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Ordenanza Nº 082/03 – Autorizando a eximir de la deuda de impuestos al programa Andres

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a compensar las deudas que en conceptos de Tasas de Servicios Generales y Derechos de Construcción, que adeude la “Asociación Centro Cristiano de Rehabilitación Programa Andres” por la cesión de derechos y acciones del Inmueble ubicada en la Localidad de Diego Gaynor, designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 3, Parcela 6, quedando sujeto al resultado de la propuesta de compensación tramitado por Expediente Administrativo N° 4036-10835/99, alcanse 1/03.

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 082/2003

Ordenanza Nº 081/03 – Autorizando a el pago de la deuda de aguinaldos adeudados

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar el pago de los aguinaldos adeudos al personal que revistió en calidad de Jornalizados, de acuerdo a la conclusiones de la Comisión Revisora creada por el Decreto N° 88 de fecha 28 de Abril de 2003, en los plazos y condiciones que permita la ejecución del presupuesto Municipal.

Articulo 2°: La autorización dispuesta en el articulo anterior deberá contar con el dictamen favorable del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 081/2003

Ordenanza Nº 080/03 – Autorizando por cinco años a la sala de primeros auxilios Los Cardales al uso

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorizase al departamento Ejecutivo a conceder en forma gratuita por el termino de cinco años, a favor de la Cooperadora de la Sala de Primeros Auxilios de Los Cardales, el uso del frente del escenario construido sobre el predio del Ex Ferrocarril Mitre ubicado en la Estación de Los Cardales, con fines de explotación publica comercial.

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 080/2003

Ordenanza Nº 079/03 – Denegando la Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. por Disc. Simon, Lucia

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Denegase el beneficio solicitado por la Sra. Simón, Lucia según expediente N° 4036-15657 por no cumplimentar el Artículo 2° de la Ordenanza 20/02.

Articulo 2°:
De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 079/2003

Ordenanza Nº 078/03 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales. por Disc. Albarenque, Nestor

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-15646/03; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección “B”, Manzana 30, Parcela 15, Partida Inmobiliaria N° 14456, Contribuyente N° 21890, Orden N° 1595, perteneciente a Albarenque, Nestor Samuel, (Disc. Albarenque, Tobias Nahuel 100%).

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 078/2003

Ordenanza Nº 077/03 – Compensación de las partidas del año 2002

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo 1, correspondiente al Presupuesto de gastos ejercicio 2002, por la suma de Pesos Un millón cuarenta y nueve mil trescientos setenta y tres con 15/100 ( 1.049.373,15).

Articulo 2º La Compensación establecida por el Articulo 1º deberá realizarse parcialmente contra las economías de las Partidas que se detallan como Anexo 2 por la suma de Pesos Cuatrocientos dos mil ciento cincuenta y dos con 06/100 ( 402.152,06) y la Ordenanza Nro. 35/2003 de fecha 23 de Junio de 2003 mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a la creación de créditos suplementarios por excedente de recaudación de recursos ordinarios   de acuerdo con lo establecido con el Articulo Nro. 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.  

