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Ordenanza Nº 2480/18 – Ordenanza modificación del artículo 1° de la ordenanza 2370-16

Corresponde Expediente Nº 4036-479/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Modificase el artículo 1° de la Ordenanza 2370/16, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Trasfiérase a título gratuito a favor de Zulema Soledad Vital, DNI: F4.543.610, el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: I, Sección D, Quinta 3, Manzana 3e, Parcela 21a, Partida Inmobiliaria 031-16386, del partido de Exaltación de la Cruz, según las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo 4036-34427/16 – alcance 1/2018.-
    
ARTÍCULO 2°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2480/18.-    

Ordenanza Nº 2479/18 – Ordenanza modificación del artículo 1° de la ordenanza 2446-17

Corresponde Expediente Nº 4036-478/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza 2446/17, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Declárese de interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II- Secc. J – Quinta 32 – Parcela 15 Partida Inmobiliaria 9901, Matrícula 13602 del partido de Exaltación de la Cruz , en trámite por ante Expediente Administrativo N° 4036-38531/17 a nombre del Señor González Luís Alberto, titular del DNI 13.635.887.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2479/18.-    

Ordenanza Nº 2478/18 – Ordenanza escrituración a nombre de bango Romina yanel

Corresponde Expediente Nº 4036-477/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción 2- Sección J Quinta 11- Parcela 15, unidad funcional 1, según PH 21-2-2001 Pda. Inmobiliaria 9737, Matrícula 1941 del partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-39820/18. a nombre: Bango Romina Yanel.-
    
ARTÍCULO 2°    Requiérase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la Escribanía Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-
    
ARTÍCULO 3°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2478/18.-    

Ordenanza Nº 2477/18 – Condonación de la deuda por la tasa de servicios generales sra Ibiris Claudia Miryam

Corresponde Expediente Nº 4036-472/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
    Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Generales del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción: III Sección: B Manzana: 38 Parcela: 25. Partida Inmobiliaria Nº 031-7128, del Partido de Exaltación de la Cruz, desde la 1° cuota del año 2010 hasta la 2° cuota del ejercicio 2018, a favor de la Sra. Ibiris Claudia Miryam, titular del DNI 20.649.720, según Expediente Administrativo Nº 4036-40247/2018
    
ARTÍCULO 2°    Con carácter excepcional y durante el ejercicio 2018, exímase del pago de la Tasa de Servicios Generales a la contribuyente indicada en el artículo 1°, respecto del bien inmueble a que se refiere el mismo artículo.
    
ARTÍCULO 3°  
 De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2477/18.-    

Ordenanza Nº 2476/18 – Condonación de la deuda por la tasa de servicios generales sr, Truccolo Hugo omar

 Corresponde Expediente Nº 4036-466/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ratificase el Decreto Nº 20/2018 de fecha 05 de enero de 2018.-
    
ARTÍCULO 2°
    Convalídese la condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Generales del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción: II Sección: C Manzana: 14A, Parcela: 16, Partida Inmobiliaria Nº 031-16848, desde la cuota 6° del año 2012 hasta la cuota 6° del ejercicio 2017, a favor del Sr. Truccolo Hugo Omar, titular del DNI 10.832.255, según Expediente Administrativo Nº 4036-39427/2018.-
    
ARTÍCULO 3°
    Convalídese la condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Sanitarios del bien inmueble designado en el artículo anterior desde la cuota 1° del año 2016 hasta la cuota 6° del año 2017, a favor del contribuyente indicado en el mismo artículo.-
    
ARTÍCULO 4°    Convalídese el otorgamiento de la eximisión de las Tasas de Servicios Generales y de Servicios Sanitarios, con carácter excepcional y durante el ejercicio fiscal 2018, a favor del contribuyente indicado en el artículo 2°.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2476/18.-    

