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Ordenanza Nº 034/12 – Ref. a excepción de zonificacion a Kenny Miguel

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación al Sr. Kenny Miguel Alberto, D.N.I. 16.597.975 para la Habilitación de “ELABORACIÓN DE CHACINADO ARTESANAL” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción I, Sección D, Qta. 2, Manzana 2f, Parcela 8, Partida Inmobiliaria 1301, Matricula 11545. de la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.
              
Artículo 2°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Julio de dos mil doce.           

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 034/12.

Ordenanza Nº 033/12 – Ref. a Crear Consejo de la Mujer

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: CREASE el AREA MUNICIPAL DE GÉNERO Y FAMILIA, mediante la conformación del  CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES y la FAMILIA de Exaltación de la Cruz, como órgano especializado en materia de género, familia, niñez, adolescencia y tercera edad.

ARTICULO 2°: El CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES Y FA-MILIA de Exaltación de la Cruz, es un ámbito institucional en el cual podrán participar todas las mujeres de Exaltación de la Cruz sin ningún tipo de requisito o distinción de edad, siendo el ámbito de abordaje de la temática de familia, niñez, adolescencia y jóvenes, conjuntamente con tercera edad.

ARTICULO 3: El CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES Y LA FAMILIA tendrá la siguiente estructura:
COORDINADOR EJECUTIVO
COORDINADOR INSTITUCIONAL
COORDINADOR DE ESCTRUCTURA Y LEGAL
EQUIPO TECNICO
COMISIÓN DIRECTIVA
REFERENTES BARRIALES
Los Coordinadores Ejecutivos e Institucional como así también la Comisión Directiva y los Referentes Barriales, actuarán de modo permanente y ad honorem. Mientras que el Coordinador de Estructura y legal, conjuntamente con el Equipo Técnico lo harán de modo permanente y rentado. La dirección, manejo y supervisión del Consejo estará a cargo de la Coordinadora Ejecutiva, quien lo hará en forma conjunta con los coordinadores: Institucional y de legal.

ARTICULO 4º: ESTABLÉZCASE como objetivos del CONSEJO MUNICIPAL DE LAS MUJERES de Exaltación de la Cruz, y la MESA DE ENLACE DE FAMILIA:

1.    Crear un área municipal de las mujeres, la familia y la tercera edad.
2.    Propiciar acciones para mejorar la situación y posición social
3.    Desarrollar una red inter institucional.
4.    Difundir la defensa de los derechos
5.    Producir transformaciones concretas en la posición social, cultural, política y económica.
6.    Promover la equidad de género en la participación municipal
7.    Institucionalizar en el ámbito municipal la perspectiva de género.
8.    Lograr la representación de género
9.    Apoyar y fortalecer las instituciones que nuclean a las mujeres y a la familia.

ARTICULO 5°: El Consejo Municipal de las Mujeres y la FAMILIA, serán los encargados de elaborar su propio reglamento interno, al cual se ajustarán sus funciones, contribuyendo a un funcionamiento eficiente y democrático.

ARTICULO 6°: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar el normal funcionamiento del Consejo Municipal de las Mujeres y la Familia de Exaltación de la Cruz.

ARTICULO 7°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez día del mes de Julio de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 033/12.

Ordenanza Nº 032/12 – Ref. a modificar Ordenanza 101-2011 Dominguez – Olsen

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 101/2011, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración  del bien inmueble designado catastralmente como:  Circunscripción II, Sección Q, Manzana 40, Parcela 1, Pda. Inmobiliaria 10277, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-26728/11, a nombre de Carlos Eduardo Domínguez y de Rosa Alicia Olsen, D.N.I.: 23.583.489.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez día del mes de Julio de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 032/12.

Ordenanza Nº 031/12 – Ref. a Ratificación de Convenio con el Ministerio de Justicia y Seguridad para colaborar con la Dir. de Per. Juridicas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio de Colaboración, celebrado entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Sr. MINISTRO DR. RICARDO CASAL, y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DN. ADRIÁN DANIEL SANCHEZ, de fecha 06 de Junio de 2012, tendiente a la colaboración reciproca entre la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y el Municipio.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 25 día del mes de Junio de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 031/12.

Boletin Oficial – Julio 2012

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Julio 2012

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Declárase de utilidad pública las obras dispuestas en los considerandos y que obran en el  Expediente Municipal Nº  4036-27.009/12, en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Fracción II, Parcelas 2 y 3, Partidas Inmobiliarias 14.964 y 14.965, Contribuyente 261, Orden Nº 4.594 y 4.595, propiedad de Brenda Alejandra Lencina, DNI Nº 36.150.433, domiciliada en 25 de Mayo 537, Los Cardales.

Artóculo 2º: Exímase el 100% de las tasas de Servicios Generales co-rrespondientes a la fracción mencionada en el artículo anterior mientras sea titular del bien y deberá informar al Departamento Ejecutivo en caso de venta de la Propiedad motivo del convenio.

Artículo 3º: El citado beneficio abarcará las deudas que la fracción tenga a la fecha de la sanción de la presente Ordenanza, en el concepto citado en el artículo anterior y la que comprenda al período mientras exista la obra hidráulica a que se hace referencia y continúen las fracciones mencionadas en propiedad de la solicitante.

