Boletin Oficial - Julio 2016 |
![]() |
![]() |
Capilla del Señor Autoridades: Intendente Municipal: El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Adherir a la Ley Nacional N° 27.218/2015, que establece un Régimen Tarifario Especifico para las Entidades de Bien Público.-ARTÍCULO 2° El Departamento Ejecutivo dispondrá la conformación de un Registro de Entidades sin Fines de Lucro benefiarias del régimen instaurado por la normativa mencionada en el Artículo 1° y articulara las acciones que sean necesarias para hacerlo efectivo. ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2328/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Declárese de Interés Municipal la Maratón Deportiva “LOS CARDALES 8 KM”, organizada por la Escuela Secundaría N° 2, “ENRIQUE ROMERO BREST”, de la localidad de Los Cardales.- ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2329/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Adjudicase a favor del Sr. TREJO GOMEZ MANUEL GUILLERMO, titular del DNI N° 06.995.591, y de BOGARIN CARMEN FERMINA, titular del DNI N° 06.033.320, un lote de terreno, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Parcela 30b, con una superficie de 271.35 mts2, ubicado en Capilla del Señor, según Plano Características 31-22-2016, tramitado por Expediente Administrativo N° 4036-34600/16.- ARTÍCULO 2° Declárese de Interés Social, la Escrituración del Bien Inmueble a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente.- ARTÍCULO 3° Requiérase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio.- ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2330/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Ratifíquese el Decreto N° 382/2015,dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 17 de Junio de 2015.-ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2331/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Adjudicase a favor de la Sra. ALEGRE NORMA BEATRIZ, titular del DNI N° 18.140.984, un lote de terreno, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección N, Manzana 55, Parcela 6, con una superficie de 294 mts2, ubicado en Capilla del Señor, según Plano Características 31-19-1996, tramitado por Expediente Administrativo N° 2423-4345/15.- ARTÍCULO 2° Declárese de Interés Social, la Escrituración del Bien Inmueble a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente.- ARTÍCULO 3° Requiérase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio.- ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2332/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 057/2015, el cual quedará redactado de la siguiente forma:Artículo 1° : Autorizase la apertura de la calle N° 2, indicada en el plano de mensura Legajo 87/1917, agregado al folio 85/1911, en el Registro de la Propiedad Inmueble Provincial, la cual se encuentra cerrada al uso público, con una tranquera, ilustrada con fotos agregadas al Expediente Administrativo N° 4036-22477/08.- ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2333/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Declárese de INTERÉS MUNICIPAL los Festejos por el BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE LA INDPENDENCIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA.- ARTÍCULO 2° Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal, convocar a una Comisión Especial para establecer las Acciones y Actividades que permitan la Difusión de los Hechos que determinaron la Declaración de la Independencia de la República Argentina, el 9 de Julio de 1816.- ARTÍCULO 3° Establézcase que toda la documentación Oficial de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, contenga una leyenda conmemorativa del año y de la celebración de la Independencia Argentina.- ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2334/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Adjudicar a la EMPRESA ASOCIART ART S.A. CUIT N° 30-68627333-0, con domicilio legal en Leandro N. Alem 621 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Licitación Publica N° 002/2016, destinada a la Contratación de Aseguradora de Riesgo de Trabajo para el Per-sonal Municipal, en tramite por ante Expediente Administrativo N° 4036-34310/16, por un monto total de pesos un millón seiscientos treinta mil setecientos treinta y ocho con 40/100 ($ 1.630.738,40)ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2335/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Adhierase a la Ley Provincial N° 14735, mediante la cual se crea un Régimen Especial de Boleto Educativo para los Usuarios del Sistema de Transporte Provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbanos e interurbanos, destinados a alumnos de todos los Niveles Educativos de establecimientos de Gestión Estatal y Privados con Aportes del Estado, que tengan asiento en la Provincia de Buenos Aires.-ARTÍCULO 2° El presente Régimen incluye a los Alumnos de Nivel Terciario, Superior Universitario, Formación Profesional y Bachilleratos Populares, tal como lo dispone el Artículo 2° de la Ley antes mencionada.