Ordenanza Nº 2468/18 – Autorizacion para poner un puesto de flores en pza. mitre

Corresponde Expediente N° 4036-435/18-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Concédase a favor del  Sr. CARLOS ENRIQUE  CORDOBA, DNI. Nº 14.468.178, el permiso precario de uso de espacio público para la explotación del puesto de flores en el espacio público municipal adyacente a las calle Carlos Pellegrini y San Martín de Capilla del Señor.-

ARTÍCULO 2° Fijase el plazo  del permiso otorgado en el termino de 24 (veinticuatro) meses, los que se contaran a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 3° El permiso precario de uso otorgado quedara sujeto al cumplimiento del proyecto de estructura  presentado y a la ubicación que el área  municipal de transito determine.-

ARTÍCULO 4° De Forma.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2468/18.-

Ordenanza Nº 2467/18 – Ordenanza Comodato Policía

Corresponde Expediente N° 4036-441/18-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Ratificar el Contrato de Comodato  suscripto por el Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, con relación a las parcelas identificadas como Circunscripción III, Sección B, Manzana 16bis (191), Parcelas 5,6,7,8,9,10,11,12,14 y 15, con el objeto de ser destinado al funcionamiento de Comando de Patrulla Rural (CPR) y/o el nombre que en el futuro tuviera.-
    
ARTÍCULO 2° De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2467/18.-    

Ordenanza Nº 2466/18 – Ordenanza adhesión al Regimen provincial de Responsabilidad Fiscal

Corresponde Expediente N° 4036-442/18-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Adhiérase la Municipalidad de Exaltación de la Cruz al Régimen Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal dispuesto por la ley N° 13.295 con las modificaciones, sustituciones e incorporaciones establecidas por la Ley Nº 14.984.-
    
ARTÍCULO 2° Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y al Honorable Tribunal de Cuentas para su conocimiento.-
    
ARTÍCULO 3° De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2466/18.-    

Ordenanza Nº 2465/18 – Ordenanza Licencia Sr. Intendente

Corresponde Expediente N° 4036-445/18-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Otorgase Licencia al Sr. Intendente Municipal, Dn. Adrian Daniel Sánchez, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de 30 días a partir del día 14 de mayo de 2018.-

ARTÍCULO 2° Pongase en Funciones a la Concejal Dra. María Luz Bozzani D.N.I N° 28.287.476 a partír del día 14 de mayo de 2018, como Intendente Interino, mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dn. Adrián Daniel Sánchez.-

ARTÍCULO 3° Habilitase en reemplazo de la Concejal Maria Luz Bozzani, al Lic. Martín Miguel Anselmo Faure Titular del D.N.I N° 24.795.440, de acuerdo a lo establecido en los artículos 16, 19 segunda parte, 87 y 88 de la Ley Orgánica  de las Municipalidades, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 4° En el supuesto caso que el Dn. Adrián Daniel Sánchez, reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo establecido, en el Artículo primero, deberá comunicar oficialmente a este Cuerpo tal circunstancia.-

ARTÍCULO 5° Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 6°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diez días del mes de abril de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2465/18.-

Ordenanza Nº 2464/17 – Ordenanza s/ Presupuesto 2018

Corresponde Expediente N° 4036-420/17-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 
ARTÍCULO 1° Fijase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 475.044.600.) el total de erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL, para el Ejercicio 2018, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programática, por objeto del gasto, por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980, se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

1110200000

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE         

     $ 4.404.671,79.-

1110100000

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 $ 470.639.928,21.-

TOTAL

 

 $ 475.044.600,00.-

ARTÍCULO 2° Estímase en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 475.044.600.) el CALCULO DE RECURSOS, destinado a atender los gastos a que se refiere el Artículo 1º, cuya clasificación por rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el Artículo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 que se detalla en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 3° Establece la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 2980, que se detalla en las planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 4° Apruébase una planta de personal de 821 agentes, incluyendo 14 Concejales. Dicha planta comprende el personal de planta permanente y temporario.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal, como asimismo a realizar transferencias a Planta Permanente del personal de Planta Transitoria. El Departamento Ejecutivo podrá crear Jefaturas de área, hasta el cargo de Director General.-

