Marzo 2014 |
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Capilla del Señor, 03 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal de Presupuesto N° 079/2013, la Renuncia del Director del Hospital Municipal San José, y; CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de Febrero del corriente año, se oficializo la Renuncia del Señor Director del Hospital Municipal San José la cual se hizo efectiva a partir del día 01 de Marzo del corriente año; Que en consecuencia de la renuncia presentada, y teniendo en cuenta la organización del sistema de salud, es necesario proceder a designar un nuevo Director; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Hágase reserva de puesto de PERSONAL PROFESIONAL, categoría 18, del Agente Municipal mencionado en el Artículo 1° del presente Decreto, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley Provincial 11.757 (Estatuto para el personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 096.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-16383/04, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor de la Señora MIRANDA MARIA LAURA Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I “DESPENSA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma MIRANDA MARIA LAURA, con DNI N° 27.354867, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I – “DESPENSA”, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Rolon 645 de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 01 de Marzo de 2014; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 097.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la edición de las “25 leguas históricas de Exaltación de la Cruz”, y; CONSIDERANDO: Que es intención de este Gobierno Municipal fomentar y acompañar aquellas expresiones comunitarias que enriquezcan y diversifiquen el calendario turístico de Exaltación de la Cruz; Que una de ellas es la primera edición de “25 Leguas Históricas de Exaltación de la Cruz”, que se desarrollara el próximo día sábado 12 de Abril del corriente año; Que el mismo es organizada por la agrupación vecinal Autos Clásicos Cardales, y cuenta con el auspicio de la Secretaria de Gobierno, la Dirección Municipal de Los Cardales, y la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz; Que consta de un recorrido automovilístico histórico, cronometrado y de velocidad regulada, que recorrerá los atractivos turísticos de nuestro distrito; Que los objetivos principales de esta convocatoria son: promocionar nuestros paisajes rurales, difundir el acervo histórico de los centros urbanos, propender al conocimiento de nuestras raíces y isibilizar nuestras producciones artesanales uniendo las localidades de Los Cardales, Capilla del Señor, Parada Robles, Pavón, Diego Gaynor y Gobernador Anonaegui, en un circuito que recorrerá las Rutas Nacionales N° 8 y 193, y las Rutas Provinciales N° 39, 6, 192 y 193; Que este recorrido de autos clásicos ha cumplimentado las exigencias del organismo de contralor como la COPAM (Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo); Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Contaduría Municipal a contabilizar e imputar los gastos que demanden el citado evento, según el Nomenclador RAFAM.- Articulo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 098.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 099.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 100.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Desígnase al Señor LALLA MATIAS DANIEL con D.N.I. Nº 33.796.022, a partir del día 03 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase a la Señora SENA MARIA RENATA con D.N.I. Nº 31.140.976, a partir del día 03 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase a la Señora VENTURA CONCEPCIÓN NOEMI con D.N.I. Nº 22.062.276, a partir del día 03 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA CONTRATADA, Jornada de 6 hs.. Desígnase a la Señora DANGELO LAURA MARIELA con D.N.I. Nº 31.286.665, a partir del día 03 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Desígnase a la Señora RODRIGUEZ GUADALUPE con D.N.I. Nº 26.820.961, a partir del día 03 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 101.- Capilla del Señor, 07 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Desígnase a la Señora MEIRA MIRTA ISABEL con D.N.I. Nº 21.301.467, a partir del día 22 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase a la Señora QUINTEROS MARIA CRISTINA con D.N.I. Nº 14.815.346, a partir del día 17 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase al Señor MALDONADO SANTIAGO ANDRES con D.N.I. Nº 33.297.261 a partir del día 23 de Febrero de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 102.- Capilla del Señor, 10 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-30332/14, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Extrordinaria de fecha 06 de Marzo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 001/2014; Que por la mencionada Ordenanza se modifica se crea la Estructura Organizativa del Departamento Ejecutivo Municipal, estableciendo las Secretarias que compondrán el mismo; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 103.- Capilla del Señor, 10 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-30333/14, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Extrordinaria de fecha 06 de Marzo del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 002/2014; Que por la mencionada Ordenanza se crea el Salón de los Escudos, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 104.- Capilla de Señor, 10 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 001/2014, promulgada por Decreto N°103 de fecha 10 de Marzo de 2014, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente Decreto, se establece la Estructura Administrativa de la Municipalidad estableciendo en la misma las Secretarias y fijando los objetivos y funciones de cada una de ellas; Que el Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO, ha sido designado por el Intendente Municipal , como Secretario de Economía, Administración e Ingresos Públicos, por lo tanto se ha procedido a darle la baja como titular de la Dirección de Presupuesto de esta Municipalidad; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Dese de Baja al Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO con D.N.I. Nº 17.800.806, como Director de Presupuesto de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, quien Revestía en la Categoría 24 Director, Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno - (RAFAM) – PLANTA PERMANENTE - . Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 105.- Capilla de Señor, 10 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 001/2014, promulgada por Decreto N°103 de fecha 10 de Marzo de 2014, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente Decreto, se establece la Estructura Administrativa de la Municipalidad (Secretarias), estableciendo en la misma las Secretarias y fijando los objetivos y funciones de cada una de ellas; Que el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 001/2014, se crea la Secretaria de Economía, Administración e Ingresos Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo, a efectos de designar al titular de la citada Secretaria; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase al Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO con D.N.I. Nº 17.800.806, como Secretario de Economía, Administración e Ingresos Públicos, revistiendo en la categoría 26 SECRETARIO a partir del día 10 de Marzo del corriente año, Jurisdicción 1110103000 Secretaria de Economía, Administración e Ingresos Públicos - (RAFAM) – PLANTA PERMANENTE - . Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 106.- Capilla del Señor, 10 de Marzo de 2014.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2014, Nº 079/2013, promulgada por Decreto N° 629/2013 y; CONSIDERANDO: Que por la Mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 16º se aprueba una nueva escala salarial para el personal municipal, con sus bonificaciones remunerativas correspondientes; Que en el Artículo 7° de la Ordenanza de Presupuesto, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la forma de aplicación de los valores de la Escala Salarial; Que el incremento salarial dispuesto trae aparejado indefectiblemente una variación en el salario a que se hizo referencia precedentemente; Que el incremento fue dispuesto para compensar la perdida de poder adquisitivo que sufren los trabajadores municipales; Que asimismo, con el incremento salarial, deberá incrementarse los gastos de Representación del Señor Intendente Municipal, como así también la dieta de los Señores Concejales; Que repercutirá en beneficio de los jubilados y pensionados Municipales, por tratarse de una caja provisional móvil, representada en este caso por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º: Modifícase el valor de los gastos de representación del Señor Intendente Municipal, como así también la dieta de los Señores Concejales, según el Anexo I que se adjunta al presente Decreto. - Artículo 3º: Fíjese el valor del jornal establecido en el Artículo 4º de la Ordenanza de Presupuesto N°079/2013, en pesos cincuenta y seis ($56,00.-) para la jornada de 06 horas, y en pesos ochenta y seis ($86,00.-), para la Jornada Prolongada de 09 horas a partir del 01 de Marzo de 2014; quedando establecido en el citado Presupuesto para el máximo de la rememorada Jornada Prolongada de 09 horas en pesos noventa ($90,00.-). Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5°: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 107.-
Capilla del Señor, 10 de Marzo del 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2014 Nº079/2013, promulgada por Decreto Nº0629/2013 y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº079/2013 se aprobó el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2014, promulgada por Decreto Nº0629/2013, contemplando en el total erogado una bonificación remunerativa (con aportes y contribuciones) “fija y mensual” para el personal Municipal, incluyendo empleados y personal superior; Que se estableció abonar una bonificación remunerativa para el personal Municipal, comprendido desde la categoría Nº06 a la categoría Nº27 (obrero, servicio, administrativo, docente, técnico, profesional, médicos, empleado calificado, Jerárquicos, Directores, Contador, Tesorero y Secretarios), que a continuación se detalla, con sus respectivos importes, para las jornadas de 06, 07, 08 y 09 horas; Que el presente aumento salarial se verá reflejado en los haberes de los jubilados y pensionados Municipales, que se hayan jubilado o pensionado en las categorías y/o cargos enunciados precedentemente en esta Comuna, a través del Instituto de Previsión Social, de la Provincia de Buenos Aires; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Categoría 06 $350.- Categoría 07 $350.- Categoría 08 $350.- Categoría 09 $350.- Categoría 10 $400.- Categoría 11 $400.- Categoría 12 $400.- Categoría 13 $400.- Categoría 14 $400.- Categoría 15 $450.- Categoría 16 $450.- Categoría 17 $450.- Categoría 18 $450.- Categoría 19 $450.- Categoría 20 $450.- Categoría 21 $450.- Categoría 22 $465.- Categoría 23 $539.- Categoría 24 $637.- Categoría 25 $706.- Categoría 26 $756.- Categoría 27 $858.- Artículo 2º El beneficio establecido en el Artículo Nº 1, regirá a partir del 01 de Marzo del 2014.- Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 108.- Capilla del Señor, 10 de Marzo de 2013.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se ha producido la renuncia del agente Municipal Legajo Nº 119 MANAGUA JUAN CARLOS para acogerse al beneficio de la jubilación ordinaria, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley Provincial Nº 9.650/80, y sus modificatorias; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Dense las gracias por los servicios prestados a vuestra comunidad. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletin Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 109. - Capilla del Señor, 11 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ley N° 24.320, y teniendo en cuenta que se encuentran cumplidos los requisitos para proceder a la inscripción de los inmuebles ubicados sobre calle Luis M. Migliaro y E. Urcelay , de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente Administrativo 4036-30383/14 y, CONSIDERANDO: Que, el municipio se encuentra en posesión hace más de 20 años del inmueble cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 4, Parcela 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 31, Partida Inmobiliaria 2315, 10924, 10925, 10926, 10765, 10766 y 12176, del Partido de Exaltación de la Cruz, registrados actualmente a nombre de Sociedad de Beneficiencia de Exaltación de la Cruz y de Felicia Descousis de Boineau, Edmundo Honorio, Miguel Honorio, María Lydia, María Noeli, Rodolfo Esteban y Néstor Felix Boineau y Descousis, Que, la posesión detentada es a título de dueño y de modo material, pacífica, pública e ininterrumpida. Que, se encuentra probado: el origen de la posesión y el destino del inmueble cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 4036-30383/14 de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Que, se acompañan los informes de dominios, que citan designación según títulos, medidas y linderos y según plano características 31-01-2014, al noreste 89,00mts., con calle L.M.Migliaro, al sudeste 38,45mts. y 20,00mts., con parcelas 11, 15a, 16a y 17, al sudoeste 10,30mts. con parcela 16a y 62,35mts. con parcelas 25, 26, 27, 28, 29, al Sudeste 67,76 con parcela 30 y al sudoeste 11,19 con calle E. Urcelay, al noroeste 67,76mts. al sudoeste 5,23mts. con parcela 32, y al noroeste 59,00mts. con parcela 4, Superficie 5.814,81mts2.- Que, según manifestación adjunta, vecinos manifiestan la ocupación pública, pacífica y de antigua data de los terrenos que conforman el Hospital Municipal “San José”, Que, la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos aires, se encuentra facultada para llevar a cabo los actos notariales correspondientes, Que, a los efectos de garantizar la debida publicidad del acto, se hace necesaria su publicación en el Boletín Oficial, Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º: Cancélese los dominios a nombre de: Sociedad de Beneficencia de Ex. de la Cruz, lote 4, 7 y 8, Manzana 79, Inscripción dominio Nº 49509, Fº 56, año 1935, Tomo 13 y un terreno, Inscripción dominio Nº 19119/C/92 y a nombre de Descousis de Boineau Felicia, Boineau Edmundo Honorio, Miguel Honorio, Maria Lydia, María Noeli, Rodolfo Esteban y Néstor Felix Boineau y Descousis, lote 5, Manzana 78/79, según plano de título agregado al Fº 72/1918, Inscripción dominio 34341, serie D, año 1912 y Nº 32383, Fº 72, año 1918; lote 6, Manzana 78/79, según plano de título agregado al Fº 72/1918, Inscripción dominio 32383, Fº 72/1918, Serie B, Tomo 3; lote 13, según plano 31-1-52, Fracción A, agregado al Fº 72/18, inscripción dominio 34341, serie D, año 1912 y Nº 32383, Fº 72/1918.- Artículo 3º: Desígnase a Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para protocolizar las actuaciones.- Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5°: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 110.- Capilla del Señor, 11 de Marzo del 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal Nº 060/1997 y sus modificatorias, la zona delimitada por las calles 26 de Julio al SO, Ruta Provincial Nº ex 193 al O, Parcela 1268 al NO, Parcelas 1238 g, k, x, w, j al NE y 1283 a al SE, denominada Barrio M´Buricá, de la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que la mencionada zona en el Visto del presente Decreto, está zonificada dentro del Código Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz como Residencial Extraurbana (XREbb) con los siguientes Indicadores Urbanísticos: Retiros Laterales: 3,00 metros, Retiros de Frente: 6,00 metros, Retiros de Fondo: L-20/2, Superficies de Parcelas: 1.500 m2, Ancho de Parcela: 30 metros; Que habiendo quedado parcelamientos en las subdivisiones oportunamente realizadas con anterioridad a la vigencia del Código mencionado, que impiden el desarrollo de las zonas involucradas en igualdad de condiciones que el resto de las manzanas del barrio, en un todo de acuerdo con la normativa vigente aprobada; Que la situación mencionada se manifiesta puntualmente en los parcelamientos con nomenclatura catastral: Circunscripción: V, Sección: Q, Manzana: 35c, Circunscripción : V, Sección: Q, Manzana 65, Parcelas: 7a, b, c, d, e; Que por los motivos expuestos en los considerandos anteriores, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Modifícase los indicadores urbanísticos de las Manzanas 35c en su totalidad y Manzana 65, Parcelas 7a, b, c, d, e correspondientes a la Circunscripción V, Sección Q, los continuaran integrando la zona Residencial Extraurbana (XREbb) de vigencia actual en el Código de Planeamiento Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz.- Artículo 2º Los nuevos indicadores mencionados, se asimilarán a los dispuestos para la zona Residencial Dominante Densidad Baja (RDb1): Retiros Laterales: voluntarios, Retiros de Frente: voluntarios, Retiro de Fondo: L-20/2, Superficies de Parcelas: 300 m2, Ancho de Parcelas: 12 metros.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 111.- Capilla de Señor, 11 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 01 de Marzo de 2014 hasta el 31 de Marzo de 2014, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 112.- Capilla del Señor, 11 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-30.321/14, iniciado por la Dirección de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el cual se encuentra en tramite el Concurso de Precios N° 003/2014 y; CONSIDERANDO: Que por el citado Expediente Administrativo, mencionado en el Visto del presente, se tramita el Concurso de Precios N° 003/2014, destinado a la Provisión de 10 motoguadañas y 10 rollos de tanza para mantenimiento de espacios verdes; Que las ofertas se presentaron y fueron abiertas el día 10 de Marzo del corriente año, y de acuerdo a las mismas la Comisión de Análisis, aconseja adjudicar el mismo a la firma NEUMANN JORGE DARIO , con C.U.I.T. N° 20-11986609-0 por ser la mas conveniente; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Adjudicase el Concurso de Precios Nº 003/2014, para la Provisión de 10 motoguadañas y 10 rollos de tanza para mantenimiento de Espacios Verdes, a la firma NEUMANN JORGE DARIO, C.U.I.T. Nº 20-11986609-0, con domicilio legal en calle Parana 746 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 113.- Capilla del Señor, 13 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-13357/02, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor BIRUTI PABLO FEDERICO Rubro REPARACION DE ELECTRODOMESTICOS”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma BIRUTI PABLO FEDERICO, con DNI N° 29.505.560, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro REPARACIÓN DE ELECTRODOMESTICOS, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Alem 325 de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 22 de Octubre de 2002; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 114.