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RESOLUCION 11-24HCD- Rechazar pedido nota 117-24.- Solicita banca Ivan Nordenstrom.-

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1516/24 – HCD.-

VISTO:
Las facultades conferidas al concejo deliberante conforme Reglamento Interno y la Ley Orgánica de las Municipalidades. La nota Nº: 117/2024, Decreto 7/2024.-

CONSIDERANDO:
Que este cuerpo ha obrado en todo momento de conformidad con la Ley al disponer que ante la renuncia de la concejal Ana Méndes Diz asuma la siguiente concejal mujer de la misma lista, Andrea Sanchez.
Que la presentación del Sr. Ivan Nordestrom no expone mayor argumento fáctico o legal que su simple disconformidad con una situación ajustada a derecho. Que corresponde expedirse sobre el punto, atento la importancia de no sembrar dudas sobre la legitimidad en la composición del cuerpo y las ordenanzas dictadas como consecuencia de la misma.
Se remite a los argumentos que han dado fundamento al Decreto 7/2024, dictado por este cuerpo.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante del Pueblo de Exaltación de la Cruz, en ejercidio de sus facultades interpretativas del reglamento y la normativa citada

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Rechazar el pedido realizado por el Sr. Iván Nordenstrom mediante Nota 117/2024.-

ARTÍCULO 2º.- Ratificar en todos sus términos el Decreto 7/2024 de este cuerpo, así como los fundamentos expuestos en el mismo.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Diecinueve días del mes de diciembre de 2024.-
Registrada como Resolución Nº 11/24.-

 

 

RESOLUCION 10-24HCD- Autorizacion de uso Predio Ferrocarriles Argentinos.-

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1481/24 – HCD.-

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1: Autorización para uso de predio de ferrocarriles Argentinos.- Encomendar a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a solicitar permiso a Ferrocarriles Argentinos para la colocación de dos carros full track en su predio, ubicado en el sector derecho del predio, durante tres dias a la semana.

ARTICULO 2: Duración del permiso.- El tiempo del permiso tendrá una duración de 12 meses, renovable por este cuerpo.

ARTICULO 3: Condiciones.-
1. Respetar las condiciones y restricciones impuestas por Ferrocarriles Argentinos.
2. Proporcionar a Ferrocarriles Argentinos la información necesaria sobre la ubicación y el uso de los carros full track.
3. Asegúrese de que los carros full track cumplan con las normas técnicas y de seguridad establecidas por Ferrocarriles Argentinos.

ARTICULO Nº4: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve dias del mes de noviembre de 2024.-

Registrada como Resolución Nº 10/24.-

 

 

Resolución Nº09-24- Aclara al DEM sobre ordenanza 3052-24 y su promulgación.-

Corresponde Expediente Administrativo 4036- 1463-2024-HCD

VISTO:
La solicitud de corrección esgrimida por el Departamento Ejecutivo Municipal, conforme nota ingresada bajo el número 76/24, sobre la ordenanza 3052 del año 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que, la ordenanza 3052 del año 2024, siguió los procesos normales y habituales. –
Que, la aprobación de la misma se realizó en fecha 04 de junio de 2024, en la sesión ordinaria del día indicado.
Que en fecha 12/06/2024 fue presentada ante del Departamento Ejecutivo para su promulgación o veto.-
Que, vencido el plazo legal de 10 días, la misma fuera promulgada en fecha 02 de Julio de 2024.-
Que conforme el articulo 108 inciso 2º de la ley Orgánica de las Municipalidades establece los mecanismos en cabeza del Departamento Ejecutivo para vetar (total o parcialmente) una ordenanza, o bien promulgarla, expresamente mediante un decreto o tácitamente, al no emitir el veto en el plazo legal.-
Que habiéndose sancionado la misma y vencido el plazo legalmente establecido para su veto, la misma ha quedado promulgada.

Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, RESUELVE:

ARTICULO 1: ACLARAR al Departamento Ejecutivo, en ejercicio de las facultades interpretativas de este cuerpo, que la ordenanza 3052/24 se encuentra plenamente vigente, habiendo sido sancionada en fecha 04 de junio de 2024, presentada ante el D.E. en fecha 12/06/2024 y promulgada tácitamente en fecha 02 de julio de 2024, en los términos del artículo 108 Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 2: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 3: Los vistos y considerandos forman parte de la presente Resolución. –
ARTICULO 4: DE FORMA. –

DADA en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de septiembre del 2024.-

