Abril 2016 |
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Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 162.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 163.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 164.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 165.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 166.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 167.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 168.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 169.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 170.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 171.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 172.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 173.- Capilla del Señor, 01 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 174.- Capilla del Señor, 13 de Abril de 2016 VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Señor Contador Municipal, debe procederse a la modificación del presupuesto respecto de fondos con afectación específica, mejorando la cantidad de becas a otorgar para el ejercicio 2016, teniendo como base los importes informados por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires Que el Señor Secretario de Coordinación General y Planificación, ha tomado vista de lo informado por el funcionario actuante, por lo cual aconseja la emisión del correspondiente acto administrativo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Disminúyase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 175.- Capilla del Señor, 13 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza de Presupuesto Nº 082/2015, promulgada por Decreto Nº 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, del Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo 4º, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar los cambios de categorías y adecuar las partidas correspondientes; Que a pedido de los responsables de los distintos sectores, por el buen desempeño, responsabilidad y esmero en sus tareas, se hace necesario promover de categoría a los agentes Municipales que se enuncian en el Artículo 1º del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Apruébase las modificaciones de Categorías propuestas por la Dirección de Recursos Humanos a partir del 01 de Abril del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales:.
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Salud y Calidad de Vida , Obras, Servicios y Espacios Públicos, Desarrollo Humano y Social y Coordinación General y Planificación .- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 176.- Capilla del Señor, 15 de Abril de 2016.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-22831/09, iniciado por COSTA, DIEGO JORGE., por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de LOS CARDALES, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de AGENCIA DE LOTERIA; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: SERVICIOS GENERALES TIPO II: “AGENCIA DE LOTERIA”, para el comercio ubicado en la localidad de LOS CARDALES, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana: 160 , Parcela 17A; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de DOS (2) AÑOS, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de DOS (2) AÑOS, a favor de COSTA, DIEGO JORGE - CUIT N° 20-27120445-1 en el Rubro SERVICIOS GENERALES TIPO II: AGENCIA DE LOTERIA, a partir del día 14 DE ABRIL DE 2016, a la propiedad ubicada en la localidad de LOS CARDALES, según Expediente Administrativo N° 4036-22831/09 venciendo la misma el día 31 DE MARZO DE 2018.- Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal a Termino el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0849/16, con la leyenda “HABILITACIÓN MUNICIPAL A TÉRMINO”.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno. Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 177.- Capilla del Señor, 15 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la documentación que acredita la entrega del terreno, a Marta Irma Alcaraz D.N.I.: 10.283.481 y a Daniel Orlando Medina, D.N.I.: 11.261.877, en el Barrio denominado “Marin” de Capilla del Señor, y, y; CONSIDERANDO: Que, viven desde antigua data, habiéndose construido con sus propios recursos económicos la vivienda, en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 68, Parcela 7a, según plano características 31-24-2005; Que, a fin de redactar el respectivo boleto de compra venta, en el marco de Plan Familia Propietaria, se hace necesario dictar el instrumento habilitante; Que, en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Adjudicase a Marta Irma Alcaraz, D.N.I.: 10.283.481 y a Daniel Orlando Medina, D.N.I.: 11.261.877, el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 68, Parcela 7a, según plano características 31-24-2005, en el marco del Programa Familia Propietaria.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Obras, Servicios y Espacios Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 178. Capilla del Señor, 15 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34396/16, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de Abril del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 001/2016; Que por la mencionada Ordenanza, se modifica el Artículo 6 de la Ordenanza de Presupuesto N° 082/2015; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 001/2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2016.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 179.- Capilla del Señor, 15 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34397/16, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de Abril del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 002/2016; Que por la mencionada Ordenanza, se declara como entidad de bien publico a la Asociación Civil Emprendimiento Nosotros Panificados Artesanales; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 002/2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2016.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 180.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que por error durante el mes de Marzo no se consignaron algunos Agentes Municipales; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Marzo del corriente año, de acuerdo al siguiente detalle:. MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 181.- Capilla de Señor, 18 de Abril de 2016.-
VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Municipal N° 048/2012, promulgada por Decreto N° 336 de fecha 08 de Agosto de 2012, del Departamento Ejecutivo Municipal, la Resolución N° 049/2016 de la Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza Municipal mencionada en el Visto del presente Decreto, se le otorga la Conseción de la Línea Comunal N° 501, a la empresa Ruta Bus S.A., por el termino de 10 años; Que el Artículo 13 de la mencionada Ordenanza establece que las Tarifas del Servicio de Transporte Publico de Pasajeros, serán las que sean fijadas por la Agencia Provincial de Transporte y/o Organismo que lo reemplace en el futuro, debiendo Departamento Ejecutivo Municipal adherir a la Resolución que dicte el Organismo competente; Que la actual Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, dicto la Resolución N° 049/2016. que rije a partir del día 8 de Abril del corriente año, con los nuevos valores tarifarios para el Servicio de Transporte Público; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del Presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Adhierase a la Resolución N° 049/2016 de fecha 08 de Abril de 2016, dictada por la Subsecretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, por la cual se fijan los valores tarifarios del Servicio de Transporte Público de Pasajeros por Colectivo, los cuales se fijan en los formularios E y F, que forman parte del mencionado Decreto como Anexo I y II.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 182.- CUADRO TARIFARIO Tarifa con SUBE
BOLETO ESCOLAR: $ 0,10 BOLETO SECUNDARIO (PÚBLICO): $ 0,10 BOLETO SECUNDARIO (PRIVADO SUB.): $ 0,70 BOLETO DISCAPACITADOS: $ - Tarifas adhiriendo a la Resolución 49/2016 de la Subsecretraria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, desde 08/04/16 Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que la información vertida en el presente formulario ha sido verificada y es fiel reflejo del permiso correspondiente al operador de servicio público que desarrolla su actividad en esta jurisdicción, conforme la normativa vigente. Firma, aclaración y sello de la Autoridad de Aplicación en materia de Transporte Firma, aclaración y sello del Ministro del área o Intendente según corresponda CUADRO TARIFARIO Tarifa con ATRIBUTO SOCIAL
BOLETO ESCOLAR: $ 0,10 BOLETO SECUNDARIO (PÚBLICO): $ 0,10 BOLETO SECUNDARIO (PRIVADO SUB.): $ 0,70 BOLETO DISCAPACITADOS: $ - Tarifas adhiriendo a la Resolución 49/2016 de la Subsecretraria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, desde 08/04/16 Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que la información vertida en el presente formulario ha sido verificada y es fiel reflejo del permiso correspondiente al operador de servicio público que desarrolla su actividad en esta jurisdicción, conforme la normativa vigente. Firma, aclaración y sello de la Autoridad de Aplicación en materia de Transporte Firma, aclaración y sello del Ministro del área o Intendente según corresponda Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que por error durante el mes de Marzo no se consignaron algunos Agentes Municipales; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Marzo del corriente año, de acuerdo al siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 183- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 184.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 185.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 186.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 187.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 188.- Capilla del Señor, 18 de Abril de 2016.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y la Ordenanza de Presupuesto 082/15, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, el Departamento Ejecutivo Municipal, surge la necesidad de la creación de Módulos de Horas Extras de carácter no remunerativo, para personal de planta permanente y transitoria de este Municipio; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgar Modulo de Horas Extras correspondiente al mes de Abril, del corriente año, de acuerdo con el siguiente detalle: MODULO DE HORAS EXTRAS
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 189.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase al Señor PONCE DE LEON MAXIMILIANO MATIAS con D.N.I. Nº 28.777.486, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111102000 Secretaria de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA MENSUALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 190.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a la Señora ACUÑA MATTO YESICA SOLEDAD con D.N.I. Nº 34.389.234, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111105000 Secretaria de Salud y Calidad de Vida (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Salud y Calidad de Vida.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 191.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a la Señora GODOY GRACIELA RAQUEL con D.N.I. Nº 17.055.288, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111102000 Secretaria de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 192.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase al Señor ALLEGRI ARMANDO OSCAR con D.N.I. Nº 10.975.962, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111104000 Secretaria de Obras, Servicios y Espacios Públicos (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Obras, Servicios y Espacios Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 193.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a la Señora MENDIZABAL GABRIELA LORENA con D.N.I. Nº 27.116.335, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111105000 Secretaria de Salud y Calida de Vida (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 194.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a la Señora PERALTA MICAELA DENISSE con D.N.I. Nº 37.230.188, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111106000 Secretaria de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 195.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase al Señor LONGARELA JUAN MATEO con D.N.I. Nº 36.180.806, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111106000 Secretaria de Seguridad (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 196.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que la existencia de vacante y la necesidad de cubrir los cargos contemplados en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de la Planta Mensual y Jornalizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a la Señora CENIZA ISADORA AZUL con D.N.I. Nº 36.762.321, a partir del día 1 de Abril de 2016, dentro de la Jurisdicción 111102000 Secretaria de Gobierno (R.A.F.A.M.) en la, PLANTA JORNALIZADA. