Viernes, 15 de Enero de 2021
Noviembre 2012 |
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Capilla del Señor, 05 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6796/58 y sus modificatorias, y los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Currraz Miguel Angel y otro S/ Apremio” Expediente Nº 8409 que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que mediante los autos mencionados en los vistos, tramita la ejecución fiscal de la Tasa de Servicios Generales adeudada por la Contribuyente; Que no obstante el derecho de la Municipalidad a iniciar y continuar con la Ejecución Fiscal tal cual se encuentra entablada, habida cuenta del incumplimiento del deber formal del contribuyente a pedir la baja en el sistema administrativo de proseguir las acciones ello conllevaría a una inequidad fiscal por cuanto vendió el inmueble objeto de las actuaciones mencionadas, anterior a los periodos en mora reclamados; Que el estado de autos amerita una solución acorde a lo acontecido; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Apoderada Legal de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz Dra. Marcela Valeria Noriega a desistir de la acción en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Curraz Miguel Angel y otro S/ Apremio (Expediente 8409)” que tramitan por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones. Artículo 2º Instruyase para la emisión de un nuevo certificado de deuda y su posterior ejecución con el que resulte titular del inmueble. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 502.- Capilla del Señor, 05 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6796/58 y sus modificatorias, y los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Curraz Oscar Alfredo y otro S/ Apremio” Expediente Nº 8401 que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que mediante los autos mencionados en los vistos, tramita la ejecución fiscal de la Tasa de Servicios Generales adeudada por la Contribuyente; Que no obstante el derecho de la Municipalidad a iniciar y continuar con la Ejecución Fiscal tal cual se encuentra entablada, habida cuenta del incumplimiento del deber formal del contribuyente a pedir la baja en el sistema administrativo de proseguir las acciones ello conllevaría a una inequidad fiscal por cuanto vendió el inmueble objeto de las actuaciones mencionadas, anterior a los periodos en mora reclamados; Que el estado de autos amerita una solución acorde a lo acontecido; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Apoderada Legal de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz Dra. Marcela Valeria Noriega a desistir de la acción en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Curraz Oscar Alfredo y otro S/ Apremio (Expediente 8401)” que tramitan por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones. Artículo 2º Instruyase para la emisión de un nuevo certificado de deuda y su posterior ejecución con el que resulte titular del inmueble. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 503.- Capilla de Señor, 05 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 01 de Noviembre de 2012 hasta el 1 de Diciembre de 2012, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 504.- Capilla del Señor, 05 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036- 27998/12, por el cual se tramita la Licitación Privada Nº 01/2012, y el Decreto Nº 465 de fecha 25 de Octubre de 2012 del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramita se tramita la Licitación Privada Nº 01/2012 para la compra de una nueva Ambulancia, tipo furgón largo 0 km con equipamiento y ploteado como ambulancia , con destino al CAPS (Centro de Atención Primaria de Salud) de la localidad de Los Cardales; Que el Decreto Nº 465/2012 de fecha 25 de Octubre el Departamento Ejecutivo Municipal procedió a realizar el Llamado a Licitación Privada para efectuar la compra de la unidad a que hace referencia el considerando anterior del presente Decreto; Que a fojas 11 del citado Expediente obra constancia de la Oferta presentada por la firma GALANTE D´ANTONIO S.A., siendo la única oferta presentada; Que a fojas 21 obra acta de la Comisión de preadjudicaciones por el cual se aconseja la Adjudicación de la compra de la Unidad referida en el considerando primero del presente Decreto a la firma GALANTE D´ANTONIO S.A., por ser la única oferta valida presentada, además de reunir las condiciones estipuladas; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Adjudicase la Licitación Pública Nº 01/2012, para la Compra de una unidad 0 Km. tipo furgón largo con equipamiento y ploteado como Ambulancia de Traslado con destino al Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS) de la localidad de Los Cardales a la firma GALANTE D´ANTONIO S.A. CUIT Nº 30-55013246-6, con domicilio en Panamericana Pilar Km. 51.500 de la localidad de Pilar, por la suma de pesos doscientos veinticinco mil trescientos once ($ 225.311) .- Articulo 2º El gasto se imputará a la partida presupuestaria Inciso 4- Partida Principal 3- Partida Parcial 2 – Partida Suparcial 0 – Bienes de Uso – Secretaria de Salud, según nomenclador RAFAM. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Articulo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 505.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6796/58 y sus modificatorias, y los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Lio Emilio F. y otro S/ Apremio” Expediente Nº 3800 que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que mediante los autos mencionados en los vistos, tramita la ejecución fiscal de la Tasa de Servicios Generales adeudada por el Contribuyente; Que el titular del inmueble objeto de la Ejecución Fiscal falleció antes de que se entablara la demanda contra el mismo; Que se dictado una Resolución Judicial dictando la Baja del Juicio de Apremio por Nulidad de las Actuaciones; Que el estado de autos amerita una solución acorde a lo acontecido; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese la Baja por Nulidad del Juicio de Apremio de la acción en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Lio Emilio F. y otro S/ Apremio (Expediente 3800)” que tramitan por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 506.