•• Author Archive

Boletin Oficial – Noviembre 2006

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Noviembre 2006

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
  Intendente Municipal
                              Dr.  Horacio  Errazu

 Secretario  de Gobierno
                              Sr. Colombo  Carlos Santiago

 Secretario de Hacienda
                              Cdor. Enrique Antonio Allegri
 
 Secretario de Salud
                              Dr. Pedro Colombini

 Secretario de Obras y Servicios Públicos
                               Sr. Guillermo Cesar Flores
 
 Secretario  de Seguridad
                                Diego Meliton Rosa

 Presidente del H.C. D
                                Ing. Jorge Adrián Salinas
 
 Secretario del H.C.D.
                                Sr. Manuel Angel Sánchez


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Desígnase con el nombre de DR. REYNALDO RAÚL DASSAT a los Consultorios de Atención Externa del Hospital Municipal San José de Capilla del Señor.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 067/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratifícase el Decreto Municipal Nº 245 / 06, mediante el cual se designa a los integrantes de la “Comisión Pro – Construcción del Polideportivo de Capilla del Señor, creada por Ordenanza Nº 079/ 2005.-
 
Artículo 2º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 068/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Ratifícase el Decreto Municipal Nº 068/05 por el cual se dispuso la compra del inmueble propiedad de la Sra. HERMINDA JOSEFA DE TRAVE , L.C Nº 3.984.395, ubicado en la calle Urcelay Nº 961 de la ciudad de Capilla del Señor, cuyos datos catastrales son:
Circunscripción I, Sección D, Quinta 4, Parcela 29, Partida Nº 12174, dominio inscripto bajo el Nº 72/18, por valor de $ 45.000.-

Artículo 2°: El inmueble adquirido será destinado a futuras ampliaciones del Hospital San José y/o áreas relacionadas con el sistema integral de salud.-

Artículo 3º: Declárese de interés social la escrituración del inmueble adquirido y solicítese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 069/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Otorgase a Ruta Bus S.A. autorización provisional por el término de tres (3) años renovadles automáticamente, conforme las previsiones del Artículo 22º Inciso b) del Decreto Ley 16378/57, Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros y el Artículo 27º Inciso 9) y 52º de la Ley Orgánica de las Municipalidades para la realización de Servicios de Transporte Público de Pasajeros por Automotor de Jurisdicción Municipal, conforme los parámetros operativos que se definen en el Artículo 2º.-

Artículo 2°: Parámetros Operativos:

Recorridos: Ramal A: desde el Barrio Marín, la Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la línea Mitre, por calle Carlos Pellegrini, Luís M Migliaro, Rolón, Esteban Urcelay, Bartolomé Mitre, Alsina, Ruta Provincial Nº 39, Acceso a Barrio Esperanza, Barrio San José, Parada Orlando, Pavón, Ruta Nacional Nº 8, Barrio Sakura, Barrio Los Pinos, Barrio El Remanso, Ruta Provincial Nº 192, Parada Robles hasta Barrio A. Mateo, punto final.-
Regreso: por el mismo itinerario por Ruta Nº 39 hasta Capilla del Señor, por calle Balcarce, Rivadavia, Belgrano, H. Irigoyen, Carlos Pellegrini, Luís M. Migliaro, 25 deMayo, San Martín, Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la línea Mitre, punto final.- Ramal B: desde la Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la línea Mitre, por calle Carlos Pellegrini, Luís M. Migliaro, Rolón, Esteban Urcelay, Bartolomé Mitre, Alsina, Ruta Provincial Nº 39, Acceso a Barrio Esperanza, Barrio San José, Parada Orlando, Pavón, Ruta Nacional Nº 8, Ruta Provincial Nº 6, Acceso a Los Cardales por calle Belgrano, Cinco Esquinas, Estación Ferroviaria Los Cardales, Ruta Provincial Nº 4, punto final.- Regreso: por el mismo itinerario por Ruta Nº 39 hasta Capilla del Señor, por calle Balcarce, Rivadavia, Belgrano, H. Irigoyen, Carlos Pellegrini, Luís M. Migliaro, 25 de Mayo, San Martín, Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la línea Mitre, punto final.-
Frecuencias: Ramal A: Seis (6) envíos diarios de ida y vuelta, de lunes a viernes.-
Ramal B: Quince (15) envíos diarios de ida y vuelta de lunes a domingos.-
Parque Móvil: Dos (2) unidades por cada Ramal, total cuatro (4), antigüedad máxima 20 años.-

Artículo 3º: Deberán coordinar el cuadro tarifario con la Dirección de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, utilizando las tarifas previstas para los Servicios de Media Distancia aledaños a Capital Federal.-

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo le asignará el número de Línea que deberá identificar el servicio.-  

Artículo 5º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a dar de baja la presente Ordenanza de no cumplirse con todos o algunos de los puntos enunciados en el Artículo 2º.-

Artículo 6º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 070/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como : Circunscripción II, Sección C, Manzana 31, Parcela 10, Partida Inmobiliaria 16129, Matrícula 4400 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19106/06, a nombre de Teresa Damiana García.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 071/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como : Circunscripción III, Sección P, Manzana 3, Parcela 7 (100 %) y Parcela 8 (50 % indiviso), Pda. Inmobiliaria 6716, 6717, Matrícula 6065,6066 del Partido de Exaltación de la Cruz según Expediente 4036-19052/06, a nombre de Daniel Mario Alvarez.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 072/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 1, Parcela 2, Partida Inmobiliaria 23587, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19071 / 06, a nombre de Dos Santos Adelina.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 073/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como : Circunscripción III, Sección K, Manzana 27, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 4586, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-18859/06, a nombre de Beretta María I.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura
Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 074/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección Q, Quinta 33, Parc. 14, Pda. Inmobiliaria 12.763 Folio 164/1955 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19171/06, a nombre de Ottonello Hector Eduardo.-

Artículo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 075/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección B, Manzana 159, Parcelas 17,18 Pa. Inmobiliaria 9177, 9178 Matrícula 1984 y 1985 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19194/06, a nombre de Acosta Idelsa Betríz.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º:
De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 076/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como : Circunscripción II, Sección L, Manzana 118, Parcela 18, Pda. Inmobiliaria 27932, D. H. 9383/73 con relación a la Insc. Fº 45/1928, (031) del Partido de Exaltación de la Cruz, según el según Expediente 4036-15223 / 05, a nombre de Rodríguez Celia Nilda.-

Artículo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior, de acuerdo a lo establecido en artículo 4º, inciso d) de la Ley 10.830 y artículo 2º inciso b) y 5º del Decreto Provincial 1256/01.-

Artículo 3º:
De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 077/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébase los nombres de calles y alturas dominiciliarias del Bº denominado El Remanso, de la localidad de Parada Robles, de acuerdo a Anexo I que forma parte de la presente.-

