Sábado, 16 de Enero de 2021
Enero 2014 |
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Capilla del Señor, 03 de Enero del 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 079/2013 de fecha 09 de Diciembre de 2012, promulgada mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013, y; CONSIDERANDO: Que el Honorable Concejo Deliberante sanciono en su Sesión Ordinaria de fecha 09 de Diciembre del 2013, la Ordenanza de Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos correspondientes al Ejercicio Financiero 2014; Que por el Decreto Nº 629 a que se hace referencia en el Visto del presente, el Departamento Ejecutivo Municipal, en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108, inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades promulgo la Ordenanza de Presupuesto Nº 079/2013, con lo cual corresponde poner en vigencia la mencionada Ordenanza; Que por los motivos expuestos en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Póngase en vigencia el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2014, que asciende a la suma de $171.068.000.- (Pesos ciento setenta y un millones sesenta y ocho mil). Artículo 2º Póngase en vigencia el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2014, que asciende a la suma de $171.068.000.- (Pesos ciento setenta y un millones sesenta y ocho mil). Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas, al Honorable Concejo Deliberante, a la Contaduría Municipal, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 001.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 076/2013, Ordenanza Impositiva del Partido de Exaltación de la Cruz, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 09 de Diciembre de 2013, promulgada mediante Decreto Nº 623 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 10 de Diciembre de 2013, el Decreto Nº 002/2013, Reglamentario de la Ordenanza Fiscal, y; CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Artículo 29 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, reunido en Asamblea de Mayores Contribuyentes, procedió a estudiar y Sancionar la Ordenanza Impositiva del Partido de Exaltación de la Cruz; Que corresponde establecer los valores de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Nº 123/2012, y sus modificatoria Ordenanza Municipal N° 075/2013 y su Decreto Reglamentario 002, el cual será de aplicación para las cuotas 1 a 6 del presente ejercicio Económico 2013; Que asimismo es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal establecer el Calendario Fiscal, con los vencimientos de las distintas tasas, a ser aplicado durante el Ejercicio 2014, según lo establecido por el Artículo 51 de la mencionada Ordenanza en el Visto del presente Decreto; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de la citada norma legal, corresponde Reglamentar los valores de Aplicación de la Tasa de Obras por Mejoramiento barrial y de la Zona Rural; Que la Ordenanza Municipal 076/2013, deroga la Ordenanza Impositiva N° 124/2012 y por ende su Decreto Reglamentario; Que el Artículo 108, inc. 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal, proceder a la Reglamentación de las Ordenanzas Municipales; Que en virtud de lo expuesto corresponde reglamentar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º El presente Decreto reglamenta la Ordenanza Impositiva del Partido de Exaltación de la Cruz Nº 076/2013.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º Reglamentase el Artículo 3º de la Ordenanza 076/2013.------------- Fijase los valores mínimos y máximos Bimestrales de facturación de la Tasa de Servicios Generales, para las distintas Zonas que fueran establecidas en el Artículo 19º del Decreto Nº 002/2013 Reglamentario de la Ordenanza Fiscal Nº 123/2012 , las cuales se detallan a continuación, siendo de aplicación estos para las cuotas 1 a 3 del corriente año fiscal:
Artículo 3º Fíjase los valores mínimos y máximos de facturación para la Tasa de Servicios Generales, a que se refiere el Artículo anterior del presente Decreto a partír de la 4° cuota del año 2014, que a continuación se detallan:
Artículo 4º Los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de la Tasa por Servicios Generales, la Tasa por Servicios Asistenciales y la Tasa para Atención de Urgencias y Apoyo al Sistema de Seguridad, a la fecha de emisión de cada cuota, gozarán de un descuento del diez (10) por ciento. La AREX deberá determinar antes de cada emisión los contribuyentes que reúnen los requisitos para acceder al beneficio del citado descuento. Artículo 5° Establécense los siguientes códigos de Servicios, para la facturación de la Tasa por Servicios Generales, de aplicación para las diferentes cuotas del Ejercicio 2014, para las cuotas 1 a 3
Establécense los siguientes códigos de Servicios, para la facturación de la Tasa por Servicios Generales, de aplicación para las diferentes cuotas del Ejercicio 2014, para las cuotas 4 a 6
