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Ordenanza Nº 015/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14669-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5b, Parcela 9, Pda. Inmobiliaria 27.971, Matricula, 14487, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-14669/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de  Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3°  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 015/2003

Ordenanza Nº 014/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14932-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5b, Parcela 13, Pda. Inmobiliaria 27.975, Matricula, 14491, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-14932/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 014/2003

Ordenanza Nº 013/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14734-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5d, Parcela 12, Pda. Inmobiliaria 28.012, Matricula, 14411, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-14734/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 013/2003

Ordenanza Nº 012/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14843-03

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5d, Parcela 9, Pda. Inmobiliaria 28.009, Matricula, 14408, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-14843/03.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 012/2003.

Ordenanza Nº 011/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-11907-00

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Manzana 5d, Parcela 19, Pda. Inmobiliaria 28.019, Matricula, 14.418, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-11907/00.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 011/2003

Ordenanza Nº 010/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14665-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Parcela 8, Pda. Inmobiliaria 27.482, Matricula, 14314, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente 4036-14665/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 010/2003

Ordenanza Nº 009/03 – Escrituración de Bien Inmueble CI, SD,Qta5, Expte 4036-14650-02

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente: Circunscripción I, Sección D, Quinta 5, Manzana 5b, parcela 22, Partida Inmobiliaria 27984, Matricula 14500, del partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-14650/02.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 009/2003

Ordenanza Nº 008/03 – Aseptando la Donación de un Inmueble del Instituto de la Vivienda

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Acéptase la donación a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Según Resolución N° 83 sancionada por el ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Instituto de la Vivienda), con fecha 5 de septiembre de 2002, modificatoria del Art. 1° del Decreto Provincial N° 3938, de los siguientes bienes inmuebles.

Nomenclatura Catastral:

Circunscripción II, Sección F, Manzana 127, Parcelas 1 y 9, Manzana 132, Parcela 7, Manzana 133, Parcela 8 y 16, Manzana 136, Parcelas 5 y 7, Manzana 137, Parcelas 1 y 4, Manzana 139, Parcela 7 y Manzana 140, Parcelas 1, 8, 9, 10, 11, 11, 12, 13, 14, 15, y 16.

Articulo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a sus efectos archívese.

Articulo 3°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 007-2003

Ordenanza Nº 007/03 – Condonación de tasas por servicios generales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Condónase la deuda que en concepto de Tasas de Servicios Generales adeuden los inmuebles ubicados en el partido de Exaltación de la Cruz, nomenclatura catastral: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 98, parcela 1 a 6, de 14 a 19, Circunscripción IV, Sección H, Manzana 120, Parcelas 1 a 14, 20, 24, 25 y 27, Circunscripción IV, Sección H, Manzana 141, Parcelas, 1A, 3, 5, 6, 7, 12, 16 y 17, Circunscripción IV, Sección H, Manzana 143, Parcelas 4,5,6, de 13 a 20.

Articulo 2°: Declárase de Interés social la escrituración de los inmuebles ubicados en el Partido de Exaltación de la Cruz: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 98, parcela 4, 5, 6, 14 a 19, Manzana 120, Parcelas 1 a 7, 14, 20, 24, 25 y 27 Manzana 141, Parcelas 1, 3, 5 a 11, 15, 17 y 18 Manzana 142 Parcela 1ª, 3, 5, 6, 7, 16 y 17, Manzana 143, Parcela 4, 5, 6, 13, 14, 16, 17, 18, 19 y 20, solicitándose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,

Articulo 3°: El Departamento Ejecutivo queda facultado para firmar los instrumentos jurídicos que fueran necesarios para el otorgamiento de las escrituras a sus beneficiarios.

Articulo 4°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 007-2003

Ordenanza Nº 006/03 – Autorizando al D.E a aceptar la entrega de un inmueble en la calle Moreno 446

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Derógase los artículos 3° y 4° de la Ordenanza N° 003/2002.

Articulo 2°: Modificase los artículos 1° y 2° de la Ordenanza 003/2002, los que quedaran redactado de la siguiente manera: Articulo 1°: Acéptase la entrega en propiedad del inmueble ubicado en la calle Moreno Nº 446 de Capilla del Señor, nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección A, Manzana 26, Parcela 12°, perteneciente a la Sra. María Touya de Sambucetti, Libreta Cívica Nº 2.005.189, en compensación de las deudas de Tasa de Servicios Generales, que registren los inmuebles ubicados en el Partido de Exaltación de la Cruz, cuyos números de orden son: 8131, 8133, 8134, 8135, 8136, 8137, 8138, 8139, 8141, 8142, 8143, 8144, 8145, 8146, 8147, 13.521, 13.521, 13530, 13531, 8140 y 656 hasta la 6¬º cuota de 2002 inclusive, con aplicación de la moratoria vigente en la modalidad de contado, adicionando un 20% de multa por omisión fiscal.

Articulo 3°: Fíjase como valor de toma del inmueble, la tasación practicada por el Banco Municipal de la Plata, PESOS CIENTO CATORCE MIL NOVECIENTOS (114.900).

Articulo 4°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 006-2003