El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase los bienes inmuebles ubicados en Bº independencia de Parada Robles, a los siguientes beneficiarios:
Exote. 4036-24419/10 a nombre de Ernesto Vicente Stecconi D.N.I.: 13.561.550.
Claudio Fabián Stecconi, D.N.I.: 18.068.133
Circ. IV, Sección F, Manzana 5, Parcela 6 y 13, Pdas. Inmobiliarias 10013 y 10020.
Articulo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las Escrituras Traslativas de Dominio de los Inmuebles a que se refiere el Art. 1º.
Artículo 3º: Los gastos que demande la Escritura serán soportados por los beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2º de la Ley 10.830.
Artículo 4º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Adrián Daniel Sánchez Presidente Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Daniel Ruben Portillo Secretario Honorable Concejo Deliberante Exaltación de la Cruz
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Registrada Bajo el N° 032/2010.