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Ordenanza Nº 2498/18 – Ordenanza Declaración de Emergencia Comercial


 Corresponde Expediente Nº 4036-498/18-HCD

VISTO

La emergencia tarifaria dictada por este cuerpo mediante Art. 1° de la Resolución 1/18 y la importancia de la actividad comercial en nuestro distrito, junto a las dificultades que está atravesando este sector actualmente.

Y CONSIDERANDO
 
Que el presidente Mauricio Macri vetó la Ley de Emergencia Tarifaria sancionada por el Congreso Nacional.

Que el aumento exorbitante de las tarifas de luz, gas y agua impacta negativamente sobre la economía de los ciudadanos de nuestro distrito, siendo la actividad comercial de pequeños, medianos y grandes comercios un porcentaje importante de la economía de Exaltación de la Cruz.

Que los comercios del distrito representan una gran parte de la oferta laboral Exaltacrucense.  

Que se ha registrado a nivel nacional y provincial una preocupante merma en el consumo, afectando así el mercado interno debido a las sucesivas devaluaciones, aumento de productos básicos y al deterioro de los salarios.

Que el Gobierno Nacional no controla adecuadamente las variables del Dólar ni el proceso inflacionario, lo cual genera incertidumbre tanto a comerciantes como a consumidores.

Que el Poder Ejecutivo Municipal tiene la potestad, los medios y la obligación de gestionar ante otros organismos convenios que permitan sortear situaciones de emergencia en el distrito.
 

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declárese la Emergencia Comercial en todo el Partido de Exaltación de la Cruz desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de Diciembre de 2018, cierre del ejercicio.-
    
ARTÍCULO 2°    Establézcase que la Dirección de Producción deberá expedir un certificado, a solicitud del interesado, estableciendo que se encuentra en la condición de Emergencia Comercial, será condición para acceder al certificado presentar los últimos seis pagos del Monotributo y no poseer deuda de Tasas Municipales del ejercicio 2017. La autoridad de aplicación determinara las formalidades y requisitos para la emisión del certificado anteriormente mencionado.-
    
ARTÍCULO 3°    El certificado de Declaración de Emergencia Comercial podrá ser utilizado con el fin de gestionar los siguientes beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o entidad bancaria.
a)    Línea de crédito a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades crediticias o financieras.
b)    Exención desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el cierre del ejercicio 2018, del 50% del valor de la Tasa de Seguridad e Higiene actual.
c)    Diferimientos del pago de la factura a partir de moratorias especiales sin interés, del Servicio de Electricidad por parte de la Cooperativa Eléctrica Cepral y la distribuidora EDEN S.A, de Exaltación de la Cruz, garantizando que no se realizaran suspensiones del servicio mientras se cumpla, en tiempo y forma, con el pago de la moratoria solicitada y de las facturas subsiguientes.-

ARTÍCULO 4°    Ínstese al Departamento Ejecutivo Municipal desde sus diferentes áreas, a promover acciones que fomenten el compre local, a través de campañas publicitarias en redes sociales, medios de comunicación locales y/o vía pública. Que desarrolle eventos o iniciativas múltiples con el fin de apoyar a los comerciantes locales y buscar una mejora de sus ventas.-
    
ARTÍCULO 5°    Los vistos y considerandos forman parte de la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2498/18.-    

Ordenanza Nº 2497/18 – Ordenanza Licencia del Sr. Intendente Municipal

 Corresponde Expediente Nº 4036-528/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Otorgase licencia al Señor Intendente Municipal, Don Adrián Daniel Sánchez, titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el término de diez (10) días, a partir del día 13 de agosto de 2018.-
    
ARTÍCULO 2°    Póngase en funciones a la señora concejal Doctora María Luz Bozzani, DNI  N° 28.287.476, a partir del día 13 de agosto de 2018, como Intendente Municipal Interina, mientras dure la licencia del Señor Intendente Municipal.-
    
ARTÍCULO 3°    Habilítese en reemplazo de la Concejal que se hace referencia en el Artículo precedente, al Señor Concejal Suplente Licenciado Martín Miguel Anselmo Faure, titular del DNI N° 24.795.440, de acuerdo a lo establecido en los artículos 16, 19 segunda parte, 87, 88 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en los artículos 1° y 2° de la presente.-
    
