El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º Ratificase el convenio Nº 09-364/97, cuyo texto forma integrante de la presente, suscripto entre la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, representada por el Sr. Intendente Municipal Cdor. Ricardo A. Bozzani, y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Administrador General Lic. Pablo Jorge Sanguinetti, para la prestación de asistencia financiera para la construcción de 360 ( trescientos sesenta ) módulos de viviendas completas en el Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de lo establecido en este convenio.
Artículo 3º De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte y seis días del mes de Marzo de 1998.
Registrado bajo el Nº 04/98.