El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENAZA
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 12/85, el cual quedará redactado de la siguiente forma: desígnase a la Escribanía General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de realizar la escritura traslativa de dominio a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Mayo de dos mil Diez.
Adrián Daniel Sánchez Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 008/10.