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6796/58 y sus modificatorias, y los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Lio Emilio Fernando Domingo y otro S/ Apremio” Expediente Nº 210 que tramitan ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que mediante los autos mencionados en los vistos, tramita la ejecución fiscal de la Tasa de Servicios Generales adeudada por el Contribuyente; Que el titular del inmueble objeto de la Ejecución Fiscal falleció antes de que se entablara la demanda contra el mismo; Que se dictado una Resolución Judicial dictando la Baja del Juicio de Apremio por Nulidad de las Actuaciones; Que el estado de autos amerita una solución acorde a lo acontecido; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese la Baja por Nulidad del Juicio de Apremio de la acción en los autos caratulados “Municipalidad de Exaltación de la Cruz C/ Lio Emilio Fernando Domingo y otro S/ Apremio (Expediente 210)” que tramitan por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, y solicitar el archivo de las actuaciones. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 507.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 12370, 12654.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 508.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 509.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 12529, 12744, 11951, .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 510.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Espindola Pedro Nicolás, Sosa Sebastián Ezequiel, Degiorgis Juan Carlos, Sosa Sebastián Ezequiel, Cándido Luciana; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Noviembre del corriente año, hasta el día 09 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 12819. Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 511.- Capilla del Señor, 09 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 01 al 09 del mes de Noviembre del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 10564, 11398, 12305, 12716, 12487, 12442, 12444, 12445, 12472, 12478, 12504, 12509, 12523, 12656, 12657, 12598, 12653, 12655, 12663, 12668, 12672, 12740, 12746, 12593, 12685, 12686, 12687, 12689, 12747, 12846, 12847, 12852, 12355, 12395, 12418, 12420, 11397, 12225, 12486, 12641, 7903, 12422, 12423, 12516, 12289, 12376, 12378, 12381, 12383, 12385, 12387, 12489, 12491, 12492, 12493, 12494, 12495, 12636, 12748, 12758, 12780, 12782, 12786, 12789, 12812, 12813, 12823, 12842, 12849, 12674, 12469, 12566.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 512.- Capilla del Señor, 16 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 513.- Capilla del Señor, 16 de Noviembre de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 12879, 12873.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 514.- Capilla del Señor, 16 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Moreira Alba Rene, Terrile Andrés, Umere Juan Marcelo, Pintos José Martín, Torales Norma, Gallardo Lidia, Salaberry Claudio, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Octubre del corriente año, hasta el día 17 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 13057. Artículo 3º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 515.- Capilla del Señor, 17 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 10 al 19 del mes de Noviembre del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 12725, 12984, 12981, 11608, 12872, 12894, 12586, 12587, 12590, 12591, 12592, 12594, 12595, 12596, 12599, 12602, 12603, 12688, 12690, 12691, 12692, 12693, 12950, 12914, 12730, 13087, 13089, 13099, 13101, 12866, 12417, 12421, 12648, 12899, 13051, 13069, 12514, 12865, 12861, 12426, 12518, 12863, 12907, 12973, 13009, 13015, 13016, 13017, 13018, 13019, 13026, 13219, 10681, 9686, 12970, 13002, 11494, 12977, 12949. Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 516.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28148/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 090/2012; Que por la mencionada Ordenanza se prohibe la instalación, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y explotación en el Partido de Exaltación de la Cruz, de cabarets, y/u otro establecimiento que comercialicen sexo, según lo establecido en el Artículo 1º de la presente Ordenanza; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 090/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 517.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28149/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 091/2012; Que por la mencionada Ordenanza se crea la Agencia de Recaudación de Exaltación de la Cruz (AREX) , estableciendo las pautas organicas de funcionamiento de la misma; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 091/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 518.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28150/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 092/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la Universidad del Salvador; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 092/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 519.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28151/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 093/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Convenio Marco celebrado entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la Universidad Nacional de Lujan; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 093/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 520.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28152/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 094/2012; Que por la mencionada Ordenanza se aprueba la Ordenanza Preparatoria, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito por la suma de quince millones quinientos mil ($15.500.000), en un plazo de hasta sesenta meses; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 094/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 521.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28153/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 095/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica la participación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en el Consorcio del Corredor Productivo del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires (COPRONE); Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 095/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 522.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28154/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 096/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Declara de Interés Municipal la obra de teatro EUREKA Super Misión Vial, que se presentará a partir del 12 de Noviembre en el Centro Cultural Cosmopolita de Capilla del Señor; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 096/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 523.