Artículo 4: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Junio de dos mil doce.        
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 029/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Déjase sin efecto los listado de beneficiarios incluidos en los Expedientes Administrativos Nº 4036-17891/05,  4036-17905/05 y 4036-18307/05, por las renuncias efectuadas a la solicitud del beneficio correspondiente.

Artículo 2º:
Apruébese el nuevo Listado de Beneficiario que como anexo I se adjunta a la presente, obrante en el Expediente Administrativo Nº 4036-27.313/12, iniciado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 365/05 y la Ordenanza Municipal Nº 061/2005.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Junio de dos mil doce.     
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

     

Registrada Bajo el N° 030/12.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio de Colaboración, celebrado entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Sr. MINISTRO DR. RICARDO CASAL, y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DN. ADRIÁN DANIEL SANCHEZ, de fecha 06 de Junio de 2012, tendiente a la colaboración reciproca entre la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y el Municipio.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 25 día del mes de Junio de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 031/12.

Información Institucional

EL CONCEJO

La Administración: Los distritos que forman la Provincia de Buenos Aires están compuestos por una administración que se halla a cargo de una Municipalidad que posee un  Departamento Ejecutivo desempeñado por un ciudadano con el título de Intendente y un Departamento Deliberativo desempeñado por ciudadanos con el título de Concejales.
El Intendente y los Concejales son elegidos directamente por el pueblo y duran 4 años en sus funciones pudiendo  ser reelectos.
El Concejo se renueva por mitades cada dos años. El número de Concejales se establece de acuerdo a la cantidad de la población.
En nuestro caso contamos con 12 Concejales, siendo este el máximo establecido por Ley para los Distritos que no superan los 200.000 habitantes. 
El desempeño de las funciones electivas municipales de cada Partido es obligatorio para quienes tengan en él, su domicilio real.
En cambio no se admitirán como miembros de la Municipalidades a los que no tengan capacidad para ser electos, a aquellos que estén interesados en algún contrato en que el Municipio sea parte, quedando comprendidos los miembros de las Sociedades Civiles y Comerciantes, Directores Administradores, Gerentes, etc., a los fiadores o garantes de personas que tengan contraidas obligaciones con la Municipalidad y a aquellos inhabilitados por el desempeño de Cargos Públicos entre otros.

CONSTITUCIÓN DEL CONCEJO

Los Concejales electos tomarán posesión de sus cargos en las fechas que legalmente correspondan a la renovación de autoridades según la ley 11239.
En la fecha fijada por la Junta Electoral, se reunirá el Concejo Deliberante en Sesión Preparatoria integradas por los nuevos electos y los que cesen en sus mandatos, estableciendo si los primeros reúnen las condiciones exigidas por la Constitución de la Provincia, siendo las sesiones presididas por el Concejal de mayor edad de la lista triunfante, eligiéndose las demás autoridades, caso vicepresidente primero, segundo y secretario.

ATRIBUCIONES Y DEBERES

La sanción de las ordenanzas y las disposiciones del Municipio corresponden con exclusividad al Concejo, disponiendo éste de su reglamentación según decreto ley 9117/78.
Las principales reglamentaciones se refieran a:
El tratado, apertura, rectificación, construcción y conservación de las calles, caminos, puentes, túneles, etc
La conservación de monumentos y valores considerados de interés tradicional.
Protección de animales.
Condición de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos y baldíos.
También le compete al Concejo establecer los Hospitales, Cementerios, Bibliotecas Públicas, Delegaciones Municipales y zonas industriales y residenciales del Partido así como le corresponde sancionar las ordenanzas impositivas que dispongan aumentos o creación de impuestos o contribuciones de mejoras.

ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS

El Concejo considera la renuncia del Intendente, dispone su suspensión preventiva y al mismo tiempo su destitución si correspondiera.
También examina las cuentas de la Administración Municipal en Sesiones Especiales a celebrarse en el mes de Marzo y está facultado para compensar los excesos producidos en partidas del presupuesto por gastos.

SESIONES

Los tipos de sesiones que se realizan en el Honorable Concejo Deliberante son las que a continuación se detallan:
PREPARATORIAS: Las que se realizan en fechas fijadas por la Junta Electoral.
ORDINARIAS: Comienzan el 1ª de Abril y finalizan el 30 de Noviembre.
DE PRORROGA: Se pueden prorrogar las sesiones ordinarias por el término de 30 días.
ESPECIALES: Las que se realizan en fechas determinadas por el Cuerpo dentro del período de las Ordinarias o en Marzo cuando se examinan las cuentas.
EXTRAORDINARIAS: Cuando el Concejo es convocado por el Intendente siempre y cuando sea un asunto de interés público y urgente.

DISPOSICIONES ADOPTADAS POR EL CONCEJO

El Concejo adopta una serie de disposiciones que se dividen en los siguientes rubros:
ORDENANZA: Cuando se crea, se reforma, se suspende o deroga una norma.
DECRETO: Cuando hay rechazos de solicitudes particulares, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna del Concejo y en general a toda disposición que no requiera el “cúmplase” del Departamento Ejecutivo.
PEDIDO DE INFORMES: Si tiene por objeto requerir de algún informe al Departamento Ejecutivo, sobre algún asunto o cuestión específica.
RESOLUCIÓN: Cuando existen opiniones de parte del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado.
COMUNICACIÓN: Cuando se contesta, se recomienda, se pide o expone algo.
La administración general y la ejecución de las ordenanzas corresponden exclusivamente al Departamento Ejecutivo.