Registrada como Resolución Nº 09/24 .-

RESOLUCIÓN 07-24 – Beneplacito activo de Haberes.-

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1448/24 – HCD.-

VISTO:
La actualización de los haberes de los jubilados y pensionados con sentencias firmes por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la ampliación del Presupuesto 2024 en $38,9 billones mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 594, y
CONSIDERANDO:
Que, a través del DNU 594, firmado por el Presidente y todos los ministros, se garantizan los fondos para el ajuste al alza de los haberes de los jubilados y pensionados con sentencias firmes, sin esperar el pago de retroactivos.
Que, este ajuste se realizara en un plazo mas corto, reduciendo el tiempo de resolución de 650 dias hábiles a un máximo de 120 dias, según comunico Anses.
Que, esta medida responde a décadas de reclamos por parte de los jubilados y pensionados para se ajusten sus haberes según lo determinado en sus sentencias firmes, busca poner fin a una situación injusta que ha perjudicado a estos sectores.
Que el nuevo plan para el pago de las sentencias judiciales no solo beneficia a los jubilados y pensionados, sino que también supone un ahorro significativo para el Estado, eliminando la generación de intereses, costas y gastos adicionales derivados de la ejecución de las sentencias.
Que, es importante destacar que estas modificaciones presupuestarias son necesarias para atender a las necesidades vigentes en distintos organismos y asegurar el funcionamiento eficiente de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.
POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente,
RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º.– El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz expresa su beneplácito por la actualización de los haberes de los jubilados y pensionados con sentencias firmes y la ampliación del Presupuesto 2024 en $38,9 billones, según lo establecido en el DNU 594.

ARTICULO 2º.- Apruébese la presente con su visto y considerandos.

ARTICULO 3º.- De forma.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los 30 días del mes de julio de 2024.-

Registrada como Resolución Nº 07/24.-

RESOLUCIÓN 06-24 – Beneplacito

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1447/24 – HCD. –

VISTO:
La sanción de Leyes “Bases y Puntos de Partido para la Libertad de los Argentinos” y “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, aprobadas el 28 de junio del corriente año por el Congreso de la Nación Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que, tras seis meses de trabajo legislativo, el Congreso de la Nación, a través de sus 2 Cámaras, sanciono de forma definitiva las mencionadas leyes, impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Que, la sanción de ambas iniciativas constituye un importante paso institucional para el Gobierno Nacional, que luego de más de 200 dias pudo avanzar en 2 leyes que sin lugar a dudas marcan una hoja de ruta para los próximos años de gestión.
Que, pocas veces se ha visto un debate con tanta participación, en las que intervinieron no solo los Diputados, Senadores, miembros del Poder Ejecutivo, sino también empresarios, organizaciones no gubernamentales, sindicatos, gremios, Fundaciones y Cámaras Representativas de todos los sectores de la Sociedad Argentina.
Que, estas leyes fueron fruto de un gran acuerdo que se ha ido tejiendo a lo largo de estos meses siempre con el mismo objetivo: Que una vez por todas la Argentina sea un país próspero, que defienda la vida, la libertad y la propiedad privada de todos los argentinos.
Que, El 28 de junio del corriente año ha sido un día histórico para la Argentina, entendiendo que era necesario tener los instrumentos, los medios y los acuerdos para dar seguridad jurídica y para que el rumbo sea sostenido en el tiempo.
POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente,

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz expresa se beneplácito por la sanción de las Leyes “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, aprobadas el 28 de junio del corriente año por el Congreso de la Nación Argentina.

ARTICULO 2º.- Apruébese la presente con su Visto y sus Considerandos.

ARTICULO 3º.- De forma.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los 30 días del mes de Julio de 2024.-

Registrada como Resolución Nº 6/24.-

Resolución Nº 05-24- Rotonda Ruta 193 La Florida

Expediente Administrativo N°4036-1429/24-HCD.-

VISTO:
La serie de situaciones, accidentes de transito y acontecimientos sucedidos en este lugar, respecto a medidas necesarias que se deben de implementar sobre la ruta Provincial Nº193, precisamente el tramo de intersección al llegar al Barrio La Florida de Zarate.