Artículo 2°: Creáse el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.-

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 078/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmete como : Circunscripción I, Sección B, Chacra 3, Manzana 3k , Parcela 10, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-16771 /04, a nombre de Mónica Liliana Martínez.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el Artículo 1º.-
 
Artículo 3º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 221 cuotas de $ 20 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 079/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase a Miguel Ramón Arias D.N.I. Nº 5.873.392 el inmueble designado catastralmete como : Circunscripción VII, Sección X, Manzana 197, Parcela 18, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-15650/03.-
 
Artículo 2º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 91 cuotas de $ 20 mensuales y consecutivas.- Artículo 3º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el Artículo 1º.-

Artículo 4º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 080/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase a Hector Oscar Rojas DNI 27.116.239 y a María Eugenia Grigueli DNI 28.138.367 el bien inmueble designado catastralmete como: Circunscripción VI, Sección B, Chacra 1, Manzana 62, Parc. 5, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036- 15649/03.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el Artículo 1º.-

Artículo 3º:
En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 69 cuotas de $ 15 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 081/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase a Miguel Angel Carmona L.E 6.150.699 y a Reina Isabel Maldonado DNI 10.226.921 el bien inmueble designado catastralmete como: Circunscripción VI, Sección B, Chacra 1, Manzana 62, Parc. 2, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036- 15505/03.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el Artículo 1º.-

Artículo 3º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 60 cuotas de $ 15 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º:
De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 082/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modifícase la Escala Salarial autorizada según Artículo Nº 7º de la ORDENANZA DE PRESUPUESTO Nº 111/2005 promulgada por Decreto Nº 340/2005, la que incluye un incremento del 10 %, sobre los salarios básicos de convenio, a partir del 01/10/2006.-

Artículo 2º: Modifícase el valor del jornal establecido en el Artículo Nº 4º de la mencionada Ordenanza, quedando establecido en $ 16.20 a partir del 01/10/2006.-

Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, desé al Registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 083/06.

Boletin Oficial – Diciembre 2006

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Diciembre 2006

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
  Intendente Municipal
                              Dr.  Horacio  Errazu

 Secretario  de Gobierno
                              Sr. Colombo  Carlos Santiago

 Secretario de Hacienda
                              Cdor. Enrique Antonio Allegri
 
 Secretario de Salud
                              Dr. Pedro Colombini

 Secretario de Obras y Servicios Públicos
                               Sr. Guillermo Cesar Flores
 
 Secretario  de Seguridad
                                Diego Meliton Rosa

 Presidente del H.C. D
                                Ing. Jorge Adrián Salinas
 
 Secretario del H.C.D.
                                Sr. Manuel Angel Sánchez


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 76, Parc.23 el cual pertenece a la Sra. Rosales, Andrea Leonor (discapacitado Ferreira Braga, Cesar Angel).- 

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 084/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 64, Parc. 3 el cual pertenece a la Sra. Acuña, Patricia (discapacitada).-  

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 085/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar la Deuda de Ejercicios Anteriores por la suma de $ 3.708,77 (son pesos Tres Mil Setecientos Ocho con 77/100,-) con la Empresa CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.-
 
Artículo 2º: Se acompaña como Anexo 1 el detalle de facturas no contabilizadas por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 3º: El contador deberá registrar en la contabilidad un debito a la cuenta “ Resultados de Ejercicios Anteriores ” y un crédito a la cuenta “Deuda Flotante”.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 086/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmete como : Circunscripción II, Sección F, Mza. 127, Parcela 9, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-15881/04, a nombre de Sabrina Paola Nuñez.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el artículo 1 de la presente.-
 
Artículo 3º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 300 cuotas de $ 20 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 087/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmete como : Circunscripción III, Sección B, Mza. 59, Parcela 5, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-18584/06, a nombre de Agosto María Beatríz y Sr. Nores Enrique.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el artículo 1 de la presente.-
 
Artículo 3º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 64 cuotas de $ 20 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 088/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmete como : Circunscripción IV, Sección U, Mza. 53, Parcela 22, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-18431/06, a nombre de Caramun Alejandra Mabel.-

Artículo 2º: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el artículo 1 de la presente.-
 
Artículo 3º: En concepto del valor de terreno libre de mejoras, deberán abonar 120 cuotas de $ 20 mensuales y consecutivas.-

Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Bs. As., a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble mencionado en el Art. 1º.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 089/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmuble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 2, Parcela 1b, Pda. Inmobiliaria 15837 , Inscripción Folio Nº 191 año 1971, del Partido de Exaltación de la Cruz, según expediente 4036-19389/06 a nombre de Carolina E. Perez.-

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-

Artículo 3º: De forma-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 090/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratifícase el convenio celebrado entre la Municipalidad de Ex. de la Cruz, Escobar, Zárate y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires para la formación de una Escuela de Capacitación cuyo contenido da cuenta la copia que se acompaña como Anexo I formando parte integrante de la presente Ordenanza.-
 
Artículo 2º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 091/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratifícase el convenio celebrado entre la Municipalidad de Ex. de la Cruz y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) representada por su titular Dn. Sergio Massa, denominado Programa de Inclusión Jubilatoria, cuyo contenido da cuenta la copia que se acompaña como Anexo I formando parte integrante de la presente Ordenanza.-
 
Artículo 2º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 092/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Se prorroga hasta el día 18/12/06 el Período de Sesiones Ordinarias 2006 del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 093/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal el trabajo de investigación denominado “ ESTUDIO EPIDEMIOLÓGICO DE BRONQUIOLITIS EN NIÑOS MENORES DE 1 AÑO EN POBLACIÓN RURAL” que se llevará a cabo en el Hospital Municipal “San José” y en Centros de Salud del Partido, entre los meses de Marzo a Noviembre de 2007.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 094/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Establécese el cambio de uso de la Parcela catastrada como: C.V, S.R, Parcela 1238g., Partida 14847, por “Area de Servicios”.-

Artículo 2°: A los efectos de potenciar la zona, el beneficiario deberá prever dentro del predio la instalación de una Estación Reductora de Presión y contribuir a la construcción de la obra civil, cuyo proyecto, cómputo y presupuesto elaboró la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que como Anexo I forman parte de la presente ordenanza.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para aportar hasta treinta y dos (32 % ) por cien del monto total presupuestado, pudiendo compensar dicho importe con el devengamiento de Derechos de Tasa de Habilitación, Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y/o cualquier otra Tasa creada o a crearse, que corresponda abonar al beneficiario.-  

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios que aseguren la realización de la obra dispuesta en el Artículo 2º y a realizar las correcciones técnicas del proyecto conforme lo estime conveniente.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 095/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 3, Mza. 3U, el cual pertenece al Sra. Seratto, María Cristina (discapacitado Roldán Hector Ignacio).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 096/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Qta. 115, Parcela 7, el cual pertenece al Sr. Garofalo, Enrique (discapacitado).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 098/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Fíjase en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS ($ 23.031.300.) el total de Erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL para el Ejercicio 2007, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programatica, por objeto del gasto , por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

 1110200000  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  $ 411.776.30
  1110100000  DEPARTAMENTO EJECUTIVO  $ 22.619.523.70
   TOTAL  $ 23.031.300.00

Artículo 2°: Estimase en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS ( $ 23.031.300.-), el CALCULO DE RECURSOS destinado a atender los gastos a que se refiere el Articulo 1°, cuya clasificación por Rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3°: Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-  

Articulo 4°: Apruébase una planta de personal de 580 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha planta comprende el personal permanente y temporario (personal contratado y jornalizado).

Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.

Establecense 5 Secretarias a saber:

Secretaria de Gobierno Secretaria de Hacienda
Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Secretaria de Salud Secretaria de Seguridad

Establecense 13 Direcciones a saber:

Dirección de Acción Social
Dirección de Cultura
Dirección de Educación
Dirección de Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Recaudaciones
Dirección Medica Hospital Municipal
Dirección Administrativa Hospital Municipal
Dirección de Atención Primaria Dirección de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Obras Particulares
Dirección de Producción y Medio Ambiente
Dirección de Recursos Humanos Dirección de Bromatologia

Asimilanse a las categorías de Director a los siguientes cargos:

Tesorero
Juez de Faltas Municipal
Jefe de Compras Jefe de Mesa de Entradas
Asesor Legal Delegado de Los Cardales
Delegado de Parada Robles
Delegado de Pavón
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Parada Robles
Establécese una Secretaria en el Honorable Concejo Deliberante.

Establécese los siguientes valores máximos para los conceptos que se detallan a continuación:

 JORNAL  $ 16.20.-
 GUARDIAS MEDICAS  $ 280.-
 AUXILIARES DE ENFERMERIA  $ 150.-
 ASIST. SOCIAL S/MOV. p/cons.  $ 17.-
 ASIST. SOCIAL C/MOV. P/cons.  $ 22.-
 GUARDIAS MED. DE TERAPIA INTENSIVA  $ 390.-

 
Autorizase el pago de bonificaciones especiales, en función de la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo.-

Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.-

Artículo 6°: Estimase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2006, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planilla anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

 INGRESOS CORRIENTES  $ 23.000.800,00
 –  
 GASTOS CORRIENTES  $ 21.537.063,00
 AHORRO CORRIENTE   $ 1.463.737,00
   
 RECURSOS DE CAPITAL  $ 30.500,00
 –  
 GASTOS DE CAPITAL  $ 876.637,00
   
 RESULTADO FINANCIERO  $ 617.600,00
 FUENTE FINANCIERA  $ -0-
 APLICACIONES FINANCIERAS  $ 617.600,00 

Artículo 7°: Apruébase la escala salarial que se incluye como anexo de la presente Ordenanza.-
 

Artículo 8°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 099/06.

Boletin Oficial – Enero 2007

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Enero 2007

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
Intendente Municipal:

Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:

Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:

Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:

Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:

Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:

Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Prorrogase por sesenta (60) días la vigencia de la Ordenanza Nº 062/2006 de facilidades de pago, pudiendo el Departamento Ejecutivo prorrogar su vencimiento su vencimiento por otro período igual, conforme lo estime conveniente.-

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo deberá intimar de pago mediante publicación por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a todos los contribuyentes del Partido de Exaltación de la Cruz que adeuden tributos municipales, cuyo devengamiento se haya producido a partir del ejercicio fiscal del año 2001, sin perjuicio del derecho de la municipalidad a exigir períodos anteriores. La publicación dispuesta deberá contener la transcripción de este artículo tipo de tasa o derecho,número de orden e importe adeudado. El incumplimiento de las obligaciones fiscales y/o la no interposición de recursos dentro de los diez (10) días posteriores a la publicación dispuesta, habilitará el inicio de las acciones judiciales para el cobro de la deuda por la vía de apremio, sin otra notificación.
El Departamento Ejecutivo queda facultado para reglamentar la instrumentación de este artículo y todo aspecto no previsto en presente Ordenanza.-

Artículo 3º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 099/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación de Créditos suplementarios del Calculo de Recursos del Ejercicio 2006 utilizando el Superávit Acumulado de Ejercicios Anteriores de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2°: Dichos recursos de encuentran registrados contablemente en la cuenta 3.1.2.1.0.0.0.0.0 “Resultado de Ejercicios Anteriores”.-  

Artículo 3º: Los Créditos Suplementarios serán utilizados para financiar las partidas del Presupuesto de Gastos del Año 2006.-

Artículo 4º:
Autorízase a incrementar las partidas del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo indicado en los Anexos 1 y 2 que se acompañan y forman parte de la presente.-

Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 100/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación de Créditos Suplementarios del Cálculo de Recursos del Ejercicio 2006 utilizando el excedente de recaudación del total calculado para el Ejercicio en concepto de Recursos Ordinarios no Afectados.-

Artículo 2°:
El excedente de recaudación mencionado en el Artículo 1 deberá realizarse contra la sumatoria de las partidas en más y en menos que se detallan como Anexo 1, en función al Estado Analítico de la Ejecución del Cálculo de Recursos realizado por el Departamento Ejecutivo al 30 de Noviembre de 2006.-  

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo imputará el excedente de recaudación a las partidas contables del Cálculo de Recursos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 2 del presente proyecto.-  

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo procederá a la implementación de las partidas del Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 3 del presente proyecto.-  

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo podrá utilizar los créditos suplementarios del Cálculo de Recursos por los excedentes de recaudación que se produzcan durante el mes de Diciembre de 2006.-

Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo deberá informar a este Honorable Cuerpo antes del 15 de Enero de 2007 los excedentes de recaudación producidos durante el mes de Diciembre a efectos de tomar conocimiento de los mismos.-
 
Artículo 7°: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 101/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Delegase en la Cooperadora del Hospital San José, la organización de la festividad de los Carnavales 2007 en la ciudad de Capilla del Señor.-

Artículo 2º: Determínase como espacio público para el desarrollo de los eventos, la calle Carlos Pellegrini entre San Martín e Irigoyen, calles laterales y Paseo de las Américas.-

Artículo 3º: Fíjase en un máximo de cinco (5) las noches de las festividades de Carnaval, entre los meses de Enero y Febrero de 2007, antes del comienzo de la cuaresma pascual, cuya determinación estará a cargo de la Cooperadora citada en el Artículo 1º.-

Artículo 4º: Fíjase el valor de las entradas en un máximo de $ 8 para mayores y $ 5 para niños.-

Artículo 5º: La Cooperadora del Hospital San José queda autorizada para ceder en alquiler, en forma total o parcial a favor de terceros, el uso del espacio público, otorgar concesiones de cantinas, conceder derechos de publicidad, permiso de venta de cotillón y toda otra explotación comercial inherente a los eventos, siendo lo recaudado por dichos conceptos a su total beneficio.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para solventar los gastos de seguro, seguridad fuera del predio, disponer su cerramiento y contribuir a la publicidad de los eventos.-

Artículo 7º: La organizadora deberá presentar al Departamento Ejecutivo el cronograma de festejos y su contenido, con una antelación de 30 días.

