Category Archive 2018

Ordenanza Nº 2470/18 – Ordenanza Rendición de cuentas

Corresponde Expediente N° 4036-447/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo 2 correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS del ejercicio 2017 por la suma de $ 100.527.495.48 (PESOS CIEN MILLONES QUINIENTOS VENTISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 48/100).-
    
ARTÍCULO 2°    La compensación establecida por el Artículo 1° deberá realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 1 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.-
    
ARTÍCULO 3°    Compensase las partidas que forman parte integrante del Anexo 3 correspondiente al PRESUPUESTO DE GASTOS JURISDICCIÓN HCD del ejercicio 2017 por la suma de $ 319.368.89 (PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL TRECSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 89/100).-
    
ARTÍCULO 4°    La compensación establecida por el Artículo 1° deberá realizarse contra las economías de las partidas que se detallan como Anexo 4 de acuerdo a lo establecido por el artículo 67 de la LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES.-
     
ARTÍCULO 5°    Convalidase el exceso producido y expuesto en el Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos (economías-excesos) de cierre de Ejercicio por 14.106.530,90 (CATORCE MILLONES CIENTO SEIS MIL QUNIENTOS TREINTA CON 90/100) según lo establecido en el artículo 47° de la ley 14.982 de la Provincia de Buenos Aires.-
    
ARTÍCULO 6°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2470/18.-    

Ordenanza Nº 2469/18 – Homenaje a los caídos y veteranos de malvinas

Corresponde Expediente N° 4036-467/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, resuelve la colocación de un Monumento en homenaje a los “Caídos y Veteranos de Malvinas” en la Estación de Capilla del Señor, lindera al Paseo Las Tipas.-
    
ARTÍCULO 2°    Crease la Comisión de Derechos Humanos y Memoria, con integrantes del Concejo Deliberante, Estado Municipal y actores involucrados de Exaltación de la Cruz, con los fines de organizar este tipo de homenajes y otras políticas públicas relacionadas con la temática.-
    
ARTÍCULO 3°    Emplácese en dicho espacio público un monumento recordatorio que permita a la comunidad Exaltación de la Cruz, rendir homenaje a los 90 identificados, a todos los caídos y veteranos de guerra,  en el marco de Fiestas Patronales del distrito.-
    
ARTÍCULO 4°    Adhiérase a la Ley Provincial 14.486, por contar en nuestro distrito con ex conscriptos combatientes, a los que les será entregada la condecoración establecida en dicha ley.-
    
ARTÍCULO 5°    Colóquese una placa recordatoria con los nombres de los ex combatientes de nuestro distrito.-
    
ARTÍCULO 6°    Autorizase la colocación de un monumento conmemorativo de la  gesta de Malvinas que estará ubicado en la Plaza homónima de Los Cardales  a inaugurarse en el marco de los  festejos del aniversario de esa localidad.-
    
ARTÍCULO 7°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los ocho días del mes de mayo de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2469/18.-

Ordenanza Nº 2496/18 – Ordenanza condonación deuda de servicios generales al Sr. Silva antonio

 Corresponde Expediente Nº 4036-494/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la condonación de la deuda por Tasa de Servicios Generales del bien inmueble designado catastralmente como Circunscripción: V Sección: N Manzana: 76 Parcela: 10, Partida Inmobiliaria Nº 031-29088, del Partido de Exaltación de la Cruz, desde la cuota 1° del año 2013 hasta la cuota 2° del ejercicio 2018, a favor de la Sucesión del señor Silva Antonio, según Expediente Administrativo Nº 4036-41118-0-2018.-
    
ARTÍCULO 2°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2496/18.-    

Ordenanza Nº 2495/18 – Ordenanza autorizando al D-E a suscribir el convenio con el SAME

 Corresponde Expediente Nº 4036-511/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL representado por el Señor Intendente Municipal Don  Adrián Daniel SANCHEZ, a suscribir con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio de Colaboración y adhesión para la implementación del Servicio de Atención Medica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA” y sus Protocolos Adicionales Nº 1 y Nº 2.-

    
ARTÍCULO 2°    Suscripto el Convenio deberá ser ratificado por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2495/18.-    

Ordenanza Nº 2494/18 – Ordenanza Modificación del artículo 16 de la ordenanza 2464-17

 Corresponde Expediente Nº 4036-471/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Modificase el artículo 16° de la Ordenanza 2464/2017 el que quedara redactado de la siguiente manera:

Establécese a partir de la sanción de la presente, para todo el personal municipal con y sin estabilidad laboral el pago de una bonificación mensual por antigüedad equivalente al 1% por cada año de servicio prestado a nivel nacional, provincial y/o municipal sobre el sueldo básico.-
   
ARTÍCULO 2°  
 De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2494/18.-    

Ordenanza Nº 2493/18 – Ordenanza Bancos Rojos en memoria de las victimas de femicidio

 Corresponde Expediente Nº 4036-492/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 
ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Desígnese a este Proyecto de Ordenanza el nombre de “BANCO ROJO EN MEMORIA A TODAS LAS MUJERES VÍCTIMAS DE FEMICIDIOS”.-
    
ARTÍCULO 2°    En memoria a todas las mujeres víctimas de violencia de género del Partido de Exaltación de la Cruz, se solicita pintar un banco rojo de espacios públicos emblemáticos de las localidades de Capilla del Señor, Los Cardales, Parada Robles, Diego Gaynor y Pavón.-
    
ARTÍCULO 3°    Se solicita al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para que a través de la secretaría de Obras Públicas, y el área de Cultura sean las encargadas de proponer el banco que en  cada plaza será distintivo para dar el valor simbólico de esta Ordenanza, que el mismo sea intervenido de manera artística y este Departamento Ejecutivo  proveerá los insumos para dicha intervención.-
    
ARTÍCULO 4°
    Se solicita al Departamento Ejecutivo que cada Banco lleve el lema “NI UNA MENOS” con la fecha 3 de Junio de 2015, día en que se llevó a cabo la primera marcha en nuestro País.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2493/18.-    

Ordenanza Nº 2492/18 – Ordenanza Excepción al codigo de ordenamiento territorial en favor de la Sra. Juana Estrada

 Corresponde Expediente Nº 4036-502/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Apruébese la excepción al código de Ordenamiento Territorial (Ordenanza 060/1997 y sus modificatorias), a favor de la Sra. ESTRADA JUANA, titular del DNI N° 34.500.819 –CUIT 27-34500819-0, para la instalación de un VIVERO DE PLANTAS, con destino a la PRODUCCIÓN Y VENTA, en la parcela cuyos datos catastrales son: Circunscripción II, Sección Q, Quinta 13, Parcela 22, ubicada sobre la calle colectora de la autovía Ruta Nacional Nº 8, del partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    
La excepción que se aprueba en el artículo precedente se concede por el termino de 18 meses, la cual comenzara a regir a partir de la aprobación de la misma
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2492/18.-    

Ordenanza Nº 2491/18 – Ordenanza concediendo a la Sra. María Luisa Alegre el permiso precario de uso de espacio publico

 Corresponde Expediente Nº 4036-500/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°    Concédase a favor de la   Sra. MARIA LUISA ALEGRE, DNI. Nº 20.510.107, el permiso precario de uso de espacio público para la explotación del puesto de flores en el espacio publico municipal adyacente a las calle Carlos Pellegrini y San Martín de Capilla del Señor.-
    
ARTÍCULO 2°    Fijase en el término de 24 (veinticuatro) meses el término del permiso otorgado, los que se contarán a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 3°    Derogase la Ordenanza   Nº  2468/2018.-
    
ARTÍCULO 4°    De Forma.-

    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2491/18.-    

Ordenanza Nº 2490/18 – Ordenanza la universidad en tu barrio

 Corresponde Expediente Nº 4036-495/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°    Declárese de interés municipal el  Proyecto  LA UNIVERSIDAD EN TU BARRIO  para el año 2018, cuyo operativo en el distrito está previsto para los días  5 y 6 de julio de 2018  en la ciudad de Los Cardales.-

    
ARTÍCULO 2°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2490/18.-    

Ordenanza Nº 2489/18 – Ordenanza aceptando la propuesta realizada por la firma CEDIAC BERAZATEGUI

 Corresponde Expediente Nº 4036-480/18-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Aceptase la propuesta realizada por la firma CEDIAC BERAZATEGUI SRL para la implementación de un servicio de Resonancia Magnética Nuclear para el Hospital Municipal San Jose.-
    
ARTÍCULO 2°    Facultase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 1° de esta Ordenanza y Reglamentar todo aspecto no previsto para el mejor desarrollo del servicio a implementar
    
ARTÍCULO 3°    Se establece que el convenio suscripto de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1° y 2° de la presente para tener vigencia como tal deberá contar con la posterior aprobación de este Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4°    De forma.-
    
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2489/18.-