ARTÍCULO 4°    En el supuesto caso de que el Señor Intendente Adrián Sánchez, reasuma sus funciones, antes del plazo establecido en el artículo 1°, deberá comunicar oficialmente al Honorable Concejo Deliberante tal circunstancia.-
    
ARTÍCULO 5°    Notifíquese a los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales competentes la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2497/18.-   

Ordenanza Nº 2487/18 – Ordenanza vigilancia espacios digitales

 Corresponde Expediente Nº 4036-460/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Se requiere al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al área correspondiente la colocación de una cámara de seguridad en la intersección de las calles esquina los Nogales y los Cedros de la localidad de Parada Robles y en la totalidad de donde funcionan los Espacios Digitales.-
    
ARTÍCULO 2°    Se requiere al Departamento Ejecutivo la colocación de bancos para que los menores antes mencionados, no permanezcan sentados en el cordón de la vereda corriendo riesgo al pisar la acera.-
    
ARTÍCULO 3°    Se requiere al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al área que corresponda notifique a este Honorable Cuerpo Deliberativo el momento en que se haga efectivo este proyecto.-
    
ARTICULO 4°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2487/18.-    

Ordenanza Nº 2486/18 – Ordenanza de Transferencia de automotores RENAULT TRAFFIC Y RENAULT 19

 Corresponde Expediente Nº 4036-434/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Transferir los rodados Patente XVI-900 y Patente VZS-061 a favor del Municipio de Exaltación de la Cruz para que le otorgue  el destino que considere más conveniente.
    
ARTÍCULO 2°    Requerir  la  restitución  de los vehículos mencionados en el Articulo Primero a sus  actuales tenedores para que permanezcan en guarda del municipio,  hasta tanto se resuelva su situación.
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2486/18.-    

Ordenanza Nº 2485/18 – Ordenanza de declaracion de emergencia transporte a Diego Gaynor y arroyo de la cruz

 Corresponde Expediente Nº 4036-487/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

    
ARTICULO 1°    Declarase, desde la aprobación de la presente hasta la finalización del ejercicio 2018, la emergencia en materia de Transporte Público en las localidades de Arroyo de la Cruz y Diego Gaynor.-
    
ARTICULO 2°    Autorícese al Ejecutivo Municipal a subsidiar, con la partida presupuestaria correspondiente, un transporte privado para que brinde servicios en los barrios mencionados, incorporando los actuales servicios inexistentes, durante el tiempo de la emergencia.-
    
ARTICULO 3°    Crease las paradas de colectivos necesarias tanto en el barrio Diego Gaynor como en Arroyo de la Cruz.-
    
ARTICULO 4°    Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar distintos convenios y/o acuerdos con transporte privado que permitan aplicar el servicio necesario de transporte para esos barrios a partir de la declaración de esta emergencia.-
    
ARTICULO 5°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2485/18.-    

Ordenanza Nº 2484/18 – Ordenanza creacion linea de transporte publico a Diego Gaynor

 Corresponde Expediente Nº 4036-444/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

    
ARTICULO 1°    CREASE una línea de transporte público interno que comunique las localidades de Diego Gaynor y Capilla del Señor.-
    
ARTICULO 2°    El Departamento Ejecutivo deberá determinar mediante reglamentación las características del servicio ajustándolo a las siguientes condiciones mínimas:
a)    Que dicho transporte público cuente con horarios fijos y una frecuencia acorde a las necesidades de la población.-
b)    Que el municipio subsidie parte del costo del pasaje para la generalidad de los pobladores de Diego Gaynor y un pase preferencial para los estudiantes, docentes, adultos mayores (jubilados o no) y personas discapacitadas que se encuentren realizando un tratamiento médico continuo.-
c)    Que el trazado del recorrido del transporte responda a las necesidades de la población de Diego Gaynor, trazando el mismo por los puntos mas relevantes de empleo.-
d)    Que parte del subsidio referido se recupere mediante la utilización de los laterales de las unidades para fines publicitarios, generando un ingreso adicional que aliviane la carga al Erario Municipal.-
e)    Que el recorrido implique paradas en Puente Fierro y Arroyo de la Cruz, para favorecer también a los vecinos.-
    
