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Ordenanza Nº 2604/19 – Ratificar el Decreto N° 49-19

 Corresponde Expediente Nº 4036-702/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ratificase en todas sus partes el Decreto N° 49/2019 dictado por el Departamento Ejecutivo, con fecha 11 de enero del corriente año.-
    
ARTÍCULO 2°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2604/19.-    

Ordenanza Nº 2603/19 – Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir con el ministerio de seguridad el permiso de uso de un inmueble

 Corresponde Expediente Nº 4036-637/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a suscribir con el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE  LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el permiso de uso del inmueble designado catastralmente como Circunscripción 3, Sección B, Manzana 191, Parcelas 12, 13, 14 y 15, Partidas Inmobiliarias N° 9357, 9358,  9359 y 9360 respectivamente del Partido de Exaltación de la Cruz, predio se destinara a la instalación de una dependencia policial.-
    
ARTÍCULO 2°    Notifíquese la presente Ordenanza al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2603/19.-    

Ordenanza Nº 2602/19 – Declarando de entidad de bien publico la Asociacion Civil el Cambio

 Corresponde Expediente Nº 4036-631/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese como ENTIDAD DE BIEN PÚBLICO del Partido de Exaltación de la Cruz, a la ASOCIACIÓN CIVIL EL CAMBIO, con domicilio legal en calle O´Higgins 60 de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, inscripta el 23 de Julio 2007, con Matricula N° 32370, Legajo 140.522, de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.-
    
ARTÍCULO 2°    Exímase del pago de toda Tasa Municipal a la Asociación Civil a que se hace referencia en el Artículo precedente, respecto del inmueble de su propiedad, identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección J, Quinta 13, Parcela 13a, mientras el mismo este afectado al cumplimiento de los fines propios del objetivo social de la entidad.-
    
ARTÍCULO 3°    Queda establecido que si la entidad no cumpliese con los objetivos perseguidos según sus Estatutos, quedarán sin efecto tanto el Reconocimiento del Artículo 1° como la exención por el Artículo anterior previa Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal.-
    
ARTÍCULO 4°
    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2602/19.-    

Ordenanza Nº 2601/19 – Condonación de la deuda por Tasa de Seguridad e Higiene a favor de Osvaldo Patriarca (1)

7 Corresponde Expediente Nº 4036-715/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la Condonación de la deuda por la Tasa de Seguridad e Higiene del comercio ubicado en Ruta 8 Km. 83 Cuartel IV de Parada Robles inmueble designado catastralmente como Circunscripción: IV Sección: R Parcela: 1.029-B, Partida Inmobiliaria N° 031-2810 del partido de Exaltación de la Cruz, desde la cuota 6° del año 2018 hasta la cuota 4° del ejercicio 2019, que incluye moratoria correspondiente a la deuda por la misma tasa, a favor del contribuyente PATRIARCA OSVALDO, titular del DNI N° 13.815.219.-
    
ARTÍCULO 2°    Otorgase, durante el resto del ejercicio 2019, la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene a favor del contribuyente del artículo anterior y sobre el mismo inmueble, la que será renovable anualmente mientras subsistan los presupuestos de hecho por los que se dispuso su otorgamiento.-
    
ARTÍCULO 3°    De Forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2601/19.-    

Ordenanza N° 2600/19 – Declarando de interes municipal el evento EXPOBASK INTEGRACION ARGENTINA 2019

 Corresponde Expediente Nº 4036-713/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 Declárese de interés municipal el evento “EXPOBASK INTEGRACION ARGENTINA 2019, a realizarse en las instalaciones del CLUB HONOR Y PATRIA de nuestra ciudad Capilla del Señor, los días 20, 21 y 22 de Septiembre de 2019.-
    
ARTÍCULO 2°    Realizar entrega de un certificado de dicha declaración expedido desde éste Honorable cuerpo deliberativo.-
    
ARTÍCULO 3°    De Forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2600/19.-    

Ordenanza N° 2599/19 – Aceptar la donación de EMPRENDIMIENTOS Y DESARROLLOS TERRANOVA S.A.