Articulo 3º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 077/2003

ANEXO 1                    
                    
DETALLE PARTIDAS CON EXCESO  EJERCICIO 2002    
                    

 Partida  Importe
 1.1.1.1.1.1.2.0  30.601,38
 1.1.1.1.1.1.5.0  1.576,79
 1.1.1.1.1.2.1.0  10.102,70
 1.1.1.1.1.3.2.0  1.620,93
 1.1.1.1.1.3.4.0  9.104,25
 1.1.1.1.1.3.5.1  359,57
 1.1.1.1.1.3.5.2  11.676,00
 1.1.1.1.1.3.5.4  400,00
 1.1.1.1.1.3.5.6  353,50
 1.1.1.1.1.3.7.0 2.574,48
 1.1.1.1.1.4.1.0 6.499,00
 1.1.1.1.1.4.2.0 2.963,23
 1.1.1.1.1.5.1.0 601,10
 1.1.1.1.2.1.0.0 2.550,00
 1.1.1.1.2.2.0.0 788,54
 1.1.1.1.2.3.0.0 625,60
 1.1.1.1.2.6.0.0 3.413,89
 1.1.1.1.2.7.0.0 4.945,50
 1.1.1.1.2.8.0.0 1.634,54
 1.1.1.1.2.11.0.0 3.525,26
 1.1.1.1.2.14.1.0.0 15.697,73
 1.1.1.1.2.14.3.0.0 29.729,90
 1.1.1.2.2.0.0.0 10.595,93
 1.1.1.2.4.0.0.0 11.567,45
 1.1.2.5.1.6.0.0 947,00
 1.1.2.7.2.0.0.0 13.611,00
 1.2.1.1.1.1.2.0 11.874,53
 1.2.1.1.1.1.6.0 541,69
 1.2.1.1.1.3.2.0  70,23
 1.2.1.1.1.3.3.0  35,60
 1.2.1.1.1.3.5.1  76,96
 1.2.1.1.1.4.2.0  78,78

 
ANEXO 1

DETALLE PARTIDAS CON EXCESO EJERCICIO 2002

Partida
 Importe
 2.1.1.1.1.1.2.0   1.640,06
 2.1.1.1.1.1.5.0   12.682,29
 2.1.1.1.1.2.1.0   19.860,43
 2.1.1.1.1.2.2.0   3.197,01
 2.1.1.1.1.3.2.0   4.191,50
 2.1.1.1.1.3.4.0   22.698,34
 2.1.1.1.1.3.5.2   17.681,00
 2.1.1.1.1.3.5.4   1.300,00
 2.1.1.1.1.3.5.5   1.073,37
 2.1.1.1.1.4.1.0   1.623,83
 2.1.1.1.1.4.2.0   1.212,26
 2.1.1.1.1.5.1.0   1.005,00
 2.1.1.1.2.4.0.0   35.106,09
 2.1.1.1.2.6.0.0   6.927,59
 2.1.1.1.2.8.0.0   19.477,99
 2.1.1.1.2.10.0.0   1.194,49
 2.1.1.1.2.11.0.0   87,26
 2.1.1.1.2.12.1.0   107.393,00
 2.1.1.1.2.14.3.0.0   17.539,36
 3.1.1.1.1.1.5.0   115,59
 3.1.1.1.1.1.7.0   7.523,02
 3.1.1.1.1.1.8.0   8,21
 3.1.1.1.1.2.1.0   44.458,72
 3.1.1.1.1.3.2.0   13.344,20
 3.1.1.1.1.3.4.0   24.602,10
 3.1.1.1.1.3.5.2   12.470,00
 3.1.1.1.1.3.5.3   2.008,00
 3.1.1.1.1.3.5.4    6.250,00
 3.1.1.1.1.3.5.5   10,20
 3.1.1.1.1.4.1.0   6.916,40
 3.1.1.1.1.4.2.0   2.597,94
 3.1.1.1.1.5.1.0   571,00
 3.1.1.1.2.2.0.0   21.398,12
 3.1.1.1.2.3.0.0   14.347,36
 3.1.1.1.2.6.0.0   1.509,72
 3.1.1.1.2.9.0.0   159,39
 3.1.1.1.2.10.0.0   263,00
 3.1.1.1.2.11.0.0    1.828,30
 3.1.1.1.2.14.2.0.0   29.586,16
 3.1.1.1.2.14.3.0.0   25.648,27
 3.1.1.1.2.14.4.0.0   1.497,80
 3.1.1.1.2.14.5.0.0   24.804,46
 3.1.1.1.2.14.6.0.0   882,00
 3.1.2.5.2.56.0.0   61.952,17

 