Artículo 6º Los demás ítems a considerar a efectos de realizar la facturación de la Tasa por Servicios Generales, serán los establecidos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva. Artículo 7º Reglaméntase el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 076/2013.-------- Establécese que a partir de la 1º cuota del Ejercicio 2014, la facturación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene deberá efectuarse en función a lo establecido en el Capítulo 4, Artículo 100° de la Ordenanza N° 123/2012. En todos los casos, el sueldo base a considerar será el establecido como Sueldo Básico de la categoría 9 para una jornada de 40 horas semanales. Artículo 8º Reglamentase el Artículo 43 de la Ordenanza Nº 076/2013.-------- Para la percepción de la Tasa para Atención de Urgencias y Apoyo al Sistema de Seguridad se aplicarán las mismas disposiciones que para la Tasa de Servicios Generales. Autorízase a percibir a través de las Prestadoras de Servicios Eléctricos, Cepral y Edén S.A., el mínimo establecido por el Artículo 43º de la Ordenanza 124/2012. Artículo 9º Reglamentase el Artículo 49 de la Ordenanza Nº 076/2013.- Fíjase en el diez (10) por ciento sobre la Tasa por Servicios Generales que se establezca para cada Partida, el importe a percibir en concepto de Tasa para Obras de Mejoramiento Barrial y de la Zona Rural, sin perjuicio de la aplicación de los mínimos y máximos establecidos por el Artículo 49 de la Ordenanza Nº 076/2013. Artículo 10º Reglamentase el Artículo 51 de la Ordenanza Nº 076/2013.- Establécese el calendario fiscal de aplicación para las diferentes Tasas, que se detalla a continuación:
Artículo 11º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 12º Cúmplase, Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 002.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014. VISTO:El Articulo 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, los Artículos 24 y 30 del Reglamento de Contabilidad, el Expediente Nro. 5300-154 del 17/02/92 que establece la creación de la Caja Chica y el Expediente 4036-19716/06 del 28/12/06 y; CONSIDERANDO: Que la complejidad del circuito administrativo obliga a la emisión de órdenes de suministro, órdenes de compra y órdenes de pago registradas en libros rubricados, Que los gastos que se originan estas operaciones en muchas ocasiones son de un valor menor al costo de las operaciones administrativas que provocan; Que dichos gastos son realizados en forma descentralizada por la Dirección de Obras Publicas, Casa Central y las distintas Delegaciones, por tal motivo se hace necesaria su división; Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Dispóngase la distribución de los fondos aprobados en concepto de Caja Chica de la siguiente manera: EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA
Artículo 2º Dispóngase como responsables de los fondos detallados en el Artículo 2º a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 3º La reposición de las sumas mencionadas en el artículo primero se realizara en forma independiente unas de otras y en forma mensual. Artículo 4º El responsable del fondo una vez agotado el 70% del mismo procederá realizar una rendición de cuentas. Artículo 5º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 6º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 003.- Capilla del Señor, 03 de Enero del 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido, hace necesario proceder a otorgar Ayudas Sociales de distinta índole; Que en muchos casos se hace necesario otorgar Ayudas Sociales no contempladas , y por montos menores; Que se hace necesario otorgar a la Dirección de Acción Social, un monto fijo semanal para atender las situaciones emergentes del considerando segundo del presente Decreto; Que el monto destinado a la Dirección se otorgara en forma permanente; Que en virtud de lo expuesto en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase a la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, un monto fijo de $ 1500 (pesos un mil quinientos) semanales, destinados a atender ayudas sociales de montos menores. Artículo 2º Otorgase a la Dirección de Desarrollo Social de la Delegación Municipal de Los Cardales, un monto fijo de $ 700 (pesos setecientos) semanales, destinados a atender ayudas sociales de montos menores. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 004.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, los artículos 5 y 6 de las Disposiciones de Administración establecidas por el Decreto 2980/00 y el artículo 6 de la Ley 13.295 y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario proceder a la designación de los responsables de las distintas Unidades Ejecutoras, de acuerdo a lo establecido en la Reforma de la Administración Financiera en el ámbito Municipal (R.A.F.A.M.), a las personas que se detallan en el Artículo 1º del presente; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dispóngase a los Responsables de las distintas Unidades Ejecutoras, integrantes de la Reforma Administrativa y Financiera en el ámbito Municipal, a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese DECRETO Nº 005.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que el Señor Intendente Municipal quiere propiciar un ámbito de encuentro y acercamiento entre funcionarios y empleados Municipales; Que en este sentido el Intendente Municipal a decidido agasajar a empleados y funcionarios Municipales por su cumpleaños, propiciando así de esta manera el ámbito a que se hace referencia en el considerando anterior del presente; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos que demande la Organización y agasajos de los Cumpleaños de los Empleados y Funcionarios Municipales, los cuales se desarrollaran al final de cada mes.- Artículo 2º El Contador Municipal, imputara los gastos que demande la Organización de los Festejos, a la Partida Presupuestaria nomenclador R.A.FA.M., de acuerdo con el objeto del gasto.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 006.