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Ordenanza Nº 025/99 – Presupuesto de Gastos Compensacion año 1998

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo I correspondientes al Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1998 por la suma de pesos cuatrocientos trece mil novecientos ochenta y nueve con cuarenta y cuatro centavos ($ 413.989.44).

Artículo 2º: La compensación establecida por el Artículo 1° deberá realizarse contra la economía de las partidas que se detallan como Anexo 2, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 25/99

Ordenanza Nº 024/99 – Oficio Judicial Autorizando a firmar oficio de Alonso Angela

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a informar en el Oficio librado en los autos caratulados: “ ALONSO, Angela Generosa c/ N.N. s/USUCAPIÓN”, que tramitan por ante el Juzgado de Paz Letrado de Exaltación de la Cruz, que no existen intereses Municipales sobre la fracción de tierra designada catastralmente como parcela 280f, Circunscripción: II – Sección Rural.-

Articulo 2º:  De forma

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 24/99

Ordenanza Nº 023/99 – Calles Autorizando mensura y cesion Mza. 68 y 80

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la mensura y cesión de calle de las parcelas 3,4,5,6,7,8 manzana 68 y parcelas 4,5,6 y 7 manzana 80, Circunscripción V – Sección N , plano características 31-19-96.

Articulo 2º:  Requiérase la intervención de la Unidad Ejecutora Plan Familia Propietaria ( Decreto 807/95), a los efectos de realizar las tareas profesionales indicadas en el Artículo 1°.-

Articulo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 23/99

Ordenanza Nº 022/99 – Inmuebles Enajenacion predio El Corralito

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a enajenar los inmuebles designados catastralmente como: CIRC. 5, SECC. R, PARCELAS 1275, y 1276B.

Artículo 2º
: El precio base de esta venta se fija en dos pesos con cincuenta centavos el metro cuadrado ($2.50 por m2), como mínimo. Si de la respectiva tasación oficial surgiera un precio por metro cuadrado superior, será ese el precio que se tome como base.

Artículo 3º:
La venta a que se refiere el Artículo 1° deberá efectuarse por el mecanismo de Licitación Pública, facultándose al Departamento Ejecutivo a confeccionar el pliego de Bases y Condiciones correspondiente, en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos no previstos en la presente.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 22/99

Ordenanza Nº 021/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: III, Sección: Q, Manzana: 27, Parcela: 12, Partida Inmobiliaria: 24847del Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 21/99

Ordenanza Nº 020/99 – Plan Familia Propietaria Adjudicacion definitiva de lotes

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase en forma definitiva a las personas que en cada caso se indica, los inmuebles que se consignan en el listado que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza, ubicados en la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, en el marco del “Plan Nuevas Parejas”, del Programa Plan Familia Propietaria.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las correspondientes escrituras traslativas de dominio, con saldo real de hipoteca en primer grado, dejándose constancia efectiva de los inmuebles se otorgará en el momento de la escrituración.

Artículo 3º: Declárese de Interés Social, la Escrituración de los Inmuebles detallados en el Anexo I de la presente Ordenanza, en los términos del Artículo 4° inc. D) de la Ley N° 10.830.

Artículo 4º: De forma.
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 20/99

Ordenanza Nº 019/99 – Plan Trienal Autorizando al DE a firmar Convenio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, representado por el Sr. Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, Contador Ricardo Angel Bozzani, a suscribir un convenio con la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Gobernador Dr. Eduardo Alberto Duhalde y su Ministro de Obras y Servicios Públicos, Dr. José Antonio Romero, que tiene por objeto realizar las siguientes obras, en el marco del Plan Trienal, Segunda Etapa: Saneamiento Hidráulico de la Cuenca Nordeste de Los Cardales – Desagües Pluviales “Avenida San Martín” -, y Limpieza, reconformación del cauce y regularización de niveles del Arroyo de la Cruz de Capilla del Señor. El monto total de estas obras asciende a la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000).

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de junio de 1999.

Registrada Bajo el Nº 19/99

Ordenanza Nº 018/99 – Convenio Calester Ratificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el convenio de permuta suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Señor Intendente, Contador Ricardo Angel Bozzani y la firma Calester Inversiones S.A., representada por su apoderado María Florencia Cavo, con fecha 25 de Agosto de 1995.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de mayo de 1999.

Registrada Bajo el Nº 18/99

Ordenanza Nº 017/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: III, Sección Q, Manzana 45, Parcela 16, Partida Inmobiliaria 23945, Matricula 3053 del Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de mayo de 1999.

Registrada Bajo el Nº 17/99

Ordenanza Nº 016/99 – Zona Agropecuaria Desafectación para Barrio Cerrado La Suerte

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atri-buciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º.Desaféctase de la Zona Agropecuaria de acuerdo al Código de Planeamien-to Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz, al sector compren-dido por los inmuebles designados Catastralmente como: Circunscrip-ción V – Sección Rural – Parcelas 1190b, 1190f, 1191b.-

Artículo 2º.El sector comprendido por las parcelas mencionadas en el Artículo 1º, pasan a integrar la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana Densidad Baja (XREbb), a los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos por Decreto Nº 27/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Ai-res.-

Artículo 3º.Establécense para el sector delimitado por la presente Ordenanza los si-guientes indicadores
 Urbanísticos:

a) F.O.S.: 0,40
b) F.O.T.: 0,50
c) D.N.: 60 hab./ha.
d) Dimensiones mínimas parcelas
Ancho: 30 mts.-
 Superficie: 1.500mts2.-
e) Espacios Libres :
Fondo Libre Obligatorio: fondo parcela 15 mts.-
Retiro Frente Obligatorio: 15 mts.-
Retiro Lateral Obligatorio: 10mts.-

Artículo 4º. Dé forma.-
 
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de mayo de 1999.

Registrada Bajo el Nº 16/99