ANEXO 1

DETALLE PARTIDAS CON EXCESO EJERCICIO 2002

 Partida 
Importe 
 3.2.1.1.1.1.5.0    62,51
 3.2.1.1.1.1.7.0    112,03
 3.2.1.1.1.2.1.0    3.073,74
 3.2.1.1.1.3.2.0    509,95
 3.2.1.1.1.3.3.0    305,00
 3.2.1.1.1.3.4.0    368,72
 3.2.1.1.1.3.5.1   641,26
 3.2.1.1.1.3.5.2   2.700,00
 3.2.1.1.1.3.5.3   76,00
 3.2.1.1.1.3.5.4   500,00
 3.2.1.1.1.4.1.0    1.475,61
 3.2.1.1.1.4.2.0   586,62
 3.2.1.1.2.2.0.0   11,22
 3.2.1.1.2.3.0.0   2.378,19
 3.2.1.1.2.6.0.0    1.299,25
 4.1.1.1.1.2.1.0    7.681,22
 4.1.1.1.1.2.2.0    8.983,29
 4.1.1.1.1.3.2.0    237,82
 4.1.1.1.1.3.4.0    8.883,68
 4.1.1.1.1.3.5.2    4.731,00
 4.1.1.1.2.2.0.0   92.306,84
 4.1.1.1.2.3.0.0    2.509,79
 5.1.1.1.1.1.8.0    58,99
 5.1.1.1.1.2.1.0   7.597,03
 5.1.1.1.1.3.2.0   2.125,90
 5.1.1.1.1.3.4.0   2.011,93
 5.1.1.1.1.3.5.1   2.513,66
 5.1.1.1.1.3.5.2   3.063,00
 5.1.1.1.1.3.5.3   593,00
 5.1.1.1.1.3.5.4   1.500,00
 5.1.1.1.1.3.7.0   179,46
 5.1.1.1.2.2.0.0   140,00
 5.1.1.1.2.6.0.0   376,42
 5.1.1.1.2.14.3.0.0   15.825,50

 

ANEXO 1

DETALLE PARTIDAS CON EXCESO EJERCICIO 2002

 Partida  Importe
 5.1.1.1.2.14.4.0.0    205,00
 5.1.1.3.1.1.0.0 5.141,86
 5.1.1.3.1.2.0.0   8.384,28
 5.1.1.3.1.3.0.0 81.565,53
 5.1.2.5.2.58.0.0 1.548,59
 5.1.2.5.2.60.0.0 5.723,20
   
  1.049.373,15 

 
ANEXO 2

PARTIDAS QUE COMPENSAN EXESOS EJERCICIO 2002

 Partida  Importe
 1.1.1.1.1.1.1.0    23.639,19
 1.1.1.1.1.1.6.0    2.701,51
 1.1.1.1.1.1.8.0    750,80
 1.1.1.1.1.3.3.0    4.387,20
 1.1.1.1.1.2.2.0   500,00
 1.1.1.1.1.3.5.3   98,00
 1.1.1.1.1.3.5.4   30,00
 1.1.1.1.1.3.6.0   19.316,00
 1.1.1.1.2.9.0.0   500,00
 1.1.1.1.2.10.0.0   1.276,35
 1.1.1.2.1.0.0.0   1.000,00
 1.1.2.5.1.4.0.0   5.010,00
 1.1.2.7.9.0.0.0   15.937,20
 1.1.2.7.10.0.0.0   8.326,91
 1.1.5.0.0.0.0.0   710,00
 1.2.1.1.1.1.1.0   11.376,00
 1.2.1.1.1.3.4.0   90,47
 1.2.1.1.1.3.5.2   200,00
 1.2.1.1.1.3.5.3   118,00
 1.2.1.1.1.3.5.4   300,00
 1.2.1.1.1.4.1.0   148,63
 1.2.1.1.1.5.1.0   100,00
 1.2.1.1.2.6.0.0   78,15
 1.2.1.1.2.10.0.0   0,06
 1.2.1.1.2.14.3.0   1,80
 2.1.1.1.1.1.4.0   5.140,49
 2.1.1.1.1.1.6.0    8.975,90
 2.1.1.1.1.1.8.0    1.902,29
 2.1.1.1.1.3.3.0    7.208,75
 2.1.1.1.1.3.5.1    5.096,65
 2.1.1.1.1.3.5.3   1.374,00
 2.1.1.1.1.3.7.0    814,57
 2.1.1.1.2.1.0.0    4.200,00
 2.1.1.1.2.2.0.0    6.256,50
 2.1.1.1.2.3.0.0   3.030,27
 2.1.1.1.2.9.0.0   363,18 
 2.1.2.5.1.6.0.0    3.650,03
 3.1.1.1.1.1.2.0    6.644,03
 3.1.1.1.1.1.6.0    3.000,06
 3.1.1.1.1.2.2.0   6.717,04
 3.1.1.1.1.3.3.0    3.382,90