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 197.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señora RISOLIA ANALIA VIVIANA con D.N.I. Nº 29.505.565, a partir del día 1 de Abril de 2016, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.),en la PLANTA MENSUALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 198.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor FERNANDEZ ALAN MARCELO con D.N.I. Nº 35.228.703, a partir del día 1 de Abril de 2016, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguridad (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno y de Seguridad.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 199.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que se han producido las bajas de los Agentes Municipales que se encontraban dentro de la Planta Jornalizada y Contratada del Municipio, que se detallan en el Artículo 1º del presente Decreto, por Renuncia de los mismos; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Aceptase la Renuncia del Agente Municipal Señor BARRETO HÉCTOR ERNESTO con D.N.I. Nº 28.717.133, a partir del día 1 de Abril de 2016, quien revestía dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Obras, Servicios y Espacios Públicos (R.A.F.A.M.),en la PLANTA JORNALIZADA-. Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno y de Obras, Servicios y Espacios Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 200.- Capilla de Señor, 22 de Abril de 2016.-
VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 01 de Abril de 2016 hasta el 30 de Abril de 2016, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 201.- Capilla de Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el presupuesto vigente existen vacantes de cargos en distintas áreas de la Municipalidad, y teniendo en cuenta la necesidad de cubrir dichos cargos dentro de la Planta Jornalizada; Que la cobertura de cargos a que se hace referencia en el considerando primero del presente se realiza por el termino de un (1) mes; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Desígnase a los Agentes Municipales que se detallan a continuación por el termino de un (1) mes a partir del día 01 de Abril de 2016 hasta el 30 de Abril de 2016, revistiendo dentro de la PLANTA JORNALIZADA:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 202.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 536 del año 2013, de fecha 1 de Noviembre de 2013, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación por Guardia Médica para el personal municipal, dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación por Guardia Medica, al personal dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Salud y Calidad de Vida.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 203.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 536 del año 2013, de fecha 1 de Noviembre de 2013, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación por Guardia Médica para el personal municipal, dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación por Guardia Medica, al personal dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Salud y Calidad de Vida.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 204.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 536 del año 2013, de fecha 1 de Noviembre de 2013, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación por Consultorio Externo para el personal municipal, dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación por Consultorio Externo, al personal dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Salud y Calidad de Vida, Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 205.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 536 del año 2013, de fecha 1 de Noviembre de 2013, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación por Consultorio Externo para el personal municipal, dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación por Consultorio Externo, al personal dependiente de la Secretaria de Salud y Calidad de Vida que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Salud y Calidad de Vida, Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 206.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 276 del año 2014, de fecha 16 de Mayo de 2014, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 3% para el personal municipal, de Planta Transitoria; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 03% para el personal de Planta Transitoria, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 207.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 285 del año 2014, de fecha 16 de Mayo de 2014, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionado se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 1% para el personal municipal, de Planta Transitoria; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Ratifíquense las Bonificaciones Remunerativa 01% para el personal de Planta Transitoria, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 208.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decrato N° 275 del año 2014, de fecha 16 de Mayo de 2014, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 1% para el personal municipal, perteneciente a la Planta Transitorio, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Ratifíquense las Bonificaciones Remunerativa 01% para el Personal de Planta Transitoria, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 209.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decrato N° 275 del año 2014, de fecha 16 de Mayo de 2014, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 1% para el personal municipal, perteneciente a la Planta Transitorio, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Ratifíquense las Bonificaciones Remunerativa 01% para el Personal de Planta Transitoria, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 210.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decrato N° 275 del año 2014, de fecha 16 de Mayo de 2014, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 1% para el personal municipal, perteneciente a la Planta Transitorio, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por el Decreto a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Ratifíquense las Bonificaciones Remunerativa 01% para el Personal de Planta Transitoria, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 211.