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Ordenanza Nº 102/06 – Delegar en Coop. Hospi Carnavales 2007

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Delegase en la Cooperadora del Hospital San José, la organización de la festividad de los Carnavales 2007 en la ciudad de Capilla del Señor.-

Artículo 2º: Determínase como espacio público para el desarrollo de los eventos, la calle Carlos Pellegrini entre San Martín e Irigoyen, calles laterales y Paseo de las Américas.-

Artículo 3º: Fíjase en un máximo de cinco (5) las noches de las festividades de Carnaval, entre los meses de Enero y Febrero de 2007, antes del comienzo de la cuaresma pascual, cuya determinación estará a cargo de la Cooperadora citada en el Artículo 1º.-

Artículo 4º: Fíjase el valor de las entradas en un máximo de $ 8 para mayores y $ 5 para niños.-

Artículo 5º: La Cooperadora del Hospital San José queda autorizada para ceder en alquiler, en forma total o parcial a favor de terceros, el uso del espacio público, otorgar concesiones de cantinas, conceder derechos de publicidad, permiso de venta de cotillón y toda otra explotación comercial inherente a los eventos, siendo lo recaudado por dichos conceptos a su total beneficio.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para solventar los gastos de seguro, seguridad fuera del predio, disponer su cerramiento y contribuir a la publicidad de los eventos.-

Artículo 7º: La organizadora deberá presentar al Departamento Ejecutivo el cronograma de festejos y su contenido, con una antelación de 30 días.

Artículo 8º: Deberá estar señalizado el ingreso de ambulancia y bomberos por posibles accidentes.-

Artículo 9º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 102/06.

 

Ordenanza Nº 101/06 – Creación Créditos Supl. con excedente recaudación

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación de Créditos Suplementarios del Cálculo de Recursos del Ejercicio 2006 utilizando el excedente de recaudación del total calculado para el Ejercicio en concepto de Recursos Ordinarios no Afectados.-

Artículo 2°:
El excedente de recaudación mencionado en el Artículo 1 deberá realizarse contra la sumatoria de las partidas en más y en menos que se detallan como Anexo 1, en función al Estado Analítico de la Ejecución del Cálculo de Recursos realizado por el Departamento Ejecutivo al 30 de Noviembre de 2006.-  

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo imputará el excedente de recaudación a las partidas contables del Cálculo de Recursos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 2 del presente proyecto.-  

Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo procederá a la implementación de las partidas del Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo 3 del presente proyecto.-  

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo podrá utilizar los créditos suplementarios del Cálculo de Recursos por los excedentes de recaudación que se produzcan durante el mes de Diciembre de 2006.-

Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo deberá informar a este Honorable Cuerpo antes del 15 de Enero de 2007 los excedentes de recaudación producidos durante el mes de Diciembre a efectos de tomar conocimiento de los mismos.-
 
Artículo 7°: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 101/06.

 

Ordenanza Nº 100/06 – Creación Créditos Supl. con Superávit

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación de Créditos suplementarios del Calculo de Recursos del Ejercicio 2006 utilizando el Superávit Acumulado de Ejercicios Anteriores de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2°: Dichos recursos de encuentran registrados contablemente en la cuenta 3.1.2.1.0.0.0.0.0 “Resultado de Ejercicios Anteriores”.-  

Artículo 3º: Los Créditos Suplementarios serán utilizados para financiar las partidas del Presupuesto de Gastos del Año 2006.-

Artículo 4º:
Autorízase a incrementar las partidas del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de acuerdo a lo indicado en los Anexos 1 y 2 que se acompañan y forman parte de la presente.-

Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 100/06.

 

Ordenanza Nº 099/06 – Prorrogar x 60 días Ord. 062-06 Moratoria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Prorrogase por sesenta (60) días la vigencia de la Ordenanza Nº 062/2006 de facilidades de pago, pudiendo el Departamento Ejecutivo prorrogar su vencimiento su vencimiento por otro período igual, conforme lo estime conveniente.-

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo deberá intimar de pago mediante publicación por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a todos los contribuyentes del Partido de Exaltación de la Cruz que adeuden tributos municipales, cuyo devengamiento se haya producido a partir del ejercicio fiscal del año 2001, sin perjuicio del derecho de la municipalidad a exigir períodos anteriores. La publicación dispuesta deberá contener la transcripción de este artículo tipo de tasa o derecho,número de orden e importe adeudado. El incumplimiento de las obligaciones fiscales y/o la no interposición de recursos dentro de los diez (10) días posteriores a la publicación dispuesta, habilitará el inicio de las acciones judiciales para el cobro de la deuda por la vía de apremio, sin otra notificación.
El Departamento Ejecutivo queda facultado para reglamentar la instrumentación de este artículo y todo aspecto no previsto en presente Ordenanza.-

Artículo 3º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 099/06.

 

Ordenanza Nº 098/06 – Presupuesto en Ejercicio 2007

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Fíjase en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS ($ 23.031.300.) el total de Erogaciones del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL para el Ejercicio 2007, con destino a cada una de las jurisdicciones que se indican a continuación, y cuya clasificación por categoría programatica, por objeto del gasto , por finalidad y función, por fuente de financiamiento y por su naturaleza económica de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del Tomo 10 del Decreto 2980 se detallan en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

 1110200000  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  $ 411.776.30
  1110100000  DEPARTAMENTO EJECUTIVO  $ 22.619.523.70
   TOTAL  $ 23.031.300.00

Artículo 2°: Estimase en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS ( $ 23.031.300.-), el CALCULO DE RECURSOS destinado a atender los gastos a que se refiere el Articulo 1°, cuya clasificación por Rubro, carácter económico y por su procedencia de acuerdo a lo establecido por el articulo 13 del tomo 10 del Decreto 2980 se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3°: Establécese la ESTRUCTURA PROGRAMATICA confeccionada de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 2980, que se detalla en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-  

Articulo 4°: Apruébase una planta de personal de 580 agentes, incluyendo 12 Concejales. Dicha planta comprende el personal permanente y temporario (personal contratado y jornalizado).

Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar cambios de categorías y/o escalafón del personal municipal.

Establecense 5 Secretarias a saber:

Secretaria de Gobierno Secretaria de Hacienda
Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Secretaria de Salud Secretaria de Seguridad

Establecense 13 Direcciones a saber:

Dirección de Acción Social
Dirección de Cultura
Dirección de Educación
Dirección de Turismo
Dirección de Deportes
Dirección de Recaudaciones
Dirección Medica Hospital Municipal
Dirección Administrativa Hospital Municipal
Dirección de Atención Primaria Dirección de Obras y Servicios Públicos, Planeamiento y Obras Particulares
Dirección de Producción y Medio Ambiente
Dirección de Recursos Humanos Dirección de Bromatologia

Asimilanse a las categorías de Director a los siguientes cargos:

Tesorero
Juez de Faltas Municipal
Jefe de Compras Jefe de Mesa de Entradas
Asesor Legal Delegado de Los Cardales
Delegado de Parada Robles
Delegado de Pavón
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Los Cardales
Encargado Técnico Sala 1° Auxilios Parada Robles
Establécese una Secretaria en el Honorable Concejo Deliberante.

Establécese los siguientes valores máximos para los conceptos que se detallan a continuación:

 JORNAL  $ 16.20.-
 GUARDIAS MEDICAS  $ 280.-
 AUXILIARES DE ENFERMERIA  $ 150.-
 ASIST. SOCIAL S/MOV. p/cons.  $ 17.-
 ASIST. SOCIAL C/MOV. P/cons.  $ 22.-
 GUARDIAS MED. DE TERAPIA INTENSIVA  $ 390.-

 
Autorizase el pago de bonificaciones especiales, en función de la productividad, y/u otros conceptos que determine el Departamento Ejecutivo.-

Artículo 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar en el área que crea necesaria, de acuerdo al índole de la actividad jornada prolongada de hasta 9 horas por turno.-

Artículo 6°: Estimase la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento para el Ejercicio 2006, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 2980 según planilla anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

 INGRESOS CORRIENTES  $ 23.000.800,00
 –  
 GASTOS CORRIENTES  $ 21.537.063,00
 AHORRO CORRIENTE   $ 1.463.737,00
   
 RECURSOS DE CAPITAL  $ 30.500,00
 –  
 GASTOS DE CAPITAL  $ 876.637,00
   
 RESULTADO FINANCIERO  $ 617.600,00
 FUENTE FINANCIERA  $ -0-
 APLICACIONES FINANCIERAS  $ 617.600,00 

Artículo 7°: Apruébase la escala salarial que se incluye como anexo de la presente Ordenanza.-
 

Artículo 8°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 098/2006.

Ordenanza Nº 097/06 – Ex. Tasa S.G. x discapacidad Sr. Garofalo, Enrique

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Qta. 115, Parcela 7, el cual pertenece al Sr. Garofalo, Enrique (discapacitado).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 097/06.

 

Ordenanza Nº 096/06 – Ex. Tasa S.G. x discapacidad Sra. Seratto, Maria Cristina

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 3, Mza. 3U, el cual pertenece al Sra. Seratto, María Cristina (discapacitado Roldán Hector Ignacio).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 096/06.

Ordenanza Nº 095/06 – Cambio de uso de parcela CV,SR,Parc. 1238g, Pda. 14847 x área de servicios

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Establécese el cambio de uso de la Parcela catastrada como: C.V, S.R, Parcela 1238g., Partida 14847, por “Area de Servicios”.-

Artículo 2°: A los efectos de potenciar la zona, el beneficiario deberá prever dentro del predio la instalación de una Estación Reductora de Presión y contribuir a la construcción de la obra civil, cuyo proyecto, cómputo y presupuesto elaboró la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que como Anexo I forman parte de la presente ordenanza.-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para aportar hasta treinta y dos (32 % ) por cien del monto total presupuestado, pudiendo compensar dicho importe con el devengamiento de Derechos de Tasa de Habilitación, Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y/o cualquier otra Tasa creada o a crearse, que corresponda abonar al beneficiario.-  

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios que aseguren la realización de la obra dispuesta en el Artículo 2º y a realizar las correcciones técnicas del proyecto conforme lo estime conveniente.-

Artículo 5º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 095/06.

 

Ordenanza Nº 094/06 – Decl. Int. Mun. Estudio Epidemiológico de Bronquiolitis a niños menores de 1

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal el trabajo de investigación denominado “ ESTUDIO EPIDEMIOLÓGICO DE BRONQUIOLITIS EN NIÑOS MENORES DE 1 AÑO EN POBLACIÓN RURAL” que se llevará a cabo en el Hospital Municipal “San José” y en Centros de Salud del Partido, entre los meses de Marzo a Noviembre de 2007.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 094/06.

Ordenanza Nº 093/06 – Prórroga Sesiones H.C.D. 2006

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Se prorroga hasta el día 18/12/06 el Período de Sesiones Ordinarias 2006 del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Noviembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 093/06.