ANEXO 2

PARTIDAS QUE COMPENSAN EXESOS EJERCICIO 2002

 Partida 
 Importe
 3.1.1.1.1.5.1.0  1.670,75
 3.1.1.1.1.1.7.0   1.600,00
 3.1.1.1.2.8.0.0   1.018,06
 3.1.1.1.2.12.1.0.0   65.109,59
 3.1.1.1.2.12.2.0.0   50.553,14
 3.1.2.5.1.6.0.0   1.216,00
 3.1.5.2.5.15.0.0   2.558,00
 3.1.2.5.2.53.0.0   10.402,82
 3.2.1.1.1.1,2.0   1.585,32
 3.2.1.1.1.1.2.8   3.564,00
 3.2.1.1.1.2.2.0   1.000,00
 3.2.1.1.1.3.7.0   400,00
 3.2.1.1.1.5.1.0   500,00
 3.2.1.1.2.8.0.0   300,00
 3.2.1.1.2,9,0.0   104,20
 3.2.1.1.2.10.0.0   300,00
 3.2.1.1.2.11.0.0   300,00
 3.2.1.1.2.14.3.0   34,52
 3.2.2.5.2.8.0.0    55,00
 3.3.1.1.2.3.0.0   500,00
 4.1.1.1.1.1.2.0   923,20
 4.1.1.1.1.1.5.0   3.459,58
 4.1.1.1.1.3.3.0   9.572,50
 4.1.1.1.1.3.5.1   7.311,87
 4,1.1.1.1.3.5,3   2.502,00
 4.1.1.1.1.3.5.4   2.200,00
 4.1.1.1.1.3.7.0   22,32
 4.1.1.1.1.4.1.0   19.983,37
 4.1.1.1.1.4.2.0   7.382,23
 4.1.1.1.1.5.1.0   1.000,00
 4.1.1.1.2.6.0.0   64,07
 4.1.1.1.2.8.0.0   200,00
 4.1.1.1.2.9.0.0   200,00
 4.1.1.1.2.10.0.0   300,00
 4.1.1.1.2.11.0.0   240,00
 4.1.1.1.2.14.3.0   13.941,43
 4.1.2.5.1.2.0.0 98,00
 5.1.1.1.1.1.2.0   3.845,88
 5.1.1.1.1.1.5.0   1.176,94

ANEXO 2

PARTIDAS QUE COMPENSAN EXESOS EJERCICIO 2002

 Partida  Importe
 5.1.1.1.1.1.6.0 509,84 
 5.1.1.1.1.3.3.0   318,40 
 5.1.1.1.1.4.1.0   3.487,03 
 5.1.1.1.1.4.2.0   1.265,93 
 5.1.1.1.1.5.1.0   580,00 
 5.1.1.1.2.3.0.0   1.723,61 
 5.1.1.1.2.8.0.0 107,00 
 5.1.1.1.2.9.0.0   18,96 
 5.1.1.1.2.10.0.0   915,33 
 5.1.1.1.2.11.0.0   473,25 
 5.1.1.1.2,14.5.0   552,84 
 5.1.1.3.1.4.0.0   8.355,00 
 5.1.2.5.1.6.0.0   55,10 
 5.1.2.5.2.60.0.0 1.445,66 
 5.1.2.5.2.61.0.0   796,39 
   
  402.152,06

Ordenanza Nº 076/03 – Autorizando a utilizar el excedente de recaudación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º Autorizase al Departamento Ejecutivo a la Creación de Créditos Suplementarios del Calculo de Recursos del Ejercicio 2003, utilizando el excedente de recaudación del total calculado para el Ejercicio en concepto de Recursos Ordinarios no afectados.

Articulo 2º El excedente de recaudación mencionado en el articulo 1 deberá realizarse contra la sumatoria de las partidas en mas y en menos que se detallan como anexo 1, en función al estado analítico de la Ejecución del Calculo de Recursos realizado por el Poder Ejecutivo al 30 de noviembre de 2003.

