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Ordenanza Nº 031/13 – creación Gruta de Lourde

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de interés municipal la inauguración de la Gruta de Lourdes construida en el patio interno de la Parroquia de Exaltación de la Cruz, la cual será incluida en cronograma de los festejos Patronales de nuestro Partido.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil trece.  
       

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 031/13.

Ordenanza Nº 030/13 – Fogata 2013 de el Remanso

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Declárese de interés Municipal la “Fogata 2013” a realizarse el 7 de Septiembre de 2013, en el Barrio Parque El Remanso.

ARTÍCULO 2°:
De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil trece.  

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 030/13.

Ordenanza Nº 029/13 – Estacionamiento a 45º

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Establézcase estacionamiento a 45° en las siguientes calles de la localidad de Capilla del Señor:
        Rivadavia entre Mitre y Belgrano
        Belgrano entre Rivadavia y Moreno
        Moreno entre Belgrano y Mitre
        Petruccelli entre San Martín y Migliaro.

ARTÍCULO 2°: Establézcase estacionamiento a 45° en las siguientes calles de la localidad de Los Cardales:
        San Martín entre De Luca y Moreno

ARTÍCULO 3°: La implementación del artículo 2° de la presente ordenanza será a partir de la obra de ampliación de la calzada correspondiente.

ARTÍCULO 4°: Establézcase estacionamiento sobre la mano izquierda en la calle Mitre entre Moreno y Rivadavia en la localidad de Capilla del Señor, y en la calle Moreno entre San Martín y 25 de Mayo en la localidad de Los Cardales.

ARTÍCULO 5°: De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil trece.


Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 029/13.

Ordenanza Nº 028/13 – Estacionamiento de motos y bicicletas en la Calle Luis María Migliaro

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Resérvese en la calle Migliaro entre Petrucheli y Monteagudo en la Localidad de Capilla del Señor, espacio de estacionamiento de motos, bicicletas y personas con capacidades diferente, a continuación de los existentes para ascenso y descenso de personas frente al Hospital Municipal San José, según ordenanza 06/10.

Articulo 2°: En el caso de existir un comercio habilitado, que requiera contar con estacionamiento reservado, deberá ser ubicado en la calle Monteagudo, entre Migliaro y San Martín.

Articulo 3°: La Dirección de Tránsito deberá señalizar lo establecido en las disposiciones de esta ordenanza para su cumplimiento.

Articulo 4°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Agosto de dos mil trece.


Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 028/13.

Ordenanza Nº 027/13 – Escrituración Social C I, SC, Ch 2, P 20a Lotitto

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Chacra 2, Parcelas 20a, Según plano características 31-03-2013, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-28557/13, a nombre de Luís Saverio Lotitto y de Kismet Vera Cecilia Buchler.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar la escritura traslativa de dominio, a nombre de los enunciados en el Art. 1º de la presente.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Agosto de dos mil trece.   

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 027/13.

Ordenanza Nº 026/13 – Incorporar Inmueble Designado como C I, SC, Ch 2, P 20a

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórese al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Chacra 2, Parcela 20a, plano características 31-03-2013.

Artículo 2º: Procédase a la Inscripción del Inmueble indicado en el Artículo 1º de la presente, en virtud del Artículo 4º de la Ley 9533.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Agosto de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 026/13.

Ordenanza Nº 025/13 – Declarando de Interes Municpal la Creación de Juzgados

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Declárense de interés legislativo los proyectos presentados por el Colegio Público de Abogados del Departamento Judicial Zárate-Campana para la creación de:
    Un Juzgado de Familia con asiento en la ciudad de Campana.
    Un Juzgado de Familia con asiento en la ciudad de Zárate.
    Un Tribunal de Trabajo en la ciudad de Campana.
    Un Tribunal de Trabajo en la ciudad de Zárate.

ARTICULO 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Julio de dos mil trece.      

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 025/13.

Ordenanza Nº 024/13 – Modificación Certificado de Zonificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Deberá expedirse un certificado de zonificación conjuntamente con un anexo que será parte de ese certificado, para cualquier persona que quiera desarrollar alguna actividad industrial, comercial o profesional en un predio o inmueble del partido de Exaltación de la Cruz.

ARTICULO 2°: El anexo que será parte del certificado de zonificación, contendrá el cuadro de usos completo y actualizado del Código de Planeamiento Urbano, correspondiente al predio o inmueble, por el cual se solicitó dicho certificado.

ARTICULO 3°: El certificado de zonificación con su anexo únicamente tendrá  validez como certificado con las firmas conjuntas del Director de Catastros, Secretario de Obras y Servicios Públicos, y del Secretario de Gobierno de La Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

ARTICULO 4°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Julio de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 024/13.

