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Ordenanza Nº 091/12 – Ref. a la creación de la Agencia de Recauración de Exaltación de la Cruz

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase la AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en adelante “AREX”, con la estructura orgánica, misiones y competencias fijadas por la presente Ordenanza.

Artículo 2º: La Agencia AREX dependerá directamente de la Secretaria de Coordinación General y Hacienda de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, la cual revestirá en el rango jerárquico de Subsecretaria, teniendo por misión, la elaboración y ejecución de políticas tributarias mediante la fiscalización, determinación y percepción de las distintas Tasas Municipales.

Artículo 3º: La Agencia “AREX”, estará a cargo de un funcionario, quien revestirá en el rango Jerárquico de Subsecretario, recibiendo las remuneraciones equivalentes al mismo, cuya designación y remoción depende del Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 4º: La AREX absorberá a la actual Dirección de Recauda-ciones, y contará con una estructura y tendrá a su cargo en forma directa dos Direcciones, siendo estas las siguientes:

DIRECCIÓN DE RECURSOS Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE BASE DE DATOS.

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá incorporar la estructura administrativa que se crea, a partir del Ejercicio Fiscal 2013.-

Artículo 6º: Serán funciones de la Agencia, las que se establecen por la presente Ordenanza, y sin perjuicio de las funciones específicas que le fueran asignadas por otras normas:

1) Entender en el estudio, análisis y planificación de políticas definidas por la superioridad en materia tributaria, elaborando estrategias fiscales tendientes al logro de una mayor eficiencia en las tareas vinculadas a la percepción, liquidación y fiscalización de los recursos municipales.
2) Entender en la definición, coordinación y gestión de procedimientos tendientes a la actualización periódica de la base de datos municipal en materia tributaria.
3) Entender en la evaluación de las distintas áreas que de ella dependen en cuanto al cumplimiento de los objetivos prefijados y aplicación de las normas y procedimientos vigentes.
4) Elaborar informes de gestión periódicos para ser presentados ante el Intendente Municipal y/o ante quien este delegué, como así también propuestas que faciliten  la toma de decisiones sobre cuestiones de su competencia.
5) Elaborar Disposiciones sobre determinaciones de deuda fiscal, devoluciones, compensaciones, recursos y aplicación de sanciones en cuestiones de su competencia.
6) Promover actividades de cooperación o interrelación entre áreas y organismos con quienes resulte conveniente investigar y analizar medidas prácticas técnico/ impositivas que faciliten la implementación de procedimientos y toma de decisiones.
7) Recopilar y analizar la información contenida en las distintas bases de datos existentes, a fin de integrarlas en un sistema informatizado ágil que posibilite el acceso al menú de consultas gerenciales necesarias para el control operativo.
8) Gestionar a través de las áreas pertinentes toda la documentación tendiente a posibilitar la reclamación judicial de las Tasas Municipales en mora, conforme los informes producidos por las áreas a su cargo.
9) De corresponder, intervenir en los mecanismos de control de gestión de los apoderados municipales, impartiendo instrucciones respecto del sistema de asignación de títulos ejecutivos conforme el rendimiento.
10) Adoptar mecanismos efectivos tendientes al control y seguimiento de las deudas fiscales, promoviendo programas generales de contralor mediante equipos de fiscalizaciones y atendiendo a situaciones especiales, conforme la metodología de trabajo y lineamientos fijados al efecto.
11) Prever mecanismos de cotejo de los datos relevados con los registros municipales existentes, procurando la constante actualización y precisión de la información referida a los contribuyentes.
12) Disponer la atención y diligenciamiento de denuncias por incumplimientos de las normas y procedimientos vigentes.
13) Conocer el estado de las tareas, desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a su cargo, verificando el buen uso, cuidado y conservación de los bienes, instalaciones y útiles de trabajo.
14) Velar por la disciplina, higiene y orden de las distintas áreas a su cargo, como así también por la calidad de los servicios que las mismas prestan.
15) Proyectar normas para la ejecución de las funciones descriptas, fijando a cada Dependencia las que le corresponda llevar a cabo.

Artículo 7º: La erogación que demande la implementación de la presente Ordenanza, será prevista en el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2013.