Boletin Oficial – Junio 2012

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Junio 2012

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación una superficie de 2.533,00 mts2. Correspondiente al inmueble ubicado en Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 29, Parcela 7a, Partida Inmobiliaria 12554, inscripción de dominio Fº 36220, Serie A, Año 1903, a nombre Antonio Díaz.

Artículo 2º: La superficie descripta en el Artículo 1º de la presente, será afectada a la ampliación del Complejo de Recreación “Paseo Arco Iris”, según Expte. 4036-25752/11.

Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley. Serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce. 
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 015/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles designados catastralmente como:

Partida Circ Secc Quin Chac Manz Parc Frac Titular Dominio Inscripcion Dominio
6196 5 M

 

 

1 1

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6197 5 M

 

 

1 2

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6250 5 M

 

 

2 1

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6253 5 M

 

 

2 10

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6252 5 M

 

 

2 11

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6251 5 M

 

 

2 12

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6259 5 M

 

 

2 2

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6258 5 M

 

 

2 3

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6257 5 M

 

 

2 4

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

1268 5 M

 

 

2 5A

 

Antonio Alessio

Fº 122/1919

6256 5 M

 

 

2 7

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6255 5 M

 

 

2 8

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6254 5 M

 

 

2 9

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6289 5 M

 

 

3 1

 

Aurelio Gutierrez

Fº 386/1952

2058 5 M

 

 

3 10

 

Antonio Volken

Fº 105/1919

13427 5 M

 

 

3 11

 

Antonio Volken

Fº 105/1919

6297 5 M

 

 

3 12

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6298 5 M

 

 

3 13

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6299 5 M

 

 

3 14

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6300 5 M

 

 

3 15

 

Aurelio Gutierrez

Fº 386/1952

2040 5 M

 

 

3 16

 

Joaquín Vandagna

Fº 110/1919

2041 5 M

 

 

3 17

 

José Vandagna

Fº 111/1919

12565 5 M

 

 

3 18

 

Joaquín Vandagna

Fº 110/1919

1864 5 M

 

 

3 19

 

Elías Perren

Fº 100/1920

6290 5 M

 

 

3 2

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6287 5 M

 

 

3 20

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6288 5 M

 

 

3 21

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6291 5 M

 

 

3 3

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6292 5 M

 

 

3 4

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6293 5 M

 

 

3 5

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6294 5 M

 

 

3 6

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6295 5 M

 

 

3 7

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6296 5 M

 

 

3 8

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

1443 5 M

 

 

3 9

 

Teodoro Burgener

Fº 107/1919

6350 5 M

 

 

4 1

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6351 5 M

 

 

4 2

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6335 5 M

 

 

5 1

 

