continuar pagando lo que le genero una mora y llevándola hasta el Juicio de Apremio; Que por los hechos mencionados y teniendo en cuenta que la Sra. Montero se tuvo que abocar a la construcción de su vivienda, y atento a ello el Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Recaudaciones de esta Municipalidad, cree conveniente que es necesario Eximir del Pago de las Tasas por Servicios Generales hasta la 4º cuota del año 2008; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Eximase a la Señora MONTERO MARCELA RAQUEL, Titular del DNI Nº 16.765.250, del pago de la Tasa de Servicios Generales, correspondientes al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 103, Parcela 14, Nº de Orden 13.416 – Partida Inmobiliaria 25699 del partido de Exaltación de la Cruz, hasta la 4º cuota del año 2008. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 323.- Capilla del Señor, 31 de Julio de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Judicial por el cual se tramita Juicio de Apremio, en Autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Montero, Marcela Raquel s/ apremio” que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, CONSIDERANDO: Que mediante los autos mencionados se tramita la ejecución fiscal de la Tasa de Servicios Generales adeudada por el contribuyente; Que la demandada sufrió la perdida de su vivienda a raíz de un incendio, acreditando dicha circunstancia por ante Expediente Administrativo Nº 4036- 24062/10; Que el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Nº 323 otorgo la Eximisión del pago de la Tasa de Servicios Generales; Que el estado de autos amerita una solución acorde a lo acontecido; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Apoderada Legal de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz Dra. Marcela Valeria Noriega a desistir de la acción en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Montero Marcela Raquel s/ Apremio Expediente Nº 4974” en tramite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones.- Artículo 2º Instruyase para la emisión de un nuevo Certificado de Deuda y su posterior ejecución con el que resulte titular del inmueble.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 324.- |
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