El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º Autorízase a realizar una construcción en el espacio público, en la intersección de las Quintas 5 y 6 de la circunscripción VI, Sección A, ( según plano de división características 31/6/77), y el camino que une Capilla del Señor y Diego Gaynor, según anteproyecto adjunto.
Artículo 2º Dicha construcción será destinada para la vigilancia de acceso y eventual control del loteo denominado “Chacras de Martín Fierro”.
Artículo 3º De forma
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un días del mes de Junio de 1998.
Registrado bajo el Nº 17/98.