- ARTÍCULO 3° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las Acciones pertinentes ante las Empresas de Transporte Público de Pasajeros que presten el Servicio dentro del Partido de Exaltación de la Cruz, para el cumplimiento de la Ley.- ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2336/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Apruébese los nombres de las calles del Barrio Mburica, de la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, cedidas por Plano de Mensura características N° 31-9-62, designadas como calle La Lorencita, entre la manzana 35 y 35 c, en su intersección con las calles La Ranchera y La Polvareda; y calle La Polvareda, en su intersección entre las calles La Zamba y La Lorencita.-ARTÍCULO 2° Autorizase a la Dirección de Catastro a crear el respectivo Registro de Alturas Domiciliarias, correspondiente a cada parcela frentista de las manzanas 35 y 35c.- ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2337/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Autorizase a realizar las Escrituras Traslativas de Dominio, de los Bienes Inmuebles, de acuerdo a la Permuta según Convenio respaldado por Ordenanza Municipal N° 081/2011, sancionada con fecha 26 de Octubre, en tramite por ante Expediente Administrativo N° 4036-26657/11.-ARTÍCULO 2° Autorizase la escrituración del bien inmueble cuyos datos catastrales son: Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 2e, Zona de Conservación de Desagües Naturales, según Plano Mensura y División, características N° 31-45-2015, a favor de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, CUIT N° 33-99929598-9, con domicilio legal en calle Rivadavia N° 411 de Capilla del Señor.- ARTÍCULO 3° Autorizase la escrituración del bien inmueble cuyos datos catastrales son: Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 6b, según Plano de Mensura y División características N° 31-85-2014, a favor de la Señora FORMENTO GRACIELA MARÍA, con DNI N° 06.179.763, con domicilio legal en calle Bolivar 155 de Capilla del Señor. ARTICULO 4° Requierase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos del otorgamiento de las respectivas Escrituras Traslativa de Dominio, de acuerdo a lo enunciado en los Artículos precedentes de la presente Ordenanza.- ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2338/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Ratifíquese el CONVENIO DE COMODATO, suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. ADRIAN DANIEL SANCHEZ, y la PROCURACIÓN GENERAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada la Señora Fiscal General del Departamento Ju-dicial Zarate- Campana Dra. LILIANA ALICIA MAERO, por el cual La Municipalidad entrega un bien inmueble destinado al funcionamiento y sede la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO DESENTRALIZADA DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ.-ARTÍCULO 2° El CONVENIO DE COMODATO, que se Ratifica por el Artículo 1° de la presente Ordenanza tendrá una duración de cinco (5) años, pudiendo ser prorrogado por igual plazo.- ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2339/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Ratifíquese el Decreto N° 347 de fecha 09 de Junio de 2016, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se denomina “PASEO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA ARGENTINA” , al Paseo ubicado en la Estación de Ferrocarril Mitre de la Localidad de Los Cardales.-ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2340/16.El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1° Donase a favor de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, una fracción de tierra con una superficie de 2195, 50 (dos mil ciento noventa y cinco metros con cincuenta centímetros) mts2, que es parte del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección N, Quinta 40, Parcela 1, según plano características 31-24-72, Matrícula 031-19771, del Partido de Exaltación de la Cruz.-ARTÍCULO 2° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a llevar adelante las tramitaciones administrativas para realizar el Plano de Mensura y Di-visión y su posterior transferencia dominial, según lo indicado en el Artículo 1° de la presente.- ARTÍCULO 3° La fracción de tierra a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente, será destinada a la Construcción del Edificio Escolar del Jardín de Infantes N° 912 ( a crearse); ubicado en el Barrio Jularo de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.- ARTÍCULO 4° Requiérase la intervención de la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio, del bien inmueble a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente, una vez confeccionado los correspondientes Planos de Mensura y División ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Registrada Bajo el N° 2341/16. |
Acceso contribuyente
Mapa de Exaltación de la Cruz |
| Inicio | Noticias | Autoridades | Gobierno | Multimedia | Contacto | Rivadavia 411 - (B2812DII) Capilla del Señor - Provincia de Buenos Aires - Argentina Tel.: (02323)-491327 - 491010 Fax: (2323)-491357 © exaltaciondelacruz.gov.ar. Todo los derechos reservados. |