Aurelio Gutierrez

Fº386/1952

6344 5 M     5 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6345 5 M     5 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6346 5 M     5 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1868 5 M     5 13   Miguel Pisvano Fº 103/1920
6347 5 M     5 14   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6348 5 M     5 15   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6349 5 M     5 16   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1266 5 M     5 17   Pedro Alemandi Fº105/1920
12604 5 M     5 18   Pedro Alemandi Fº105/1920
6328 5 M     5 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6336 5 M     5 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6329 5 M     5 20   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6330 5 M     5 21   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6331 5 M     5 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6332 5 M     5 23   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6333 5 M     5 24   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6334 5 M     5 25   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6337 5 M     5 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6338 5 M     5 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6339 5 M     5 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6340 5 M     5 6   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6341 5 M     5 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6342 5 M     5 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6343 5 M     5 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6384 5 M     6 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6181 5 M     7 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6190 5 M     7 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6191 5 M     7 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6192 5 M     7 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6193 5 M     7 13   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6194 5 M     7 14   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6195 5 M     7 15   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6182 5 M     7 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6183 5 M     7 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6184 5 M     7 4   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6185 5 M     7 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6186 5 M     7 6   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6187 5 M     7 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6188 5 M     7 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6189 5 M     7 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1509 5 M     8 1   Carlos José, Enrique, José y Luis Crippa Fº77/1920
6243 5 M     8 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6244 5 M     8 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1655 5 M     8 12   Domingo Grosso Fº94/1920
13179 5 M     8 13   Domingo Grosso Fº94/1920
6245 5 M     8 14   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1739 5 M     8 15   Manfredo Monasterolo Fº124/1919
6246 5 M     8 16   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6247 5 M     8 17   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6248 5 M     8 18   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6249 5 M     8 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6236 5 M     8 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6229 5 M     8 20   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6230 5 M     8 21   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6231 5 M     8 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1658 5 M     8 23   Alejo Guglielmone Fº82/1920
6232 5 M     8 24   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6233 5 M     8 25   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6234 5 M     8 26   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6235 5 M     8 27   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
12562 5 M     8 28   Carlos José, Enrique, José y Luis Crippa Fº77/1920
6237 5 M     8 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6238 5 M     8 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6239 5 M     8 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6240 5 M     8 6   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6241 5 M     8 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
2027 5 M     8 8   María Sara Grossi y Esteban Laguarde Mat.1547
6242 5 M     8 9   María Sara Grossi y Esteban Laguarde Mat.1547
13431 5 M     9 1   Manfredo Monasterio Fº124/1919
1520 5 M     9 10   Santiago Ghiano y Catalina Felicita Viotti Fº74/1920
13482 5 M     9 11   Santiago Ghiano y Catalina Felicita Viotti Fº74/1920
6285 5 M     9 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1717 5 M     9 13   Eficio Covichio Fº102/1919
1886 5 M     9 14   Antonio Pretto Fº69/1920
13483 5 M     9 15   Antonio Pretto Fº69/1920
2061 5 M     9 16   Juan Tamañini Fº106/1919
6286 5 M     9 17   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
2044 5 M     9 18   Nicolás Vandagna Fº73/1920
13484 5 M     9 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6281 5 M     9 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6274 5 M     9 20   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6275 5 M     9 21   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6276 5 M     9 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6277 5 M     9 23   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1644 5 M     9 24   José Giraudo Fº86/1920
1537 5 M     9 25   Angela Antiyuela y Francisco del Rio Fº 126/1920
6278 5 M     9 26   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6279 5 M     9 27   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6280 5 M     9 28   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6282 5 M     9 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1362 5 M     9 4   Mario Baratto Fº98/1920
13428 5 M     9 5   Mario Baratto Fº98/1920
13429 5 M     9 6   Pedro Alemandi Fº105/1920
13430 5 M     9 7   Pedro Alemandi Fº105/1920
6283 5 M     9 8   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6284 5 M     9 9   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
13558 5 M     10 1   Constancio Monge Fº109/1919
6324 5 M     10 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6325 5 M     10 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6326 5 M     10 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6327 5 M     10 13   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1783 5 M     10 14   Juan Montrucchio Fº96/1920
13560 5 M     10 15   Juan Montrucchio Fº96/1920
1389 5 M     10 16   Miguel Boyero Fº102/1920
13561 5 M     10 17   Miguel Boyero Fº102/1920
13562 5 M     10 18   Miguel Boyero Fº102/1920
13563 5 M     10 19   Miguel Boyero Fº102/1920
6319 5 M     10 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1743 5 M     10 20   Luis Marchisini Fº114/1919
12563 5 M     10 21   Manfredo Monasterio Fº124/1919
13564 5 M     10 22   José Gariboglio Fº121/1919
6314 5 M     10 23   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6315 5 M     10 24   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6316 5 M     10 25   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1381 5 M     10 26   Sebastián Bertoloto Fº75/1920
6317 5 M     10 27   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6318 5 M     10 28   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6320 5 M     10 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6321 5 M     10 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6322 5 M     10 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1959 5 M     10 6   Santiago Salusso Fº95/1920
13559 5 M     10 7   Santiago Salusso Fº95/1920
2066 5 M     10 8   José Lubian Fº97/1920
6323 5 M     10 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6380 5 M     11 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6376 5 M     11 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6377 5 M     11 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6378 5 M     11 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6379 5 M     11 13   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6383 5 M     11 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6382 5 M     11 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6381 5 M     11 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
11244 5 M     11 5   Constancio Saccone Fº93/1920
1951 5 M     11 6   Constancio Saccone Fº93/1920
6373 5 M     11 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6374 5 M     11 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6375 5 M     11 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6180 5 M     12 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6172 5 M     12 10   Banco Provincial de Sante Fé Fº142/1920
6179 5 M     12 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6178 5 M     12 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6177 5 M     12 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6176 5 M     12 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1673 5 M     12 6   Antonio Herzoy Fº81/1920
6175 5 M     12 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6174 5 M     12 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6173 5 M     12 9   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6220 5 M     13 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6224 5 M     13 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6225 5 M     13 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1465 5 M     13 12   Domingo, Guillermo y Miguel Casalis Fº115/1919