- Capilla del Señor, 13 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58, y sus modificatorias, y la designación del Nuevo Santo Padre, como titular de la Iglesia Católica Mundial, hecho acontecido el día 13 de Marzo de 2013, y; CONSIDERANDO: Que en el día de la fecha se cumple el primer aniversario de la entronización del Cardenal Argentino JORGE MARIO BERGOGLIO, quien fuera Cardenal Primado de la República Argentina y Arzobispo de la Ciudad Autónoma Buenos Aires, como Obispo de Roma, y en consecuencia SUMO PONTIFICE de la IGLESIA CATOLICA; Que la elección del Cardenal Bergoglio, constituye un hecho inigualable en la historia de los argentinos, y de suramerica, ya que por primera vez en la historia se elige un Sumo Pontífice del “Fin del Mundo” como se dio en llamar en su primer mensaje ante los fieles que se congregaban en la plaza de San Pedro; Que el Arzobispo eligió el nombre de FRANCISCO, en honor a San Francisco de Asís y con ello eligió también la austeridad y la sencillez para ejercer el ministerio petrino; Que en otros tiempos recorrió nuestras calles ejerciendo tareas de apostolado; Que ante tan importante designación es necesario dejar un testimonio elocuente en nuestra ciudad ; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos a realizar las obras que sean necesarias para la denominación del mencionado Pasaje a que hace referencia el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 115.- Capilla del Señor, 13 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-11416/99, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor UGALDE MAURICIO ALEJANDRO Rubro PELUQUERIA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma UGALDE MAURICIO ALEJANDRO, con DNI N° 22.696.854, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro PELUQUERIA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Mateo S. Casco S/n de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 10 de Enero de 2007; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 116.- Capilla del Señor, 13 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-15230/03, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor GONZALEZ JUAN JOSE Rubro “TALLER MECANICO”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma GONZALEZ JUAN JOSE, con DNI N° 24.824.124, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro TALLER MECANICO, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Belgrano esq. Maipu de la localidad de Los Cardales; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 02 de Marzo de 2005; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 117.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor DEL MARMOL ANA CRISTINA con D.N.I. Nº 31.140.932 a partir del día 01 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora FRETES SUAREZ NANCY CAROLINA con D.N.I. Nº 26.533.877 a partir del día 01 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora NYARI MARIA VICTORIA con D.N.I. Nº 32.378.089 a partir del día 05 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 118.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor BIRUTI PABLO FEDERICO Rubro REPARACION DE ELECTRODOMESTICOS”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma BIRUTI PABLO FEDERICO, con DNI N° 29.505.560, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro REPARACIÓN DE ELECTRODOMESTICOS, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Alem 325 de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 22 de Octubre de 2002; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 119.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor QUINTEROS CESAR ALBERTO con D.N.I. Nº 38.436.077 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora GONZALEZ LAURA PAOLA con D.N.I. Nº 32.969.969 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor BRITEZ MARCELO LEANDRO con D.N.I. Nº 36.941.050 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 120.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora AGUILAR DANIELA SOLEDAD con D.N.I. Nº 33.239.842 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor RODRIGUEZ LEONARDO GASTON con D.N.I. Nº 36.101.947 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor MAMANI EMANUEL FRANCO con D.N.I. Nº 37.104.773 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 121.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora ABRIGO JESICA SOLEDAD con D.N.I. Nº 35.226.944 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora PEREYRA SOFIA AGUSTINA con D.N.I. Nº 32.779.489 a partir del día 28 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor BRITEZ MARCELO LEANDRO con D.N.I. Nº 36.941.050 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 122.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora MONTES PERAZZA SOLANGE con D.N.I. Nº 38.436.090 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor BAES CESAR DANIEL con D.N.I. Nº 35.977.943 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor ANTONIASSI YANINA SOLEDAD con D.N.I. Nº 36.687.885 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 123.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora PUSSINO BUSTOS MARIA SOLANGE con D.N.I. Nº 34.832.108 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor FIERRO SPAVIOLI NESTOR AURELIANO con D.N.I. Nº 32.009.936 a partir del día 11 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor MIÑO ERNESTO LUIS con D.N.I. Nº 33.862.730 a partir del día 12 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor FLORES LUCAS GONZALO con D.N.I. Nº 35.532.924 a partir del día 16 de Febrero de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 124.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Organica de las Municipalidades Decreto – Ley N° 6759/58 y sus modificatorias, el programa “Noche bajo las estrellas”, organizado por la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que el mencionado programa es organizado por las Direcciones de Cultura y Juventud de esta Municipalidad, durante las noches de verano; Que el mencionado programa tiene como finalidad el brindar espectáculos culturales al aire libre, en la Plaza San Martín, para los vecinos de nuestro partido que deseen participar; Que el mismo es de entrada libre y gratuita, y todos las semanas se brinda un genero musical distinto para deleite de la población; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a Contaduría Municipal a la erogación de los gastos que demande la Organización del mencionado evento, imputando los mismos dentro de las partidas correspondientes según el Nomenclador RAFAM.