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Artículo 5 de las Disposiciones de Administración establecidas por el Decreto 2980/00 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que se hace necesario proceder a la designación de los responsables de las distintos Organos Rectores, de acuerdo a lo establecido en la Reforma de la Administración Financiera en el ámbito Municipal (R.A.F.A.M.), a las personas que se detallan en el Artículo 1º del presente; Que teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto mencionado en el Visto del presente, este Departamento Ejecutivo no designo a los responsables de los Organos antes mencionado, y en consecuencia se hace necesario designar a los Agentes Municipales que llevaran a cabo dicha tarea; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Dispóngase a los Responsables de los distintos Organos Rectores, integrantes de la Reforma Administrativa y Financiera en el ámbito Municipal, a partir del 01 de Enero del corriente año, a las personas que a continuación se detallan:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dése al Registro de Decretos y Archívese DECRETO Nº 007.- Capilla de Señor, 03 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 01 de Enero de 2014 hasta el 31 de Enero de 2014, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 008.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-27.506/12, iniciado por el Señor DOMINGUEZ ANGEL OMAR. titular del D.N.I N° 16.771.294 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Salon de Fiestas; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: REUNIÓN Y ENCUENTRO SOCIAL: (SALON DE FIESTAS INFANTILES), para el comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Manzana 77, Parcelas 9; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cinco (5) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cinco (5) años, a favor del Señor DOMINGUEZ ANGEL OMAR, DNI N° 16.771.294, CUIT N° 20-16771294-1, en el Rubro REUNIÓN Y ENCUENTRO SOCIAL – “SALON DE FIESTAS INFANTILES”, a partir del día 03 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, según Expediente Administrativo N° 4036-27.506/12.- Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0682/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 009.- Capilla del Señor, 03 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-5478/92, iniciado por el Señor ROSSI NORBERTO. titular del D.N.I N° 08.558.943 por ante la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Taller de Motos; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: SERVICIOS PARA EL AUTOMOTOR TIPO II: (TALLER DE MOTOS), para el comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 86, Parcela 1; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cuatro (4) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cuatro (4) años, a favor del Señor ROSSI NORBERTO DNI N° 08.558.943, CUIT N° 20-08558493-2, en el Rubro SERVICIOS PARA EL AUTOMOTOR TIPO II – “TALLER DE MOTOS”, a partir del día 02 de Octubre de 2013, al comercio ubicado en la localidad de Parada Robles, según Expediente Administrativo N° 4036-05.478/92.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0649/13.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 010.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-22.343/08, iniciado por la Señora VARELA MARIA DEL CARMEN. titular del D.N.I N° 12.844.387 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Despensa; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO I: (DESPENSA), para el comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 58, Parcela 7; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cuatro (4) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cuatro (4) años, a favor del Señor VARELA MARIA DEL CARMEN DNI N° 12.844.387, CUIT N° 27-12844387-3, en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I – “DESPENSA”, a partir del día 07 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, según Expediente Administrativo N° 4036-22.343/08.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0683/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 011.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-29476/13, iniciado por el Señor LEDESMA RUBEN DARIO. titular del D.N.I N° 36.665.854 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Remiseria; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: SERVICIOS GENERALES TIPO II: (AGENCIA DE REMIS), para el comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 30, Parcela 1; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cuatro (4) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cuatro (4) años, a favor del Señor LEDESMA RUBEN DARIO DNI N° 36.665.854, CUIT N° 20-36665854-9, en el Rubro SERVICIOS GENERALES TIPO II – “AGENCIA DE REMIS”, a partir del día 07 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, según Expediente Administrativo N° 4036-29.476/13.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0684/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 012.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-29.764/13, iniciado por el Señor KUSZNIR EDGARDO PEDRO. titular del D.N.I N° 07.375.352 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Bicicleteria; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO II: (BICICLETERIA), para el comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 165, Parcela 12; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cinco (5) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cinco (5) años, a favor del Señor KUSZNIR EDGARDO PEDRO DNI N° 07.375.352, CUIT N° 20-07375352-0, en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO II – “BICICLETERIA”, a partir del día 07 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, según Expediente Administrativo N° 4036-29.764/13 Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0685/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 013.