13566 5 M     13 13   Domingo, Guillermo y Miguel Casalis Fº115/1919
1737 5 M     13 14   Gaudencio Mainardi Fº128/1919
6226 5 M     13 15   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
11005 5 M     13 16   Mario Baratto Fº98/1920
13567 5 M     13 17   Mario Baratto Fº98/1920
6227 5 M     13 18   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6228 5 M     13 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1955 5 M     13 2   José Salera Fº85/1920
1869 5 M     13 20   Angel Juan Pirola Fº 76/1920
13568 5 M     13 21   Angel Juan Pirola Fº 76/1920
6215 5 M     13 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6216 5 M     13 23   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6217 5 M     13 24   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6218 5 M     13 25   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1267 5 M     13 26   José Alessiatto Fº87/1920
13569 5 M     13 27   José Alessiatto Fº87/1920
6219 5 M     13 28   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6221 5 M     13 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1778 5 M     13 4   Antonio Miretti Fº90/1920
13565 5 M     13 5   Antonio Miretti Fº90/1920
1896 5 M     13 6   Alejandro Quaranta Fº123/1919
6222 5 M     13 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6223 5 M     13 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1756 5 M     13 9   Atilio Martinuzzi Fº84/1920
6268 5 M     14 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6269 5 M     14 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1846 5 M     14 11   José Pascual Fº65/1920
1503 5 M     14 12   José Costamagna Fº64/1920
1745 5 M     14 13   Luis Marengo Fº67/1920
6270 5 M     14 14   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6271 5 M     14 15   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
1795 5 M     14 16   Emiliano Muñiz Fº127/1919
12790 5 M     14 17   Emiliano Muñiz Fº127/1919
6272 5 M     14 18   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6273 5 M     14 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1758 5 M     14 2   Alejandro Massoni Fº89/1920
2046 5 M     14 20   Enrique Vaschetto Fº113/1919
13572 5 M     14 21   Enrique Vaschetto Fº113/1919
1621 5 M     14 22   Carlos Gallo Fº129/1919
13573 5 M     14 23   Carlos Gallo Fº129/1919
1978 5 M     14 24   José Scarafia Fº104/1920
1780 5 M     14 25   Constantino Mondito Fº83/1920
6265 5 M     14 26   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6266 5 M     14 27   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6267 5 M     14 28   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1979 5 M     14 3   Miguel Scarajia Fº101/1920
13570 5 M     14 4   Miguel Scarajia Fº101/1920
1984 5 M     14 5   María Sereno Fº88/1920
1922 5 M     14 6   Lorenzo Roatta Fº101/1919
12564 5 M     14 7   Antonio Pretto Fº69/1920
13571 5 M     14 8   Antonio Pretto Fº69/1920
1847 5 M     14 9   Luis Passamonti Fº126/1919
1921 5 M     15 1   José Monge y Constantino Roatta Fº100/1919
6310 5 M     15 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6311 5 M     15 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6312 5 M     15 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6313 5 M     15 13   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
1808 5 M     15 14   Mateo Odasso Fº99/1919
13582 5 M     15 15   Mateo Odasso Fº99/1919
1873 5 M     15 16   Miguel Pons Fº78/1920
13579 5 M     15 17   Miguel Pons Fº78/1920
1535 5 M     15 18   José Decostanzi Fº104/1919
13583 5 M     15 19   José Decostanzi Fº104/1919
1540 5 M     15 2   Carmen Delfina, Cipriano Gerónimo, María Esther y Salome Consuelo Gutierrez Fº375/1952
6303 5 M     15 20   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6304 5 M     15 21   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
6305 5 M     15 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6306 5 M     15 23   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1521 5 M     15 24   Miguel Chiosso Fº80/1920
1952 5 M     15 25   Cristóbal Sacone Fº63/1920
1879 5 M     15 26   José y Juan Bautista Pons Fº70/1920
13584 5 M     15 27   José y Juan Bautista Pons Fº70/1920
13585 5 M     15 28   José Monge y Constancio Roatta Fº100/1919
11608 5 M     15 3   Carmen Delfina, Cipriano Gerónimo, María Esther y Salome Consuelo Gutierrez Fº375/1952
11032 5 M     15 4   Carmen Delfina, Cipriano Gerónimo, María Esther y Salome Consuelo Gutierrez Fº375/1952
11610 5 M     15 5   Carmen Delfina, Cipriano Gerónimo, María Esther y Salome Consuelo Gutierrez Fº375/1952
1867 5 M     15 6   Miguel Gianinello Fº120/1919
6307 5 M     15 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6308 5 M     15 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6309 5 M     15 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6360 5 M     16 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6369 5 M     16 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6370 5 M     16 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6371 5 M     16 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6372 5 M     16 13   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6352 5 M     16 14   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6353 5 M     16 15   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6354 5 M     16 16   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6355 5 M     16 17   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6356 5 M     16 18   Sergio Daniel Casella Mat.444
6357 5 M     16 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6361 5 M     16 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6358 5 M     16 20   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1903 5 M     16 21   Juan Bautista Re Fº62/1920
6359 5 M     16 22   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6362 5 M     16 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6363 5 M     16 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6364 5 M     16 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6365 5 M     16 6   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6366 5 M     16 7   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6367 5 M     16 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6368 5 M     16 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6391 5 M     17 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6171 5 M     18 1   Banco Provincial de Santa Fé Fº142/1920
149 5 M     18 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6390 5 M     19 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6386 5 M     19 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6385 5 M     19 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6387 5 M     19 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6388 5 M     19 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6389 5 M     19 6   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6203 5 M     20 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6210 5 M     20 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6211 5 M     20 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6212 5 M     20 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6213 5 M     20 13   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6214 5 M     20 14   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6198 5 M     20 15   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6199 5 M     20 16   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6200 5 M     20 17   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6201 5 M     20 18   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6202 5 M     20 19   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6204 5 M     20 2   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6205 5 M     20 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6206 5 M     20 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6207 5 M     20 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1432 5 M     20 6   Juan Borgogno Fº66/1920
13581 5 M     20 7   Juan Borgogno Fº66/1920
6208 5 M     20 8   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6209 5 M     20 9   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6263 5 M     21 1   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6260 5 M     21 10   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6261 5 M     21 11   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6262 5 M     21 12   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1945 5 M     21 2   Alberto, Antonio, Domingo y Valentín Rossetti Fº68/1920
13604 5 M     21 3   Alberto, Antonio, Domingo y Valentín Rossetti Fº68/1920
1768 5 M     21 4   Carlos Merlo Fº112/1919
6264 5 M     21 5   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
2039 5 M     21 6   Emiliano y Pablo Ussey Fº119/1919
13605 5 M     21 7   Emiliano y Pablo Ussey Fº119/1919
13606 5 M     21 8   Emiliano y Pablo Ussey Fº119/1919
2026 5 M     21 9   Natalio Trossero Fº125/1919
1740 5 M     22 1   Lorenzo Monje Fº108/1919
13607 5 M     22 2   Lorenzo Monje Fº108/1919
6301 5 M     22 3   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6302 5 M     22 4   Aurelio Gutierrez Fº386/1952
1653 5 M     22 5   Agustín Griffa Fº103/1919
13608 5 M     22 6   Agustín Griffa Fº103/1919
6393 5 M        