Artículo 8º: Deberá estar señalizado el ingreso de ambulancia y bomberos por posibles accidentes.-

Artículo 9º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 102/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a propender al reordenamiento territorial de la zona urbana de “Arroyo de la Cruz” y en “Pavón” (en zona de la Sidrera).-

Artículo 2º: A tal efecto se lo faculta a compensar deudas fiscales anteriores a la vigencia de la presente Ordenanza, a cambio de entrega de inmuebles a adquirir inmuebles que resulten estratégicos para conformar unificaciones , autorizar unificaciones en las que incluyan calles públicas y cuanta medida entienda pertinente para alcanzar el objetivo propuesto, todo ello sujeto a su posterior ratificación por parte de este Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 3º: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Catastro Municipal, deberá elevar a este Concejo, dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días, un proyecto que evalúe la conveniencia de un cambio de zonificación en el área determinada por el artículo 1º, en base al reordenamiento alcanzado.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 103/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase el Consejo Consultor de las actividades culturales que se desarrollen en el recinto del edificio “ Cosmopolita” sito en la calle Estrada Nº 555 de Capilla del Señor.-

Artículo 2º: El Consejo Consultor creado estará integrado por un (1) delegado de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz cinco ( 5 ) miembros de la Comisión Directiva de la Sociedad Cosmopolita de Socorros Mutuos, quienes serán elegidos por esta última y durarán en sus cargos por el plazo de un ( 1 ) año, computándose a partir del 1º de Enero de 2007 y un (1) miembro del Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 3º: Será funciones del Concejo Consultor asesorar en la programación anual de actividades y su contenido, evaluar y autorizar la solicitud en préstamo de las instalaciones por parte de instituciones requirentes sugerir cuestiones relacionadas con el mantenimiento del edificio cuyo costo estará a cargo del Municipio, y cuanta toda otra participación u opinión brinde para alcanzar el cumplimiento de los objetivos culturales propuestos.-

Artículo 4º: Dichos cargos serán a donorem.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 104/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la Afectación de los ingresos percibidos en concepto de A.T.N. ( Aporte del Tesoro Nacional ) y A.T.P. (Aporte del Tesoro Provincial) a las obras de infraestructura que a continuación se detallan:

Obra Ampliación Hospital Municipal San José
Obra Alumbrado Público
Obra Remodelación Plaza San Martín.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas en el Cálculo de Recursos que se detallan como Anexo I de la presente ordenanza.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a la Ampliación de las Partidas del Presupuesto de Gastos que se detallan como Anexo 2 de la presente ordenanza.-

Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 105/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Otórgase un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de la convalidación técnica preliminar (pre-factibilidad), para la presentación de la documentación tendiente a la obtención de la convalidación técnica final (factibilidad) y planos aprobados por Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, de los proyectos urbanísticos iniciados bajo el amparo de las normativas provinciales, Ley 8912 / 77, Decretos Nº 9404 / 86, 27 / 98 sus modificatorias y disposiciones concordantes.-

Artículo 2º: Los Expedientes Administrativos correspondientes a proyectos urbanísticos iniciados con anterioridad a la presente Ordenanza, hayan obtenido o no la convalidación técnica preliminar, deberán presentar la documentación pertinente a que hace referencia el artículo 1º de esta Ordenanza, en los siguientes plazos:

1) Expedientes Municipales iniciados hasta el año 1998 tres meses.
2) Expedientes Municipales iniciados en el año 1999, cuatro meses.
3) Expedientes Municipales iniciados en el año 2000 / 2006, seis meses.-

Artículo 3º: Vencidos los plazos dispuesto en los artículos precedentes, se dará por anulada la pre-factibilidad o planos según se trate, ordenándose el archivo de los actuados, y conforme se estime conveniente se procederá a la re-zonificación del área.-

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para reglamentar todo aspecto no previsto en la presente Ordenanza.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 106/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Prohíbase la quema de basura, ramas, pastizales y cables a cielo abierto en el territorio de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos relacionados a esta Ordenanza.-

Artículo 3º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 107/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Todo establecimiento agropecuario instalado o a instalarse en el ámbito del partido de Exaltación de la Cruz destinado a la producción intensiva de animales y/o sus subproductos, quedan comprendidos en lo que determina la presente Ordenanza.-

Artículo 2º:
Sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones de orden Nacional, Provincial y Municipal, los establecimientos habilitados deberán mantener en todo momento:

a) Condiciones higiénico sanitarias adecuadas para su funcionamiento.
b) Disposición adecuada de cadáveres, efluentes líquidos, gaseosos y sólidos.
c) Adecuado manejo y tratamiento de camas y guano.-

Artículo 3º: Los establecimientos a que se refiere el artículo 1º deberán acreditar a la Municipalidad, que cuentan con:

a) Director Técnico Profesional como responsable sanitario.
b) Profesional responsable en el control de roedores, moscas y otras plagas quien puede ser el Director Técnico.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo queda facultado a reglamentar todo Aspecto no previsto en la presente Ordenanza.-
 
Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 108/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudíquese las viviendas del Plan Federal en Los Cardales, a los beneficiarios del acuerdo al Anexo I, que forma parte de la presente.-  

Artículo 2°:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 109/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adjudíquese las viviendas del Plan Federal en Capilla del Señor, a beneficiarios del acuerdo al Anexo I, que forma parte de la presente.-

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 110/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a vender en público remate, mediante la intervención del Ente Descentralizado Municipal y Autárquico Banco Municipal de La Plata, los bienes bajo los valores base y condiciones que se detallan en el Anexo 1, que adjunto a la presente Ordenanza forma parte de la misma.-  

Artículo 2º: El resultante de la venta será destinado a la adquisición de bienes.-

Artículo 3º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 111/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Transfiérase a la Cooperaiva de Servicios Públicos (COPESEL), una Fracción de terreno con una superficie de 686.25 mts2. designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 1, Parcela 4b, Partida 29796.-

Artículo 2º: La citada fracción será destinada a colocar un nuevo sistema de Bombeo e impulsión, el cual será interconectado con el actual servicio.-

Artículo 3º: La transferencia del bien descripto en el artículo 1º de la presente, se realizará con carácter gratuito.-

Artículo 4º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble indicado en el artículo 11 de la presente, a tal efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-  

Artículo 5º: Derógase la Ordenanza Nº 59/98.-

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 112/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Cedáse a título gratuito a Juan Carlos Verduri D.N.I. Nº 20.460.073 y María Isabel Manzone y Lucena D.N.I. N 27.951.212 el bien inmueble Designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 7, Parcela 17, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19430/06.-