- Capilla de Señor, 22 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 082/2015 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2015, y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Abril del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 212.- Capilla de Señor, 22 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorias, y la Ordenanza Nº 082/2015 de Presupuesto Municipal, correspondiente al Ejercicio Financiero 2015, y el Decreto Nº 020 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 01 de Febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto mencionado en el Visto del presente, se autoriza a el pago de una Bonificación por Mayor Función a aquellos empleados que cumplan funciones superiores y/o se encuentren en reemplazo del superior inmediato; Que por lo expuesto en el considerando único es necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Autorizase el pago de una Bonificación por Mayor Función correspondiente al mes de Abril del corriente año, a los Agentes Municipales que se detallan a continuación:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 213.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Señor Contador Municipal, corresponde realizar la transferencia de fondos de Libre Disponibilidad, para hacer frente a la cancelación de la Deuda Flotante del Ejercicio Económico 2015 con partidas presupuestarias; Que el Señor Secretario de Coordinación General y Planificación, ha tomado vista de lo informado por el funcionario actuante, por lo cual aconseja la emisión del correspondiente acto administrativo; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Decreto; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 214.- Capilla del Señor, 22 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General y Planificación, conjuntamente con el Contador Municipal, corresponde realizar la transferencia de los saldos de cuentas afectadas del Ejercicio 2015; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese DECRETO Nº 215.- Capilla del Señor, 23 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Organica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y la necesidad de contar con un minibús, para el traslado de personas y el Expediente Administrativo N° 4036-34401/16, por el cual se tramita la Licitación Pública N° 003/2016 y; CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Desarrollo Humano y Social ha informado de la necesidad de contar con una nueva unidad para el traslado de personas y para ello ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para efectuar el correspondiente llamado a Licitación Pública para la compra de un minibus, Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Llámese a Licitación Pública N° 003/16 para la Compra de un minibús para el traslado de personas; de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Memoria Técnica y Planos de Proyecto que se indican en el Expediente Municipal N° 4036-34401/16.- Artículo 2º Fijase como fecha de apertura del mencionado acto licitatorio el día 30 de Mayo de 2016, a las 12 horas en el Salón de los Escudos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Rivadavia 411, Capilla del Señor.- Artículo 3º El Presupuesto oficial asciende a la suma de pesos un millón doscientos ($ 1.200.000) - Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Desarrollo Humano y Social y de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 215bis.- Capilla del Señor, 23 de Abril de 2016.- VISTO: La necesidad de compra de material descartable para farmacia del Hospital Municipal San José y el Expediente Administrativo N° 4036-34436/16, por el cual se tramita la Licitación Privada N° 006/2016 y; CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Salud y Calidad de Vida ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para efectuar el correspondiente llamado a Licitación Privada para la compra de material descartable para la farmacia del Hospital Municipal San José, Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Llámese a Licitación Privada N° 006/16 para la Provisión de material descartable para el Hospital Municipal San José; de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Memoria Técnica y Planos de Proyecto que se indican en el Expediente Municipal N° 4036-34436/16.- Artículo 2º Fijase como fecha de apertura del mencionado acto licitatorio el día 02 de Mayo de 2016, a las 12 horas en el Salón de los Escudos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Rivadavia 411, Capilla del Señor.- Artículo 3º El Presupuesto oficial asciende a la suma de pesos trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y seis con 83/100 ( $ 335.446,83) - Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Salud y Calidad de Vida y de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 216.- Capilla del Señor, 23 de Abril de 2016.- VISTO: La necesidad de compra de medicamentos para el Hospital Municipal San José y el Expediente Administrativo N° 4036-34440/16, por el cual se tramita la Licitación Privada N° 007/2016 y; CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Salud y Calidad de Vida ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones para efectuar el correspondiente llamado a Licitación Privada para la compra de medicamentos para el Hospital Municipal San José, Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Llámese a Licitación Privada N° 007/16 para la Provisión de medicamentos para el Hospital Municipal San José; de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Memoria Técnica y Planos de Proyecto que se indican en el Expediente Municipal N° 4036-34440/16.- Artículo 2º Fijase como fecha de apertura del mencionado acto licitatorio el día 02 de Mayo de 2016, a las 11 horas en el Salón de los Escudos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Rivadavia 411, Capilla del Señor.- Artículo 3º El Presupuesto oficial asciende a la suma de pesos seiscientos cuarenta y siete mil trescientos veintinueve con 51/100 ($647.329,51) - Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Salud y Calidad de Vida, y de Gobierno.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 217.