 Corresponde Expediente Nº 4036-678/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°  
 Aceptase la donación de U$D 120000 (dólares estadounidenses ciento veinte mil), ofrecida por la empresa “EMPRENDIMIENTOS Y DESARROLLOS TERRANOVA S.A. CUIT N° 30-71553501-0, para la adquisición de equipamiento hospitalaria, para el HOSPITAL SAN JOSE.-
    
ARTÍCULO 2°    La suma ofrecida y su forma de integración serán depositadas en pesos en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Capilla del Señor abierta a nombre de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día anterior a la fecha de cada depósito.-
    
ARTÍCULO 3°    El Departamento Ejecutivo queda autorizado para aplicar las sumas determinadas en el artículo 1° de esta Ordenanza a la compra de equipamiento del Hospital Municipal San José que a continuación se detalla: una mesa de Anestesia, una torre de Laparoscopia, un Litoscopio, un Monitor Multiparamétrico, un respirador y un Electro bisturí.-
    
ARTÍCULO 4°    El Departamento Ejecutivo deberá rendir cuentas al Honorable Concejo Deliberante de las adquisiciones realizadas con las sumas determinadas en el Artículo 1° dentro del plazo de treinta días de la compra.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2599/19.-    

Ordenanza N° 2598/19 – Vidrieras vivas

 Corresponde Expediente Nº 4036-678/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Objeto y finalidad. La presente ordenanza tiene por objeto prohibir la exhibición hacia la vía pública de animales de cualquier especie, sexo y edad a los fines de evitar su compra impulsiva, compulsiva y/o compasiva que se ve estimulada mediante su exhibición, la que les provoca sufrimientos y padecimientos con consecuencias psíquicas y físicas irreversibles.-
    
ARTÍCULO 2° 
   Alcances. La prohibición abarca la exhibición de animales en vidrieras, jaulas o análogos en veterinarias, acuarios o comercios de cualquier tipo.
    
ARTÍCULO 3°    Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación será designada por el Poder Ejecutivo.
a)    Efectuar campañas oficiales de publicidad con motivo de la difusión de la presente en coordinación con entidades profesionales de las ciencias veterinarias y ONGs de protección y defensa de la fauna, así como con organismos públicos relacionados.    
b)    Generar capacitaciones para el personal del cuerpo dedicado al control.
    
ARTÍCULO 4° 
   Sanciones. Para los casos de incumplimiento de la presente, los/as infractores/as serán sancionados con la aplicación de las penas de  multa o clausura.-
    
ARTÍCULO 5° 
   Plazo. La prohibición objeto de la presente ordenanza será plenamente operativa pasados ciento ochenta (180) días desde su sanción.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2598/19.-    

Ordenanza N° 2597/19 – Condonacion deuda Cooptec

 Corresponde Expediente Nº 4036-695/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Condonase la deuda que en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, adeude la Cooperativa de Trabajo Exaltación de la Cruz Limitada, CUIT 30-71143152-3, hasta la 3° cuota de 2019.-
    
ARTÍCULO 2°    Autorizase al Departamento Ejecutivo a aplicar una reducción del 30% a la alícuota de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, que corresponda abonar a la Cooperativa mencionada en el artículo 1° de esta Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 3°    La reducción de la alícuota dispuesta por el articulo anterior , regirá por un periodo de 9 (nueve) bimestres contados a partir de la cuota 4° del presente año.-
    
ARTÍCULO 4° 
   De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2597/19.-    

Ordenanza N° 2596/19 – Declarar de interes municipal el proyecto polo lanero del CEPT de Diego Gaynor

 Corresponde Expediente Nº 4036-714/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese de Interés Municipal el Proyecto “Polo Lanero” que lleva adelante el C.E.P.T. N° 32 de Diego Gaynor, partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    Realizar entrega de un certificado de dicha declaración expedido desde este Honorable Cuerpo Deliberativo.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2596/19.-    

Ordenanza Nº 2595/19 – Construcción de darsenas para colectivos sobre la calle Moreno y Colon de Los Cardales

 Corresponde Expediente Nº 4036-706/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Realícese dos dársenas para colectivos, con medidas según la legislación vigente, sobre la calle Moreno (entre San Martín y Alsina) y la calle Colon (entre Alsina y Suipacha) de la localidad de Los Cardales.-
    
ARTÍCULO 2°    Realícese el corrido correspondiente de los postes de luminarias.-
    
ARTÍCULO 3°    Articular los medios necesarios para extraer y colocar los postes de tendido eléctrico de la zona proyectada.-
    
ARTÍCULO 4°    Realícese dos refugios de colectivos a la vera de los sitios mencionados en el artículo 1°.-
    
ARTÍCULO 5°    Extracción de4 árboles para realizar la obra proyectada y reposición de los mismos en un sitio cercano a la misma.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2595/19.-