ARTÍCULO 5° Establecense las siguientes Secretarias a saber:
Secretaria de Coordinación General y Planificación
Secretaria de Gobierno
Secretaria de Obras, Servicios y Espacios Públicos
Secretaria de Salud y Calidad de Vida
Secretaria de Seguridad
Secretaria de Economía, Administración e Ingresos Públicos
Secretaria de Desarrollo Humano y Social

ARTÍCULO 6° Derogase la Ordenanza Nº 001/2014.-

ARTÍCULO 7° Establécese una Secretaria Legislativa  del Honorable Concejo Deliberante con remuneración equivalente a la de concejal. Establécese una Secretaria administrativa del Honorable Concejo Deliberante, con remuneración equivalente a un empleado administrativo categoría B1 de 8 horas.-

ARTÍCULO 8° Establécese los siguientes valores máximos para los conceptos que se detallan a continuación, garantizándose  como mínimo el importe pagado en el ejercicio anterior:

JORNAL DE 6 HS hasta

$   315.-

JORNAL DE 8 HS. hasta

$   420.-

JORNAL DE 9 HS. hasta

$   460.-

GUARDIAS MEDICAS (Lunes a Viernes) hasta

$ 7.475.-

GUARDIAS MEDICAS (Fin de Semana)

$ 9.350.-

GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Lunes a Viernes) hasta

$ 9.350.-

GUARDIAS MEDICAS U.T.I. (Fin de Semana) hasta

$10.810.-

GUARDIAS DE ENFERMERIA (Lunes a Domingo) hasta

$  3.450.-

BONIFICACIÓN POR GUARDIA MEDICA hasta

$  7.475.-

CANTIDAD DE JORNALES

$27.600.-

ARTÍCULO 9° Establécese  el Pago de una Bonificación mensual por Presentismo hasta la Categoría de la Escala Salarial que determine el DEPARTAMENTO EJECUTIVO, para todo el Personal de Planta Permanente y Contratado. El monto de la misma será proporcional al régimen horario de los trabajadores municipales, estableciéndose un monto desde dos mil pesos ($ 2.000) hasta  cuatro mil pesos ( $ 4000) para un trabajador de 8 horas de jornada laboral.- 

ARTÍCULO 10°
Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a la creación y pago de Bonificaciones Remunerativas para todo el personal de Planta Permanente y/o Contratada , y/o Bonificaciones por áreas. Las bonificaciones así establecidas, deben ser otorgadas de forma general para todos los trabajadores que revistan en igual categoría .-

ARTÍCULO 11° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO,  a disponer el pago de Bonificaciones Sectoriales y/o por Categorías a todo el personal de Planta Permanente y Temporaria y/o Personal Jornalizado.-

ARTÍCULO 12° Garantícese a todo el Personal Municipal un salario neto (remuneración bruta menos aportes de ley) equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil proporcional al régimen horario de los Trabajadores Municipales, que se calculara sin considerar  salario familiar, horas extras, y presentismo. Ningún empleado permanecerá cobrando este salario por más de un (1) año. 

ARTÍCULO 13° El DEPARTAMENTO EJECUTIVO, podrá establecer la forma y oportunidad del pago de las distintas asignaciones como así también disponer en caso de creerlo oportuno el pago de las mismas por sectores de acuerdo a lo que establezcan los distintos responsables de área.-

ARTÍCULO 14° Apruébase la Escala Salarial que forma parte de la presente Ordenanza, no pudiendo un ingresante permanecer en la categoría mas baja de la escala por un periodo superior a seis (6) meses. Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a realizar las adecuaciones a la misma como consecuencia de futuros aumentos salariales.-