I

Aurelio Gutierrez Fº386/1952
6395 5 M        

II

Aurelio Gutierrez Fº386/1952

Artículo 2º: Los inmuebles mencionados en el Artículo 1º de la presente, serán afectada a la ampliación a la promoción de actividades rurales y usos complementarios.

Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley. Serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 4º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce.       
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

     

Registrada Bajo el N° 016/12.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio de Canon Celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Instituto de obra Medico Asistencial. Que establece la Resolución Nº 0253 del citado Organismo. Cuyo texto Anexo se adjuntan.

Artículo 2º: Acompañase la Ordenanza Nº 02/1992 promulgada por Decreto Nº 042 en donde se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Instituto de Obra Médico Asistencial el convenio de canon para vuestro conocimiento y efectos.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce.      
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 017/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Oficina Municipal de Informa-ción al consumidor (OMIC), el Registro denominado “No quiero que me Llamen”.

Artículo 2º: El Registro a crearse por el Artículo 1º de la presente, esta destinado a proteger a los usuarios de Servicios de Telefonía, tanto fijas o domiciliarias como Móviles de las Ventas, Ofertas y/o promociones telefónicas, que realizan las empresas mediante llamados y/o mensajes de texto.

Artículo 3º: En el registro “No quiero que me Llamen” podrán inscri-birse todos aquellos titulares del Servicio Telefónico tanto Domiciliario como Móviles, que expresen su deseo de no recibir ningún tipo de ventas, ofertas y/o promociones comerciales, ya sea a través del servicio de tele marketing o por medio de mensajes de texto. La inscripción en el mencionado Registro será totalmente gratuito.

Artículo 4º: Las inscripciones que se realicen en el mencionado Registro tendrán una vigencia de dos (2) años y se renovarán automáticamente por un periodo igual, salvo manifestación en contrario del usuario registrado. La inscripción podrá ser revocada en cualquier momento a instancias del usuario.

Artículo 5º: La Oficina Municipal de Información al Consumidor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz (OMIC) deberá comunicar a las empresas que presten el Servicio de Telefonía en el ámbito del partido de Exaltación de la Cruz, la sanción y vigencia de la presente Ordenanza.

Artículo 6º: La OMIC de la municipalidad de Exaltación de la Cruz, mantendrá abierta la posibilidad de inscripción durante todo el año, al público en general en el Registro “No Quiero que me Llamen”.

Artículo 7º: La OMIC deberá comunicar en forma mensual a las distintas Empresas de Servicio telefónico, la nomina de inscriptos en el Registro indicando sus datos y número de línea que se encuentra afectado por el Servicio de Venta y tele marketing.

Artículo 8º: Las Empresas de servicio Telefónico, una vez comunicado la nomina de usuarios que se encuentren inscriptos en el Registro contarán con un plazo de sesenta (60) días para proceder a dar la baja de sus Bases de Datos de los Servicios de Venta y/o tele marketing.

Artículo 9º: Vencido el plazo a que se hace referencia en el Artículo anterior, y ante incumplimiento reiterado, denunciado por el Titular del Servicio de Telefonía inscripto en el Registro, la OMIC queda facultada a iniciar un procedimiento administrativo, del que se dará vista a la Empresa, indicando la presunta infracción;  una vez acreditada la infracción la OMIC procederá a aplicar las Sanciones y/o Multas que establecen las Leyes de Defensa del Consumidor vigentes.

Artículo 10º: Facultase al Departamento Ejecutivo a Reglamentar los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

Artículo 11º: Los datos personales recabados en el registro “No me Llames” estarán protegidos conforme lo establece la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25326.

Artículo 12º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce.        
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 018/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el CONVENIO MARCO DE COLABORA-CIÓN, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE EXAL-TACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. Adrián Daniel SANCHEZ y la DIRECCIÓN DE GEODESIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Señor Director Dr. Marcelo COPPOLA.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce.       
    

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 019/12.

 El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación por el termino de un año al Sr. Cristian Julián Mangas, D.N.I. 16.597.718 para la Habilitación de un “Depósito y Venta de Materiales Rurales” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II, Sección J, Quinta 2, Parcela 1 y 2, de la localidad de Los Cardales, partido de Exaltación de la Cruz.
               
Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos día del mes de Mayo de dos mil doce.              
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
 Registrada Bajo el N° 020/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1°: Denomínese al predio del Campo  de juego, ubicado en el Campo de Deportes Municipal el nombre de Arnaldo Rodolfo “Nene” Sosa, localizado en las calles Sambucetti, Urcelay, Irizar e Hipólito Irigoyen.

