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Ordenanza Nº 008/94 – Terrenos Aceptando Donacion Hnos. Lopez

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Aceptase la donación del Sr. Alberto Antonio López, con L.E. Nº 4.754.327 y el Sr. Enrique Carlos López, con L.E. 4.590.893, de dos fracciones de terreno denominadas catastralmente como: Circunscripción V, Manzanas 38 y 39, plano 31-25-86, con una superficie total de 8.868 m2.
 
Artículo 2º:  Autorizase al D.E. a eximir del pago de Tasas Municipales que se adeudaren por las fracciones mencionadas en el Artículo 1º, como asimismo a cancelar la deuda en concepto de impuesto inmobiliario Provincial.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la subdivisión de las fracciones aludidas, de acuerdo con las normas legales vigentes.

Artículo 4º: Destinase las parcelas que surjan de la respectiva subdivisión para la construcción de treinta viviendas del Plan Solidaridad.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 08/94

Ordenanza Nº 007/94 – Ordenanza Nº 41-93 Modificacion Art. 1

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 41/93, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1º: Adjudicase una vivienda Procasa III construida sobre el lote Nº 11 de la Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5”d”, a la Sra. Gladys Nancy Ponti, D.N.I. 16.714.463

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 07/94

Ordenanza Nº 006/94 – Viviendas Ratificacion de Convenio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por una asistencia financiera para la construcción de 60 (sesenta) módulos de viviendas en el Partido de Exaltación de la Cruz, con fecha 12 de septiembre de 1993, cuya copia se adjunta.
 
Artículo 2º:   De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 06/94

Ordenanza Nº 005/94 – Inmuebles Enejenacion o venta Autorizacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al D.E. a la enajenación o venta de los inmuebles que a continuación se detallan:

a) Exp. Nº 4036-6198/92 iniciado por Anzolabehere, Horacio Rene.
(Circ. 2, Sec. J, Qta. 29b, Parc. 1).

b) Exp. Nº 4036-6170/92 iniciado por Umere Osvaldo M.
 (Circ. 2, Sec. J, Qta. 29b, Parc. 1).

c) Exp. Nº 4036-6637/93 iniciado por González Nelida
 (Circ. 2, Sec. J, Qta. 29b, Parc. 1).

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo podrá convenir el pago en cuotas.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 05/94

Ordenanza Nº 004/94 – Seguridad Contratacion para espec. Dep.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Quienes sean autorizados por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, ha realizar espectáculos Deportivos, Musicales, Culturales, etc. deberán contar y/o contratar custodia y seguridad policial y/o privada si la evaluación efec-tuada la considerase necesaria.
 
Artículo 2º: Queda excluida de esta Ordenanza las Reuniones Oficiales de los Colegios en lo que se refiere a seguridad adicional.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 04/94

Ordenanza Nº 003/94 – Viviendas Adjudicación Plan Novios

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase las viviendas del Programa Habitacional “Novios” a los beneficiarios que a continuación se enuncian:

 Lote  Mza.  Apellido y Nombres  Documento Identidad
 00  00  Garcia José Ruben  D.N.I. 17.428.875
 00  00  Cristarella José Luis  D.N.I 20.886.364
 00  00  Giménez Germán Horacio  D.N.I. 20.460.048
 00  00  Roldan Guillermo  D.N.I. 22.696.822
 00  00  Chiacharini Ernesto P.  D.N.I 21.592.402
 00  00  Roldan Irma Isabel  D.N.I 18.398.506
 00  00  Rolandria Horacio M.  D.N.I. 22.249.260
 00  00  Pacheco Luis Ignacio  D.N.I. 23.500.712
 00  00  Medina Aníbal Fabián  D.N.I. 18.393.864
 00  00  Salaberry Alejandro  D.N.I. 22.744.334
 00  00  Litardo María Carla  D.N.I. 21.592.450
 00  00  Viñales Aníbal  D.N.I. 16.060.613
 00  00  Davila Gabriel  D.N.I 24.301.131
 00  00  Gonzalo Gabriel A.  D.N.I. 22.696.759
 00  00  Mossier Fausto Gustavo  D.N.I. 21.492.460
 00  00  Esteinou Roberto M.  D.N.I. 22.465.240

Artículo 2º: Establécese los adjudicatarios suplentes que a continuación se enuncian, cuyo orden establece la prelación en que pasarán a ser titulares, en caso de corresponder.