Artículo 8º: Derogase toda otra norma legal que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 9º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Noviembre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 091/12.

Ordenanza Nº 090/12 – Ref. a no autorizar la instalación de cabarets y whiskerías

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: PROHÍBESE en el Partido de EXALTACION DE LA CRUZ la instalación, regenteo, Sostenimiento, promoción, publicidad, administración y explotación, bajo cualquier forma de cabarets, whiskerías, dancing, bares nocturnos, night club y/o cualquier otro tipo de salones de expansión nocturna, sin importar la denominación de su rubro, que cuenten con la presencia autorizada o no, de alternadoras “coperas” y/o personas que comercien sexo  o se incite a ello, sea que el encuentro sexual se practique dentro o fuera del establecimiento.
 
Articulo 2º:
A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, quedarán sin efecto todas aquellas habilitaciones que se hubiesen otorgado con anterioridad a la aprobación del siguiente proyecto

1º) También a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, bajo ninguna circunstancia, se concederán u otorgarán habilitaciones a los locales y/o rubros indicados en el artículo 1º.
     El Departamento Ejecutivo deberá adoptar las medidas que correspondan tendientes a la clausura de los mencionados locales.

Articulo 3º: DERÓGASE toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza.

Articulo 4º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar todos los hechos y actos administrativos que fueren menester a fin de dar cumplimiento a la Presente ordenanza.

Articulo 5º: SERÁN autoridad de aplicación y juzgamiento de la presente Ordenanza los órganos competentes de la Administración Municipal, conforme las normas que rigen su actividad, siendo de aplicación a los fines procesamiento y juzgamiento a la ley de trata de personas todas leyes nacionales y provinciales en vigencia.

Artículo 6º: Dé forma.   

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Noviembre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 090/12.

Ordenanza Nº 089/12 – Ref. a Autorizar contratación de Servicios externos para la Dirección de Acción Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación de Servicios Profesionales externos con destino a la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en los términos que establece el Artículo Nº 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 089/12.

Ordenanza Nº 088/12 – Ref. a Autorizar contratación de Servicios externos para la Secretaria de Obras y Servicios Publicos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación de Servicios Profesionales externos con destino a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en los términos que establece el Artículo Nº 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 088/12.

Ordenanza Nº 087/12 – Ref. a Autorizar contratación de Servicios externos para Legales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación de Servicios Profesionales externos con destino a la Dirección de Legales de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en los términos que establece el Artículo Nº 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 087/12.

Ordenanza Nº 086/12 – Ref. a Ratificación de Convenio con el Ministerio de Agricultura Ganaderia y Pesca de la Nación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio Nº 650 celebrado entre el MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACIÓN, representado por el Sr. Ministro Dn. Julián Andrés Domínguez y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Horacio Alberto Errazu, de fecha 06 de Diciembre de 2011.

Artículo 2º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 086/12.

Ordenanza Nº 085/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C III, S M, Q17, P 1, 2, 3, 13, 14, 15 y 16

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección M, Quinta 17, Parcela 1, 2, 3, 13, 14, 15 y 16, según plano características 31-73-50.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción de los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 085/12.

Ordenanza Nº 084/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C II, S Q, M209a, P 7

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Manzana 209a, Parcela 7, según plano características 31-40-58.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción del inmueble indicado en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 084/12.

Ordenanza Nº 083/12 – Ref. a Incorporar al Dominio Privado Municipal al Inmueble C III, S B, M59, P 5

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección B, Manzana 59, Parcela 5, 6, 19 y 20 según plano características 31-16-49.

Artículo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de proceder a la inscripción de los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente.
 
Artículo 3º:
Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 083/12.

Ordenanza Nº 082/12 – Ref. a Escrituración Social Cir. I, Sec A, Manz. 8, Parc. 1 a nombre de Pinna

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 8, Parcela 1a, Sub-Parcela 5, Partida Inmobiliaria 27.661, Matricula 11.396, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-27.937/12, a nombre de Noelia Soledad Pinna, Guadalupe Inés Pinna y Grisel Irene Pinna.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º: Dé forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 082/12.