El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación el inmueble ubicado en Capilla del Señor, Partido de Exalta-ción de la Cruz, designado catastralmente como: Circuns-cripción I – Sección C – Chacra 6 – Fracción I – Parcelas 9 y 29, según plano agregado al folio 7236/66 del protocolo de planos, inscripción 72/18, a nombre de Felicia Desco-usis de Boineau, Edmundo Honorio, Miguel Honorio, Mar-ía Lydia, María Noelí, Rodolfo Esteban y Nestor Felix Boineau, con una superficie de 6.286 mts2.- 38.949,41 mts2 y 7.263 mts2.- y la Parcela 20 de la Circunscripción I – Sección C – Chacra 6 – Fracción I con una superficie de 38.949,41 mts2 a nombre de Ferrocarriles Argentinos.
Artículo 2º: Los inmuebles descriptos en el Artículo 1º de la presente, serán afectados a la ampliación de espacios de recreación del camping municipal.
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Articulo 5°: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil nueve.
María Cristina Ponce de León Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 072/09.