Category Archive 2015

Ordenanza Nº 027/15 – Ref. a facultar al D.E. a Firmar Convenio por obra de desagüe Pluvial al Barrio cinco Esquina

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a la firma de un Convenio con la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas para el desarrollo del Proyecto Ejecutivo de  “Los Desagües Pluviales en el Barrio Cinco Esquinas de la localidad de Los Cardales”.

Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en la redacción del citado convenio.

Artículo3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Junio de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 027/15.

Ordenanza Nº 026/15 – Ref. a la Creación del Banco de Medicamentos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: Créase en el ámbito de la Secretaría de Salud el Banco Social de Medicamentos. (B.S.M.).

Articulo 2º:
Será función primordial del Banco Social de Medicamentos, la recuperación de medicamentos de venta autorizada, proceder a su adecuado almacenamiento y entrega a Centros de Salud y Unidades Sanitarias municipales, las que tendrán la exclusividad de su distribución.

Articulo 3º:
Los medicamentos recuperados podrán provenir de donaciones de particulares poseedores de sobrantes en buen estado con vencimiento no producido o unidades completas o parciales por parte de laboratorios de producción o agentes de comercialización y/o droguerías o farmacias oficiales o privadas.

Articulo 4º: La recepción de medicamentos se produce mediante campañas organizadas por la Secretaría de Salud. Las mismas podrán llevarse a cabo con la participación de entidades intermedias y oficiales.

Articulo 5º:
El Director del Hospital Municipal será el Director del Banco Social de Medicamentos, quien podrá designar colaboradores entre el personal permanente de esa Dirección.

Articulo 6º:
La recepción y entrega de medicamentos constará en registros habilitados para tal fin y estarán exclusivamente bajo la responsabilidad de profesionales con jurisdicción administrativa.

Articulo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente Ordenanza en un plazo no mayor de 90 (noventa) días a partir de la vigencia de la presente.

Articulo8º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Junio de dos mil quince.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 026/15.

Ordenanza Nº 025/15 – Ref. a Modificar el Articulo 2º de la Ordenanza 81-09

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 81 de 2009, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Articulo 2º: Las adjudicaciones de terrenos y viviendas se efectuarán por puntaje, entre los postulantes inscriptos que hayan cumplimentado todos los requisitos establecidos.
El Departamento Ejecutivo podrá establecer un sistema de adjudicación directa de terrenos para aquellos que habiendo cumplimentado todos los requisitos establecidos en la presente Ordenanza acrediten fehacientemente contar con los recursos suficientes para la construcción de una vivienda del tipo que se establezca reglamentariamente.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los ocho días del mes de Junio de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 025/15.

Ordenanza Nº 024/15 – Ref. a Compensar partidas ejercicio 2014

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo 2 correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS del Ejercicio 2014 por la suma de $ 51.358.390.38 (PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 38/100)

Artículo 2º: La compensación establecida por el Artículo 1º deberá realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 1 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES.

Artículo3º:  De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 024/15.

Ordenanza Nº 023/15 – Ref. a derogar Ordenanza 106-05

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Deróguese la Ordenanza 106/05 de fecha 5 de Diciembre de 2005.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 023/15.

Ordenanza Nº 022/15 – Ref. a crear el Concejo Deliberante Joven

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dispónese la creación de un Concejo Deliberante Joven como cuerpo colegiado integrado por alumnos de las escuelas secundarias básicas y técnicas que funcionen en el distrito de Exaltación de la Cruz, en el ámbito de la educación publica y privada.

Artículo 2º:
El Consejo Deliberante Joven estará compuesto por un representante titular y uno suplente de cada establecimiento de educación secundaria existente en el Partido de Exaltación de la Cruz al ultimo día hábil del mes de febrero del año de la conformación.

Artículo 3º:
Las instituciones escolares elaboraran sus reglamentos electorales. El Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, brindara asesoramiento al respecto a cada una de las instituciones que lo solicite.