- Capilla del Señor, 25 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34452/16, de fecha 25 de Abril de 2016, iniciado por la Dirección de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que a fojas 1 del citado Expediente Administrativo en el Visto del presente, obra Nota de la Secretaria de Obras, Servicios y Espacios Públicos , en donde se solicita la provisión de piedra partida para obras en el partido; Que a tal fin se hace necesario proceder a la Adquisición de los elementos mencionados en el considerando primero del presente Decreto, cuyas especificaciones obran en el Expediente Administrativo; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Llámese a Concurso de Precios Nº 002/2016 para la Provisión de Piedra Partida para obras en el Partido, según la documentación técnica obrante en el Expediente Administrativo Nº 4036-34452/16, con un presupuesto oficial de pesos doscientos cincuenta y cinco mil ($ 255.000).- Artículo 2º Las ofertas deberán ser remitidas a la Dirección de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, sita en calle Rivadavia 411 de Capilla del Señor.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Obras, Servicios y Espacios Públicos.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 218.- Capilla del Señor, 25 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada por los distintos responsables de áreas, surge la necesidad de liquidar bonificaciones especiales para personal de planta permanente y mensualizada; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense bonificaciones especiales correspondientes al mes de Febrero del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 219.- Capilla del Señor, 25 de Abril de 2016.- VISTO: La cesión de Acciones y Derechos Posesorios, otorgada por la señora Zulema Soledad Vital, L.C.: 4.543.610, a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, del inmueble ubicado sobre calle E. Urcelay, de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente Administrativo 4036-30383/14 y, CONSIDERANDO: Que, la señora Zulema Soledad Vital, se encuentra en posesión hace más de 20 años del inmueble cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 3, Manzana 3e, Parcela 21, Partida Inmobiliaria 16386, del Partido de Exaltación de la Cruz, registrado a nombre de Felicia Descousis de Boineau, Edmundo Honorio, Miguel Honorio, María Lydia, María Noeli, Rodolfo Esteban y Néstor Felix Boineau y Descousis; Que, la posesión detentada es a título de dueño y de modo material, pacífica, pública e ininterrumpida; Que, se encuentra probado: el origen de la posesión y el destino del inmueble cuyo antecedentes obran en el expediente Nº 4036-34427/16; Que, se acompaña el informe de dominio, que cita designación según título, medidas y linderos y según plano características 31-57-2015, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 3, Manzana 3e, Parcela 21a, con las siguientes medidas: al noreste 10,00mts., con lote 16, al sudeste 43,00mts.con lotes 17, 18 y 20; al sudoeste 10,00mts. con calle E. Urcelay y al Noroeste 43,00mts. con parcela 22, Superficie 430,00mts2.; Que, la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos aires, se encuentra facultada para llevar a cabo los actos notariales correspondientes; Que, a los efectos de garantizar la debida publicidad del acto, se hace necesaria su publicación en el Boletín Oficial; Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Dispónese la inscripción a nombre de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, del inmueble cuya nomenclatura catastral de origen es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 3, Manzana 3e, Parcela 21 y según plano de mensura características 31-57-2015 de acuerdo a los términos de la Ley 24.320, Circunscripción I, Sección D, Quinta 3, Manzana 3e, Parcela 21a.- Artículo 2º Cancélese el dominio a nombre de: a nombre de Descousis de Boineau Felicia, Boineau , Edmundo Honorio, Miguel Honorio, Maria Lydia, María Noeli, Rodolfo Esteban y Néstor Felix Boineau y Descousis, lote 21, Manzana 1, según plano 31-1-52, Fracción A, agregado al Fº 72/18, inscripción dominio 34341, serie D, año 1912 y Nº 32383, Fº 72/1918.- Artículo 3º Desígnase a Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para protocolizar las actuaciones.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Obras, Servicios y Espacios Públicos.- Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 220.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34472/16, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo, el Honorable Concejo Deliberante, comunica al Departamento Ejecutivo, que en su Sesión Ordinaria de fecha 25 de Abril del corriente año, la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 2317/2016; Que por la mencionada Ordenanza, se establece la correlatividad en la numeración de las Ordenanzas a partir del presente periodo legislativo y se autoriza a la rectificación de la numeración de las ordenanzas sancionadas a la fecha; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 2317/2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión ordinaria de fecha 25 de Abril de 2016.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.DECRETO Nº 221.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34396/16, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, el Decreto N° 179 de fecha 15 de Abril dictado por el Departamento Ejecutivo, la Ordenanza Municipal N° 2317/2016, el Decreto N° 003/2016, del Departamento Legislativo y; CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza antes mencionada se establece la correlatividad en la numeración de las mismas, y además se autoriza a rectificar la Numeración de aquellas que hayan sido sancionadas durante el presente periodo; Que el Departamento Legislativo comunico a este Departamento Ejecutivo el Decreto N° 003/2016, el cual establece en su Artículo 1° la rectificación de la Ordenanza N° 001/2016, quedando como Ordenanza N° 2318/2016; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 2318/2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2016.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 222.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-34397/16, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, el Decreto N° 179 de fecha 15 de Abril dictado por el Departamento Ejecutivo, la Ordenanza Municipal N° 2317/2016, el Decreto N° 003/2016, del Departamento Legislativo y; CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza antes mencionada se establece la correlatividad en la numeración de las mismas, y además se autoriza a rectificar la Numeración de aquellas que hayan sido sancionadas durante el presente periodo; Que el Departamento Legislativo comunico a este Departamento Ejecutivo el Decreto N° 003/2016, el cual establece en su Artículo 1° la rectificación de la Ordenanza N° 002/2016, quedando como Ordenanza N° 2319/2016; Que el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Departamento ejecutivo Promulgar las Ordenanzas; Que en virtud de lo expuesto corresponde promulgar la presente Ordenanza; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Promulgase y téngase como Ordenanza del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Ordenanza Registrada bajo el Nº 2319/2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión ordinaria de fecha 11 de Abril de 2016.