Articulo 3º El Departamento Ejecutivo imputará el Excedente de Recaudación a las partidas contables del Calculo de Recursos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 2 del presente proyecto.

Articulo 4º El Departamento Ejecutivo procederá a la ampliación de las partidas del Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 3 del presente proyecto.

Articulo 5º El departamento ejecutivo podrá utilizar los créditos suplementarios del Calculo de Recursos por los excedentes de recaudación que se produzcan durante el mes de Diciembre de 2003.

Articulo 6º El departamento Ejecutivo deberá informar a este Honorable Cuerpo antes del 15 de Enero de 2004 los excedentes de recaudación producidos durante el mes de Diciembre a efectos de su conocimiento.

Articulo 7º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 076/2003

ANEXO 1

ESTADO DE EJECUCION CALCULO DE RECURSOS AL 30/11/2003
BASE PARA LA CREACION DE CREDITOS PRESUPUESTARIOS  

 CONCEPTO  CALCULO ORIGINAL   PERCIBIDO AL 30/11/03  DIFERENCIA
 INGRESOS ORDINARIOS      
 Seg. e Higiene del Ejercicio  150.000 438.547 288.547
 Seg. e Higiene Ejerc. Anteriores 110.000 269.474  159.474
       
 Serv. Sanitarios del Ejercicio 95.000 79.990  -15.010
 Serv. Sanitarios Ejerc. Anteriores 60.000 55.297 -4.703
       
 Serv. Grales del Ejercicio 1.700.000 1.644.095 -55.905
 Serv. Grales Ejercicio Anterior 950.000 1.573.140 623.140
       
 Coparticipacion Provincial  3.700.000 4.358.959  658.959
 Derechos de Construccion 95.000 78.485 -16.515
 Hospital 400.000 414.609 14.609
 Tasa por Marcas y Señales 18.000 54.588   36.588
 Derechos de Oficina 100.000 103.541 3.541
 Ingresos Varios 100.000 260.907 160.907
 Coparticipacion Ley 11969 350.000 430.180 80.180
 Multas, Recargos e Intereses 68.000   240.792 172.792
 Coparticipacion Prode y Casinos 300.000 395.787   95.787
 Desc. Tributaria Impto Inm. 25.000 272.435 247.435
 Intereses Saldos Promedio 12.000 36.703 24.703
 Otros Ingresos  126.000 182.237 56.237
 Recupero Deuda Rentas Pcia 0   0
 Total Ingresos Ordinarios 8.359.000
10.889.766
2.530.766

 
ANEXO 2

PARTIDAS A INCREMENTAR DEL CALCULO DE RECURSOS 2003

 IMPUTACION CONTABLE  DESCRIPCION 
 IMPORTE
 0.0.1.1.1.4.1.0.0.  Seg. E Higiene del Ejercicio  288.547
 0.0.1.1.1.4.2.0.0  Seg. E Higiene Ejercicios Anteriores  159.474
 0.0.1.1.1.7.2.0.0  Tasa Serv. Grales Ejercicios Anteriores  603.759
 0.0.1.2.1.2.4.0.0  Coparticipacion Ley 10.559  642.444
 0.0.1.1.1.19.0.0  Tasa Servicio Asistencial  14.609
 0.0.1.1.1.16.0.0  Tasa por Marcas y Señales  36.588
 0.0.1.1.1.9.0.0  Derechos de Oficina  3.541
 0.0.1.1.1.26.11.0  Ingresos Varios  160.907
 0.0.1.2.1.3.2.0.0  Coparticipacion Ley 11.969  80.180
 0.0.1.2.2.43.0.0  Descentralización Tributaria  247.435
 0.0.1.1.1.26.5.0  Multas, Recargos e Intereses  172.792
 0.0.1.2.1.3.4.0  Copaartic. Prode y Casinos  95.787
 0.0.1.1.1.26.14.0  Intereses Saldo Promedio  24.703
     