Articulo 4º: Los delegados serán elegidos mediante el voto directo de sus pares, en un acto eleccionario realizado por la institución escolar a la que pertenece. El padrón electoral estará compuesto por el listado total de alumnos regulares de la institución.

Articulo 5º: Podrán ser elegidos los alumnos regulares entre 16 a 18 años de edad.

Artículo 6º: Los delegados tendrán un mandato de dos años en sus funciones, renovándose el cuerpo cada dos años. Los delegados electos, serán notificados formalmente por las autoridades de la Institución al HCD y deberán acreditar el titulo de tales mediante un acta suscripta por el Director del Establecimiento y adjuntar una constancia de alumnos regulares del establecimiento al cual representan.

Artículo 7º: El Consejo Deliberante Joven sesionará una vez por mes a partir del año 2016 entre el mes de marzo y octubre  de cada año, y tendrá su sede en el recinto del Honorable Concejo Deliberante, utilizando el Reglamento Interno del Concejo Deliberante hasta tanto se elabore uno adecuado al cuerpo Joven, siendo asistido por un concejal que presidirá la sesión conforme al orden alfabético quien será responsable de labrar el acta de la sesión.

Artículo 8º: Los concejales jóvenes tendrán la función de presentar, debatir, consensuar los proyectos vinculados a los intereses de los jóvenes estudiantes del distrito. Los proyectos votados por ellos, no tendrán efecto vinculante y serán tratados en el recinto del Honorable Concejo Deliberante en el plazo de un mes de su sanción del Consejo Joven.

Artículo 9º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 022/15.

Ordenanza Nº 021/15 – Ref. a Excepción de Zonificación para la instalación de una Peluqueria a nombre de Romero, Cecilia del Carmen

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Otórgase a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al Código de Zonificación por el ter-mino de un año (1 año) a la Sra. Romero, Cecilia del Carmen, titular del D.N.I. Nº 22.633.059 para la instala-ción de un comercio, rubro Peluquería, en la siguiente ubicación catastral: Circ. IV, Sección F, Manzana 34, Parcela 12, Orden Nº 16186 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz

Articulo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 021/15.

Ordenanza Nº 020/15 – Ref. a Declarar de Interes social la Escrituración a Nombre de Sara Ester Di Filippo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase la escrituración del bien inmueble designado ca-tastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 52, Parcela 10, Partida Inmobiliaria 27824, a favor de Sara Ester Di Filippo, D.N.I.: 23.998.023, según Expte. Administrativo 4036-26787/11.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 020/15.

Ordenanza Nº 019/15 – Ref. a Desajudicar inmueble a nombre de Roca y Molina

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desadjudícase el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 38, Parcela 6, a José Francisco Molina, D.N.I.: 16.714.512 y el bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección N, Manzana 39, Parcela 14, a Víctor Roca D.N.I.: 24.425.519.

Artículo 2º: Adjudícase los inmuebles mencionados en el Artículo 1º de la presente, a  Zulma Mónica Russo, D.N.I.: 18.068.143 y a Norma Teresa Altamiranda D.N.I.: 20.974.914, respectivamente.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Mayo de dos mil quince. 

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 019/15.

Ordenanza Nº 018/15 – Ref. a Autorizar a la empresa SEPEYCO S.R.L. el Asfalto del Bº Marín de Capilla del Señor

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la empresa SEPEYCO S.R.L CUIT Nº 30-69166062-8, la Licitación Pública Nº 02/15, en trámite por ante expediente administrativo Nº 4036-32058/15 y que tiene por objeto la Provisión de Colocación de 1.800 toneladas de Concreto Asfáltico en Caliente en 25 calles del Barrio Ing. Marín de la localidad de Capilla de Señor, por un monto de Pesos Cinco Millones Ochocientos Tres Mil Seiscientos Cincuenta ($5.803.600,00).

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá informar a este H.C.D. sobre el cumplimiento de los hitos del Proyecto.

Articulo 3°:
De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Veintisiete días del mes de Abril de dos mil quince.

Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Leandro Ramón Staniscia
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 018/15.