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-27.902/12, iniciado por el Señor FERNANDEZ JORGE H.. titular del D.N.I N° 07.590.803, en Representación de la firma GASTRONOMIA JORSES S.R.L., en su calidad de Socio Gerente por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Restaurente- Parrilla; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: GASTRONOMIA Y ESPARCIMIENTO: (RESTAURANTE- PARRILLA), para el comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, Parcela 1846D; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cuatro (4) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cuatro (4) años, a favor de la firma GASTRONOMIA JORSES S.R.L. CUIT N° 30-71217362-5, representada por el Señor FERNANDEZ JORGE H. DNI N° 07.590.803, SOCIO GERENTE, en el Rubro GASTRONOMIA Y ESPARCIMIENTO – “RESTAURANTE- PARRILLA”, a partir del día 07 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, según Expediente Administrativo N° 4036-27.902/12.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0686/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 014.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-29.913/13, iniciado por el Señor MATAITIS ROBERTO GUSTAVO. titular del D.N.I N° 11.705.794 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a kiosco- despensa; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO I: (KIOSCO-DESPENSA), para el comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 19, Parcela 18a; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cuatro (4) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de cuatro (4) años, a favor del Señor MATAITIS ROBERTO GUSTAVO DNI N° 11.705.794, CUIT N° 20-11705794-2, en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I – “KIOSCO- DESPENSA”, a partir del día 07 de Enero de 2014, al comercio ubicado en la localidad de Capilla del Señor, según Expediente Administrativo N° 4036-29.913/13.-EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0687/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 015.- Capilla del Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 01 al 07 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 20, 21, 32, 45, 46, 47, 60, 48, 159, 161, 33, 50, 70, 162, 163, 165, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 31, 76, 218, 219, 220121, 130, 212, 99.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 016.- Capilla de Señor, 7 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30119/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación del Señor BRAVO MAURICIO, titular del DNI N° 14.668.169, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano sobre el Orden N° 9882; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos un mil quinientos treinta con 14/100 ($ 1530.14), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos un mil quinientos treinta con 14/100 ($ 1530.14), a favor del Contribuyente Señor BRAVO MAURICIO, titular del DNI N° 14.668.169, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 017.- Capilla de Señor, 07 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-29955/13 iniciado por la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación del Señor BOURRE, PATRICIA, titular del DNI N° 17.227.411, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano sobre el Orden N° 18494; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos seis mil novecientos setenta y uno con 34/100 ($ 6971.34), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos seis mil novecientos setenta y uno con 34/100 ($ 6971.34), a favor del Contribuyente Señor BOURRE PATRICIA, titular del DNI N° 17.227.411, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 018.- Capilla del Señor, 10 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que las festividades de Carnaval, es un evento social en el que participan toda la familia de Exaltación de la Cruz; Que durante el mes de Febrero del corriente año se realizaran las Noches de Carnaval en el partido; Que el Honorable Concejo Deliberante sanciono la Ordenanza Municipal Nº 095/2011, por el cual se autoriza al uso del espacio público para la realización de los Carnavales 2012; Que se encargo la organización del mismo a una Comisión Municipal, integrada por miembros del Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Declárese de Interés Municipal las Festividades por Carnaval a llevarse a cabo en el Partido de Exaltación de la Cruz, en las fechas estipuladas en el Artículo siguiente.- Artículo 2° Fijase en 4 (cuatro) noches las festividades de Carnaval 2013 en el partido de Exaltación de la Cruz, las cuales se llevaran a cabo durante los días 01, 02, 03 y 04 de Marzo de 2014.- Articulo 3º Autorizase a la realización de 1 noche de carnaval en las localidades de Capilla del Señor, Los Cardales, Parada Robles y Diego Gaynor, facultándose asimismo a reprogramar las fechas en caso de inclemencias climaticas .- Articulo 4º Autorizase a la Contaduría Municipal a contabilizar los gastos que demanden la Organización del mismo.- Artículo 5º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Articulo 6º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 019.- Capilla del Señor, 10 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 08 al 10 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 224, 226, 171, 169, 170, 172, 174, 238, 259, 260, 262, 345, 347, 350, 358, 49, 115, 107, 191, 196, 197, 199, 223, 298, 331, 346, 355, 356, 188, 189, 236, 242, 243, 244, 245, 246,,307, 308, 310, 312, 225, 281, 99.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 020.- Capilla del Señor, 10 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Club Social y Recreativo Pavon $ 3000.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 021.- Capilla del Señor, 10 de Enero de 2014.- VISTO:La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 240.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 022.