CONSIDERANDO:
Que, es menester para este Honorable Cuerpo, intentar una solución legislativa que abarque los problemas existentes por el bien común de los ciudadanos residentes en la zona, en donde también confluyen normalmente nuestros vecinos exaltacrucences . –
Que, sin ir mas lejos el próximo pasado fin de semana, precisamente el día sábado 04 de Mayo de 2024, en un accidente de transito en dicha intersección, desde la Ruta que Viene de Solís hacia Zarate y el tramo que sale de Capilla del Señor, al Barrio La Florida -distrito Zarate se vio involucrado un agente Municipal que estuvo en grave estado.-
Que resulta menester intervenir de alguna forma y solicitar a los Departamentos Ejecutivos de Zarate, y Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, arbitren los medios necesarios para brindar la respectiva seguridad a todos los ciudadanos y por ende, a nuestros vecinos exaltacrucences. –
Que es función de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, acompañar, atender, y gestionar sobre las demandas de los ciudadanos del distrito. –
Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO Nº 1: ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal, y a través del mismo a VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE ZARATE, proceda a realizar las acciones correspondientes para dar una solución a las distintas problemáticas de seguridad y de accidentes de tránsito, que se ve aumentado por la falta de mantenimiento, iluminación, señalización, solicitando de forma urgente:
1) Mayor Seguridad Vial sobre ruta provincial Nº 193, precisamente en la intersección de las arterias en la rotonda del Barrio La Florida del Distrito de Zarate.
2) Señalización de toda la traza de la rotonda.
3) Modificación y actualización de la señalética.
4) Controles de velocidad.
5) Mantenimiento del corte de pasto y limpieza.
6) Eliminación de toda contaminación visual y lumínica.

ARTICULO Nº 2: REMITASE copia de la presente Resolución a Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y al Departamento Ejecutivo de la Ciudad de Zarate a los fines de despertar la intención de acompañamiento a lo solicitado mediante la presente. –
ARTICULO Nº 3: Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución. –
ARTICULO Nº4: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del pueblo de Exaltación de la Cruz, a los Dieciséis días del mes de Julio del dos mil veinticuatro. –

Registrada como Resolución Nº 05/24.-

Resolucion Nº 03-24 – Rechazo a la compensación de Gastos Ejercicio 2023.-

Corresponde a Expediente Administrativo Nº 4036-1409/24 – HCD.-

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

VISTO:
El proyecto de ordenanza presentado ante este Honorable Concejo Deliberante de parte del Poder Ejecutivo Municipal, de Rendición de cuentas y compensación del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Financiero 2.023.-

CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la aprobación de la ordenanza que contiene la rendición de cuentas y la compensación de gastos de libre disponibilidad del Ejercicio Financiero 2023.-
Que dicho expediente fue remitido a la comisión de Hacienda y Presupuesto para su tratamiento, donde se dispuso su elevación a votación para la sesión ordinaria del día 21 de mayo de 2024, con un dictamen de mayoría presentado por los bloques de Juntos, Juntos por el Cambio y La Libertad Avanza que propiciaba el rechazo de la rendición de cuentas y la compensación y uno de minoría presentado por el bloque de Unión por la Patria que propiciaba su aprobación.
Que en la Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo de 2024 se procedió a la votación de ambos dictámenes, resultando: a) Despacho por la aprobación, rechazado, con 05 votos afirmativos y 08 negativos y b) Despacho por el rechazo resultó aprobado por 08 votos positivos y 05 negativos.-
Que conforme el resultado obtenido, el proyecto de ordenanza de compensación de gastos y rendición de cuentas quedó rechazado. –
Atento ello, el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, ha resuelto:
RECHAZAR el proyecto de ordenanza para la compensación del presupuesto de gastos de libre disponibilidad y la rendición de cuentas del Departamento Ejecutivo del Ejercicio Financiero 2.023, remitiendo copia de la presente al Departamento Ejecutivo y al Honorable Tribunal de Cuentas, juntamente con copia de los dictámenes presentados.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Veintiún días del mes de mayo de 2024.-

Registrada como Resolución Nº 03/24.-

 

Resolucion Nº 01-24- Documentación repaldatoria BB_ Las Marias.-

Expediente Administrativo N°4036-1407/24-HCD

VISTO:
Las facultades conferidas a los Concejales y al Concejo por el Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno.

CONSIDERANDO:
Que en fecha 09 de febrero de 2024, la Ingeniera Marisa Boujon dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, contesta el requerimiento de este cuerpo respecto al anegamiento por las lluvias del 17 de agosto de agosto de 2023, de Barrio La Boca, en la cual amen de sus dichos no presenta documentación respaldatoria. –
Por otro lado nombra como segundo ítem las características del emprendimiento inmobiliario Las María y manifiesta “que el agua no queda retenida” , a su vez según el criterio de la Ingeniera no es un humedal y por ultimo describe que “ dicho barrio cuenta con Estudio de Impacto Ambiental con evaluación favorable emitida por el área municipal correspondiente” .- De todo lo expuesto por la profesional nada fue respaldado por documentación ni siquiera las que supuestamente se encuentran en la municipalidad.-
Ahora bien, es de público conocimiento que los días miércoles 13 y jueves 14 a la madrugada del corriente mes y año cayo una gran cantidad de agua y de aproximadamente 10 cuadras que corresponde al Barrio Las Marías 6 de ellas fueron inundadas con hasta un metro y media de agua y donde se vieron afectados una gran cantidad de terrenos. – A su vez tardo el agua en escurrir alrededor de 35 hs, por lo que en los hechos dista demasiado con lo informado por la Ingeniera Boujon. –