Artículo 2°: Coloquensé  las placas identificatorias correspondientes a los nombres del Campo de Deporte según ordenanzas 27/87 y al Campo de Juego según el articulo 1º de la presente.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de Mayo de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 021/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1°: Otorgase, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al código de Zonificación por el termino de un año al Sr. Gerard Jorge Antonio, D.N.I. 12.192.129 para la Habilitación de un “Mercería y Cotillón” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IIII, Sección F, Manzana 141, Parcela 10, de la localidad de Parada Robles, partido de Exaltación de la Cruz.
               
Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de Mayo de dos mil doce.   
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 022/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal la obra literaria completa de la autoría del poeta local Bernardo Esteinou, denominada “Poesías del Corazón”.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce días del mes de Mayo de dos mil doce. 
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 023/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adherir la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a la Ley Nacional de Transito Nº 26.363, modificatoria de la Ley 24.449, conforme lo establece el Artículo 38 de la mencionada Ley.

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior y/o la Agencia Nacional de Seguridad Vial a suscribir los convenios correspondientes.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los catorce día del mes de Mayo de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 024/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: La presente Ordenanza tiene por objeto regular la permanencia en lugares de uso público de los animales de compañía, considerados domésticos, en jurisdicción del Municipio de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º: Solo se permitirá la circulación y permanencia de los animales de compañía, en parques, plazas, avenidas, calles y otros lugares de uso público, cuando estos estén acompañados por sus dueños, tenedor o persona responsable de los mismos. Los animales deberán estar sujetos con collar, correa y bozal y aquellos que por sus antecedentes y características lo requieran y si su carácter agresivo lo justifica, se les exigirá el uso de correa corta y bozal. Los dueños, tenedores o personas responsables deberán recoger de la vía publica las deposiciones sólidas de sus animales.

Artículo 3º: En establecimientos Educativos, Hospitales o Geriátricos estará permitida la permanencia de animales en los casos que impliquen fines educativo, terapéuticos, de readaptación y los que presten servicio social como lazarillo o función similar. La permanencia de animales domésticos en Establecimientos públicos o privados de uso público estará sujeta a la normativa que al respecto dicten las Autoridades y/o encargados y en el caso de espacios privados los dueños o responsables de los lugares, debiéndose establecer las pautas y exhibir los correspondientes reglamentos en lugar visible y destacado, caso contrario se considerará que no existe impedimento para el acceso y permanencia de los mismos.

Artículo 4º: Las infracciones de la presente Ordenanza, sin perjuicio de las que correspondan en virtud de la violación de disposiciones contenidas en Leyes Nacionales y Provinciales, serán sancionadas con multas, cuya aplicación corresponderá al Tribunal de Faltas Municipal y/o al órgano en que determine el Departamento Ejecutivo.

Artículo 5º: Establécese que las infracciones a la presente, serán sancionadas con multas desde un (1) sueldo hasta tres (3) sueldos mínimos municipales.

Artículo 6º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a regla-mentar a través de la Dirección de Zoonosis todos los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

Artículo 7º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho día del mes de Mayo de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 025/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudicase a título gratuito a Mónica Liliana Sussot, con D.N.I. Nº 21.596.174, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 142, Parcela 1a, tramitado por Expediente Administrativo 4036-26458/11.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho día del mes de Mayo de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 026/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1º: Crease en el ámbito de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz el “Museo del Deporte Exaltacrucense”.

Artículo 2º: Dicho Museo se instalara en el espacio físico destinado a la Dirección de Deportes y ahí se exhibirán trofeos, indumentarias, banderas, estandartes y todas aquellas reliquias con sus respectivas “historias” que los deportistas e Instituciones Deportivas Exaltacrucenses o sus familiares quieran donar o exhibir en el Museo creado en el Artículo 1º.

Artículo 3º: Comuníquese a todas las Instituciones y Personas afectadas a esta Ordenanza, para que decidan donar o exhibir lo antedicho en el Artículo 2º.

Artículo 4º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho día del mes de Mayo de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 027/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Compensase  las  partidas  que  forman parte integrante del Anexo I correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS del Ejercicio 2011 por la suma de $ 12.438.096.52 (DOCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVENTA Y SEIS CON 52/100).

Artículo 2º: La compensación establecida por el Artículo 1º deberá  realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como ANEXO 2 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho día del mes de Mayo de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 028/12.

Boletin Oficial – Mayo 2012

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

escudo Boletin Oficial - Mayo 2012

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


Artículo 1°: Ratifícase el Convenio de Colaboración y Gestión Territorial Nº 004/10, celebrado entre la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
               
Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 001/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como:  Circunscripción IV, Sección H, Manzana 141, Parcela 10, Partida  Inmobiliaria 15995, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27004/12, a nombre de Sonia Lidia Morinigo.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.           
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

     

Registrada Bajo el N° 002/12.
El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Qta 29a, Parcela 9, Partida Inmobiliaria 9849, Matrícula 11.276, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27001/12, a nombre del Obispado Zárate – Campana.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.           
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 003/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 8, Manzana 8v, Parcela 9, Partida Inmobiliaria 16483, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-26043/11, a nombre de Juan Carlos Leiva.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.           
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 004/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección J, Quin 29a, Parcela 5, Partida Inmobiliaria 9845, Matrícula 11272 del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27144/12, a nombre de Hermelindo Omar Britos.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.            
    

