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Ordenanza Nº 018/01 – Adjudicación de inmueble a favor de Daniel Carriego y Mabel Guerrero

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Adjudicarle en forma definitiva y gratuita, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II – Sección J – Qta. 26a – parcela 11, a Dario Daniel Carriego, D.N.I. N° 14.756.963, y Elena Mabel Guerrero, D.N.I. N° 13.698.527.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva traslativa de dominio.

Articulo 3° Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble mencionado en el Articulo 1° de la presente Ordenanza, de acuerdo a los términos del Articulo 4°, Inc. d) de la Ley 10830.

Articulo 4° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 018/2001

Ordenanza Nº 017/01 – Prorroga de Ordenanza 22-97 y Modificatoria N° 71-99 lucha contra las plaga

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Prorrógase por el término de dos (2) años la Ordenanza 22/97 y su modificatoria de la Ordenanza N° 71/99, con relación a la lucha contra las plagas en el partido de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2°:
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 017/2001

Ordenanza Nº 016/01 – Modificación Art. 1° Ordenanza 71-2000, utilización del espacio aereo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Modificase el Articulo 1° de la ordenanza 71-2000 el quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1º Autorízase a toda Empresa de Teledifusión por Cable, que se encuentre autorizada por el COMFER (Comité Federal de Radiodifusión), a utilizar el espacio aéreo del Partido de Exaltación de la Cruz, a efectos del tendido de la red exterior de un circuito cerrado de televisión por cable. Toda empresa de teledifusión deberá contar con: Una oficina de atención al publica, un informativo local de Lunes a Viernes y no menos de dos programas semanales de interés social local, con un máximo de 60 días de su puesta en el aire para la prestación de los servicios exigidos.

Articulo 2° De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 016/2001

Ordenanza Nº 015/01 – Creación Comité de tumores

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declarase de interés municipal la formación del comité de tumores integrado por dos (2) miembros de la secretaria y dos (2) miembros del circulo médico de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2° Dentro de esta comisión existirá un registro Municipal del Cáncer, sistema diseñado para la recolección, codificación y análisis de datos de personas con diagnostico de CANCER.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 015/2001

Ordenanza Nº 014/01 – Escrituración de inmueble

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción II – Sección L – Manz. 1- parcela 4 a, Partida Inmobiliaria 44099, folio 149/68, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-10772/99.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 014/2001

Ordenanza Nº 013/01 – Declarase deinteres Social la escrituración del bien inmueble

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Sección A –Manz. 10 – parcela 5c, Partida inmobiliaria 10649, matricula 12.704/68, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente.4036-12576/01.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 013/2001

Ordenanza Nº 012/01 – Autorizando al D.E. a Enajenar Lote a Nombre de la Sr. Juan Enrique Gonzalez

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo a la enajenación y/o venta del inmueble designado catastralmente que a continuación se detalla:Expedientete4036-6564/93, iniciado por Juan Enrique González, D.N.I.: 11.999.801 y Zulma Beatriz Ojeda, D.N.I.: 18.330.886, Circunscripción: II, Sección: J, Qta. 30, Parcela 4c; Valor del terreno $2500.-, pagadero en 167 cuotas de $15, iguales y consecutivas.
 
Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de dominio del inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Mayo de dos mil uno.
Registrada Bajo el Nº 012/2001

Ordenanza Nº 011/01 – Creación de la Bandera Exaltacrucense

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Créase dentro del ámbito de la dirección de cultura y turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, la “Bandera Exaltacrucense.”

Articulo 2° El diseño de la misma se hará con la intervención individual o grupal de los alumnos de todas las escuelas públicas y privadas del distrito, desde el 3° ciclo de la E.G.B. y Polimodal.

Articulo 3º Se faculta al departamento ejecutivo a reglamentar las características, consignas e instrucciones para la creación de la misma.

Articulo 4° Se formara una comisión que será la encargada de seleccionar entre los modelos presentados, la bandera que nos representara como distrito.

Articulo 5° Dicha Comisión estará integrada por:

Titular del departamento Ejecutivo o representante.
Dos Concejales por bloque partidario, elegido por el Departamento Deliberativo.
Sra. Inspectora de Enseñanza de E.G.B.
Concejal autor del proyecto.
Artistas Plásticos Locales.
Sra. Presidenta del Honorable Consejo Escolar.
Sr. Director de Cultura y Turismo.
Diseñador Gráfico.
Un Historiador.
Representante de Pro – Memoria de Capilla del Señor.

Articulo 6° De Forma

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 011/2001

Ordenanza Nº 010/01 – Ratificación de Decreto N° 38

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Ratificase el Decreto N° 38 del Departamento Ejecutivo de fecha 25 de Enero del 2001.

Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 010/2001

Ordenanza Nº 009/01 – Donación de Terreno por la Sra. Silva

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Aceptase la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, realizada por la Señora María Rosa Silva, D.N.I. N° 14.957.758, de una fracción de terreno designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 76, parcela 15, partida N° 29093, ubicado en la ciudad de Capilla del Señor.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Mayo de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 009/2001