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Ordenanza Nº 027/14 – Ref. a Señalizar Colegio Francisco I

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1º:
Autorizase la señalización de la entrada al Colegio Francisco I sobre la calle Azcuenaga y colectora.

Articulo 2º: Autorizase la circulación obligatoria de la calle Azcuenaga hasta Cangallo y por esta hasta Formosa y luego por Formosa hacia Ruta Nacional Nº 8.

Articulo 3º: Autorizase la prohibición de transito pesado en la calle Azcuenaga desde la Ruta Nacional Nº 8 hasta Cangallo y Cangallo desde Azcuenaga hasta Formosa.

Artículo 4º: La presente Ordenanza estará en vigencia hasta la culminación de las Obras en la Autopista Nacional Nº 8 en el tramo b1 que se desarrolla desde el km. 69 al 78 inclusive de la mencionada Ruta.

Articulo 5º: Autorizase el estacionamiento a 45º sobre la calle colectora.  

Articulo 6º: Se recomienda realizar convenio para educación vial con los propietarios del Colegio Francisco I.

Articulo 7º: Colocase la señalización y/o cartelería que corresponda, a través de la Oficina que el Departamento Ejecutivo designe.

Articulo 8º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Agosto de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 027/14.

Ordenanza Nº 026/14 – Ref. a Utilización de Fondo Educativo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1º:
El Departamento Ejecutivo podrá utilizar los Fondos Afectados a Educación que se reciben por coparticipación provincial, para realizar las siguientes inversiones:

a) Financiamiento de gastos de Jardines Maternales.
b) Financiamiento de gastos de becas de estudio.
c) Financiamiento de nuevas inversiones y/o reparaciones y/o mantenimiento en instituciones educativas de todos los niveles.
d) Financiamiento de programas educativos municipales de cualquier naturaleza.
e) Sostenimiento de Instituciones relacionadas con la Educación que fomenten la integración social a través de la realización de tareas diversas.
f) Financiamiento de gastos conexos al sostenimiento del sistema educativo, a saber: transporte, viajes educativos, apoyo al Servicio Alimentario Escolar.
g) Financiamiento de cualquier inversión relacionada con la educación en cualquiera de sus niveles.

Articulo 2º: Todos los proyectos Educativos que se elaboren desde el municipio deberán cumplir como mínimo los siguien-tes objetivos:

a) Creación de un espacio con lineamientos y contenidos culturales y prácticos donde se consolide la cultura de la participación.
b) Inserción de  nuestros jóvenes en la vida institucional diaria de Exaltación de la Cruz, a través de distintos programas con actividades prácticas,  charlas, conferencias, que profundicen el conocimiento de su comunidad y a su vez contribuyan al aprendizaje de técnicas que fortalezcan su formación integral.
c) Elaboración de estrategias que permitan una participación más activa de los padres de familia dentro del proceso educativo.

Articulo 3º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer de parte de los fondos para establecer incentivos para las divisiones y/o cursos que intervengan en los programas educativos que se instrumenten y  que superen las metas propuestas  y alcance de los objetivos establecidos, conforme los lineamientos y parámetros de evaluación del programa.

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

Articulo 5º: De forma.  

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Agosto de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 026/14.

Ordenanza Nº 025/14 – Ref. a modificar la Ordenanza Nº 18-14 Excepción al Codigo de Zonificación Feria Ganadera

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Modifíquese el Articulo 2º de la Ordenanza 18/14 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 2°: La consignataria Ganadera Exaltación de la cruz estará obligada al mejorado y mantenimiento del ca-mino vecinal ubicado desde la Ruta Provincial Nº 39 a sus instalaciones, para el transito de camiones y demás vehículos que se acerquen a la misma, sin perjuicio del transito de los vecinos que utilizan dicho camino.

Articulo 2°: Modifíquese el Articulo 3º de la Ordenanza 18/14 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 3°: Para el supuesto que la consignataria Ganadera Exaltación de la cruz, no cumpliera con la obligación impuesta en el Art. 2º se producirá la caducidad de pleno derecho de la excepción otorgada en el Art. 1º.