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28155/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 097/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Declara de Interés Municipal la Escuela de Futbol Infantil del Club Ingeniero Raver de la localidad de Los Cardales; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 097/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 524.- Capilla del Señor, 21 de Octubre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28156/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 098/2012; Que por la mencionada Ordenanza se prorroga el periodo de Sesiones Ordinarias 2012 del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, hasta el 31 de Diciembre del corriente año; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 098/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 525.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28157/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 099/2012; Que por la mencionada Ordenanza se aprueba la Ordenanza Preparatoria de la Ordenanza Fiscal para el Año 2013; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 099/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 526.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28158/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 100/2012; Que por la mencionada Ordenanza se aprueba la Ordenanza Preparatoria referida a la Ordenanza Impositiva, para el año 2013; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 100/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 527.- Capilla del Señor, 21 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-27591/12, iniciado por la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y el Artículo 40 de la Ordenanza Municipal Nº 010/2008 y sus modificatorias (Ordenanza Fiscal Municipal) y; CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de Julio de 2012, la Dirección de Recaudaciones de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, inicio el Expediente Administrativo mencionado en el Visto del presente Decreto; Que el citado Expediente se inicio a raíz de un Sumario que determino el área de Recaudaciones mencionada en el considerando primero, para aplicación de las multas por infracción a los deberes formales y omisión previstas en el Artículo 40 de la Ordenanza Fiscal Vigente, en los que incurrió el Contribuyente DILEXIS S.A., Legajo en la Tasa de Seguridad e Higiene Nº 3636, CUIT 30-70094583-5; Que el contribuyente a que hace referencia el considerando segundo del presente Decreto, realizo el pago de la deuda dejando constancia que lo hacia abajo protesto, por considerarlo indebido, según lo expresa en su CD 295034315 de fecha 08 de Agosto de 2012, abonando la deuda histórica con mas los intereses y recargos previstos en la Ordenanza Fiscal; Que asimismo a solicitado la eximisión de las multas alegando error excusable de derecho, debido a que al momento de confeccionar la declaración jurada, tomo como base imponible la utilizada para la liquidación del Impuesto a los Ingresos Brutos, sin tener en cuenta que esta ultima nos se considera como base imponible las exportaciones, siendo que el municipio si lo hace; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Exímase de la Aplicación de las multas por Infracción a los deberes formales y multas por Omisión, establecidas en el Artículo 40 de la Ordenanza Fiscal vigente Nº 010/2008, y sus modificatorias, por considerarse incurso en error excusable a derecho, al Contribuyente DILEXIS S.A. CUIT 30-70094583-5, LEGAJO MUNICIPAL 3636. Artículo 2º Dejase sin efecto las actuaciones iniciadas por la Dirección de Recaudaciones mediante Sumario por Aplicación del Art. 40º de la Ordenanza Fiscal Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 528.- Capilla del Señor, 23 de Noviembre de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 12965.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 529.- Capilla del Señor, 23 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Moreira Alba Rene, Nassivera Cristian Alejandro, Pintos José Martin, Maidana Luis, Cabajal María de las Mercedes, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Octubre del corriente año, hasta el día 23 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 530.- Capilla del Señor, 23 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 531.- Capilla del Señor, 23 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 20 al 23 del mes de Noviembre del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 12988, 13458, 13475, 12751, 12752, 13350, 13367, 13395, 13422, 13423, 13429, 13482, 12924, 13500, 13515, 13379, 12419, 13514, 13526, 12425, 12963, 13484, 13394, 13406, 13476, 13477, 13478, 13479, 13424, 13371. Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 532.- Capilla del Señor, 28 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la visita del Señor Viceministro del Ministerio de Finanzas de la República Socialista de Vietnam y; CONSIDERANDO: Que el Señor Viceministro de Finanzas de la República de Vietnam se encuentra de Visita Oficial en la República Argentina; Que el Señor Viceministro y Delegación Oficial, ha decidido visitar nuestro distrito, en el día de la fecha, con el fin de conocer cuestiones relativas al manejo presupuestario en esta ciudad; Que atento a tan importante visita el Señor Intendente Municipal, dicta el presente acto Administrativo declarando Visitante Ilustre al Señor Vice ministro de Finanzas de la República de Vietnam; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese Visitante Ilustre del Partido de Exaltación de la Cruz, al Señor VICEMINISTRO PRIMERO de FINANZAS de la REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM SR. NGUYEN CONG NGHIEP.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 533.- Capilla del Señor, 28 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, el Decreto Nº 533 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 28 de Noviembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que en el día de la fecha se produjo la visita de la delegación del Ministerio de Finanzas de la República Socialista de Vietnam; Que dicha comitiva fue encabezada por el Sr. Viceministro Primero de ese Ministerio, declarandolo mediante el Decreto mencionado en el Visto del presente como Visitante Ilustre; Que con motivo de dicha visita, el Intendente Municipal decidió agasajar a la Comitiva con un Almuerzo de Honor; Que por los motivos expuestos se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase los gastos que demanden la realización de los eventos con motivo de la visita del Señor Vicemnistro Primero del Ministerio de Finanzas de la República Socialista de Vietnam y comitivas.