     2.530.766

 
ANEXO 3

PARTIDAS A INCREMENTAR PRESUPUESTO DE GASTOS 2003

 IMPUTACION CONTABLE  DESCRIPCION 
 IMPORTE
 1.1.1.1.1.2.1.0  Personal Mensualizado  46.000
 1.1.1.1.1.3.4.0  Horas Extras 37.000
 1.1.1.1.1.3.5.2  Bonificación Especial 67.000
 1.1.1.1.2.6.0.0  Gastos por Servicios Públicos 38.000
 1.1.1.1.2.7.0.0  Propaganda y Publicidad 24.000
 1.1.1.1.2.14.3.0  Gastos Generales Varios 80.000
 1.1.2.7.2.0.0.0  Amortización Instituto Vivienda 57.000
 2.1.1.1.1.3.4.0  Horas Extras 67.000
 2.1.1.1.1.3.5.2  Bonificación Especial 67.000
 2.1.1.1.2.4.0.0  Drogas y Medicamentos   330.000
 2.1.1.1.2.8.0.0  Racionamiento y Alimentos   52.000
 2.1.1.1.2.14.3.0  Gastos Generales Varios  42.000
 3.1.1.1.1.3.5.2  Bonificación Especial  71.000
 3.1.1.1.1.3.5.4  Presentismo  28.000
 3.1.1.1.2.2.0.0  Combustibles y Lubricantes  170.000
 3.1.1.1.2.3.0.0  Conservación y Reparaciones  235.000
 3.1.1.1.2.12.2.0  Retribución Servcios Públicos  61.000
 3.1.1.1.2.14.2.0  Gastos por Alumbrado Público 85.000
 3.1.1.1.2.14.3.0  Gastos Generales Varios 68.000
 3.1.1.1.2.14.7.0  Granja Comunitaria  75.000
 3.1.2.5.2.53.0.0  Reconstrucción Pavimentos 81.000
 3.1.2.5.2.56.0.0  Desagues 99.000
 3.2.1.1.2.3.0.0  Conservación y Reparaciones 18.000
 4.1.1.1.1.3.5.2  Bonificación Especial 24.000
 4.1.1.1.2.2.0.0  Combustibles y Lubricantes 210.000
 4.1.1.1.2.3.0.0  Conservación y Reparaciones 110.000
 5.1.1.3.1.3.0.0  Ayuda Social   288.766
     
     2.530.766

Ordenanza Nº 075/03 – Autorizando a la Creación de Creditos Suplementario

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º Autorizase al Departamento Ejecutivo a la Creación de Créditos Suplementarios del Calculo de Recursos del Ejercicio 2003 utilizando el Superávit acumulado de Ejercicios Anteriores, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Articulo 2º Dichos Recursos se encuentran registrados contablemente en la cuenta “Resultados de Ejercicios anteriores” Finalidad 60, Item 1, Secc. 1, Cect 1, Inc. 1, Ppal. 1.

Articulo 3º Los Créditos Suplementarios serán utilizados para financiar las partidas del Presupuesto de Gasto del Año 2003.

Articulo 4º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 075/2003

ANEXO 1

PARTIDAS CALCULO DE RECURSOS A INCREMENTAR POR TRANSFERENCIA DE RESULTADOS ACUMULADOS EJERCICIOS ANTERIORES

 IMPUTACION CONTABLE  DESCRIPCION  IMPORTE
 0.0.1.1.1.4.1.0.0  Tasa Seg. E Higiene del Ejercicio  50.000,00
 0.0.1.1.1.7.1.0.0  Tasa Serv. Grales del Ejercicio  79.975,51
     
     129.975,51

 
ANEXO 2

PARTIDAS PRESUPUESTO DE GASTOS A INCREMENTAR POR TRANSFERENCIA DE RESULTADOS ACUMULADOS EJERCICIOS ANTERIORES

 IMPUTACION CONTABLE  DESCRIPCION  IMPORTE
 5.1.2.5.2.60.0.0  Comedores Multifamiliares  129,975,31
     
     129.975,51

Ordenanza Nº 074/03 – Discapacitados Eximisión de Tasas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:  Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal, a todas aquellas familias de bajos recursos económicos residentes en nuestro distrito, que posean en su núcleo familiar un hijo, un nieto o cónyuge a cargo DISCAPACITADO en más de un 75 %.