ARTICULO 3°    Instrúyase al Departamento Ejecutivo para que gestione ante los organismos Nacionales y Provinciales correspondientes los permisos o habilitaciones necesarios para que la línea creada funcione con regularidad.-
    
ARTICULO 4°    Instrúyase al Departamento Ejecutivo para proceder al llamado a licitación, para la prestación del servicio de transporte de pasajeros creado en la presente
    
ARTICULO 5°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2484/18.-    

Ordenanza Nº 2483/18 – Ordenanza aprobacion del nombre de calle Formosa B° Los Pinos

Corresponde Expediente Nº 4036-491/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Apruébase el nombre “Formosa” para la designación de la calle cedida por plano de Mensura y División 31-19-2016, aprobado por la Dirección de Geodesia Provincial, con fecha 4 de abril de 2016, designado catastralmente: Circunscripción III, Sección M, Quinta 5, Parcela 8, de acuerdo a archivo adjunto como Anexo I.-
    
ARTÍCULO 2°    Incorporase al respectivo registro catastral con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela
    
ARTICULO 3°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2483/18.-    

Ordenanza Nº 2482/18 – Ordenanza Modificación del art. 3° de la Ordenanza 111-07

 Corresponde Expediente Nº 4036-482/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Modifíquese el Art. 3° de la Ordenanza 111/07 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3°: Establécese el valor de escrituración de los inmuebles indicados en el Anexo I que forma parte del presente, los cuales se encuentran sujetos a la ejecución del plano de Mensura, Unificación, División y Cesión de calle que afecta a los inmuebles denominados catastralmente como: Circ. II, Sec. Q, Mza. 213, Parcelas 1,2,3,4,5,6,7,8,9,12,13 y 14.
Determínese el valor según lo estipulado en el Art. 9° de la Ley 24374: “A los efectos de financiamiento del sistema, crease una contribución única del 1% del valor fiscal del inmueble, la que estará a cargo de los beneficiarios…”
El monto resultante de lo estipulado en el párrafo precedente se deberá abonar por los beneficiarios en 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés mediante la instrumentación que determine el Departamento Ejecutivo.-
    
ARTÍCULO 2°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2482/18.-    

Ordenanza Nº 2475/18 – Ordenanza condonación de la deuda por la tasa de servicios generales sr, Flores Torres Angel

 Corresponde Expediente Nº 4036-465/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ratifíquese el Decreto Nº 157/2018 de fecha 23 de febrero de 2018.-
    
ARTÍCULO 2°    Convalídese la condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Generales del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción: II Sección: J Quinta: 32A, Parcela: 18, Partida Inmobiliaria N° 031-9904, desde la cuota 1° del año 2013 hasta la cuota 1° del ejercicio 2018, a favor del Sr. Flores Torres Ángel Antenor, titular del DNI 92.219.476, según Expediente Administrativo N° 4036-37739/2018.-
    
ARTÍCULO 3°    Convalídese el otorgamiento de la eximición de las Tasas de Servicios Generales, con carácter excepcional y durante el ejercicio fiscal 2018, a favor del contribuyente indicado en el artículo 2°.-
    
ARTÍCULO 4°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2475/18.-    

Ordenanza Nº 2474/18 – Ordenanza condonación de la deuda por la tasa de servicios generales sra, Silva Oria Ynés

 Corresponde Expediente Nº 4036-464/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ratifíquese el Decreto Nº 1.544/2017 de fecha 29 de diciembre de 2017.-
    
ARTÍCULO 2°    Convalídese la condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Generales del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción: IV Sección: N Quinta: 14 Parcela: 8, Partida Inmobiliaria N° 031-18861, desde la cuota 1 del año 2016 hasta la cuota 6 del ejercicio 2017, a favor de la Sra. Silva Oria Ynés, titular del DNI 19.042.995, según Expediente Administrativo N° 4036- 37931/2017.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2474/18.-