Artículo 2°: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble mencionado en el Artículo 1º.-

Artículo 3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo 1º.-

Artículo 3º: De forma-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 113/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a favor de la Sra. STELLA MARIS GONZÁLEZ D.N.I. Nº 13.561.815 el inmueble catastrado como: C.I, S. D, Quinta 5, Parcela 13b, y a los Sres. GUSTAVO BERNARDINO CARRIZO D.N.I. Nº 27.856.605, YAMILA ANDREA LORENZO D.N.I. Nº 31.142.200 en nombre y representación del menor ALEXANDER CATRIEL CARRIZO D. N. I. Nº 43.906.060, una superficie de 270 metros cuadrados aproximadamente, del inmueble catastrado como: C.I, S.D, Quinta 5, Parcela 30, de 11 metros al noroeste, 4,24 metros al norte, 20 metros al nordeste y 14 metros al sudeste, o lo que en más o menos arroje la mensura definitiva, ambos de la ciudad de Capilla del Señor.-  

Artículo 2º: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles mencionados en el Artículo 1º y solicítese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos.-

Artículo 3º: Ratifícase los acuerdos alcanzados por el Departamento Ejecutivo con los beneficiarios mencionados en el Artículo 1º.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 114/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir los inmuebles ubicados en la localidad de Pavón, catastrados como: C.II, S. Q, Mza. 172, Parcelas 1 y 2, en compensación de la deuda de Tasa de Servicios Generales que adeuden hasta la 6º cuota de 2006, con mas la suma de $ 6.000 y $ 500, en concepto de diferencia de precio y honorarios, tomando a cargo del municipio los gastos de mensura y Poder Notarial.-  

Artículo 2º: El inmueble adquirido será posteriormente donado a favor del Sr. JOSÉ CAYETANO MIÑO D.N.I. N 12.216.624 haciéndole entrega de su posesión material a partir del acto escriturario.-

Artículo 3º: A efectos de instrumentar la donación dispuesta en el Artículo anterior, declárese de interés social la Escrituración del inmueble y solicítese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 115/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar CONTRATO DE LOCACIÓN con opción de compra bajo modalidad de CONTRATOS DE LEASING con PROVINCIA LEASING S. A., Sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Artículo 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2º: El objeto del presente Contrato de Locación será la adquisición de un GRUPO ELECTRÓNICO 354-318 kva de 50 para el Hospital San José y pozos de bombeo red de agua corriente.-

Artículo 3º: Esta contratación se formalizará conforme al plazo, estipulaciones y demás normas generales complementarias por PROVINCIA LEASING S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 116/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir, mediante la compensación total o parcial de deuda de Tasas Municipales hasta la 6º cuota de 2006, los inmuebles ubicados en el Bº Arturo Mateo de la Localidad de Parada Robles, catastrados como: C. IV, S.H, Mza. 98, Parcelas 7,8,9,10,11,12,13,20,21,22,23,24,25 y 26.-

Artículo 2°: Los inmuebles mencionados serán destinados a la construcción de viviendas de carácter social.-

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a realizar los gastos que fueran inherentes para escriturar los inmuebles a su favor y /o de los beneficiarios.-

Artículo 4°: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles descriptos en el artículo 1º y solicítese la intervención de la Escribania General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a esos efectos.-

Artículo 5°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 117/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a habilitar un Obrador a la Empresa Constructora de la Ruta Nacional Nº 8, dentro del emprendimiento denominado “Molino Blanco”.-

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo podrá compensar Tasas de Servicios Generales a favor del titular del predio donde se ubique el obrador, para favorecer su instalación en el Pardito.-

Artículo 3°: Asimismo queda el Departamento Ejecutivo autorizado a entregar en comodato a favor de la empresa constructora, la reserva fiscal ubicada en el emprendimiento mencionado en el artículo 1º, por el plazo que demande la obra proyectada, comprometiendose la Empresa a restituirlo en iguales condiciones.-

Artículo 4°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 118/06.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Derógase la Ordenanza Municipal Nº 070/2006, sancionada por este Honorable Cuerpo Deliberativo con fecha dos de Octubre de 2006.-

Artículo 2º: Declárese la emergencia del transporte público de pasajeros en el partido de Exaltación de la Cruz.-

Artículo 3º: Otórgase a la Empresa Ruta Bus S.A., inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 25 de Febrero de 2002, bajo el número 1760 del libro 17, Tomo de Sociedades Anónimas, C U I T Nº 30-70790289-9, Autorización provisional por el término de 3 (tres) años, conforme las previsiones del Artículo 22 Inciso b) del Decreto Ley 16378 / 57, Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros y el artículo 27 Inciso 9) y 52 de la Ley Orgánica de las Municipalidades para la realización de Servicios de Transporte Público de Pasajeros por automotor de Jurisdicción Municipal, conforme los parámetros operativos que se definen en el Artículo 2º.-  

Artículo 4º: Parámetros Operativos-Recorridos:

Ramal A: desde el Barrio Marín, la Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la Línea Mitre, por calle Carlos Pellegrini, Luis Migliaro, Rolón, Esteban Urcelay, Bartolomé Mitre, Alsina, Ruta Provincial Nº 39, Acceso a Barrio Esperanza, Barrio San José, Parada Orlando, Pavón, Ruta Nacional Nº 8, Barrio Sakura, Barrio Los Pinos, Barrio El Remanso, Ruta Provincial Nº 192, Parada Robles hasta Barrio A. Mateo, punto final.-
Regreso: por el mismo itinerario por Ruta Nº 39 hasta Capilla del Señor, por calle Balcarse, Rivadavia, Belgrano, H. Irigoyen, Carlos Pellegrini, Luis M. Migliaro, 25 deMayo, San Martín, Estación Ferroviaría Capilla del Señor de la línea Mitre, punto final.-  
Ramal B: desde la Estación Ferroviaria Capilla del Señor de la línea Mitre, por calle Carlos Pellegrini, Luis M. Migliaro, Rolón, Esteban Urcelay, Bartolomé Mitre, Alsina, Ruta Provincial Nº 39, Acceso a Barrio Esperanza, Barrio San José, Parada Orlando, Pavón, Ruta Nacional Nº 8, Ruta Provincial Nº 6, Acceso a Los Cardales por calle Belgrano, Cinco Esquinas, Estación Ferroviaria Los Cardales, Ruta Provincial Nº 4, punto final.-
Regreso: por el mismo itinerario por Ruta Nº 39 hasta Capilla del Señor, por calle Balcarse, Rivadavia, Belgrano, H. Irigoyen, Carlos Pellegrini, Luis M. Migliaro, 25 deMayo, San Martín, Estación Ferroviaría Capilla del Señor de la línea Mitre, punto final.-
Frecuencias:
Ramal A: Seis (6) envios diarios de ida y vuelta, de lunes a viernes.-
Ramal B: Quince (15) envios diarios de ida y vuelta de lunes a domingos.-
Parque Móvil: Dos (2) unidades por cada Ramal, total cuatro (4), antigüedad máxima 20 años.-

Artículo 5º: Apruébase el cuadro tarifario que como Anexo I forma parte de la Ordenanza.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo asignará el número de línea que identifique el servicio.-

Artículo 7º: Ante la falta de cumplimiento de las previsiones legales y / o de servicio, el Departamento Ejecutivo dará aplicación a lo dispuesto por el Capítulo VII de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 8º: Convalídese los servicios prestados por la Empresa mencionada en  el Artículo 3º, desde la fecha de promulgación de la Ordenanza derogada hasta la sanción de la presente.-

Artículo 9º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 119/06.