ARTÍCULO 15° Establécese el pago de bonificaciones por Título Terciario y/o Universitario, para el personal Municipal que lo acredite, con exclusión del personal medico y los cargos electivos, de acuerdo a la siguiente escala:
Titulo Auxiliar de Enfermería: desde $ 400 hasta la suma de $1000,00
Titulo Profesional Enfermería: desde $900 hasta la suma de $ 2000,00
Titulo Licenciado Enfermería:desde $1600 hasta la suma de $3000,00
Título Terciario en Gral.: desde $900 hasta la suma de $ 1.500,00
Título Universitario: Desde $900 hasta la suma de $ 2.000,00.-

ARTÍCULO 16° Establécese a partir de la sanción de la presente, para todo el personal municipal, el pago de una bonificación mensual por antigüedad equivalente al 1% por cada año de servicio, sobre la remuneración bruta que efectivamente perciba. 

ARTÍCULO 17°
Fijase el Sueldo del Intendente Municipal de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM) en doce (12) veces  el sueldo básico del ingresante del escalafón administrativo (A1 de 8 horas). Fíjense los Gastos de Representación para el Sr. Intendente Municipal en ejercicio en el  importe equivalente al 50% de su Remuneración Básica.-

ARTÍCULO 18°
Fijase la Dieta de los Señores Concejales en 3 (Tres) veces el valor  de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 92 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires el sueldo básico Administrativo para 40 horas semanales de la categoría A1.-

ARTÍCULO 19°
El Personal de Planta Mensualizada Contratada, gozara de los mismos beneficios que el Personal de Planta Permanente. Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a efectuar cambios de categorías al Personal de Planta como asimismo a realizar las adecuaciones de partidas presupuestarias que los mismos requieran.-

ARTÍCULO 20° La presente Ordenanza rige en sus partes pertinentes, en lo que respecta al Personal Municipal, hasta que no se suscriba el correspondiente Convenio Colectivo de Trabajo, determinado por la Ley Provincial Nº 14656 (Régimen de Empleo de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).-

ARTÍCULO 21° Ratifíquese los Contratos celebrados por el Departamento Ejecutivo durante el Ejercicio 2017 cuyo vencimiento se produzca en el Ejercicio 2018 sobre  guardias medicas y enfermería y  los pagos efectuados, y/o jornales que excedieran los valores autorizados por las Ordenanzas pertinentes.-

ARTÍCULO 22° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a la emisión de cheques de pago diferido con vencimiento hasta la fecha de finalización de mandato del Intendente Municipal de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 23° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a la utilización transitoria de fondos con afectación especifica cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios circunstanciales debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del Ejercicio de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 69 del Decreto 2980/00 RAFAM.-

ARTÍCULO 24° El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, queda autorizado para proceder a la reestructuración y/o modificación de la Estructura Programática que considere pertinente por caducidad de Programas y/o Unificación de los mismos, como así también la creación de nuevas categorías programáticas.-

ARTÍCULO 25° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a compensar los excesos producidos en las partidas del presupuesto hasta un monto igual al de las economías realizadas sobre el mismo presupuesto y/o con excedentes de recaudación y/o con saldos disponibles de la cuenta de Resultados de Ejercicios anteriores.-

ARTÍCULO 26° Estimase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2018 de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

INGRESOS CORRIENTES

$ 474.808.600,00

Menos

 

GASTOS CORRIENTES

$ (465.152.700,00)

AHORRO CORRIENTE

$    9.655.900,00

 

 

RECURSOS DE CAPITAL

$  236.000,00

Menos

 

GASTOS DE CAPITAL

$ (6.507.400,00)

 

 

RESULTADO FINANCIERO

$ 3.384.500,00

FUENTE FIANCIERA

$ 0

APLICACIONES FINANCIERAS

$ 3.384.500,00


ARTÍCULO 27
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de Diciembre de dos mil diecisiete.-

Registrado bajo el N° 2464/17.-