El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase el pago de la Tasa de Derechos de Construcción a la “Fundación CEDEMIL” dicho predio se encuentra ubicado en Colectora de Ruta N° 6, designado catastralmente como: C.II, S. Rural, Parcelas 1852 y 1854, Pdas. 0313174-7 y 0313175-5, N° de Orden 8190, de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Noviembre de dos mil cinco.
Registrada Bajo el N° 092/2005.