- Artículo 2º Los Gastos serán imputados a la partida presupuestaria que el Contador Municipal determine, de acuerdo al nomenclador R.A.F.A.M. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 534.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28187/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 101/2012; Que por la mencionada Ordenanza se establece el sistema de Control de agroquímicos, plaguicidas, etc. a toda persona física o jurídica que se dedique a la elaboración, distribución, manipulación y toda otra forma de distribución y comercialización , siendo autoridad de aplicación de la presente normativa la Dirección de Producción y Medio Ambiente; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 101/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 535.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28188/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 102/2012; Que por la mencionada Ordenanza se modifica los Artículos 6º y 7º de la Ordenanza Municipal Nº 069/2011; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 102/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 536.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28189/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 103/2012; Que por la mencionada Ordenanza se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 066/2009; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 103/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 537.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28190/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 104/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Manzana 9, Parcela 1, según plano características 31-5-49; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 104/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 538.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28191/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 105/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 67, según plano características 31-16-76; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 105/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 539.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28192/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 106/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección T, Quinta 29, Parcela 1, según plano características 31-19-70; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 106/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 540.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28193/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 107/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección N, Quinta 6, Parcela 1, según plano características 31-10-74; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 107/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 541.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28194/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 108/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección T, Quinta 19a,y Quinta 20b Parcela 2, según plano características 31-15-71; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 108/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 542.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28195/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 109/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Quinta 123, Parcela 1, según plano características 31-41-76; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 109/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 543.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28196/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 110/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 87, Parcela 1, según plano características 31-29-74; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 110/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 544.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28197/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 111/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección H, Quinta 12, Parcela 1, según plano características 31-31-72; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 111/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 545.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28198/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 112/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección M, Quinta 26, Parcela 1, según plano características 31-7-74; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 112/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 546.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28199/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 113/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección V, Quinta 23, Parcela 1, según plano características 31-21-72; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 113/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 547.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28200/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 114/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Quinta 5, Parcela 1, según plano características 31-6-77; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 114/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 548.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28201/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 115/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 222c, según plano características 31-10-81; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 115/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 549.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28202/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 116/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Parcela 1277c y 1277d, según plano características 31-18-75; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 116/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 550.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28203/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 117/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Parcela 1198a, según plano características 31-15-57; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 117/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 551.