El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Establécese la adhesión de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a lo establecido en la Ley Nº 10.547 de Promoción Industrial y en su Decreto re-glamentario Nº 1.904.
Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente, estableciendo los beneficios impositivos a otorgar, los que en ningún caso podrán ser superiores al 50% del respectivo tributo.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir copia del Decreto Reglamentario al Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y dos.
Registrada Bajo el Nº 39/92