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno .- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 125.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 126.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-29944/13, iniciado por la Señora DESCHNER PAOLA MARISA. titular del D.N.I N° 21.591.574 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a la elaboración de Comidas; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: ACTIVIDADES ARTESANALES: (ROTISERIA – ELABORACIÓN DE COMIDAS), para el comercio ubicado en la localidad de Los Cardales, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta 26c, Parcela 12; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cinco (5) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0688/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 127.- Capilla del Señor, 14 de Marzo de 2014.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-29969/13, iniciado por el Señor XIJIN YANG. titular del D.N.I N° 94.256.134 por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio dedicado a Supermercado; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: CENTRO COMERCIAL TIPO I: (SUPERMERCADO), para el comercio ubicado en la localidad de Parada Robles, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción III, Sección T, Quinta 6a, Parcela 2; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de cinco (5) años, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0689/14.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 5° Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 128.- Capilla del Señor, 21 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto – Ley N° 6759/58 y sus modificatorias, la Ley Nacional N° 26085, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación el día 15 de Marzo de 2006 y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional en fecha 21 de Marzo de 2006, mediante Decreto N° 302, por el cual se declara el día 24 de Marzo como Feriado Nacional, y los actos conmemorativos que realiza el Gobierno Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ley se establece el día 24 de Marzo como DÍA NACIONAL DE LA MEMORIA, POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA; Que el 24 de Marzo de 1976,las Fuerzas Armadas, encabezadas por la JUNTA MILITAR, a cuyo mando se encontraba el Jefe del Ejercito Argentino y secundado por los Jefes de las demás Fuerzas Armadas, quiebran el Orden Institucional, derrocando al Gobierno de la Presidente María Estela Martínez de Perón, quien ejerciera la primera magistratura por la desaparición física del extinto Presidente Tte. Gral. JUAN DOMINGO PERON, dando fin de esta manera a un año del retorno de los Argentinos al Orden Democrático; Que los genosidas JORGE RAFEL VIDELA, EMILIO EDUARDO MASSERA, Y ORLANDO RAMON AGOSTI encabezaron la denominada JUNTA MILITAR, que dio inicio a la mas triste época de secuestros, torturas, muerte y desaparición forzada de personas que sumió al país durante siete años, en una Crisis Institucional, Económica y Civil que se tenga recuerdo en la Historia de Nuestro País; Que con esta Ley se establece la mencionada fecha como un espacio de la Memoria, la verdad y la Justicia, con el fin de que en nuestro país NUNCA MAS vuelvan a ocurrir Actos de Lesa Humanidad, por ello este Gobierno Municipal realiza Actos de Recordación; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a Contaduría Municipal a la erogación de los gastos que demande la Organización de los mencionado evento, imputando los mismos dentro de las partidas correspondientes según el Nomenclador RAFAM.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno .- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 129.- Capilla del Señor, 21 de Marzo de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-16899/04, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor CANO MARCELO NESTOR Rubro HELADERIA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma CANO MARCELO NESTOR, con DNI N° 14.840.322, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro HELADERIA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Ruta 8 km 73 de la localidad de Parada Robles; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 06 de Marzo de 2005; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 130.- Capilla del Señor, 21 de Marzo de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-18639/06 iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor de la Señora ENECOIZ SILVANA Rubro VENTA DE AUTOMOTORES”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma ENECOIZ SILVANA, con DNI N° 20.624.525, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro VENTA DE AUTOMOTORES, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Mateo S. Casco s/n de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 18 de Marzo de 2014; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 131.- Capilla del Señor, 21 de Marzo de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-20565/07, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor de la Señora BARGAS VANESA Rubro “ COMERCIO MINORISTA TIPO I - CARNICERIA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma BARGAS VANESA, con DNI N° 25.977.344, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro HELADERIA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Nicaragua 121 del Barrio San José de la localidad de Capilla del Señor; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 10 de Septiembre de 2012; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 132.- Capilla del Señor, 21 de Marzo de 2014. VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-10895/99, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor ARIAS ALBINO GUILLERMO Rubro “ KIOSCO Y REGALERIA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma ARIAS ALBINO GUILLERMO, con DNI N° 06.352.839, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro KIOSCO Y REGALERIA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Estrada y Urcelay de la localidad de Los Cardales; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 10 de Septiembre de 2002; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 133.