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Ordenanza Nº 028/06 – Aut. Espacio Aereo y subt. a Cable Servicio S.R.L.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase, por el término de cinco (5) años contados a partir del 1º de Enero de 2006, a la sociedad CABLE SERVICIO S.R.L., inscripta Bajo el Número 6275 del Libro 107, Tomo de SRL, en la Inspección General de Justicia el 25 / 08 / 97 CUIT Nº 30-69162145-2 con domicilio social en Avda. Corrientes Nº 848, piso 3º, oficina “303” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a utilizar el espacio aéreo y subterráneo del Partido de Exaltación de la Cruz, para la instalación, puesta en funcionamiento y explotación de un sistema mixto de circuito cerrado de televisión por Cable e Internet Banda Ancha.  

Artículo 2º: La autorización conferida en el artículo anterior queda condicionada al cumplimiento de las disposiciones generales establecidas por la Ordenanza Municipal Nº 23/91, normas nacionales de aplicación y a las siguientes condiciones particulares:

a) Instalación y provisión de Internet en forma gratuita a los establecimientos escolares del Partido, que se encuentren alcanzados por la traza del circuito mencionado en el apartado c) del presente artículo, por todo el término de la autorización conferida.
b) Cesión en propiedad a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, en forma gratuita y de uso exclusivo, de seis (6) hilos de fibra óptica sobre el tendido mencionado en el apartado c) del presente artículo, y sus eventuales ampliaciones.
c) Tendido de fibra óptica uniendo Los Cardales – Capilla del Señor-, continuando por la Ruta Provincial Nº 193 hasta Parada Robles y por Ruta Nacional Nº 8 hasta la Ruta Provincial Nº 6. Las ampliaciones a este apartado, deberán contar con la aprobación de este Honorable Concejo Deliberante.
d) Provisión de televisión por cable en forma gratuita al Hospital San José, a partir de la promulgación de esta ordenanza.


Artículo 3º:
Establécese un plazo de noventa (90) días contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza, para que la empresa autorizada por el artículo 1º, de cumplimiento a los apartados a), b y c) del artículo 2º que antecede.

Artículo 4º: Dispónse que la autorización conferida en el artículo 1º es intransferible, de uso exclusivo para la persona jurídica mencionada y sus actuales componentes.

Artículo 5º: El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de la presente ordenanza, dará derecho a la Municipalidad a revocar la autorización conferida.

Artículo 6º: Provisión de televisión por cable e Internet Banda Ancha en forma gratuita a Los Bomberos Voluntarios.

Artículo 7º: No se podrá instalar el servicio de telefonía en la localidad en la zona concesión de CEPRAL.

Artículo 8º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 028/2006.

Ordenanza Nº 027/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sra. Diaz Ada Monica

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 5, Mza. 5 D, Parc. 17, el cual pertenece a la Sra. Díaz, Ada Mónica.-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 027/2006.

Ordenanza Nº 026/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sra. Tolosa Maria del Carmen

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta. 3, Mza. 3b, Parc. 3, Pda. 14979, el cual pertenece a la Sra. Tolosa, María del Carmen (discapacitada).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 026/2006.

Ordenanza Nº 025/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sr. Juarez Rogelio Miguel

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección F , Mza. 132, Parc. 9, Pda. 29243, el cual pertenece al Sr. Juarez, Rogelio Miguel (discapacitado).-

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 025/2006.

Ordenanza Nº 024/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sr. Vidal Lucio Marcelo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmentecomo: Circunscripción V, Sección N , Mza. 40, Parc. 04, el cual pertenece al Sr. Vidal, Lucio Marcelo (discapacitado).-  

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 024/2006.

 

Ordenanza Nº 023/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sra. Indar Irma

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E , Mza. 1ª, Parc. 9, el cual pertenece a la Sra. Indar, Irma ( discapacitado Sr. Perez, Juan Antonio).-  

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 023/2006.

Ordenanza Nº 023/06 – Ex. Tasa S.G. x discap. Sra. Indar Irma

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100 % de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E , Mza. 1ª, Parc. 9, el cual pertenece a la Sra. Indar, Irma ( discapacitado Sr. Perez, Juan Antonio).-  

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 023/2006.

Ordenanza Nº 022/06 – Adj. inm. Sr. Ernesto Castel

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adjudícase a Ernesto Rubén Castel D.N.I.: 20.097.818 el inmueble designado catastralmente como: C IV, S H, Mza. 120, Parc. 24, según el Expediente Administrativo Nº 4036-17501/05 alcance 2/05.

Artículo 2º: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 022/2006.

Ordenanza Nº 021/06 – Implementar Prog.de Salud concreto a la pobl. de 3 a 16 años

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al D.E. a implementar un programa de Salud concreto, sustentable y evaluable en el tiempo, destinado a la población infantil de 3 a 16 años, del ámbito rural del distrito.

Artículo 2º: Dicho programa tendrá como centro de referencia a las escuelas y jardines del distrito aunque en la localidad haya Sala de Primeros Auxilios.

Artículo 3º: Se destinará a este programa un médico de familia, un odontólogo, un oftalmólogo, una vacunadora y todo otro profesional que considere el Director del área.

Artículo 4º: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 021/2006.

Ordenanza Nº 020/06 – Modif. Art.1 de la Ord. 13-06 Obras de Gas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios frentistas y/o poseedores a título de dueño de las parcelas directamente beneficiadas por la construcción de obras de gas en los Barrios: Ing. Marín, San José, Esperanza, La Loma, La Boca, Villa Constantini y Chacras de Martín Fierro, todos en la localidad de Capilla del Señor y el Barrio Pavón en la localidad de Pavón y apruébase el Sistema de Contribución de Mejoras. El Municipio emitirá los Certificados de Deuda para cada contribuyente y comenzará a percibir el tributo en cuestión, a partir de la habilitación comercial de las obras, en cada localidad.  

Artículo 2º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-

Registrada Bajo el N° 020/2006.