El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase un archivo para las cintas magnetofónicas correspondientes a las Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 2º: Las grabaciones que tengan más de 1 año pasarán al Archivo donde serán depositadas en lugar seguro creado a tal fin.
Artículo 3º: Las cintas Originales no podrán salir del Museo bajo ningún concepto. Por tal motivo se permitirá realizar duplicaciones para las personas que asi lo requieran.
Artículo 4º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Registrada Bajo el Nº 34/94