Category Archive Ordenanzas

Ordenanza Nº 044/01 – Autorización para cortar Av. San Martín ´por la Fiesta Regional del Cardo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°  Autorízase a la Comisión Organizadora de la “FIESTA REGIONAL DEL CARDO”, a realizarse en la Localidad de Los Cardales, el día Sábado 10 de Noviembre del corriente; a cortar la calle Avenida San Martín, desde la calle Mitre hasta la calle Hipólito Yrigoyen, durante el desarrollo de la mencionada Fiesta, desde las 17,00 horas hasta la 01,00 horas del día Domingo 11 del Corriente.
 
Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 044/2001

Ordenanza Nº 043/01 – Ratificación de comvenio Ref. a la afectación al régimen de Bien de Familia

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°  Ratifícase el convenio suscripto en el día de la fecha 5 de noviembre de 2001, entre el Director Provincial del Registro de la Propiedad de Buenos Aires, Dr. Julio A. Pángaro el Señor Intendente Municipal del Partido de Exaltación de la Cruz, Adrián Daniel Sánchez, de Afectación al régimen de Bien de Familia.(Ley 14.394).
 
Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 043/2001

Ordenanza Nº 042/01 – Condonación de Deuda y Eximisión de impuestos Colegio del Sol y Semillitas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º Condónase la deuda de SERVICIOS GENERALES, a la Asociación Civil sin fines de lucro José Manuel Estrada de Capilla del Señor, sobre los inmuebles de su propiedad que ocupan los edificios educativos “EL COLEGIO DEL SOL” y “EL JARDÍN DE INFANTE SEMILLITAS”.

Artículo 2º Exímase en forma permanente del pago de la Tasa de Servicios Generales a las instituciones mencionadas en el artículo 1°.

Artículo 3º Condónase las tasas de Servicios Sanitarios hasta la 3° cuota del año 2001; debiendo la Asociación Civil José Manuel Estrada, abonar dichas tasas a partir de la 4° cuota del corriente; por consumo y abono de agua.

Artículo 4º Exímase el pago del abono de agua a las parcelas sin consumo, mientras estén afectadas al uso de la institución educativa.

Artículo 5º Asociación Civil sin fines de lucro José Manuel Estrada de Capilla del Señor se compromete a otorgar veinte becas entre el Jardín de Infantes y E.G.B. 1°, 2°, 3° ciclo, cuyos beneficiarios serán los acordados por el Municipio, la Comisión de Becas del H.C.D. y los Directivos de las Instituciones citadas.

Artículo 6º Los beneficios a que hacen referencia los artículos precedentes entraran en vigencia a partir de la Promulgación de la presente.

Artículo 7º De forma

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 42/2001

Ordenanza Nº 041/01 – Venta de inmueble fiscal en Capilla del Señor Circ. II, Secc. Q, Manz. 194

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección “Q”, Manzana 194, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 4266, Inscripción de dominio: F° 150/68, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-10657/99, (Valor del terreno $ 2.600. pagadero en 26 cuotas de PESOS CIEN, ($100), iguales, mensuales y consecutivas.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 041/2001

Ordenanza Nº 040/01 – Ratificación de comvenio Ref. a la ampliación cloacal en la localidad de Los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°  Ratifícase el convenio suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal Adrián Daniel Sánchez, y el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Presidente Juan María Viñales, por la suma de pesos treinta y cuatro mil setecientos noventa y seis con 33/100 ($ 34.796.33), destinados a la obra de ampliación de la Obra de Desagües Cloacales de la localidad de Los Cardales.

Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 040/2001

Ordenanza Nº 039/01 – Escrituración de inmueble en Capilla del Señor Circ. II, Secc. J, Qta. 23

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección “J”, Qta. 23, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 9783, Matricula 6006, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-13041/01.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de octubre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 039/2001

Ordenanza Nº 037/01 – Escrituración de inmueble en Capilla del Señor Circ. I, Secc. C, Chacra 5

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección “C”, Chacra 5, Fracción I, Parcela 7, Partida Inmobiliaria 1968, Matricula 15.789, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-13.000/01.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de octubre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 037/2001

Ordenanza Nº 036/01 – Declárase de Interes Histórico Municipal la Edificio donde funciona la Escu

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase “SITIO DE INTERÉS HISTÓRICO MINICIPAL” al edificio donde funciona la Escuela N°1 “Bernardino Rivadavia” de Capilla del Señor.
 
Articulo 2° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de octubre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 036/2001

Ordenanza Nº 035/01 – Escrituración de inmueble en Los Cardales Circ. II, Secc. L, Mza. 85, Parc

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° Declárase de Interés social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección “L”, Manzana 85, Parcela 6v, Partida Inmobiliaria 13.216, Matricula 12.786, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-12606/01.

Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.

Articulo 3° De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Septiembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 035/2001

Ordenanza Nº 034/01 – Otorgamiento de registros con libre deuda del Tribunal de Faltas.doc

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1° No se renovarán ni se otorgarán registros para conducir vehículos, sin el certificado de libre deuda de infracción extendido previamente por el tribunal de Faltas Municipales

Articulo 2°  De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Septiembre de dos mil uno.

Registrada Bajo el Nº 034/2001