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Ordenanza Nº 031/08 – Eximición de libreta sanitaria a los alumnos de la escuela 501

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Libreta Sanitaria, a 18 alumnos que forman parte de los Talleres Técnicos Profesionales de panadería y Armado, con Orientación en Servicios, de la Escuela Nº 501.

Articulo 2°:
 La Eximición a la que hace referencia el Articulo 1º corresponde a los alumnos que a continuación se detallan:

 Nombre y Apellido  D.N.I.
 Cardozo, Marianela  36.730.004
 García, Natalin  34.832.158
 Scharton, Mariana  37.381.717
 Palacios, Pamela  34.239.920
 Gallegos, Florencia  37.230.059
 Toledo, Gabriel  38.360.054
 Carabajal, Juan Cruz  37.250.622
 Mendieta, Héctor  30.004.176
 Quinteros, Nazareno  37.899.392
 Ojuez, Cristina  37.230.087
 Rojas, Patricia  35.370.072
 Maidana, Yolanda  34.252.651
 Toledano, Ivana  30.945.945
 Bardelli, Juliana  20.886.443
 Arrieta, Martín  40.428.277
 Miranda, Franco  38.688.927
 Latorre, Claribel  38.404.061
 Pereyra, Ariel  37.049.196

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 031/2008.

Ordenanza Nº 030/08 – Ordenanza Addenda con el Ministerio de Infraestructura

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Convalídese la Addenda del convenio celebrado entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por Resolución Ministerial M.I.V.S.P 179/06, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado para su firma.

Artículo 2º: 
De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil ocho.                           

Registrada Bajo el N° 030/2008.

Ordenanza Nº 029/08 – Ordenanza Preparatoria Sobre Prestamo de Tres Millones Cuatrocientos Treinta Mil Ciento Setenta con 30/100

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA PREPARATORIA

Artículo 1°: Modificase la Ordenanza Nº 62/05 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Autorizase al Departamento Ejecutivo a concretar con el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (EN-HOSA), a través del Programa de Obras Menores de Sa-neamiento (PROMES), un préstamo por la suma de PE-SOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CIENTO SETENTA CON 30/100 $ (3.430.170,30).

Artículo 2º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Delibe-rante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Junio de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 029/2008.

Ordenanza Nº 028/08 – Compensación de partidas 2007

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°:  Compensase  las  partidas  que  forman parte integrante del Anexo I correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS DEL EJERCICIO 2007  por  la suma de  pesos OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON 04/100 ($ 8.757.525.04).

Artículo 2º: La compensación establecida por el artículo I deberá  realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 2 de acuerdo con lo establecido por el artículo 67 de la  LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

Artículo 3º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Delibe-rante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Junio de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 028/2008.

Ordenanza Nº 027/08 – Escrituración CI, SD, Qta 2, P 61F Deantoni y Zubiela

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 2, Parcela 61f, Partida Inmobiliaria 15085, inscripto el dominio bajo el Nº 275 (031), del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-21668/08, a nombre de Aldana Graciela Deantoni y de Alfredo Alejandro Zubiela.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de  Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él artículo anterior.

Articulo 3°   De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Delibe-rante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Junio de dos mil ocho.                                         

Registrada Bajo el N° 027/08.

Ordenanza Nº 026/08 – Declara de interes municipal la campaña educativa sobre el agua

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Declárese de interés municipal la campaña educativa y cultural organizada por el Rotary Club de los Cardales y Copesel para el uso racional del agua.-

Articulo 2º: De forma.
 
 Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.         

Registrada Bajo el N° 026/08.

Ordenanza Nº 025/08 – Autorizando al D.E. a transferir las obras de gas a la empresa Gas Ban

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir a favor de la empresa Gas Natural Ban S.A., las redes de distribución de gas natural ejecutadas según los proyectos EC-468, EC-552, EC-409, EC-282, EC-309, EC-292, EC-277, correspondientes a los barrios Villa Constantini, Ing. Marín, MBuricá, la Boca, La Loma, El Bajo y autoconstrucción, obras resultantes de la Licitación Pública.

Articulo 2º Facultase al Departamento Ejecutivo a firmar con la empresa distribuidora del servicio, las respectivas actas de transferencia de cada uno de los sectores involucrados.

Articulo 3º
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 025/08.

