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Ordenanza Nº 065/06 – Ceder a fvor. Obispado Zárate-Campana inm. en Arroyo de la Cruz

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Cédase en donación a favor del Obispado de Zárate – Campana el inmueble perteneciente al dominio privado municipal ubicado en Arroyo de la Cruz, catastrado como: Circunscripción III, Sección G, Quinta 2, Parcela 10, Pda. Inmobiliaria 3106 con una superficie aproximada de 4.282 m2.-
 
Artículo 2º: La transferencia dispuesta en el artículo anterior será a título gratuito y con cargo de utilizarla para la construcción de una
Capilla e instalaciones dedicadas a actividades misioneras y sociales.-

Artículo 3º: Declárase de interés social la escrituración del inmueble cedido, a cuyo fin solicítese la intervención de la Escribania General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires , quedando el Departamento Ejecutivo autorizado a suscribir la correspondiente Escritura traslativa de dominio en la forma dispuesta.-

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para entregar la posesión del inmueble a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-  

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 065/2006.

 

Ordenanza Nº 064/06 – Aut. al D.E. transferir al Sr. Martinez Fernando inm. municipal

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a favor del Señor Fernando Martínez D.N.I. Nº 10.705.934, domiciliado en la calle Alem Nº 1075 de Capilla del Señor, el inmueble perteneciente al dominio privado municipal catastrado como : Circunscripción I, Sección B, Chacra 4, Parcela 4c, Partida Inmobiliaria Nº 12989, con una superficie aproximada de 9.976 metros cuadrados.-

Artículo 2º: Establécese como precio de venta del inmueble descripto en el artículo anterior, en la suma de Pesos Cuarenta Mil ($40.000), las que deberán
ser depositadas en la Tesorería Municipal dentro de los treinta días corridos contados a partir de la sanción de la presente Ordenanza.
Verificado el depósito, el Departamento Ejecutivo hará efectiva la entrega de posesión del inmueble a favor del comprador.-  

Artículo 3º: Serán a cargo del adquiriente todos los gastos, honorarios, sellados que demande la transferencia del inmueble a favor del comprador, sin que implique costo alguno al Municipio.-  

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio.-

Artículo 5º:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 064/2006.

Ordenanza Nº 063/06 – Dispónese la vta. inm. dominio municipal

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dispónese la venta de los inmuebles pertenecientes al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, catastrados como:
Circunscripción V , Sección R, Parcelas 1275 y 1276b, Partidas Inmobiliarias 2481 y 609, respectivamente, con una superficie aproximadas entre ambas de 327,934 metros cuadrados.  

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo llevará a caba la venta de los inmuebles descripatos en el artículo anterior, mediante el procedimiento de Licitación Pública de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones que establezca.

Artículo 3º: Establécese como precio base de venta la suma de Pesos Un Millón Ciento Ochenta y Ocho Mil ($1.188.000.-).

Artículo 4º: Las sumas obtenidas de la Licitación Pública serán destinadas a concluir las obras del Hospital Municipal San Jóse de Capilla del Señor y el saldo a rentas generales del presupuesto.

Artículo 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todo aspecto no previsto en la presente Ordenanza.

Artículo 6º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 063/2006.

 

Ordenanza Nº 062/06 – Facilidades de Pago Moratoria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 062/2006.

 

Ordenanza Nº 066/06 – Designar con el nombre Dr. Colombini, Terrarosa y Massanti la salas del Hos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Desígnase con el nombre de DR. PEDRO NATALIO COLOMBINI, a la Sala de perfeccionamiento, capacitación y conferencias del Hospital Municipal San José de Capilla del Señor.-

Artículo 2°: Desígnase con el nombre de DR. ALEJANDRO TERRAROSA al Quirófano del Hospital Municipal San Jóse Capilla del Señor.-

Artículo 3°: Desígnase con el nombre de DR FRANCISCO MASSANTI al Sector B de internacióndel Hospital Municipal San José de Capilla del Señor.-

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 066/2006.

Ordenanza Nº 061/06 – Derogar Ord. Munic. 05-02 Hab. Prec.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Derógase la Ordenanza Municipal Nº 005/2002, sancionada por este Honorable Consejo Deliberante con fecha 28 de Enero de dos mil dos.-

Artículo 2º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 061/2006.

 

Ordenanza Nº 060/06 – Compensación partidas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Compénsase las partidas que forman parte integrante del Anexo 1 correspondientes al Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2005 por la suma de Pesos Tres Millones Treinta y Siete Mil Seiscientos Veintiocho con 99/10 ($ 3.037.628,99).-

Artículo 2º: La compensación establecida por el artículo 1 deberá realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 2, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 3º: De Forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 060/2006.

 

Ordenanza Nº 059/06 – Dec. I. M. Certamén de Exp. Imnov.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal al I Certámen de Experiencias Innovadoras “Discapacidad e Integración” organizado por la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.-
 
Artículo 2º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Septiembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 059/2006.

 

Ordenanza Nº 058/06 – Dec. I. M. Cabalgata de La Fe

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal a la Cabalgata que unirá la localidad de Los Cardales con la Ciudad de Caacupe en la República del Paraguay, esta marcha denominada “ Cabalgata de la Fe” llevará imágenes de las Vírgenes de Luján, San Nicolás e Itatí trayendo para nuestro Partido la de la Señora de Caacupe, la partida de la
misma esta prevista para el mes de Junio de 2007, el recorrido aproximado es de 1.450 km y el tiempo previsto de marcha es de 60 días y los integrantes de la marcha son habitantes del Partido de Exaltación de la Cruz.-
 
Artículo 2º:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Agosto de dos mil seis.

egistrada Bajo el N° 058/2006.

 

Ordenanza Nº 057/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sra. Bravo Hercilia

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Mza. 3H, Parcela 21, el cual pertenece a la Sra. Bravo Hercilia.-

Artículo 2°:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidos días del mes de Agosto de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 057/2006.