Articulo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 025/14.

Ordenanza Nº 024/14 – Ref. a declarando de interes municipal la Primera Jornada del Lenguaje

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Declárese de Interés Municipal las “Primeras Jornadas de práctica del lenguaje para nivel primario en Exaltación de la Cruz”.
Artículo 2º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 024/14.

Ordenanza Nº 023/14 – Ref. a Ratificar Decreto 231 declarando de interes municipal eventos realizados

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Ratificase el Decreto Nº 231 que declara de interés municipal eventos realizados durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014.
Artículo 2º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Julio de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 023/14.

Ordenanza Nº 022/14 – Ref. a Declarar de Interes la Escrituración del inmuebles C III, S Q, M 73, P 21 y 22 a nombre de Francisco Da Silva

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Artículo 1º:
Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 73, Parcela 21 y 22, Partida Inmobiliaria 24259 y 24260, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. Administrativo 4036-30067/13, a nombre de Francisco Da Silva.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.

Artículo 3º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Junio de dos mil catorce.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 022/14.

Ordenanza Nº 021/14 – Ref. a Modificacion Ordenanza 12-89 Articulo 188

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Modificase el Articulo 188 de la Ordenanza 12/89 el cual quedara redactado de la siguiente manera:

Articulo 188: Por circular con camiones o vehículos de carga por caminos y calles no asfaltados dentro de las setenta y dos (72) horas inmediatas siguientes al cese de las lluvias intensas o torrenciales o mientras los mismos no se encuentren suficientemente oriados: desde (1/2) SMAM de multa, quedando exceptuados los camiones de emergencias (Ej: Bomberos Voluntarios).

Articulo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Junio de dos mil catorce. 


Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 021/14.

Ordenanza Nº 020/14 – Ref. a Firmar Convenio con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por Camaras de Seguridad

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Ratificase el convenio de “Marco de Cooperación”, suscripto por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz con el Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires, en el marco del programa de instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el territorio Bonaerense. 

Articulo 2°: Notifíquese lo dispuesto por la presente Ordenanza al área que corresponda.

Articulo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Junio de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 020/14.

Ordenanza Nº 019/14 – Ref. a Eximiendo del pago de la tasa Municipal al museo de Arte Sacro

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°:
Exímase del pago futuro de tasa de Servicios Generales al predio donde funciona el Museo de Arte Sacro Amalia de Carol, Número de Partida 1662, Nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección A, Manzana 42, Parcela 3 mientras el mencionado Museo funcione como tal en dicha parcela. 

Articulo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Junio de dos mil catorce. 


Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 019/14.

Ordenanza Nº 018/14 – Ref. a Excepción a la Zonificación a la Feria Ganadera

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:


ORDENANZA


Articulo 1°: Otórguese la excepción a la zonificación la propiedad cuya nomenclatura catastral es Circ. II, Parcela 289 A, Partida Inmobiliaria N° 12410, para que se construya la feria ganadera de Exaltación de la Cruz, la cual deberán cumplir con todas las normativas sanitarias vigentes en su construcción para que se le otorgue la habilitación correspondiente, dicha excepción será otorgada por el plazo de 4 años, con posibilidades de renovación.

Articulo 2°: La consignataria agroganadera Exaltación de la cruz estará obligada al mejorado y mantenimiento del camino vecinal ubicado desde la Ruta Provincial Nº 39 a sus instalaciones, para el transito de camiones y demás vehículos que se acerquen a la misma, sin perjuicio del transito de los vecinos que utilizan dicho camino.

Articulo 3°: Para el supuesto que la consignataria agroganadera Exaltación de la cruz, no cumpliera con la obligación impuesta en el Art. 2º se producirá la caducidad de pleno derecho de la excepción otorgada en el Art. 1º.

Articulo 4°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Junio de dos mil catorce. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 018/14.