Boletin Oficial – Febrero 2007

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Febrero 2007

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
Intendente Municipal:

Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:

Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:

Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:

Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:

Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:

Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Convalídase el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE TURISMO de la PRESIDENCIA de la NACIÓN, LA SECRETARÍA DE TURISMO Y DEPORTE de la PROVINCIA de BS. AS. y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE INVERSIONES TURÍSTICAS, previsto en el Artículo 34 de la Ley Nacional Nº 25.997 comprometiéndose las partes a cumplir las obligaciones consignadas en el convenio adjunto.-

Artículo 2º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Enero de dos mil siete.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 001/07.

Boletin Oficial – Abril 2007

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Abril 2007

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
Intendente Municipal:

Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:

Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:

Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:

Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:

Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:

Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Mza. 87, Parcela 4, Partida Inmobiliaria 9446, Matricula 4177 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19836/07, a nombre de Wanda Erica Suárez.-

Artículo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º:
De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 002/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Declárese de Interés Social la Escrituración del Bien Inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección C, Mza. 321, Parcela 5, Partida Inmobiliaria 15178, Matricula 1072 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expediente 4036-19837/07, a nombre de Juan Carlos Choquevillca.-

Artículo 2º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo Anterior.-

Artículo 3º:
De forma-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 003/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmente como: C. IV, Sección H, Manzana 118, Parcela 4, del Partido de Exaltación de la Cruz, según el Expediente Administrativo Nº 4036 – 19440/06 a nombre de María Luisa Verbauvede.-

Artículo 2º:
Declárese de interés Social la escrituración del terreno mencionado en el artículo 1º de la presente.-  

Artículo 3º:
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo 1º de la presente.-

Artículo 4º:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 004/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase el bien inmueble designado catastralmente como: C. IV, Sección H, Manzana 118, Parcela 12, del Partido de Exaltación de la Cruz, según el Expediente Administrativo Nº 4036 –19015/06 a nombre de Juan Domingo Vega y Rosa Esther Amestoy.-

Artículo 2º: Declárese de interés Social la escrituración del terreno mencionado en el artículo 1º de la presente.-

Artículo 3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo 1º de la presente.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 005/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Adjudícase a Francisco Vera D.N.I.: 24.369.344 y Clara Marcela Acuña D.N.I. 26.024.803 los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 143, Parcela 17 y 18, Expediente Administrativo Nº 4036-17503/05 alcance 1/05.

Artículo 2º: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 006/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Apruébase los nombres de calles y alturas domiciliarias del Barrio Parque denominado Exaltación, de la localidad de Parada Robles, de acuerdo a Anexo I que forma parte de la presente.-

Artículo 2°: Creáse el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.-

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 007/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Apruébase los nombres de calles y alturas domiciliarias del Barrio Fernández, de la localidad de Parada Robles, de acuerdo a Anexo I que forma parte de la presente.-

Artículo 2°: Creáse el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.-

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 008/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1: Quédase constituida la Comisión Investigadora tal como lo prevée la Ley Orgánica de las Municipalidades, a fin que continúe sus tareas con relación al Expediente Administrativo Nº 4036-19307/06 la cual quedará conformada por:

CONCEJAL DR. JORGE PERRONE
CONCEJAL RAIMUNDO ORTÍZ
CONCEJAL MARIO CROCE
CONCEJAL LILIANA GIGENA
CONCEJAL GUSTAVO ALLALL
CONCEJAL MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ. 

Artículo 2: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 009/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Modifícase el Artículo Nº 2º de la Ordenanza Nº 095/2006, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2: a los efectos de potenciar la zona, el beneficiario deberá prever dentro del predio una superficie destinada a la futura instalación de una Estación Reductora de Presión, garantizando su libre disponibilidad a favor de la Municipalidad y/o empresa Distribuidora de Gas.
Asimismo deberá contribuir a la construcción de la obra civil, cuyo proyecto, cómputo y presupuesto elaboró la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que como Anexo I forma parte de la Presente Ordenanza.-

Artículo 2°: Determínase que de conformidad a lo establecido por el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 095 / 2006, toda corrección técnica del proyecto que implique un ahorro del cómputo y presupuesto del Anexo I, será destinado como aporte a la realización total o parcial de obras de gas para los Barrios San José, Esperanza, La
Boca y La Loma de Capilla del Señor.-

Artículo 3°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 010/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar CONTRATO DE LOCACIÓN con opción de compra bajo la modalidad de CONTRATOS DE LEASING con PROVINCIA LEASING S.A. Sociedad con participación mayoritaria del banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Artículo 156 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2º:
El objeto del presente Contrato de Locación será la adquisición de MAQUINARIAS para la Secretaría de Obras y Servicios Públicos según se detallan en el Anexo I.-

Artículo 3º:
Esta contratación se formalizará conformo al plazo, estipulaciones y demás normas generales complementarias que PROVINCIA LEASING S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.-  

Articulo 4°:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 011/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal al “MUSEO DE ARTE RELIGIOSO de Capilla del Señor Amalia Sosa Palacio de Carol.

Artículo 2º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 012/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar al Consorcio de Cooperación constituido por LUIS GENTILE CONSTRUCCIONES CUIT Nº 20-04879777-7 y CODACE S.A. CUIT Nº 30-69896194-1 la Licitación Pública Nº 001/07 que tramitó mediante Expediente Municipal Nº 4036-19738/07.-  

Articulo 2°:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Marzo de dos mil siete.-

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 007/07.

Boletin Oficial – Mayo 2007

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

ESCUDO Boletin Oficial - Mayo 2007

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

Autoridades:
Intendente Municipal:

Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:

Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:

Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:

Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:

Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:

Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Mza. 3 D, Parc. 24, Pda. 16354 el cual pertenece al Sr. Díaz, Eduardo (discapacitado)

Artículo 2°:
De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Abril de dos mil siete.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 014/07.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chac. 3, Mza. 3 M, Parc. 16, el cual pertenece al Sr. Charo, Pedro (discapacitado)

Artículo 2°:
De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Abril de dos mil siete.

Ing. Jorge Adrián Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Manuel Angel Sánchez
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 015/07.

