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Ordenanza Nº 067/99 – Ratificación de Convenio entre la Sociedad Rural y la Municipalidad

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Convenio Suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal, Cdor. Ricardo Angel Bozzani, y la Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz. Campana Zárate, representada por su Presidente, Dr. Alfredo Balige, que como anexo I, forma parte integrante de la presente.
 
Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 67/99

Ordenanza Nº 066/99 – Ordenanza 10-94 Modificando Art. 3

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza 26/99, modificatoria de la Orde-nanza 10/94, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3°: La comisión creada por el Artículo 2° quedará conformada de la siguiente forma:

PRESIDENTE: Sr. Intendente Municipalidad.
VICE PRESIDENTE: Sr. Director de Cultura.
SECRETARIO: 1 Miembro del H.C.D.
VOCALES: 1 miembro del H.C.D. por cada bloque
partidario excluido quien ocupe el cargo de Secre-tario.
1 representante de la Dirección de Obras Públicas
Arquitectas de Preservación Histórica de la Muni-cipalidad.
Asesor Letrado Municipal.
4 Vecinos de la Ciudad de Capilla del Señor, desig-nados por el H.C.D..

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 66/99

Ordenanza Nº 065/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social las Escrituraciones de los bienes inmuebles de-signados   catastralmente como:
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 25, Partida Inmobilia-ria: 13267- Matricula: 14843, a favor de González Rosa María D.N.I. 12.844.481.
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 26, Partida Inmobilia-ria: 13268- Matricula: 14844, a favor de González Selva Teresa D.N.I. 11.705.754
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 27, Partida Inmobilia-ria: 13269- Matricula: 14845, a favor de González Ramón Antonio D.N.I. 13.561.742.
Circunscripción: II, Sección: L, Manzana: 86, Parcela: 28, Partida Inmobilia-ria: 13270- Folio 199/71, a favor de González José Clemente de Jesús D.N.I. 10.253.915.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Pro-vincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslati-va de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº  65/99

Ordenanza Nº 064/99 – Escrituracion DEclaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado   catastralmente como: Circunscripción: II, Sección: J, Quinta: 28, Parcela: 7, Partida Inmobiliaria: 031-9893- Matricula: 5432, a favor de Pablo Fabián Medina, D.N.I. 20.212.921 y Beatriz Verónica Galarza, D.N.I. 24.321.134
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº  64/99

Ordenanza Nº 063/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: IV, Sección: F, Manzana: 5, Parcela: 1, Partida Inmobiliaria: 031-10008, a favor de Cipriano Nicolás Almeida, D.N.I. 11.471.527, y Gladis Ester Miranda, D.N.I. 12.600.392.
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 63/99

Ordenanza Nº 062/99 – Escrituracion Declaracion de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: IV, Sección: H, Manzana: 120, Parcelas: 8 y 9, Partidas Inmobiliarias: 15965 y 15966 respectivamente, del Partido de Exaltación de la Cruz.
 
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio de los inmuebles a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 62/99

Ordenanza Nº 061/99 – Decreto 195 Ratificacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Decreto N° 195 del 01 de Septiembre de 1999.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 61/99

 

Ordenanza Nº 060/99 – Zona Agropecuaria Desafectando parcelas 415d,e,f

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desaféctase de la Zona Agropecuaria de acuerdo al Código de Planeamiento Territorial del Partido de Exaltación de la Cruz, al sector comprendido por los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción: II – Sección: Rural – Parcelas: 415d, 415e y 415f.-

Artículo 2º: El sector comprendido por las parcelas mencionadas en el Artículo 1°, pasan a integrar la Zona Residencial Exclusiva Extraurbana Densidad Baja ( XREbb), a los efectos de cumplimentar los requisitos establecidos por Decreto N° 27/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 3º: Establécense para el sector delimitado por la presente Ordenanza los siguientes indicadores urbanísticos:

a) F.O.S. : 0,40
b) F.O.T. : 0,50
c) D.N. : 60 hab/ha.
d) Dimensiones Mínimas Parcelas: Ancho 30 mts.
Superficie 1.500 mts.2
e) Espacios Libres:
– Fondo Libre Obligatorio: Fondo parcela 15 mts.
– Retiro Frente Obligatorio: 15 mts.
– Retiro Lateral Obligatorio: 10 mts.

Artículo 4º: La Municipalidad de Exaltación de la Cruz, no aceptará ningún tipo de reclamo de los futuros propietarios de este emprendimiento urbanístico, por los trastornos que se pudieran ocasionar por estar lindando con una Zona Agropecuaria de acuerdo al Código de Planeamiento Territorial; en la que se desarrollan distintas actividades concernientes a la misma y que por diversos motivos pueden ser molestas y no compatibles con una Zona Residencial

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de Noviembre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 60/99

Ordenanza Nº 059/99 – Convenio 30542 al 30549 Aprobacion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Apruébase el convenio N° 30542-30543-30544-30545-30546-30548-30549, suscripto por el Departamento Ejecutivo en adhesión al Sistema de Círculos de Compra del Programa de Asistencia a los Servicios Públicos Municipales-Empresa Comunitaria, aprobado por Decreto Nº 4330/98 y organizado por el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Banco de la Pro-vincia de Buenos Aires, mediante el cual se implementa la adquisición de Maquinarias y Equipamiento.-

Artículo 2º La cuota que se pagará, será liquidada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en función del precio de los elementos adquiridos y con-forme al anexo del convenio.

Artículo 3º El Banco de la Provincia de Buenos Aires será el encargado del pago a la Empresa Adjudicataria.

Artículo 4º Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuesta-rios de ejercicios futuros en los términos del artículo 273 de la Ley Orgá-nica de la Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.

Artículo 5º De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Octubre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 59/99

Ordenanza Nº 058/99 – Escrituracion Declaración de Interes Social

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: II, Sección: M, Manzana: 52, Parcela: 23, Partida Inmobiliaria: 16.292- Matricula: 9819 del Partido de Exaltación de la Cruz.
 
Artículo 2º:  Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior

Artículo 3º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Octubre de 1999.

Registrada Bajo el Nº 58/99