El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1° Créase el Premio Anual HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.
Artículo 2° El premio a que hace referencia el Artículo 1º se otorgará anualmente en momentos del festejo de las Fiestas Patronales de Exaltación de la Cruz.
Artículo 3° El Premio a que hace mención el Artículo 1º , será destinado a todos aquellos vecinos del partido que se hubieran destacado en el Deporte o la Cultura, a nivel nacional o internacional.
Artículo 4° El Honorable Concejo Deliberante, designará los destacados en cada una de las disciplinas a través de la comisión de Cultura y Deportes.
Artículo 5° De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Septiembre de 1998.
Registrada Bajo el Nº 40/98