Boletin Oficial – Junio 2013

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Junio 2013

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Mario Alfredo Croce
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la Localidad de Arroyo de la Cruz, Partido de Exaltación de la Cruz, designados ca-tastralmente como: Circunscripción III, Sección B, Man-zana 17, Parcelas  9, 12, 13, 14, 15, 16, 20, 21, 22, 23, 24 y 25, Partidas Inmobiliarias 7082, 7085, 7086, 7087, 7088, 7089, 7093, 7094, 7095, 7096, 7097, 7098, Man-zana 18, Parcelas 1, 9, 10, 11, 12, 13, 17, 20, 28, 29 y 30, Partidas Inmobiliarias 7342, 7350, 7351, 7352, 7353, 7354, 7358, 7361, 7369, 7370 y 7371, Manzana 38, Parcelas 1, 2, 3, 4, 7, 9, 16, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30,  Partidas Inmobiliarias 7104, 7105, 7106, 7107, 7110, 7112, 7119, 7122, 7123, 7126, 7127, 7128, 7129, 7130, 7131, 7132 y 7133, Manzana 39, Parcelas 1, 4, 5, 6, 9, 10, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 30, Partidas Inmobiliarias  7312, 7315, 7316, 7317, 7320, 7321, 7331, 7332, 7333, 7334, 7335, 7336, 7337, 7338 y 7341, Manzana 59, Parcelas 1, 2, 3, 4, 8, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 27, 28 y 30, Partidas Inmobiliarias 7134, 7135, 7136, 7137, 7141, 7144, 7145, 7148, 7149, 7150, 7151, 7154, 7155, 7156, 7160, 7161 y 7163, Manzana 60, Parcelas 1, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 19, 20, 24, 25, 26 y 30, Partidas Inmobiliarias 7282, 7285, 7286, 7287, 7288, 7289, 7292, 7293, 7300, 7301, 7305, 7306, 7307 y 7311, Manzana 81, Parcelas 2, 3, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 27, 28, 29 y 30, Partidas Inmobiliarias 7165, 7166, 7172, 7173, 7174, 7175, 7176, 7177, 7178, 7179, 7180, 7182, 7183, 7184, 7185, 7187, 7189, 7190, 7191, 7192 y 7193, Manzana 82, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 26, 27, 28 y 30, Partidas Inmobiliarias 7252, 7253, 7254, 7255, 7256, 7257, 7258, 7260, 7261, 7262, 7265, 7266, 7267, 7268, 7269, 7273, 7277, 7278, 7279 y 7281, Manzana 103, Parcelas 1, 4, 11, 12, 13, 15, 17, 22, 27, 28, 29 y 30, Partidas Inmobiliarias 7194, 7197, 7204, 7205, 7206, 7208, 7210, 7215, 7220, 7221, 7222 y 7223, Manzana 104, Parcelas 2, 3, 4, 5, 9, 10, 11, 14, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26, Partidas Inmobiliarias 7224, 7225, 7226, 3860, 7230, 7231, 7232, 7235, 7237, 7238, 7241, 7242, 7243, 7244, 7245, 7246 y 7247, Inscripción de Dominios Fº 136/49, 319/49, 320/49, 337/49, planos características 31-16-49, a nombre de Alejandro Curto y Angel Paracampo Rocca y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.

Artículo 2º: Los inmuebles descriptos en el artículo 1º de la presente, serán destinados a la construcción de viviendas de ca-rácter social.
 
Artículo 3º:
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gas-tos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesa-rias a fin de cumplimentar la presente.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 006/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Barrio San José, en las inmediaciones de la Ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 29, Parcela  3, Partida Inmobiliaria 16103, inscripción de dominio Fº 159/1950, a nombre Augusto Frassinetti.

Artículo 2º:
El inmueble descripto en el  artículo 1º de la presente, será destinado a la construcción de viviendas de carácter social.

Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesarias a fin de cumplimentar la presente.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 007/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en el Bº “Los Cardos” en la Localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Manzana 75, Parcelas 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30, Partidas inmobiliarias 15271, 15272, 15273, 15274, 15275, 15276, 15277, 15278, 15279, 15280, 15281 y 15282, Matrículas 721, 722, 723, 724, 725, 735, 727, 728, 729, 730, 731 y 732; Manzana 87, Parcelas 1, 29 y 30, Partidas inmobiliarias 3886, 15333, 15334, Matrículas 763, 761 y 762; Manzana 88, Parcelas 13, 14, 15 y 16, Partidas inmobiliarias 15346, 15347, 15348 y 15349, Matrículas 775, 776, 777 y 778; Manzana 101, Parcelas 4, 7, 8, 9, Partidas inmobiliarias 15393, 15396, 15397 y 15398,  Matrículas 852, 831, 832 y 833; Manzana 112, Parcela 18, Partida Inmobiliaria 15430, Matrícula 862; Manzana 113, Parcelas 14, 15, 16, 19, 20, 21, Partidas inmobiliarias 15454, 15455, 15456, 15459, 15460 y 15461, Matrículas 887, 888, 889, 892, 893 y 894; Manzana 114, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, Partidas inmobiliarias 3892, 12741, 12742, 12743, 12744, 12745 y 12746, Matrículas 905, 906, 907, 908, 909, 910 y 911, Manzana 125, Parcelas 4, 6, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 21, Partidas inmobiliarias 15465, 15467, 15471, 15472, 15473, 15474, 15475, 15476 y 15482, Matrículas 912, 914, 918, 919, 920, 921, 922, 923 y 929,  planos características 31-57-49, a nombre de M. E. PEDUZZI SACIFI y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.

Artículo 2º: Los inmuebles descriptos en el artículo 1º de la presente, serán destinados a cubrir necesidad de carácter social.
 
Artículo 3º:
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesarias a fin de cumplimentar la presente.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 008/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la Localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Manzana 15, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 894, 17579, 17575, 17576, 17577, 17580, 17581, 17583, 17584, 17585, 17586, 17587 y 17588, Matrículas 5138, 5139, 5140, 5141, 5142, 5145, 5146, 5148, 5149, 5150, 5151, 5152 y 5153; Manzana 16, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 17589, 17590, 17591, 17592, 17593, 17594, 17595, 17596, 17597, 17598, 17599, 17600, 17602, 17603 y 17604, Matrículas 5154, 5155, 5156, 5157, 5158, 5159, 5160, 5161, 5162, 5163, 5164, 5165, 5167, 5168 y 5169; Manzana 17, Parcelas 1, 2, 3, 12, 13, 14, 15 y 16, Partidas Inmobiliarias 17605, 17606, 17607, 17608, 17609, 17610, 17611 y 17612, Matrículas 5170, 5171, 5172, 5173, 5174, 5175, 5176 y 5177, a nombre de Taller Vértigo S.R.L. y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.

Artículo 2º: Los  inmuebles descriptos en el  artículo 1º de la presente, serán destinados a cubrir necesidad de carácter social.
 