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28204/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 118/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora al dominio privado de la Municipalidad el Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Parcela 1216s, según plano características 31-8-63; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 118/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 552.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28205/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 119/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Decreto Nº 423 de fecha 01 de Octubre de 2012, del Departamento Ejecutivo Municipal; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 119/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 553.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28206/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 120/2012; Que por la mencionada Ordenanza se autoriza al Departamento Ejecutivo a concertar convenios con el Ministerio de Desarrollo Social; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 120/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 554.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28207/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 121/2012; Que por la mencionada Ordenanza se ratifica el Acta de Adhesión celebrada entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la Secretaria de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 121/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 555.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28208/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 122/2012; Que por la mencionada Ordenanza se incorpora a la Ordenanza contravencional Nº 012/89 Los Artículos 51bis, 146 bis, y 146 ter; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 122/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 556.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28209/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 123/2012; Que por la mencionada Ordenanza se Sanciona la Ordenanza Fiscal para el Partido de Exaltación de la Cruz; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 123/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 557.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28210/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 124/2012; Que por la mencionada Ordenanza se sanciona la Ordenanza Impositiva para el partido de Exaltación de la Cruz; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 124/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 558.- Capilla del Señor, 29 de Noviembre de 2012.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que el pasado 18 de Noviembre de 2012, se produjo el deceso de la Agente Municipal LEFEVRE SUSANA HAYDEE CARMEN Legajo 308, quien prestaba servicios en la Secretaría de Salud de esta Municipalidad, en el Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS) de la localidad de Chenaut, dentro de la Planta Permanente; Que en virtud de lo expuesto anteriormente corresponde dictar el presente Acto administrativo dando la Baja del mencionado Agente Municipal; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dése la baja por fallecimiento de la Agente Municipal LEFEVRE, SUSANA HAYDEE CARMEN con D.N.I. 05.696.029, a partir del día 18 de Noviembre del corriente año, quien revestía en la Categoría 17 Jerárquico, con Jornada Prolongada de 08 horas, de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) de la – PLANTA PERMANENTE -. Artículo 2º Dése el pésame a los familiares del extinto, y las gracias por los servicios prestados a la comunidad.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 559.- DECRETO 560 AMPLIACION PRESUPUESTO Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, el Decreto Nº 072 de fecha 01 de Marzo de 2012, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Decreto, mencionado en el Visto del presente, se autoriza al Pago de Adicionales a los profesionales médicos de la salud que realicen Servicios Adicionales; Que en el Artículo 1º del mencionado Decreto dice se Autoriza al Pago de Bonificaciones Especiales no Remunerativas, lo cual expresa un error en la redacción del mismo, ya que en su lugar debió decir “Se Autoriza al pago de los siguientes Adicionales; Que en consecuencia se hace necesario proceder a la modificación del Decreto Nº 072 del Departamento Ejecutivo Municipal, procediéndose al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Modificase el Artículo 1º del Decreto Nº 072/2012, de fecha 01 de Marzo de 2012, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 1º Autorizase el Pago de los siguientes adicionales para todos los Profesionales Médicos de la Salud, que realicen Servicios Especiales, los cuales se liquidarán bajo los siguientes Conceptos: Horas Extraordinarias por Traslados Médicos Horas Extraordinarias por Consultorios Externos Horas Extraordinarias por Guardias Médicas Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 561.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: Lo determinado por la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Ordenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 12724.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 562.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 13530 .- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 563.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 564.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los distintos alumnos que cursan estudios terciarios, y; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son atendibles y que debe contemplarse los casos ya que es uno de los objetivos del actual Gobierno Municipal colaborar para que nadie vea frustradas sus aspiraciones; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense becas de estudios a los alumnos que cursan estudios secundarios y terciarios, cuya nomina se adjuntan en las respectivas Ordenes de Pago correspondiente al mes de Agosto del corriente año, que a continuación se detallan: 13426, 13470.- Artículo 2º Adjúntese a las Órdenes de Pago respectivas los comprobantes con el listado de los alumnos beneficiados con las becas. Artículo 3º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial. 3, Partida Subparcial. 0, “BECAS”. Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y archívese. DECRETONº 565.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Pintos José Martín, CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Octubre del corriente año, hasta el día 29 del corriente mes, que a continuación se detalla:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 566.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 24 al 30 del mes de Noviembre del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 12751, 12752, 12924, 13500, 13515, 13540, 13622, 13632, 13634, 13514, 13526, 13349, 13506, 12699, 13655, 12963, 13484, 13645, 13646,13647, 13648,13424, 13640, 13550, 13551.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 567.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias y; CONSIDERANDO: Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño y responsabilidad en sus tareas, se hace necesario proceder al Cambio de Planta Jornalizada a Planta Contratada, a los Agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Determínase el cambio de Planta Jornalizada a Planta Contratada a partir del 01 de Noviembre de 2012, a los Agentes Municipales que a continuación se detallan.-
