El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º Declarase de Utilidad Pública y Sujetos a Expropiación parte de la parcela 26a, Circunscripción I, Sección C, lindera con las parcelas 1a,1b, 2, 6 y 8, que corresponde a la siguiente medida.
Ancho 30 mts. largo 909.85.
Artículo 2º Las superficies definitivas surgirán del plano de mensura que deberá confeccionarse a fin de regularizar la situación catastral y dominial del mencionado tramo.
Artículo 3º Los gastos que demande el cumplimiento de lo establecido por el Artículo 1º, serán imputados a la partida que oportunamente establezca el Departamento Ejecutivo.
Artículo 4º De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Octubre de 1996.
Registrada bajo el Nº 47/96.