Artículo 3º:
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesarias a fin de cumplimentar la presente.

Artículo 5º:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 009/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quinta 1, Parcela 9, Partida Inmobiliaria 4129, Matrícula 8200 del Partido (031) de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-28181/12, a nombre de Julia Villar.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 010/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórese al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 12, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 10063, cedida por plano características 31-104-49.

Artículo 2º: Se procede a la Inscripción del Inmueble indicado en el Artículo 1º de la presente, en virtud del Artículo 4º de la Ley 9533.

Artículo 3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 011/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase a Gerónimo Jaime, D.N.I: M 4.910.528 y a Nilda Inés Boca, D.N.I.: F 6.408.283, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 12, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 10063, Expediente Administrativo 4036-24087/10.

Artículo 2º: Declárese de Interés  Social  la  escrituración del bien inmueble mencionado en el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que  se refiere el Artículo 1º de la presente.

Artículo 4º: Abonará la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) en ciento sesenta cuotas de pesos cien (100.-) iguales, mensuales y consecutivas.

Artículo 5º: Derógase Ordenanza Nº 010/11.

Artículo 6º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 012/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Establézcase un plazo máximo de cuatro años para la regularización de localización de depósitos de acopio de establecimientos comerciales dedicados a la venta de materiales de construcción, que en la actualidad no se encuentran ubicados en las zonas establecidas por la ordenanza N° 60/97. El plazo establecido en el presente podrá prorrogarse por el término de dos años más  en caso de verificarse el adelanto de obras y únicamente por razones de tiempo.

Articulo 2°: No están comprendidos en la presente ordenanza los locales de atención al público.

Articulo 3°: Aquellos establecimientos que produzcan en la actividad, inconvenientes a los vecinos deberán tomar los recaudos necesarios para que no descargue el presente beneficio.

Articulo 4°: Las Dirección de Producción y Medio Ambiente, deberá acreditar en el ámbito de su competencia, la notificación fehaciente de lo dispuesto por la presente ordenanza, a todo establecimiento que no se encuentre ubicado conforme al código vigente.

Articulo 5°: El plazo tendrá vigencia a partir de la sanción de la presente ordenanza.

Articulo 6°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 013/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el pago de la Tasa de Derechos de Construcción a la “Fundación CEDEMIL”, dicho predio se encuentra ubicado en Colectora de Ruta N° 6, Km. 181, en la Localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, designado Catastralmente como: C. II, S. Rural, Parcelas 1852 y 1854, Partidas  031-003175-5 y 031-003174-7 respectivamente, Circunscripción II, Manzana 7, Sección M, Parcela 14,15,16,17,18, Partidas 031-006499-8, 031-006500-5, 031-06501-3, 031-006502-1, 031-006503-0 y C.II, Manzana 8, Sección M, Parcelas 11,12 y 13 Partidas 031-006522-6, 031-006523-4 y 031-006524-2.

Artículo 2°: Exímase a las parcelas del Artículo 1° de los gastos de la Habilitación Municipal.

Artículo 3°: Exímase a las parcelas del Artículo 1° de la Tasa de Servicios Generales por cumplir con los requisitos solicitados en el artículo 88, punto 4, de la Ordenanza Fiscal 123/12.

Artículo 4°: Deróguense las ordenanzas municipales 63/2004 y 92/2005.

Artículo 5°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 014/13.

En uso de las atribuciones que le son propias, el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Compensase  las  partidas  que  forman parte integrante del Anexo 2 correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS del Ejercicio 2012 por la suma de $ 25.330.090.44 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL NOVENTA CON 44/100).

Artículo 2º: La compensación establecida por el Artículo 1º deberá  realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como ANEXO 1 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la  LEY  ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 015/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 31, Parcelas 16 y 17, Partidas Inmobiliarias 24918 y 24919, Matrículas 7150 y 11555 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-25957/11, a nombre de Adrián Roberto Giménez y de Viviana Edith Plaza.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 016/13.

Boletin Oficial – Mayo 2013

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Mayo 2013

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Mario Alfredo Croce
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1: Declárese de interés Municipal el evento a realizarse el 28 de abril de 2013, en el predio ubicado en el polideportivo de la Sociedad de Fomento de Parque El Remanso, por su importancia en la concientización de la tenencia responsable de las mascotas.

Articulo 2:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Abril de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 003/13

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1: Apruébase los nombres de calles en el proyecto de sub-división de la parcela 388a, Circunscripción II, ubicado en Ruta Provincial Nº 39 en las inmediaciones del Bº San José, de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
   
Articulo 2:
Créase el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.

Articulo 3: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Abril de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 004/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 042/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Desaféctase de la Zona ZRC, a los predios designados catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 4, Parcelas 4c, 4d, 5a, 5b, 5 remanente y manzana 27.

Artículo 2º: Aféctese a los predios citado en el artículo precedente a zona RDm3 (Residencial Dominante de Densidad Baja), excluídas las parcelas frentistas a calle M. S. Casco comprendidas en ECb2.

Artículo 3º: Derógase el Artículo 6º de la Ordenanza 106/11.

Artículo 4º: Modifícase el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 106/11, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Créase Zona de Desarrollo Mixto (ZDM) aféctase a dicha zona a las parcelas frentista citadas en los artículos precedentes Nº 7º y 8º, hasta una profundidad de 200mts.
F.O.S.: 0,6
F.O.T.: 1,2
Retiros: ELM: FLO: según 2.2.2.2.1 (según Código de Planeamiento Territorial / Ordenanza 60/97)
RFRO: 6mts.-
RL: 3mts.-
Cuadro según Usos:
Gastronomía y Esparcimiento
Actividades Artesanales
Vivienda Unifamiliar
El uso de la parcela puede ser coincidente con el actual, esta tanto se realice modificaciones parcelarias y/o cambios relacionados con los propuestos.-

Artículo 5º: Será condición resolutoria la provisión del Servicio de Agua Corriente y Cloacas, en parcelamientos urbanos que se generen superior a 150 hab./ha.

Artículo 6º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Abril de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 005/13.

Ordenanza Nº 016/13 – Escrituración Social C III, SQ, M 31, P 16 y 17 Adrán Giménez y Viviana Plaza

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 31, Parcelas 16 y 17, Partidas Inmobiliarias 24918 y 24919, Matrículas 7150 y 11555 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-25957/11, a nombre de Adrián Roberto Giménez y de Viviana Edith Plaza.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil trece.


Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 016/13.

Ordenanza Nº 015/13 – Compensación de Partidas Ejercicio 2012

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Compensase  las  partidas  que  forman parte integrante del Anexo 2 correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS del Ejercicio 2012 por la suma de $ 25.330.090.44 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL NOVENTA CON 44/100).

Artículo 2º: La compensación establecida por el Artículo 1º deberá  realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como ANEXO 1 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la  LEY  ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 015/13.