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 568.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 111/2011, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 10º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Noviembre del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 569.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Noviembre del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto sera refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 570.- Capilla de Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 111/2011 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2012 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Noviembre del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 571.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la primera quincena del mes de Noviembre del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 572.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y el Reglamento de Contabilidad para la Administración Pública Municipal de las Provincias de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que el mencionado Reglamento de Contabilidad establece que el Departamento Ejecutivo Municipal debe llevar un Registro de Contratos y Licitaciones, el cual deberá ser rubricado por el Honorable Tribunal de Cuentas; Que el Artículo 99 inc. h) establece que la Municipalidad deberá llevar un Libro de Contratos y Licitaciones; Que el Artículo 102 del Reglamento fija que el Intendente Municipal designara el o los Secretarios que serán los Responsables que llevaran el mencionado libro; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Designase al Señor Secretario de Gobierno Lic. LUIS MARIANO MARTÍN y al Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos GUILLERMO CESAR FLORES, como Responsables del Libro de Contratos y Licitaciones de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 102 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones para la Administración de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese. DECRETO Nº 573.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la segunda quincena del mes de Noviembre del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 574.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor RAMIREZ LEONARDO JESUS con D.N.I. Nº 36381864, a partir del día 01 de Noviembre de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora VELAZQUEZ MARIA DE LAS NIEVES con D.N.I. Nº 33209220, a partir del día 16 de Noviembre de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor VELIZ LUCIANO MANUEL con D.N.I. Nº 36101914, a partir del día 23 de Noviembre de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora GALANTE DAIANA EDITH con D.N.I. Nº 33808202, a partir del día 01 de Noviembre de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor ALMARAZ BASTERRA ALEJANDRO RAMON EMILIO con D.N.I. Nº 23258957, a partir del día 01 de Noviembre de 2012, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) , revistiendo en la Categoría 18 Profesional, en la PLANTA MENSUALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 575.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor MIÑO ALFONSO RAFAEL con D.N.I. Nº 33239859 a partir del día 30 de Noviembre de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora LEDESMA SILVIA RAQUEL con D.N.I. Nº 20.693.828 a partir del día 17 de Octubre de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicas (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor OJEDA PEDRO JAVIER con D.N.I. Nº 28925158 a partir del día 20 de Noviembre de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 576.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por inasistencias reiteradas al trabajo, siendo causal de abandono del mismo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dese la baja del Agente Municipal Señora BANEGAS MONICA LUCIA con D.N.I. Nº 23036.726 a partir del día 21 de Noviembre de 2012, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3° Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 577.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y el Decreto Nº 063 de fecha 01 de Abril de 2008, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Decreto en el Visto del presente, se aprueban las modificaciones de categorías para distintos Agentes de la Planta Municipal; Que en dicha nomina se realiza con sus correspondientes números de Legajo y las categorías a las cuales fueron promovidos; Que en dicha nomina figura el Agente Municipal Lynch Roberto Osvaldo, quien fue incluido con un número de Legajo erróneo y no se coloco el tipo de Jornada que posee el mencionado Agente; Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo rectificando el mismo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Rectifíquese la modificación de Categoría propuesta para el Agente LYNCH, ROBERTO OSVALDO, establecida en el Artículo 1º del Decreto Nº 063 de fecha 01 de Abril de 2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera: LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE PROMOVIDO A CATEGORIA 445 LYNCH ROBERTO OSVALDO CAT. 14 ADMIN. JORNADA 6 HS. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 578.- Capilla del Señor, 30 de Noviembre de 2012. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-28184/12, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 125/2012; Que por la mencionada Ordenanza se autoriza al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta del vehiculo usado marca peugeot, modelo boxer 3300m, motor 208t modelo 2001; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 125/2012, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión Ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2012.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos, publíquese en el Boletín Municipal y Archívese. DECRETO Nº 579.- |
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