Boletin Oficial – Julio 2013

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Julio 2013

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Mario Alfredo Croce
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación cuatro (4)mts. de superficie por  su frente y ancho co-rrespondiente, de los inmuebles ubicados  en calle Rauch de localidad de Los Cardales, Partido de Exalta-ción de la Cruz, designados catastralmente como: Cir-cunscripción II,  Sección L, Manzana 7, Parcelas  3, 4, 5, 6, 7 y 8, Partidas Inmobiliarias 29423, 29424, 29425, 29426, 29427 y 29428, matrículas 18310, 18311, 18312, 18313, 18314 y 18315, a nombre de Gianfranco Lippi; Dante Javier Oliva/María Laura de los Santos; Serecar S.A. respectivamente y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.
 
Artículo 2º:
La superficie descripta en el  artículo 1º de la presente, se encuentra afectada por las obras de Gas Natural, Alumbrado Público, Energía Domiciliaria.
 
Artículo 3º:
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesa-rias a fin de cumplimentar la presente.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 017/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 271t, según plano características 31-124-97.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la  inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente, de acuerdo a la Ley Nº 9533  Art.4º.-

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 018/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratifícase los pagos autorizados por las Ordenanzas 087/12 y su modificatoria 133/12 en concepto de asesoramiento en derecho tributario realizados durante los años 2011 y 2012.

Artículo 2º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de dos mil trece.       

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 019/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de interés municipal la Sexta Jornada  en Salud Publica y Medio Ambiente, a desarrollarse el día 26 de junio en Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º
: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 020/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el artículo 4º de la Ordenanza Municipal 81/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:
  Artículo 4º: De las adjudicaciones de lotes o viviendas que se efectúen deberán observarse los siguientes porcentajes mínimos para los casos que a continuación se mencionan: a) Diez por ciento (10%): para mujeres jefas de hogar con hijos menores a cargo. b) Diez por ciento (10%): para familias con algún miembro conviviente con discapacidad. c) Cinco por ciento (5%): para personas mayores de sesenta y cinco (65) años. d) Diez por ciento (10%) para los empleados de la municipalidad de Exaltación de la Cruz. e) Diez por ciento (10%) para docentes del distrito, f) Cinco por ciento (5%) para empleados pertenecientes a la Policía Comunal. 

Artículo 2º:
Modificase el artículo 5º de la Ordenanza Municipal 81/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:
  Artículo 5º:
Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos mínimos: a) Constituir un grupo familiar estable de personas convivientes. b) No ser propietarios de bienes muebles o inmuebles, cuyo valor de venta les permitiría acceder a una vivienda. c) No haber sido adjudicatario de viviendas financiadas por el Estado Nacional, Provincial o Municipal. d) Tener una residencia mínima en el Partido de Exaltación de la Cruz de diez (10) años, uno de los cónyuges. e) Tener capacidad de pago de las cuotas de amortización del inmueble, mediante la presentación de recibo de sueldo o declaración jurada de ingresos. Las presentaciones que efectúen los postulantes para el cumplimiento de estos requisitos serán consideradas declaraciones juradas, y serán verificadas por los funcionarios municipales que se designen y en la forma que establezca la respectiva reglamentación. Si se detectare falsedad, el postulante no será inscripto, y no podrá volver a inscribirse por el término de cinco (5) años. f) Los postulantes mencionados en el apartado d) del artículo anterior, además de los requisitos establecidos en el presente, deberán acreditar tener más de diez (10) años de servicios ininterrumpidos o alternados en la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y prestar conformidad irrevocable para que las cuotas de amortización correspondientes, sean mensualmente debitadas en forma automática de su percepción salarial. g) Los postulantes mencionados en los apartados e), f) del artículo anterior, además de los requisitos establecidos en el presente, deberán acreditar tener más de diez (10) años de servicios como docente y/o agentes de la policía Comunal, en el Distrito de Exaltación de la Cruz.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Junio de dos mil trece.  

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 021/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifíquese el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 108/12, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
    Articulo 1º:
incorpórese al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción III, Sección T, Quinta 19a y  Quinta 20b, Parcela 2, Según Plano característica 31-15-71 y 31-44-81.

Artículo 2º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Junio de dos mil trece.  

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 022/13.

Ordenanza Nº 023/13 – Escrituración Social C III, SQ, M 71, P 11 Adrán Mariana Erika Barbagallo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 71, Parcelas 11, Partidas Inmobiliarias 24205, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-28863/13, a nombre de Mariana Erika Barbagallo.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Julio de dos mil trece.            

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 023/13.