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 223.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-34447/16, iniciado por la Secretaria de Coordinación General y Planificación y el Departamento de Contaduría Municipal, el Artículo 94, inciso 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y ; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo el Contador Municipal, indica que de acuerdo a los términos indicados en el Artículo 94 inc. 1 de la LOM, corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal proceder a partír del día 1de Mayo a la Apertura de inscripción en el Registro de Mayores Contribuyentes; Que corresponde habilitar el mencionado Registro de Mayores Contribuyentes de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a los efectos que correspondan; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Habilitase por el Término de quince días (15), desde el 1º de Mayo de 2015 hasta el 15 de Mayo de 2015 inclusive, el Registro de Mayores Contribuyentes, que se encuentren en las condiciones establecidas por el Artículo 93 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los cuales deberán tener domicilio real en el Partido de Exaltación de la Cruz. Artículo 2º El aludido registro estará a disposición de los interesados en la Contaduría de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 224.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-31311/15, iniciado por GONZALEZ, ANDREA ISABEL., por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de ZAPATERÍA; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO II: “ZAPATERÍA”, para el comercio ubicado en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana: 17 , Parcela 16B; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de DICIOCHO (18) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de DIECIOCHO (18) MESES, a favor de GONZALEZ, ANDREA ISABEL - CUIT N° 27-33808117-6 en el Rubro COMERCIO MINORISTA TIPO II: ZAPATERIA, a partir del día 28 DE ABRIL DE 2016, a la propiedad ubicada en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, según Expediente Administrativo N° 4036-31311/14 venciendo la misma el día 1º DE SEPTIEMBRE DE 2017.- Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal a Termino el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0851/16, con la leyenda “HABILITACIÓN MUNICIPAL A TÉRMINO”.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno. Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 225.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: El Expediente Administrativo N° 4036-18595/06, iniciado por CAMPARAI ARGENTINA S.A., por ante la Dirección de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, Partido de Exaltación de la Cruz, una industria de ELABORACIÓN, DESTILACIÓN, RECTIFICACIÓN Y MEZCLA DE BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y VINOS – VENTA AL POR MAYOR DE VINOS, BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS; Que a fs. 2 obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es Apta para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto del presente; Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro: INDUSTRIA 2ºCATEGORÍA : “ELABORACIÓN, DESTILACIÓN, RECTIFICACIÓN Y MEZCLA DE BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y VINOS Y VENTA AL POR MAYOR DE VINOS, BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS, para la industria ubicads en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, Manzana: -- , Parcela 391; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Producción y Medio Ambiente, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el termino de DIECINUEVE (19) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto; Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Concédase Habilitación Municipal por el Termino de DIECINUEVE (19) MESES, a favor de CAMPARI ARGENTINA S.A. - CUIT N° 33-70937251-9 en el Rubro INDUSTRIA 2º CATEGORÍA: ELABORACIÓN, DESTILACIÓN, RECTIFICACIÓN Y MEZCLA DE BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y VINOS – VENTA AL POR MAYOR DE VINOS, BEBIDAS ESPIRITUOSAS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS, a partir del día 20 DE ABRIL DE 2016, a la propiedad ubicada en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, según Expediente Administrativo N° 4036-18595/06 venciendo la misma el día 04 DE DICIEMBRE DE 2017.- Artículo 2º La Presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- Artículo 3º Autorizase al Señor Director de Producción y Medio Ambiente a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal a Termino el cual se encuentra Registrado Bajo el Número 031-0842/16, con la leyenda “HABILITACIÓN MUNICIPAL”.- Artículo 4º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno. Artículo 5º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 226.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el primer trimestre del año se han producido incrementos de recursos no presupuestados con afectación específica debiéndose proceder al incremento de distintas partidas de gastos para afectar dichos ingresos FUENTE 131 POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 227.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el primer trimestre del año se han producido incrementos de recursos no presupuestados con afectación específica debiéndose proceder al incremento de distintas partidas de gastos para afectar dichos ingresos FUENTE 132 POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 228.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016. VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 082/15, de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2016, promulgada por Decreto N° 912 de fecha 16 de Diciembre de 2015, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo informado por el Sr. Secretario de Coordinación General, conjuntamente con el Contador Municipal, durante el primer trimestre del año se han producido incrementos de recursos no presupuestados con afectación específica debiéndose proceder al incremento de distintas partidas de gastos para afectar dichos ingresos FUENTE 133 POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Incrementase el Cálculo de Recursos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 2º Incrementase el Presupuesto de Gastos del corriente año en las partidas y por los importes que a continuación se detallan:
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 229.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO:La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 230.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 231.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 232.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La solicitud presentada por las entidades del Sector Público y el Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y; CONSIDERANDO: Que es intención prioritaria de este gobierno municipal brindar el apoyo a las Entidades Educativas e Instituciones Intermedias que representan la base de la educación de la población y la colaboración en los distintos aspectos que abarcan la vida en el municipio; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otorgase los siguientes subsidios:
Artículo 2º Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 Partida Subparcial 0 “SUBSIDIO A INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO” Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno. Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 233.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y la Escala Salarial Vigente, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada, surge la necesidad de liquidar Bonificaciones Remunerativas para personal de planta permanente y mensualizada; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense Remunerativas correspondientes al mes de Abril del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 234.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y la Escala Salarial Vigente, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada, surge la necesidad de liquidar Bonificaciones Remunerativas para personal de planta permanente y mensualizada; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense Remunerativas correspondientes al mes de Abril del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 235.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y la Escala Salarial Vigente, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada, surge la necesidad de liquidar Bonificaciones Remunerativas para personal de planta permanente y mensualizada; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense Remunerativas correspondientes al mes de Abril del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 236.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y la Escala Salarial Vigente, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada, surge la necesidad de liquidar Bonificaciones Remunerativas para personal de planta permanente y mensualizada; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense Remunerativas correspondientes al mes de Abril del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 237.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Ley Provincial Nº 14656 correspondiente al Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal N° 082/2015 y la Escala Salarial Vigente, y; CONSIDERANDO: Que del análisis de la documentación proporcionada, surge la necesidad de liquidar Bonificaciones Remunerativas para personal de planta permanente y mensualizada; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguense Remunerativas correspondientes al mes de Abril del corriente año, para los siguientes agentes municipales:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación General y Planificación.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 238.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 02% No acumulable, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 239.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 02% No acumulable, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Enero del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 240.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 02% No acumulable, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 241.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto N° 335 del año 2009, el Decreto N° 173 de fecha 30 de Junio de 2011, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que por los Decretos antes mencionados se establece el Pago de una Bonificación Remunerativa del 2% para el personal municipal, con destino a recomponer la situación económica del personal; Que con lo establecido por los Decretos a que se hace referencia en el Considerando anterior, corresponde realizar el listado del Personal Municipal beneficiado por la medida, a fin de un correcto ordenamiento administrativo; Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese Bonificación Remunerativa 02% No acumulable, a los agentes Municipales que se detallan a continuación correspondiente al mes de Abril del corriente año:
Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía, Administración e Ingresos Públicos.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 242.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 001/2014, Orgánica de Secretarias de la Municipalidad, sancionada en fecha 06 de Marzo de 2014, promulgada por Decreto N° 103 de fecha 10 de Marzo de 2014, la Ordenanza de Presupuesto N° 082/2015, y; CONSIDERANDO: Que el pasado mes de Diciembre asumieron las nuevas autoridades Municipales; Que en el mes de Julio de 2015, se procedió al cambio de Delegado Municipal de Los Cardales; Que el Agente Municipal DIEZ MARTÍN se venía desempeñando cono Delegado y que este tenía Reserva de Cargo, tal como lo establece la Ley 14056; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Restitúyase al Agente Municipal Señor DIEZ MARTÍN ARIEL con D.N.I. Nº 25.691.381 a partir del día 01 de Julio de 2015, en el cargo de Personal Jerárquico, quién revestirá en la Categoría Jerárquico D5 Jornada de 8 hs - PLANTA PERMANENTE– en la Categoría DIRECTOR A de la Jurisdicción 1110102000– Secretaria de Gobierno -(R.A.F.A.M.).- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 243. - Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto N° 082/2015, para el Ejercicio 2016, y; CONSIDERANDO: Que el Agente Municipal TAMBURELLI ENRIQUE, se viene Desempeñando como Director de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz; Que al momento de realizarse la Designación del mencionado se omitió por error realizarle la Reserva de Cargo correspondiente, en la categoría de Personal Jerárquico, dentro de la Planta Permanente; Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Hágase Reserva de Cargo al Agente Municipal TAMBURELLI PARERA ENDRIQUE IGNACIO DNI N° 20.387.159 del presente, en la Categoría Jerárquico D6, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9° de la Ley Provincial N° 14.656 (Régimen de Empleo Municipal) Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno y Coordinación General y Planificación,- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. DECRETO Nº 244. - Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto – Ley N° 6759/58 y sus modificatorias, el nuevo Aniversario de la Gesta de Malvinas, y; CONSIDERANDO: Que el 2 de Abril próximo pasado se conmemoro un Nuevo Aniversario por el Día del Veterano y los Caídos en la Guerra de Malvinas, en homenaje a todos los hombres y jóvenes que combatieron y derramaron su sangre en honor a la patria, en una inexplicable guerra sobre las islas del archipiélago sur; Que el Gobierno Municipal, realizó distintos Actos Oficiales, en honor a los Caídos en esta Guerra, que fuera un quiebre en la Vida política e institucional de nuestro país Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Declarase de INTERES MUNICIPAL, los Actos Conmemorativos por el Día del Veterano y Caídos por la Guerra de Malvinas, que se desarrollaron el Día 02 de Abril, en la Plaza Malvinas Argentinas de la localidad de Los Cardales - Artículo 2º Autorizase a Contaduría Municipal a la erogación de los gastos que demande la Organización del mencionado evento, imputando los mismos dentro de las partidas correspondientes según el Nomenclador RAFAM.- Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 4º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 245.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 14.656, correspondiente al Régimen de Empleo para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que los Artículos 13, 78, 96 y cctes de la mencionada Ley Establece que el Personal Municipal cuenta con Regimenes Especiales de Licencia; Que Agentes Municipales han solicitado Licencias sin goce de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 96 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual se pueden conceder Licencias con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y obedezcan a motivos de real necesidad; Que los motivos expuestos por el Agente Municipal AGUILAR EMILIO son de real necesidad y totalmente atendibles; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese licencia sin goce de haberes por el término de 180 días a partir del día 01/01/2016, al Agente Municipal Leg. Nº 2399 AGUILAR HECTOR EMILIO dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguiridad (R.A.F.A.M.), quien revestía como PLANTA MENSUALIZADA.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Seguridad.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 246.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 14.656, correspondiente al Régimen de Empleo para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que los Artículos 13, 78, 96 y cctes de la mencionada Ley Establece que el Personal Municipal cuenta con Regimenes Especiales de Licencia; Que Agentes Municipales han solicitado Licencias sin goce de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 96 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual se pueden conceder Licencias con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y obedezcan a motivos de real necesidad; Que los motivos expuestos por el Agente Municipal MARTINEZ FERNANDO son de real necesidad y totalmente atendibles; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese licencia sin goce de haberes por el término de 90 días a partir del día 01/01/2016, al Agente Municipal Leg. Nº 2324 MARTINEZ FERNANDO EMMANUEL dentro de la Jurisdicción 1110106000 Secretaría de Seguiridad (R.A.F.A.M.), quien revestía como PLANTA MENSUALIZADA.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Seguridad.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 247.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 14.656, correspondiente al Régimen de Empleo para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que los Artículos 13, 78, 96 y cctes de la mencionada Ley Establece que el Personal Municipal cuenta con Regimenes Especiales de Licencia; Que Agentes Municipales han solicitado Licencias sin goce de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 96 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual se pueden conceder Licencias con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y obedezcan a motivos de real necesidad; Que los motivos expuestos por el Agente Municipal LINCH ROBERTO OSVALDO son de real necesidad y totalmente atendibles; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE Artículo 1º Otórguese licencia sin goce de haberes por el término de 30 días a partir del día 02/03/2016, al Agente Municipal Leg. Nº 445 LYNCH ROBERTO OSVALDO dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno (R.A.F.A.M.), quien revestía como PLANTA PERMANENTE.- Artículo 2º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno.- Artículo 3º Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- DECRETO Nº 248.- Capilla del Señor, 29 de Abril de 2016.- VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y la Ley 14.656, correspondiente al Régimen de Empleo para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que los Artículos 13, 78, 96 y cctes de la mencionada Ley Establece que el Personal Municipal cuenta con Regimenes Especiales de Licencia; Que Agentes Municipales han solicitado Licencias sin goce de haberes; Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 96 de la citada Ley en los Vistos del presente, por el cual se pueden conceder Licencias con o sin goce de haberes, por causas no previstas en el Estatuto y obedezcan a motivos de real necesidad; Que los motivos expuestos por el Agente Municipal GURNICK NICOLAS son de real necesidad y totalmente atendibles; POR ELLO: En uso de las atribuciones que le son propias: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
DECRETO Nº 249.- |
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