 Lote  Mza.  Apellido y Nombre  Documento Identidad
 00  00  Rodríguez, Jorge R.  DN.I. 11.931.931
 00  00  Esteinou, Marcelo N.  D.N.I 18.489.629

  
Artículo 3º: En caso de que los postulantes superen la cantidad de viviendas a edificar en un mismo cuartel o localidad, se realizará un sorteo que determinará la prioridad de ocupación.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 03/94

Ordenanza Nº 002/94 – Viviendas Adjudicacion Plan Abuelos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase las viviendas del Programa Habitacional Cuidemos a los Abuelos a los beneficiarios que a continuación se enuncian:

 Lote  Mza.  Apellido y Nombres  Documento Identidad
 00  00  Quiroga Florentino  D.N.I. 01.902.746
 00  00  Busollo Angela  L.C. 02.005.225
 00  00  Pintos Elvira L.  L.C. 01.982.395
 00  00  Bustos Juan Obdulio  L.E. 04.714.449
 00  00  Mancini Víctor A  D.N.I. M1.679.820
 00  00  Delia Urbano Pascual  L.E. 04.714.456

Artículo 2º: Establécese los adjudicatarios suplentes que a continuación se enuncian, cuyo orden establece la prelación en que pasarán a ser titulares, en caso de corresponder.

 Lote  Mza.  Apellido y Nombre  Documento Identidad
 00  00  Schreiner Amalia  D.N.I. F05.348.004
 00  00  Salcado Mauricio D.  D.N.I. 00.716.171
 00  00  Burgueño Francisco C.  D.N.I. M00.704.099
 00  00  Cabrera Dolores  D.N.I. F05.026.005
 00  00  Rebrina Juan  D.N.I. 92.605.664

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 02/94

Ordenanza Nº 001/94 – Viviendas Adjudicación Procasa III

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase las viviendas del Plan Pro – Casa III a los beneficiarios que a continuación se enuncian:

 Lote  Mza.  Apellido y Nombres  Documento Identidad
 08  5b  Aolita Jorge   D.N.I. 16.092.250
 09  5b  Decoud Claudia   D.N.I 20.460.051
 10  5b  Gallardo Irene   D.N.I. 04.070.517
 11  5b  Saavedra María Rosa   D.N.I. 17.428.861
 12  5b  Giupponi Lidia Elvira   D.N.I. 10.341.319
 12  5d  Garcia Susana Leonor   D.N.I. 11.931.968
 13  5d  Milivinti Gabriel   D.N.I. 16.714.410
 14  5d  Cristarella Julio   D.N.I. 21.435.541
 15  5d  Pogliaghi Elisa L.   D.N.I. 13.299.443
 17  5d  Fernández Jorge R.   D.N.I. 16.060.617
 18  5d  Pintos Sergio A.   D.N.I. 23.365.047
 19  5d  Tierno Liliana   D.N.I. 16.714.464
 20  5d  Salvoni Norma   D.N.I. 10.975.932

 
Artículo 2º: Establécese los adjudicatarios suplentes que a continuación se enuncian, cuyo orden establece la prelación en que pasarán a ser titulares, en caso de corresponder.

 Lote  Mza.  Apellido y Nombre   Documento Identidad
 00  00  Valdez Ana María  DN.I. 17.926.924
 00  00  Lares José Luis  D.N.I 22.901.419
 00  00  Camacho Francisco J.  D.N.I 22.043.518
 00  00  Angeloni Gabriel A.  D.N.I 17.539.424
 00  00  Baliños Walberto  D.N.I M5.585.524
 00  00  Pintos Daniel José  D.N.I. 20.460.080
 00  00  Grecco Alfredo Oscar  L.E. 04.730.995
 00  00  Angeloni Gustavo A.  D.N.I. 22.465.232
 00  00  Llanos Paulo Mauricio  D.N.I 20.018.885
 00  00  Zárate Stella Maris  D.N.I 18.068.147

    
Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Enero de mil novecientos noventa y cuatro.

Registrada Bajo el Nº 01/94

Ordenanza Nº 030/95 – Presupuesto General Año 1996

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Fíjase en la suma de pesos cinco millones trescientos setenta y ocho mil cuatrocientos ($5.378.400), el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal para el ejercicio 1996, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación Económica y por objeto del gasto se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

 Departamento Deliberativo  $ 165.743.-
 Departamento Ejecutivo  $ 5.212.657.-
 Total  $ 5.378.400.-

Artículo 2º:  Estímase en la suma de Pesos cinco millones trescientos setenta y ocho mil cuatrocientos ($5.378.400) el Cálculo de Recursos destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3º: Apruébase una planta de personal de 262 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha Planta comprende al personal Permanente y/o Contratado. Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del Personal Municipal.
Establécense 2 Secretarias, a saber:

Secretaria de Coordinación General.  Secretaria de Salud.
Establécese 1 Subsecretaria a saber:
Subsecretaria de Salud.
Establécense 15 Dirección de Acción Social.
Dirección de Cultura y Turismo.
Dirección de Deportes.
Dirección de Recaudaciones
Dirección de Hospital Municipal
Dirección Sala de 1º auxilios Los Cardales
Dirección Sala de 1º Auxilios de Parada Robles
Dirección de Servicios Públicos
Dirección de Servicios Sanitarios
Dirección de Obras Públicas
Dirección de Medio Ambiente
Dirección de la Producción
Dirección de Bromatología
Tesorero
Jefe de Compras.
Jefe de Mesa de Entradas.