Ordenanza Nº 024/08 – Modificación de la Ordenanza 100-07 y derogación Ordenanza 06-07 zonificación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 100/07, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Capilla del Señor:

Artículo 1º: Desaféctase de la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana (XREbb) de la Localidad de Capilla del Señor a los predios denominados catastralmente como: Circ. II, Secci?n Rural, Parcelas 415d, 415c, 415f, 428, 429, 430, 432, 433, 434, 435, 486, 487, 488, 489, Circunscripción III, Sección E, Par-celas, 565, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, Circuncripción III, Sección Rural, Parcela 603 (excluido su frente a Ruta Nº 39) el cual se encuentra afectado a zona (XEVb); Circunscripción V, Sección Rural, parcelas 1193a, 1215, 1237, 1238a, 1251, 1252a, 1252b, 1254, 1255, 1256a, 1256b, 1258a, 1258b, 1258c, 1258d, 1258e, 1258f, 1258g, 1258h, 1258i, 1258j, 1259a, 1259b, 1259c, 1259d, 1260a, 1260b, 1260c, 1260d, 1260e, 1261a, 1261b, 1261c, 1261d, 1262a, 1262b, 1262c, 1262d, 1263b, 1263c, 1263d, 1263e, 1263f, 1265a, 1265b, 1265c, 1265d, 1266, 1267, 1269, 1270, 1271, 1272, 1273, 1274, 1276a, Circuncripción VI, Sección A, Parcelas, 1352, 1353, 1354, (excluido 200mts. con frente al Camino a Diego Gaynor, manteniendo el uso existente).

Articulo 2º:
  Modificase el Articulo 11º de la Ordenanza 100/07, el que quedara redactado de la siguiente manera:
 
Localidad Parada Robles:

Articulo 11º:  Se establece para los predios afectados a Zona XREbb2, (Parcelamiento Especial) denominados catastralmente como: Circ. III, Parcelas 644b, 644c, 644d, 645b, 645c, 646, 668c, 668d, 668e, 668f, 668g, 670a, 671 a, 672, 673, 674, 675, 693d, 694a, 694c, 694d, 695a, 710b, 714 a, 715 a, 716, 717 a, 717b, 718, 719, Circ. IV, Parcelas 723, 724 a, 726 a, 727 a, 725 a, 725 d, 734 a, 734 b, 735, 736a, 736b, 736c, 736d, 737, 738, 739, 740, 741, 756, 757, 758a, 758b, 759a, 767a, 768 a, 768 b, 769a, 771a, 771b, 774h, 774k, los siguientes indicadores urbanísticos:

Subdivisión del suelo:
Lote mínimo para nuevas subdivisiones
Frente mínimo: 40 metros
Superficie: 5.000mts2.
 
 Incorpórase a la zona XREbb2, (Parcelamiento Especial), Circunscripción VI, Parcelas 1430b, 1430c, 1458a, 1458b, 1471d, 1471e, 1471f, 1466b, adoptando los indicadores citados en el parrafo presedente.
  Solo se podrá admitir un 20% de la superficie total, parcelas de dimensiones actuales (Ancho 30mt. Superficie: 1500mt2.) para la zona XREbb, cuando el emprendimiento supere las 100has.
El resto de los indicadores mantendrán los índices urbanísticos establecidos en el Código de Ordenamiento Territorial ó Ordenanza 60/97 y sus modificatorias.

Articulo 3º: Modificase el Articulo 12? de la Ordenanza 100/07, el cual quedara redactado de la siguiente manera :

Localidad de Pavón:

Articulo 12º:  Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de Pavón a los predios denominados catastralmente como: Circunscripción. II, Sección P,  manzanas 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 139 y 140.

Localidad de la Lata

Artículo 12bis. Desaféctase del Area Urbana, Zona Residencial Dominante (RDb1) de la localidad de La Lata a los predios denominados catastralmente como: Circunstripción V, Sección. M, manzanas 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22.

Artículo 4º:  Incorporase el Artículo 13? bis. A la Ordenanza 100/07: Aféctase a la Zona Agropecuaria de la localidad de La Lata, a los predios citados en el artículo 12ºbis que antecede.

Articulo 5º: En caso de producirse diferencia en la mención de los inmuebles indicados en la presente, tendrá validez la designación según planos catastrales.

Artículo 6º:  Derógase la Ordenanza 06/08.

Articulo 7º: 
De Forma.

Dado en  la Sala  de Sesiones del  Honorable  Concejo  Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 024/08.

Ordenanza Nº 023/08 – Escrituración CI, SD, Qta. 2, M2F Kely Natalia, Kely David

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º Declárese de interés social la escrituración de un bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 2, Manzana 2f, Parcela 8, Partida Inmobiliaria 1301, Matricula 11545 del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-21156/08, a favor de Natalia Vanina Kenny, D.N.I.: 34.092.444 y de David Ezequiel Kenny D.N.I.: 36.386.850.

Articulo 2º Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de  Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el artículo anterior.

Articulo 3º De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 023/08.

Ordenanza Nº 022/08 – Ratificación de Decreto 64

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º:  Ratificase el Decreto Nº 64/08 sancionado por el Departamento Ejecutivo con fecha 10 de Abril del Corriente  año, referido al Acuerdo Marco de Cooperación entre la Dirección Nacional de Migraciones y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, para la implementación del PROGRAMA DE NORMALIZACIÓN DOCUMENTARIA MIGRATORIA en el distrito de EXALTACIÓN DE LA CRUZ..

Articulo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 022/08.