Por lo expuesto, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

ARTICULO Nº1: REQUIERASE al Departamento Ejecutivo que , dentro de los próximos 5 días hábiles a) Remita documentación que respalde los dichos de la funcionaria en el informe de fecha 09 de febrero de 2024; b) Remita informe con documentación respaldatoria respecto del anegamiento producido por las lluvias de fecha 13 y 14 de marzo de 2024, c) Se informe respecto de la aptitud hidráulica de las 3 fracciones de loteo , así mismo la documentación de la declaración de impacto ambiental de las mismas, d) consecuencias que pueda sufrir los barrios Laucirica y La Boca en futuras y mayor precipitaciones.-

ARTICULO N.º 2: Los Vistos y Considerando forman parte integrante de la presente Resolución. –

ARTICULO Nº3: DE FORMA. –

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del pueblo de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil veinticuatro. –

Registrada como Resolución Nº 01/24.-

Resolución Nº 14 – 23 Servicio Capilla CABA solicitado Sr. Dhers

Expediente Administrativo N°4036-1394/23-HCD

VISTO:
El pedido realizado por el vecino Francisco Dhers, en donde solicita se reestablezca el servicio directo de Capilla del Señor a la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.-

CONSIDERANDO:
Que, debido a que la prestataria unilateralmente ceso el servicio que salia de Capilla del Señor directo a la C.AB.A..-
Que, era muy utilizado este servicio por los vecinos de Exaltacion de la Cruz para sus labores cotidianas.-
Que, solicita el restablecimiento de dicho servicio por parte de la prestataria.-

Por ello, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

ARTICULO Nº1: SOLICITESE al Departamento Ejecutivo Municipal y ante la Direccion de Transportes correspondiente, con la mayor celeridad posible, interceda y gestione ante las autoridades de la empresa prestataria, a fin de dar pronta respuesta a los vecinos
De EXaltacion de la Cruz y las ciudades detalladas en los Considerandos de la presente Resolución.-

ARTICUILO Nº2: Envíese copia de la presente a la Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la Direccion de Transporte , Secretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y empresa prestataria del servicio, para la toma de conocimiento. –

ARTICULO Nº 3: Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución. –

ARTICULO Nº4: Comuníquese, regístrese y archívese.-

ARTICULO Nº5: DE FORMA.-

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la Ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los Veintinueve días del mes de Diciembre de 2023.-

Registrada como Resolución Nº 14/23.-

Resolución Nº 13 – 23 Solicitan ampliación de Frecuencia Recorrido Zárate Capilla 57

Expediente Administrativo N°4036-1393/23-HCD

VISTO:
El pedido realizado por por los vecinos en donde solicitan mayor frecuencia desde Exaltación de la Cruz, a Lima, Zárate, Ruta 193, Capilla del Señor y Pilar.-

CONSIDERANDO:
Que, debido al reclamo por los vecinos de Lima, Zárate, Ruta 193, Capilla del Señor y Pilar.-
Que, manifiestan su agradecimiento ante la restitución del servicio de Capilla del Señor a Zarate.-
Que, solicitan mayor frecuencia en horas de la mañana y la tarde.-

Por ello, El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTICULO Nº1: SOLICITESE al Departamento Ejecutivo Municipal y ante la Dirección de Transportes correspondiente, con la mayor celeridad posible, interceda y gestione ante las autoridades de la empresa prestataria, a fin de dar pronta respuesta a los vecinos de Exaltación de la Cruz y las ciudades detalladas en los Considerandos de la presente Resolución.-

ARTICUILO Nº2: Envíese copia de la presente a la Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la Dirección de Transporte , Secretaria de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, y empresa prestataria del servicio, para la toma de conocimiento. –

ARTICULO Nº 3: Los Vistos y Considerando forman parte de la presente Resolución. –

ARTICULO Nº4: Comuníquese, regístrese y archívese.-

ARTICULO Nº5: DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires, a los Veintinueve días de mes de Diciembre del 2023.-

Registrada como Resolución Nº 13/23.-