Asimílase a  las categorías de Director, a los siguientes cargos:
Juez de Faltas Municipales.
Asesor Legal.
Delegado de Los Cardales.
Delegado de Parada Robles.
Establécese una Secretaria en el H.C.D.

Fijase en dieciséis mil quinientos (16.500) jornales el crédito autorizado para este tipo de erogaciones.
Fijase en dos mil (2.000 ) guardias medicas y/o auxiliares de enfermería el crédito autorizado para este tipo de erogaciones.
Establécense los siguiente valores:

 JORNAL  $ 9.-
 GUARDIAS MEDICAS  $ 200.-
 AUXILIAR DE ENFERMERIA  $ 100.-
 ASIST. SOCIAL S/ MOV. p/ cons.  $ 14.-
 ASIST. SOCIAL C/ MOV. p/ cons.  $ 18.-

 
Autorizase el pago de salarios a destajo a razón de hasta dos pesos con cincuenta ($2.50) bruto por unidad que se fije.
 
Artículo 4º: Estímase el Balance y Resultado Financiero Preventivo para el Ejercicio 1996, de acuerdo al siguiente esquema y en función del detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza.

 Recursos (Art. 2º)  $ 5.378.400.-
 Menos  
 Erogaciones (Art. 1º)    $ 5.378.400.-
 Resultado Preventivo Finan.  $ ——-
   
 Recursos Corrientes  $ 5.376.400.-
 Menos  
 Erogaciones corrientes    $ 5.005.700.-
 AHORRO   $ 370.700.-
   
 Erogaciones de Capital   $ 372.700.-
  Menos  
 Recursos de Capital          $ 2.000.-
 Inversión   $ 370.700.-

 
Artículo 5º: Apruébase el Nomenclador de Erogaciones y Recursos y Plan de Cuentas, que se incluye como Anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 6º: Apruébase las escalas de sueldo que se incluyen como anexo de la presente Ordenanza.

Artículo 7º: Establécese el pago de Asignaciones familiares para el personal contratado y jornalizado, en las mismas condiciones que para el personal de planta permanente .

Artículo 8º: Establécese el pago de bonificaciones por antigüedad: 3% del sueldo de la categoría por cada año de servicio en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, salvo que por los mismo se perciba beneficio similar por jubilación o retiro.
Bonificaciones especiales y/o premios: en las formas y condiciones que establezca el Departamento Ejecutivo, y para aquellos casos de trabajo más allá del horario habitual, como asimismo en función de la eficiencia, rendimiento, dedicación exclusiva, y otros.

Artículo 9º: A los efectos del cálculo de la indemnización que establece el Artículo 92 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se considerará un régimen horario de 40 horas semanales para el sueldo mínimo administrativo.

Artículo 10º: El Departamento Ejecutivo podrá realizar ampliaciones al cálculo de Recursos y al Presupuesto de Gastos, como asimismo podrá realizar transferencias de créditos entre las partidas del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo 11º: Derógase toda otra norma legal que se oponga a la presente.

Artículo 12º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiocho días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

Registrada Bajo el Nº 30/95

Ordenanza Nº 029/95 – Emprestito $200000 Autorizacion para obtencion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a obtener un empréstito por el monto y forma de pago que a continuación se detallan:

Monto del Aporte reintegrable: Doscientos mil pesos ($ 200.000)
Tasa de Interés: ocho por mil mensual (8%)
Cantidad de Cuotas: veinte (20)
Fecha de iniciación de pagos: Febrero de 1997
Fecha de finalización de pagos: Septiembre de 1998.

Artículo 2º: Autorizase a afectar la coparticipación de impuestos para el pago del Aporte Reintegrable a que hace referencia el Art. 1º.

Artículo 3º: Establécese que los fondos que se obtengan serán utilizados para cancelar pasivos con proveedores.

Artículo 4º: La presente será elevada al Honorable Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo establecido por el Art. 47 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
 
Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

Registrada Bajo el Nº 29/95