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 005/12.

 El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I,  Sección C, Chacra 1, Manzana 1r, Parcela 3, Partida Inmobiliaria 31570,  del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-26788/11, a nombre de Diego Alfredo Parla, D.N.I.: 14.726.725 y de Claudia Graciela Salaberry, D.N.I.: 18.068.170.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.           
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
 Registrada Bajo el N° 006/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1º: Autorízase la escrituración de la parcela 12, Circunscrip-ción V, Sección N, Manzana 80,  del Plan Familia Propietaria, a favor de Nora Beatríz Schlundt, D.N.I.: 12.372.876 y de Hugo Alberto Mohr, D.N.I.: 12.372.507.

Artículo 2º: El importe de pesos novecientos ($ 900) ha sido cancelado antes de ahora.

Artículo 3º: Declárese de Interés Social en los términos de Artículo 4º. Inc. D, de la Ley 10.830, la escrituración del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente, por ante Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4º: Derogase Ordenanza que se oponga a la presente por la escrituración del bien en cuestión.

Artículo 5º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.

 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 007/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1º: Desígnase con el nombre de CACICA JUANA, a la calzada que une la calle J. Azurduy y Guemes, del Bº denominado Autoconstrucción de Capilla del Señor.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 008/12.


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el CONTRATO DE COMODATO USO DE ALCOHOLIMETROS, firmado entre la AGENCIA NA-CIONAL DE SEGURIDAD VIAL, dependiente del MI-NISTERIO DEL INTERIOR, representada por su Director Ejecutivo Dn. Felipe RODRIGUEZ LAGUENS, y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Sr. Intendente Municipal Dn. Adrián Daniel SANCHEZ.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 009/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio suscripto entre la MUNICIPALI-DAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. Adrián Daniel SANCHEZ en adelante el Municipio y el Señor Presidente del SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL, en adelante S.P.A.R., para la ejecución del Proyecto Ejecutivo para desarrollar la obra “Abastecimiento de Agua Potable en la localidad de Pavón”.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 010/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio suscripto entre la MUNICIPALI-DAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. Adrián Daniel SANCHEZ en adelante el Municipio y el Señor Presidente del SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL, en adelante S.P.A.R., para la ejecución del Proyecto Ejecutivo para desarrollar la obra “Abastecimiento de Agua Potable en la localidad de Diego Gaynor”.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 011/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio suscripto entre la MUNICIPALI-DAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. Adrián Daniel SANCHEZ en adelante el Municipio y el Señor Presidente del SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL, en adelante S.P.A.R., para la ejecución del Proyecto Ejecutivo para desarrollar la obra “Desagües Cloacales en la localidad de Parada Robles”.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 012/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA 

Artículo 1º: Ratificase el Convenio suscripto entre la MUNICIPALI-DAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, representada por el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. Adrián Daniel SANCHEZ en adelante el Municipio y el Señor Presidente del SERVICIO PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL, en adelante S.P.A.R., para la ejecución del Proyecto Ejecutivo para desarrollar la obra “Ampliación y Optimización del Servicio de Agua Potable en la Localidad de Parada Robles”.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 013/12.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese Entidad de Bien Público al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS de Parque Sakura.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis día del mes de Abril de dos mil doce.
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 014/12.

Ordenanza Nº 030/12 – Ref. a Modificar Beneficiarios del Plan Compartir

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Déjase sin efecto los listado de beneficiarios incluidos en los Expedientes Administrativos Nº 4036-17891/05,  4036-17905/05 y 4036-18307/05, por las renuncias efectuadas a la solicitud del beneficio correspondiente.

Artículo 2º:
Apruébese el nuevo Listado de Beneficiario que como anexo I se adjunta a la presente, obrante en el Expediente Administrativo Nº 4036-27.313/12, iniciado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 365/05 y la Ordenanza Municipal Nº 061/2005.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Junio de dos mil doce.     
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 030/12.

Ordenanza Nº 029/12 – Ref. a Declara de Utilidad Publica el Inmueble de Brenda Alejandra Lencina

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública las obras dispuestas en los considerandos y que obran en el  Expediente Municipal Nº  4036-27.009/12, en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Fracción II, Parcelas 2 y 3, Partidas Inmobiliarias 14.964 y 14.965, Contribuyente 261, Orden Nº 4.594 y 4.595, propiedad de Brenda Alejandra Lencina, DNI Nº 36.150.433, domiciliada en 25 de Mayo 537, Los Cardales.

Artóculo 2º: Exímase el 100% de las tasas de Servicios Generales co-rrespondientes a la fracción mencionada en el artículo anterior mientras sea titular del bien y deberá informar al Departamento Ejecutivo en caso de venta de la Propiedad motivo del convenio.

Artículo 3º: El citado beneficio abarcará las deudas que la fracción tenga a la fecha de la sanción de la presente Ordenanza, en el concepto citado en el artículo anterior y la que comprenda al período mientras exista la obra hidráulica a que se hace referencia y continúen las fracciones mencionadas en propiedad de la solicitante.

Artículo 4: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Junio de dos mil doce.        
 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 029/12.