- Capilla del Señor, 14 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 11 al 14 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 176, 177, 178, 180, 187, 262, 413, 414,280, 379, 386, 406, 434.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 023.- Capilla del Señor, 14 de Enero de 2014. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Degiorgis Juan Carlos, Pintos José Martín; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Enero del corriente año, hasta el día 14 del corriente mes, que a continuación se detalla: DEGIORGIS JUAN CARLOS $ 400.00 PINTOS JOSE MARTIN $ 2388.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 024.- Capilla del Señor, 14 de Enero de 2014. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Decoud Esther Beatriz, Giuliani Dolores; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Enero del corriente año, hasta el día 13 del corriente mes, que a continuación se detalla: DECOUD ESTHER BEATRIZ $ 1000.00 GIULIANI DOLORES $ 6150.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 025.- Capilla del Señor, 14 de Enero de 2014.- VISTO: Lo determinado por las Direcciones de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que en el transcursos del mes inmediato anterior se han desarrollado distintas actividades Culturales en el Partido de Exaltación de la Cruz, algunos con trascendencia a nivel Provincial, Nacional e Internacional; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébase los gastos efectuados mediante las Órdenes de Pago que a continuación se detallan, y cuyo listado de beneficiarios se anexan a las mismas: 40.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial. 9, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS PROMOCION CULTURAL”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 026.- Capilla del Señor, 17 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 15 al 17 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 464, 198, 201, 445, 446, 548, 549, 552, 553, 554, 555, 556, 557, 448.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 027.- Capilla del Señor, 17 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Asociación Mutual Roma $ 2000.00 Asociación Española Socorros Mutuos $ 1000.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 028.- Capilla del Señor, 17 de Enero de 2014. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Decoud Esther Beatriz, Giuliani Dolores; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Enero del corriente año, hasta el día 13 del corriente mes, que a continuación se detalla: SOSA LUIS PONCIANO $ 1000.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 029.- Capilla del Señor, 27 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-30.155/14, iniciado por la Dirección de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el cual se encuentra en tramite el Concurso de Precios N° 001/2014 y; CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente Administrativo, mencionado en el Visto del presente, se tramita el Concurso de Precios N° 001/2014, destinado a la adquisición de cubiertas para maquinarias viales y móviles de seguridad; Que las ofertas se presentaron y fueron abiertas el día 25 de Enero del corriente año, y de acuerdo a las mismas la Comisión de Análisis, aconseja adjudicar el mismo a la firma AUTOCANDIA S.A. , con C.U.I.T. N° 30-70970762-7 por ser la mas conveniente; Que en el Expediente mencionado obran las especificaciones técnicas de las cubiertas a adquirir; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Adjudicase el Concurso de Precios Nº 001/2014, para la Adquisición de cubiertas para maquinarias viales y móviles de seguridad, a la firma AUTOCANDIA S.A., C.U.I.T. Nº 30-70970762-7, con domicilio legal en calle Viamonte 1668, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 030.- Capilla de Señor, 27 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30149/14 iniciado por la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora CINQUEMANI VICTORIA, titular del DNI N° 31.028.386, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano sobre el Orden N° 17758; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos ochocientos ocho con 43/100 ($ 808.43), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos ochocientos ocho con 43/100 ($ 808.43), a favor del Contribuyente Señora CINQUEMANI VICTORIA, titular del DNI N° 31028386, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 031.- Capilla del Señor, 27 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 18 al 24 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N°620, 622, 623, 631, 634, 671, 184, 633, 195, 772, 786, 645, 765, 766, 767, 206, 451, 643, 644, 749, 750, 628.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 032.- Capilla del Señor, 27 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Cámara de Industria, Comercio, Producción $ 1500.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 033.- Capilla del Señor, 27 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Bomberos Voluntarios Ex. de la Cruz $ 58143.37 Asoc. Bomberos Voluntarios Los Cardales $ 18576.63 Asoc. Bomberos Voluntarios Los Cardales $ 804.50 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 034.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 25 al 31 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 785, 863, 865, 866, 914, 916, 993, 995, 1002, 721, 867, 869, 870, 910, 924, 955, 911, 977, 979, 991, 999, 1000.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 035.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Apruébese las ayudas sociales acordadas durante desde el día 25 al 31 del mes de Enero del corriente año, correspondientes a las Ordenes de Pago N° 837, 839, 840, 841, 842, 847, 929, 930, 932, 933, 934, 935, 940, 943, 944, 838,.- Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 036.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Emprendimientos Nosotros $ 24544.45 Pequeño Hogar Exaltación $ 28050.80 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 037.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Asociación Civil Biblioteca Pop Los Cardales $ 2500.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 038.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios: Fundación Hogar de Transito Niño Jesus $ 17531.75 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 039.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La solicitud presentada por los Agentes Municipales Decoud Esther Beatriz, Giuliani Dolores; CONSIDERANDO: Que las razones expuestas son valederas y que debe contemplarse los casos ya que se trata de atender las necesidades que puedan afectar a la salud y la vida social, que es uno de los objetivos prioritarios de esta administración municipal, POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios al personal Municipal, correspondiente al mes de Enero del corriente año, hasta el día 31 del corriente mes, que a continuación se detalla: PINTOS JOSE MARTÍN $ 1700.00 Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL en las Partidas que se encuentren los mencionados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 040.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por distintos deportistas del Partido de Exaltación de la Cruz, los que nos representan en eventos deportivos, y la colaboración de otros con la Dirección de Deportes, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de éste gobierno municipal brindar el apoyo a los deportistas que representan a nuestro Partido a nivel Provincial, Nacional e Internacional que no cuenten con los recursos necesarios para desarrollar sus actividades; Que los distintos deportistas desarrollan tareas de colaboración con la Dirección de Deportes dentro de nuestro distrito; Que a tales fines la mencionada Dirección procederá a evaluar las tareas realizadas por tales personas, a fin de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otorgase un Subsidio a los deportistas que participan en distintos eventos deportivos en representación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y aquellos que realizan tareas de colaboración, cuyos listados se adjuntan en las Ordenes de Pago que se detallan a continuación: 902, 903, 923.- Artículo 2º Dicho gasto será imputado a la Partida Inciso 5, Partida Principal 2, Partida Parcial. 1, Partida Subparcial. 0, OTROS SERVICIOS “FOMENTO AL DEPORTE”. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 041.- Capilla de Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 079/2013, promulgada por Decreto Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013 del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que dentro de la Estructura organizativa de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, se encuentra la Dirección de Presupuesto; Que la Dirección a que se hace referencia en el considerando primero del presente Decreto, se encuentra vacante, haciéndose necesario proceder a la designación de un nuevo titular; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO con D.N.I. Nº 17.800.806, como Director de Presupuesto, en la categoría 24 DIRECTOR a partir del día 01 de Enero del corriente año, revistiendo en la Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno - (RAFAM) – PLANTA PERMANENTE, quien cumplirá las funciones inherentes a la Secretaria de Hacienda, Presupuesto y Administración, hasta tanto sea creada dicha Secretaria - . Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 042.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 079/2013, promulgada por Decreto Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 10º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Enero del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:. EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 043.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor QUINTEROS CESAR ALBERTO con D.N.I. Nº 38.436.077, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora BAES CESAR DANIEL con D.N.I. Nº 35.977.943, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora NASSIVERA MARION AILEN con D.N.I. Nº 36.101.867, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor MONTES PERAZZA SOLANGE con D.N.I. Nº 38.436.090, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor ANTONIASSI YANINA SOLEDAD con D.N.I. Nº 36.687.885, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora SANTORO CARLOS ALBERO con D.N.I. Nº 13.561.571, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora FLORES LUCAS GONZALO con D.N.I. Nº 35.553.924, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 044.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase a la Señora ABRIGO JESICA SOLEDAD con D.N.I. Nº 35.226.944, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora HEIDENREICH ALDANA SOLEDAD con D.N.I. Nº 38.360.178, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor RODRIGUEZ LEONARDO GASTON con D.N.I. Nº 36.101.947, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora PUSSINO BUSTOS MARIA SOLANGE con D.N.I. Nº 34.832.108, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora GUGLIELMOTTI MOREIRA PATRICIA con D.N.I. Nº 35.025.116, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora AGUILAR DANIELA SOLEDAD con D.N.I. Nº 33.239.842, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor BRITES MARCELO LEANDRO ANDRES con D.N.I. Nº 36.941.050, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 045.