ARTÍCULO 2°:  La eximisión del pago de la tasa de Servicios Generales a que se refiere el artículo 1° corresponderá a la vivienda Propia única y permanente en donde resida la persona discapacitada aunque no sea el titular de la tasa, o de la vivienda.

ARTÍCULO 3°: La eximisión del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y de la Habilitación Municipal, será del 100%, para todas aquellas familias que en su núcleo familiar posean un hijo, un nieto o cónyuge a cargo DISCAPACITADO en las condiciones previstas en el Artículo 1°, siempre que posean pequeños comercios, Kioscos, Almacenes de Barrio, Reventa de Pan, Verdulerías, Taxistas o Remiseros y todo aquel comercio minorista que implique una fuente de trabajo para sus propietarios (Padres o Abuelos y Cónyuges) y estén atendidos por ellos.
 
ARTÍCULO 4°: Para acceder a este beneficio se deberán cumplimentar los requisitos y Documentación siguiente:

REQUISITOS:
1) Los Ingresos del Grupo Familiar no deben superar un sueldo y medio básico de la categoría inferior del escalafón administrativo municipal, sin bonificaciones o adicionales.
2) Deben acreditar residencia permanente en nuestro municipio y una antigüedad mínima de 5 años.
DOCUMENTACIÓN:
1) Nota dirigida al Honorable Concejo Deliberante, solicitando el beneficio y explicando detalladamente la situación familiar, con la cual se abrirá el correspondiente Expediente administrativo.
2) Fotocopias de los Documentos personales de todos los integrantes del grupo familiar, donde conste el domicilio y la antigüedad en el distrito.
3) Resumen de Historia Clínica emitida por el Hospital Municipal San José de Capilla del Señor, o por entidades sanitarias oficiales, en donde conste también el grado de discapacidad del beneficiario.
4) Declaración Jurada de ingresos ante el Juzgado de Paz de Exaltación de la Cruz, y de renuncia expresa a recibir el beneficio en caso de modificarse la situación socioeconómica que dio origen al mismo.
5) Fotocopias de los recibos de haberes de todos los integrantes del grupo familiar.
6) Informe socio-ambiental confeccionado por alguna de las asistentes sociales del Municipio.
7) Para el beneficio de la tasa de Seguridad e Higiene y para la Habilitación Municipal se deberá acompañar en el expediente generado en la Dirección de Producción y Medio Ambiente y en la Dirección de Bromatología, de toda la documentación solicitada en los puntos anteriores.
8) Fotocopia del Título de Propiedad o Boleto de Compra Venta, o cualquier otra documentación referida a la titularidad del inmueble que se pretende eximir.
9) El incumplimiento de cualquiera de los Requisitos o de la Documentación exigida en la presente es condición excluyente para recibir el beneficio de esta Ordenanza.

ARTÍCULO 5°: El Honorable Concejo Deliberante queda facultado para otorgar el beneficio por vía de excepción, en aquellos casos que se considere necesario por situaciones extremas.

ARTÍCULO 6°:
Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 7°: Derógase la Ordenanza 20/2002.

ARTÍCULO 8°: Derógase la Ordenanza 43/2002.

ARTÍCULO 9°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 074/03

Ordenanza Nº 073/03 – Ex. 100 % Tasa Serv. Grales.y habil. por Disc. Nieto, Alfredo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20-2002, según Expediente 4036-15523/03; al inmueble designado Catastralmente como: Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 5, Parcela 17, Partida Inmobiliaria N° 3386, Contribuyente N° 10287, Orden N° 94, perteneciente a Saavedra, Amanda Estela, (Disc. Nieto, Alfredo Martín 75%).

Articulo 2°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene y Habilitación Municipal; mientras dure la relación contractual con el Sr. Nieto, Alfredo Martin; al comercio ubicado en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección “A”, Manzana 9, Parcela 1e, Partida Inmobiliaria N° 23044, Contribuyente N° 8334, Orden N° 3964, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 20-2002.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 073/2003