- Capilla de Señor, 21 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 001/2014, promulgada por Decreto N°103 de fecha 10 de Marzo de 2014, del Departamento Ejecutivo Municipal, el Decreto N° 106 de fecha 10 de Marzo de 2014, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 105, mencionado en el VISTO, del presente Decreto, se designa al Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO, ha sido designado como SECRETARIO DE ECONOMIA, INGRESOS PUBLICOS Y ADMINISTRACIÓN, cargo creado mediante la Ordenanza Municipal N° 001/2014, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante; Que el Artículo 35 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Título I, Apartado E, establece que las Ejecuciones por deudas se promoverán sobre la base de liquidaciones extraídas de los Libros Fiscales, las cuales deberán ser certificadas por el Contador Municipal y por el Intendente o por el funcionario que este designe; Que por Decreto N° 032 de fecha 03 de Febrero de 2009, había sido designado al Contador ENRIQUE ANTONIO ALLEGRI a firmar las liquidaciones de Deuda conjuntamente con el Contador Municipal; Que el funcionario mencionado en el considerando anterior, dejará su cargo de SECRETARIO DE COORDINACION GENERAL, y a raíz de la Aprobación de la Ordenanza N° 001, donde se aprueba la nueva estructura Orgánica de esta Municipalidad, corresponde que las Certificaciones de deuda recaigan en la Secretaria de Economía de esta Municipalidad; Que el Intendente Municipal puede delegar la firma de los asuntos Municipales, en el funcionario que crea conveniente, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Designase al Señor SECRETARIO DE ECONOMIA, INGRESOS PÚBLICOS Y ADMINSITRACIÓN Señor ARRIGHI PABLO ANGEL ARTURO con D.N.I. Nº 17.800.806, para Autorizar las Liquidaciones de Deudas Fiscales, que certifique el Contador Municipal, para su ejecución.- Artículo 2º Lo establecido por el Artículo 1° del presente Decreto comenzará a regir a partir del día 01 de Junio del corriente año.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Economía, Ingresos Públicos y Administración.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 134.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Nota N° 40279 presentada por la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la presentación efectuada por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora PORTUGAL DORA INES , solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos dos mil trecientos ochenta con 16/100 ($ 2380.16), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos dos mil trescientos ochenta con 16/100 ($ 2380.16), a favor del Contribuyente Señora PORTUGAL DORA INES, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 135.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30397/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación del Señor TAGTACHIAN JUAN CARLOS , titular del DNI N° 16.821.110, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la cuota de moratoria de Patentes automotor, por error operativo de ARBA; Que obra informe de la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX), solicitando al Secretario de Coordinación General, genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos trescientos tres ($ 303.00), por la diferencia de lo abonado en concepto de cuota de moratoria de Patentes de Automotores; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos trescientos tres ($ 303.00), a favor del Contribuyente Señor TAGTACHIAN JUAN CARLOS, titular del DNI N° 16.821.110, por la diferencia abonada en concepto de la cuota de Moratoria de Patentes de Automotores.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 136.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30659/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora LEDESMA MARIA BELEN, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano sobre el contribuyente 37340; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos catorce mil trescientos cincuenta y siete con 03/100 ($ 14357.03), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos catorce mil trescientos cincuenta y siete con 03/100 ($ 14357.03), a favor del Contribuyente Señora LEDESMA MARIA BELEN, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 137.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30560/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora BARONTINI GLADYS BEATRIZ , solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano sobre el Orden N° 9850; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos dos mil ciento setenta con 24/100 ($ 2170.24), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos dos mil ciento setenta con 24/100 ($ 2170.24), a favor del Contribuyente Señora BARONTTINI, GLADYS BEATRIZ, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 138.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30380/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora VILLARRUEL ALCIRA JULIA , titular del DNI N° F 01.775.549, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Alumbrado Público por incluirse en los términos de la Ley 10740; Que obra informe de la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos un mil trescientos setenta ($ 1370.00), por la diferencia de lo abonado en concepto de la Tasa de Alumbrado Público; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos un mil trescientos setenta ($ 1370.00), a favor del Contribuyente Señora VILLARRUEL ALCIRA JULIA, titular del DNI N° F01.775.549, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Alumbrado Público en los términos de la Ley 10.740.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 139.- Capilla del Señor, 283853 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Nº 83 del 05/03/92 y; CONSIDERANDO: Que la situación social imperante en el Partido hace necesario proceder a otorgar ayudas sociales de distinta índole; Que a tales fines la Dirección de Desarrollo Social procederá a evaluar la procedencia de tales ayudas a efectos de asegurar la correcta aplicación de los fondos destinados; Que se hace imposible prever con anterioridad las necesidades no satisfechas de la comunidad del Partido de Exaltación de la Cruz; Que la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realiza una ardua tarea en el área Social; Que la Dirección de Desarrollo Social proporcionará la documentación necesaria para respaldar las erogaciones realizadas a tal fin; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º La Dirección de Desarrollo Social procederá a verificar la correcta aplicación de los fondos asignados. Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 140.- Capilla del Señor, 28 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-19808/07, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor LLAITO JORGE JOSE Rubro “ COMERCIO MINORISTA TIPO I - DESPENSA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma LLAITO JORGE JOSE, con DNI N° 31.159.878, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I: DESPENSA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Estrada 100 de la localidad de Los Cardales; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 27 de Marzo de 2014; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 141.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014 VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto N° 79/2013, promulgada por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Señor Contador Municipal , corresponde realizar la transferencia de fondos de Libre Disponibilidad, para hacer frente a la cancelación de la Deuda Flotante del Ejercicio Económico 2013 con partidas presupuestarias; Que el Señor Secretario de Coordinación General, ha tomado vista de lo informado por el funcionario actuante, por lo cual aconseja la emisión del correspondiente acto administrativo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquse, Publíquese en el Boletin Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 142.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014 VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 79/2013 promulgada por Decreto Nro. 629 de fecha 10/12/2013 y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, corresponde realizar la transferencia de los saldos de cuentas afectadas del Ejercicio 2013; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese DECRETO N° 143.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014 VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 79/2013 promulgada por Decreto Nro. 629 de fecha 10/12/2013 y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el primer trimestre del año se han producido incrementos de recursos no presupuestados con afectación específica debiéndose proceder al incremento de distintas partidas de gastos para afectar dichos ingresos POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 144.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014 VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Nro. 79/2013 promulgada por Decreto Nro. 629 de fecha 10/12/2013 y: CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, corresponde reimputar partidas del Calculo de Recursos Ejercicio 2014 en razón de haber sido generadas en una fuente de orígen que no corresponde; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º Disminúyase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuacion se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 145.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 146.- Capilla de Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 079/2013 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2014, promulgada por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013 y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Marzo del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 147.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 148.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 11757 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 149.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decrato N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO N° 150.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 079/2013, promulgada por Decreto Nº 629 de fecha 10 de Diciembre de 2013, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 10º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 151.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Desígnase al Señor MARZI LUIS ALBERTO con D.N.I. Nº 20.018.880, a partir del día 19 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase al Señor ROSALEZ JULIAN ISAIAS ABEL con D.N.I. Nº 36.611.963, a partir del día 09 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase a la Señora NOVAS MONICA ALICIA con D.N.I. Nº 16.714.536, a partir del día 10 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Desígnase a la Señora FRETES SUAREZ NANCY CAROLINA con D.N.I. Nº 26.533.877, a partir del día 21 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA CONTRATADA, Jornada de 6 hs.. Desígnase a la Señora GAITAN JULIANA YESSICA con D.N.I. Nº 36.101.871, a partir del día 03 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 152.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal de Presupuesto N° 079/2013, la Renuncia del Director de Defensa Civil, y; CONSIDERANDO: Que con fecha 01 de Marzo del corriente año, se oficializo la Renuncia del Señor Director de Defensa Civil la cual se hizo efectiva a partír del día 01 de Marzo del corriente año; Que en consecuencia de la renuncia presentada, y teniendo en cuenta la organización del sistema de seguridad, es necesario proceder a designar un nuevo Director; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Hágase reserva de puesto de PERSONAL PROFESIONAL, categoría 18, del Agente Municipal mencionado en el Artículo 1° del presente Decreto, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley Provincial 11.757 (Estatuto para el personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 153.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Desígnase a la Señora POMBO CLAUDIA ELISABETH con D.N.I. Nº 25.731.688, a partir del día 21 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase a la Señora KENNEY NATALIA VANINA con D.N.I. Nº 34.092.444, a partir del día 03 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 Hs.. Desígnase al Señor BLANCO ELIAS JUAN CARLOS con D.N.I. Nº 36.955.827, a partir del día 17 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA, Jornada de 6 hs.. Desígnase a la Señora FRETES SUAREZ NANCY CAROLINA con D.N.I. Nº 26.533.877, a partir del día 21 de Marzo de 2014, dentro de la Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Salud (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA CONTRATADA, Jornada de 6 hs.. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 154.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora VELIZ VANSEA GISELLE con D.N.I. Nº 37.671.781 a partir del día 01 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor MALDONADO SANTIAGO ANDRES con D.N.I. Nº 33.297.261 a partir del día 21 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras Publicas (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora TALAVERA MARTINEZ JOSEFINA con D.N.I. Nº 92.891.041 a partir del día 05 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor GUGLIELMOTTI MOREIRA PATRICIA con D.N.I. Nº 35.025.116 a partir del día 1 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 155.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora NASSIVERA MARION AILEN con D.N.I. Nº 36.101.867 a partir del día 01 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora MOSQUEIRA CLAUDIA ELIANA con D.N.I. Nº 27.819.548 a partir del día 1 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora HEIDENREICH ALDANA ROCIO con D.N.I. Nº 38.360.178 a partir del día 01 de Marzo de 2014, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNAIZADA.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO N° 156.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo N° 4036-13531/02, iniciado por la Dirección de Bromatologia de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, mediante el cual se tramita la Habilitación Comercial a favor del Señor RECA ANA MARIA Rubro “ COMERCIO MINORISTA TIPO I - DESPENSA”, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramito la Habilitación Comercial, a favor de la firma RECA, ANA MARIA, con DNI N° 13.299.493, quien a fs. 1 del Expediente antes mencionado, tramita la Solicitud de Habilitación en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO I: DESPENSA, siendo el Titular del Comercio ubicado en la calle Urquiza y Roca de la localidad de Los Cardales; Que en el Expediente Administrativo mencionado en el considerando primero del presente Decreto, obra Declaración Jurada por Cese de Actividades, el cual opero con fecha 03 de Marzo de 2009; Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX) a emitir los correspondientes Certificados de Liberación de Deuda y a dar de Baja en caso de corresponder las deudas pertinentes Artículo 3º Convalidase lo actuado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, autorizando al Señor Director a proceder a la firma de los correspondientes Certificados de Baja a que se hace referencia en el Artículo 1° del presente Decreto.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 157.- Capilla de Señor, 31 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30427/14, iniciado por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación del Señor PARISE ANTONIO, solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos dos mil trecientos tres con 25/100 ($ 2303.25), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos dos mil trescientos tres con 25/100 ($ 2303.25), a favor del Contribuyente Señor PARISE ANTONIO, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 158.- Capilla de Señor, 25 de Marzo de 2014.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Expediente Administrativo N° 4036-30.413/14 presentada por la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la presentación efectuada por la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, en el visto del presente Decreto, obra presentación de la Señora MILAN CRISTINA NORMA , solicita a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el reintegro de la Tasa de Derechos de Construcción que fuera cobrada por Acta no corresponde a según liquidación de plano y devolución de Alumbrado Público por Ley 10.740; Que obra informe de la Dirección de Obras Particulares, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicitando a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) genere una Nota de Crédito a favor del mencionado en el Considerando Primero del presente Decreto, por la suma de pesos ochocientos cincuenta y cinco con 65/100 ($ 855.65), por la diferencia de lo abonado según Acta de Constatación y los metros efectivamente construidos según los correspondientes Planos de Obra; Que la Agencia de Recaudaciones Exaltación de la Cruz (AREX), toma vista de la presentación realizada por el contribuyente y lo solicitado por la Dirección de Obras Particulares de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y teniendo en cuenta lo informado corresponde proceder a la devolución del importe antes mencionado que fuera cobrado erróneamente; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) proceder a la devolución de la suma de pesos ochocientos cincuenta y cinco con 65/100 ($ 855.65), a favor del Contribuyente Señora MILLAN CRISTINA NORMA, por la diferencia abonada en concepto de la Tasa de Derechos de Construcción según Planos de Obra presentados y alumbrado público por Ley 10.740.- Artículo 2º Autorizase a los Departamentos de Contaduría Municipal a emitir las correspondientes Ordenes de Pago y la Tesorería Municipal a la emisión de los Cheques respectivos a fin de cancelar lo dispuesto.- Artículo 3º Cumplido lo establecido en los Artículos anteriores del presente Decreto, procédase al cierre de las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 159.- Capilla del Señor, 31 de Marzo de 2014 VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y los Decretos 681 y 683 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 31 de Diciembre de 2013 y; CONSIDERANDO: Que en los mencionados Decretos se establecen las condiciones en las que girará la Cuenta Corriente Nro. 10058748/5 abierta en el BANCO PATAGONIA, Sucursal Zárate; Que por Decreto 106 del Departamento Ejecutivo de fecha 10 de Marzo de 2014 se designa como SECRETARIO DE ECONOMIA, ADMINISTRACION E INGRESOS PUBLICOS al Señor PABLO ANGEL ARTURO ARRIGHI; Que a efectos del funcionamiento de la misma es necesario incorporar al funcionario indicado dentro de los firmantes de la Cuenta Corriente; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 160.- |
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