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Desígnase al Señor MIRENGO OSCAR MARTIN con D.N.I. Nº 31.551.811, a partir del día 01 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora MOSQUEIRA CLAUDIA ELIANA con D.N.I. Nº 27.819.548, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora GONZALEZ LAURA PAOLA con D.N.I. Nº 32.969.969, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor MAMANI EMANUEL FRANCO con D.N.I. Nº 37.104.773, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase a la Señora VELIZ VANESA GISELLE con D.N.I. Nº 37.671.781, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Desígnase al Señor ALTAMIRANO RICARDO ANTONIO con D.N.I. Nº 22.465.260, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA CONTRATADA. Desígnase al Señor ARIAS LEONARDO FABIAN con D.N.I. Nº 24.962.198, a partir del día 03 de Enero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 046.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor DE COCK DAMIAN VICTOR con D.N.I. Nº 34.033.837 a partir del día 18 de Enero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.),en la PLANTA CONTRATADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor ARIAS LEONARDO FABIAN con D.N.I. Nº 24.926.198 a partir del día 10 de Enero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora CORDOBA ANA CLARA con D.N.I. Nº 23.786.379 a partir del día 21 de Enero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 047.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora AQUINO CELIA ERICA con D.N.I. Nº 30.043.249 a partir del día 14 de Enero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA CONTRATADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 048.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Enero del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archivese.- DECRETO Nº 049.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Enero del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archivese.- DECRETO Nº 050.- Capilla de Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 079/2013 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2014, promulgada por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Enero del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 051.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la primera quincena del mes de Enero del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 052.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes a la segunda quincena del mes de Enero del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 053.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decrato N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 02% No acumulable, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Octubre del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 054.- Capilla del Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 11.757, correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y lo establecido en el Artículo 42 de la mencionada Ley, y; CONSIDERANDO: Que agentes Municipales han solicitado Licencias por maternidad, de acuerdo a lo establecido con goce integro de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 42 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual el personal femenino tiene derecho a una licencia por maternidad de 90 días; Que las Agentes Municipales Portillo Valeria, Giuliani Dolores, Rodriguez Vanesa, Ferrari Luisana, Nores Maria, Cufre Vanesa, han solicitado la correspondiente licencia; Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Concédase Licencia por Maternidad a la Agente Municipal PORTILLO VALERIA, por el termino de noventa (90) días a partir del 20 de Enero del corriente año.- Concédase Licencia por Maternidad a la Agente Municipal GIULIANI DOLORES, por el termino de noventa (60) días a partir del 09 de Enero del corriente año.- Concédase Licencia por Maternidad a la Agente Municipal CUFRE VANESA, por el termino de noventa (90) días a partir del 31 de Enero del corriente año.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 055.- Capilla de Señor, 31 de Enero de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Municipal N° 048/2012, promulgada por Decreto N° 336 de fecha 08 de Agosto de 2012, del Departamento Ejecutivo Municipal, la Resolución N° 001/2013 de la Agencia Provincial de Transporte de fecha 30 de Diciembre de 2013, y; CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza Municipal mencionada en el Visto del presente Decreto, se le otorga la Conseción de la Línea Comunal N° 501, a la empresa Ruta Bus S.A., por el termino de 10 años; Que el Artículo 17 de la mencionada Ordenanza establece que las Taraifas del Servicio de Transporte Publico de Pasajeros, serán las que sean fijadas por la Agencia Provincial de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal adherir a la Resolución que dicte el Organismo competente; Que la Agencia antes mencionada con fecha 30 de Diciembre de 2013, dicto la Resolución N° 001/2013, modificando y estableciendo nuevos valores del costo del pasaje para los Servicios de Linea; Que la Resolución antes mencionada complementa las dictadas por el Ministerio del Interior y Transporte y por el Ministerio Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EXALTACION DE LA CRUZ DECRETA Artículo 1º Adhierase a la Resolución N° 001/2013 de fecha 30 de Diciembre de 2013, dictada por la Agencia Provincial de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, por la cual se fijan los valores tarifarios del Servicio dde Transporte Público de Pasajeros por Colectivo, los cuales se fijan en el Anexo II de la mencionada Resolución Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 056.- |
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